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DOCUMENTO INSTITUCIONAL

Manual de convivencia

Transcripción local completa del manual 2026-2027: himnos, resolución, capítulos I-XXI y anexos.

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Presentación · páginas 1-6

Portada, agenda e índice del Manual de Convivencia

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL
COLEGIO ALFONSO LOPEZ
MICHELSEN
INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL
2026 - 2027
DDiisseeññaaddoo ppoorr::
PPuubblliiccaacciioonneess ÁÁbbaakkoo
Enero Febrero
Mayo Junio
Septiembre Octubre
7202
Enero Febrero
Mayo Junio
Septiembre Octubre
D L M M J V S D L M M J V S
1 2 1 2 3 4 5 6
3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 1112 13
10 11 12 13 14 1516 14 15 16 1718 19 20
17 18 19 20 21 2223 21 22 23 2425 26 27
24 25 26 27 28 2930 28
D L M M J V S D L M M J V S
1 1 2 3 4 5
2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 1112
9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19
16 17 18 19 20 21 22 20 21 22 2324 25 26
23 24 25 26 27 28 29 27 28 29 30
30 31
D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 4 1 2
5 6 7 8 9 10 11 3 4 5 6 7 8 9
12 13 14 15 16 17 18 10 11 12 1314 15 16
19 20 2122 23 24 25 17 18 19 20 2122 23
26 27 28 29 30 24 25 26 2728 29 30
6202
D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 1 2 3 4 5 6 7
4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14
11 12 13 14 1516 17 1516 17 18 19 20 21
18 19 20 21 2223 24 2223 24 25 26 27 28
25 26 27 28 2930 31
D L M M J V S D L M M J V S
1 2 1 2 3 4 5 6
3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13
10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20
17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27
24 25 26 27 28 29 30 28 29 30
D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 4 5 1 2 3
6 7 8 9 10 11 12 4 5 6 7 8 9 10
13 14 15 16 17 18 19 111213 14 15 16 17
20 21 22 23 24 25 26 181920 21 22 23 24
27 28 29 30 252627 28 29 30 31
Marzo Abril
D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4
8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11
15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18
22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25
29 30 31 26 27 28 29 30
Julio Agosto
D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 4 1
5 6 7 8 9 10 11 2 3 4 5 6 7 8
12 13 14 15 16 17 18 9 10 11 12 13 14 15
19 20 21 22 23 24 25 16 17 18 19 20 21 22
26 27 28 29 30 31 23 24 25 2627 28 29
30 31
Noviembre Diciembre
D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4 5
8 9 10 11 1213 14 6 7 8 9 1011 12
15 16 17 18 1920 21 1314 15 16 1718 19
22 23 24 25 2627 28 2021 22 23 2425 26
29 30 2728 29 30 31
Marzo Abril
D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 4 5 6 1 2 3
7 8 9 10 11 12 13 4 5 6 7 8 9 10
1415 16 17 18 19 20 11 12 13 14 15 16 17
2122 23 24 25 26 27 18 19 20 2122 23 24
2829 30 31 25 26 27 28 29 30
Julio Agosto
D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 1 2 3 4 5 6 7
4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 1112 13 14
11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21
18 19 20 2122 23 24 22 23 24 25 26 27 28
25 26 27 28 29 30 31 29 30 31
Noviembre Diciembre
D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 4 5 6 1 2 3 4
7 8 9 10 1112 13 5 6 7 8 9 10 11
14 15 16 171819 20 12 13 14 15 16 17 18
21 22 23 24 2526 27 19 20 2122 23 24 25
28 29 30 26 27 28 29 30 31
Mis datos Personales
Foto
Nombres:
Apellidos:
D.I: Curso: Jornada: Sede:
Dirección de la casa: Teléfono:
Nombre del Padre: C.C.
Dirección: Teléfono:
Nombre de la Madre: C.C.
Dirección: Teléfono:
Nombre del Acudiente: C.C.
Dirección: Teléfono:
Hermanos en el colegio: Curso: Jornada: Sede:
E-mail:
Historia Clínica
Con el fin de atender a su hijo ante una eventualidad de salud por favor completar la siguiente
información:
Nombre EPS
Enfermedades graves o significativas que ha padecido el estudiante:
Alérgico(a):
Grupo Sanguíneo: RH: Centro de atención Médica:
Recomendaciones especiales ante la salud del niño (enuresis, epilepsia, asma, entre otras):
En caso de emergencia
Llamar a:
Dirección: Teléfono:
Datos del colegio
Mi director (a) de curso se llama:
Día de la semana y horario de atención a Padres de Familia:
Soy del curso: Jornada: Sede:
Firma director(a) de curso Firma acudiente
oiraro
H
senreiV
seveuJ
selocréiM
setraM
senuL
aroH
TABLA DE CO
RESOLUCIÓN RECTORAL NÙMERO ................. 9
Artículo 1. Marco Jurídico Legal .............. 10
Artículo 2. Presentación del Colegio .........13
Artículo 3. Símbolos del Colegio .............. 14
ESCUDO ................................................ 14
Artículo 4. Jornada Escolar ..................... 15
Artículo 5. Objetivos Institucionales ........ 16
Artículo 6. Misión ..................................... 16
Artículo 7. Visión ...................................... 16
Artículo 8. Principios Institucionales ...... 16
LOS CUATRO ACUERDOS ....................... 16
Artículo 9. Valores Institucionales ............17
Artículo 10. Perfil del Estudiante...............17
Artículo 11. Perfil del Docente ...................17
Artículo 12. Principios Manual de
Convivencia .............................................. 18
Artículo 13. Proyecto de Convivencia
Institucional “Pigmalión” .......................... 19
FORMATIVAS ................................................ 25
Artículo 14. Acciones Restaurativas ........ 25
Artículo 15. Acciones Formativas ............ 25
Artículo 16. Responsabilidades ................ 25
ESTUDIANTE CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA ....37
Artículo 17. Derechos de los Estudiantes . 37
Artículo 18. Estímulos ..............................40
Artículo 19. Deberes de los Estudiantes ...40
Artículo 20. Reglas de Higiene y Pautas de
Presentación Personal .............................42
Artículo 21. Derechos de los Docentes.....43
Artículo 22. Estímulos a los Docentes ......43
ONTENIDO
Artículo 23. Deberes de los Docentes ......44
Artículo 24. Derechos de los Padres de
Familia ......................................................45
Artículo 25. Estímulos a los Padres de
Familia ......................................................45
Artículo 26. Deberes de los Padres de
Familia ......................................................45
Artículo 27. Participación de la Familia
(Resolución 1620 Del 15 De Marzo de
2013) ........................................................48
Artículo 28. Funciones del Gobierno
Escolar .....................................................49
Artículo 29. Consejo Directivo .................49
Artículo 30. Consejo Académico ...............51
Artículo 31. Consejo Estudiantil ................51
Artículo 32. Representante de Curso ....... 52
Artículo 33. Contralor Escolar ................. 53
Artículo 34. El Comité Estudiantil de Control
Escolar .....................................................54
Artículo 35. Cabildante ............................54
Artículo 36. Personero Estudiantil ........... 55
Artículo 37. Constitución Del Gobierno
Escolar ..................................................... 57
Artículo 38. Otros Estamentos De
Participación Institucional ......................58
Artículo 39. Comité de Convivencia
Institucional por Elección del Representante
de los Padres de Familia al Comité de
Convivencia. .............................................59
CONVIVENCIA ...............................................64
Artículo 40. Instancias que Participan en
las Rutas de Atención ...............................64
ESTUDIANTES ................................................71
Artículo 41. Asistencia y Permanencia de
los Estudiantes en la Institución ...............71
Artículo 42. Ingreso a la Institución
Educativa .................................................. 73
Y COMUNICACIÓN ........................................ 74
Artículo 43. Funciones y Características de
la Información.......................................... 74
Artículo 44. Información y
Responsabilidad ....................................... 74
Artículo 45. Calidad y Suficiencia de la
Información. ............................................ 74
Artículo 46. Sistemas de Información. .... 74
Artículo 47. Comunicación Interna ......... 75
Artículo 48. Comunicación Externa ........ 75
Artículo 49. Canales de Comunicación ... 75
Artículo 50. Flexibilidad Al Cambio ......... 76
Artículo 51. Archivo Institucional ............. 76
SERVICIO ...................................................... 77
Artículo 52. Matrícula .............................. 77
Artículo 53. Horarios ............................... 77
Artículo 54. Inscripción en el Sistema ..... 77
Artículo 55. Continuidad y Traslados en el
Sistema Educativo Distrital ...................... 78
Artículo 56. Biblioteca Escolar .................80
Artículo 57. Aprovisionamiento de
Materiales y Otros Servicios .................... 81
Artículo 58. Prestación de Servicios de
Alimentación ............................................89
DE CONVIVENCIA ..........................................94
Artículo 59. Definición de Situaciones
y Faltas Contenidas en el Manual de
Convivencia ..............................................99
Artículo 60. Socialización del Manual de
Convivencia ............................................ 102
Artìculo 61. Ruta de Atención Integral para
las Situaciones ....................................... 103
Artìculo 62. Tipificación de las Situaciones
y Rutas de Atención ................................ 104
Artìculo 63. Acciones Formativas .......... 104
Artículo 64. Situaciones Tipo I ............... 105
Artículo 65. Situaciones Tipo II .............. 106
Artículo 66. Situaciones Tipo III ............. 107
Artìculo 67. Tipificación de Faltas,
Debido Proceso, Acciones Formativas,
Restaurativas. ........................................ 108
Artículo 68. Faltas Leves .........................110
Artículos 69. Faltas Graves .....................114
Artìculo 70. Faltas Gravísimas ................118
PROCESOS DISCIPLINARES ......................... 122
PARA FALTAS Y SITUACIONES
CONVIVENCIALES ....................................... 124
Artículo 71. Principios Debido Proceso
Disciplinario ........................................... 124
Artículo 72. Para la Aplicación de la Falta
se Tendrá Presente las Circunstancias de
Responsabilidad ..................................... 124
POBLACIÓN MIGRANTE .............................. 128
ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD ............ 130
Artículo 73. Causales de Perdida de Cupo
y/o Derecho a Ser Proclamado Bachiller en
Ceremonia de Graduación. .................... 138
Artìculo 74. Procedimientos para
Solicitudes y Reclamos .......................... 139
Artìculo 75. Protocolo de Llegadas Tarde
para Recoger los Niños de Primaria...... 140
Artículo 76. Acciones De
Acompañamiento De Padres De Familia
(Responsabilidades) ...............................141
Artículo 77. Acciones Formativas y
Reparadoras para el Abordaje de las
Prohibiciones por parte del Coordinador
(A) .......................................................... 142
Artìculo 78. Acciones Formativas y
Reparadoras para el Abordaje de
las Prohibiciones por parte del (A)
Orientador .............................................. 143

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 1-6.

Himnos · páginas 7

Himno Nacional de Colombia

Himno Nacional de Colombia.
Coro Estrofa 4 Estrofa 8
¡Oh, gloria inmarcesible! A orillas del Caribe La Virgen sus cabellos
¡Oh júbilo inmortal! Hambriento un pueblo lucha Arranca en agonía
¡En surcos de dolores Horrores prefiriendo Y de su amor viuda
El bien germina ya . A pérfida salud. Los cuelga del ciprés.
! Oh sí! de Cartagena Lamenta su esperanza
Estrofa 1 La abnegación es mucha, Que cubre losa fría;
Cesó la horrible noche Y escombros de la muerte Pero glorioso orgullo
La libertad sublime desprecian su virtud. circunda su alba tez.
Derrama las auroras
De su invencible luz. Estrofa 5 Estrofa 9
La humanidad entera, De Boyacá en los campos La Patria así se forma
Que entre cadenas gime, El genio de la gloria Termópilas brotando;
Comprende las palabras Con cada espiga un héroe Constelación de cíclopes
Del que murió en la cruz invicto coronó. Su noche iluminó;
Soldados sin coraza La flor estremecida
Estrofa 2 Ganaron la victoria; Mortal el viento hallando
"Independencia" grita Su varonil aliento Debajo los laureles
El mundo americano: De escudo les sirvió. Seguridad buscó.
Se baña en sangre de
héroes Estrofa 6 Estrofa 10
La tierra de Colón. Bolívar cruza el Ande Mas no es completa gloria
Pero este gran principio: Que riega dos océanos Vencer en la batalla,
"El rey no es soberano" Espadas cual centellas Que al brazo que combate
Resuena, y los que sufren Fulguran en Junín. Lo anima la verdad.
Bendicen su pasión. Centauros indomables La independencia sola
Descienden a los llanos El gran clamor no acalla:
Estrofa 3 Y empieza a presentirse Si el sol alumbra a todos
Del Orinoco el cauce De la epopeya el fin. Justicia es libertad.
Se colma de despojos,
De sangre y llanto un río Estrofa 7 Estrofa 11
Se mira allí correr. La trompa victoriosa Del hombre los derechos
En Bárbula no saben Que en Ayacucho truena Nariño predicando,
Las almas ni los ojos En cada triunfo crece El alma de la lucha
Si admiración o espanto Su formidable son. Profético enseñó.
Sentir o padecer. En su expansivo empuje Ricaurte en San Mateo
La libertad se estrena, En átomos volando
Del cielo Americano "Deber antes que vida",
Formando un pabellón. Con llamas escribió
Letra: Rafael Núñez, Música: Oreste Síndici

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 7.

Himnos · páginas 8

Himno al Colegio Alfonso López Michelsen

CORO
Colegio Alfonso López Michelsen,
cuna de amor y educación,
portal del sol y alegría,
autonomía y libre expresión.
Rodeado de laureles, enseñas autocontrol,
con colores gris y rojo engalanas el sector;
nos educas en valores, confianza y dedicación,
asertivos, creativos, con poder de decisión.
II
El colegio es libro abierto, donde se halla el saber,
favorece habilidades y expresión de nuestro ser;
allí bebe de la fuente conocimiento de la humanidad,
en las artes visionamos liderazgo en sociedad.
III
Cuatro acuerdos: no supongas. No tomar nada personal.
Se impecable en tus palabras y haz siempre lo mejor;
Cuatro acuerdos son la guía, de concordia y de relación,
hoy la sana convivencia se conquista con tesón.
IV
Nuestro lema, ya resuena, en mente y en corazón:
"vida para la excelencia" guía nuestra formación;
Toda Bosa, te agradece y exalta misión y visión,
ser personas productivas, líderes en la nación.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 8.

Resolución · páginas 9

Resolución rectoral y objetivos del Manual de Convivencia

El Consejo Directivo del Colegio ALFONSO
LOPEZ MICHELSEN IED, en uso de las
facultades legales que les corresponde,
en virtud de la Ley 715 de 2001 y sus
decretos reglamentarios, expide el Manual
de Convivencia.
CONSIDERANDO:
Que el Colegio Alfonso López Michelsen IED en
su carácter de Institución Educativa Oficial y
considerando de vital importancia procurar
el desarrollo de relaciones convivenciales de
manera colectiva y democrática determinó
mediante el presente manual, establecer
acuerdos encaminados a generar un clima de
entendimiento y cumplimiento de los objetivos
propios de los procesos de formación integral
de los niños, niñas y jóvenes vinculados a esta
Institución de manera pues que fortalezca
la autonomía y el respeto a las diferencias
en un ambiente de interacción cultural y
fortalecimiento de los derechos individuales
y colectivos, como medio para avanzar
en el cumplimiento del deber institucional
como garantes del derecho a la educación
consagrado en la Constitución Nacional y
adoptado por el estado colombiano.
Que el presente MANUAL DE CONVIVENCIA
se construyó a partir de mesas de trabajo
convocadas por la Institución e integradas
por padres, estudiantes, profesores y demás
miembros de la comunidad educativa.
Que está orientado ideológicamente por los
principios del escritor Miguel Ruiz que se
conocen como los cuatro acuerdos.
CTORAL NÙMERO
▶ Definir y concertar procedimientos
de convivencia que permitan aplicar
procesos justos, teniendo en cuenta
criterios legales, académicos y
pedagógicos en cada uno de los
casos identificados en la cotidianidad
institucional y que afecten la sana
convivencia escolar.
▶ Establecer los deberes y derechos
que tienen todos los integrantes que
conforman la comunidad educativa
del Colegio.
▶ Procurar que cada miembro de
la comunidad educativa conozca
y se apropie de las normas y los
acuerdos de convivencia que guían el
quehacer Institucional.
▶ Generar, mediante su aplicación el
fortalecimiento en la práctica de valores
de veracidad, equidad, responsabilidad,
solidaridad, honradez, respeto y lealtad.
▶ Determinar con los miembros
de la comunidad educativa, los
procedimientos, reconocimientos,
consecuencias y correctivos para
atender oportuna y justamente las
situaciones que se puedan presentar
tanto a nivel individual como colectivo.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 9.

Capítulo I · páginas 10-13

Fundamentos legales

Artículo 1. Marco Jurídico Legal · Artículo 40. Por El · Artículo 6. Son Funciones

ARTÍCULO 1. MARCO JURÍDICO LEGAL
El Colegio Alfonso López Michelsen mediante
el presente manual de convivencia define los
derechos y obligaciones de la comunidad
educativa influida por el PEI y como tal los
padres o tutores y los estudiantes al firmar
la matricula estarán aceptando el mismo
(Art. 87 de la Ley General de Educación). La
comunidad educativa del colegio Alfonso
López Michelsen adopta el presente manual
de convivencia enmarcándolo dentro de los
parámetros legales establecidos en:
1. La declaración universal de los
derechos humanos.
2. La constitución política de Colombia de
1991, norma de normas, porque supera
y prevalece sobre cualquier disposición
jurídica que exista o se promulgue. En
sus primeros 112 artículos se expresan
los mandatos que buscan el desarrollo
integral del hombre colombiano.
3. Artículo 29 de la constitución política de
Colombia: “el debido proceso se aplicará
a toda clase de actuaciones judiciales
y administrativas”. Es considerado la
garantía que tienen las personas para
que dentro de un proceso judicial o
administrativo se lleven a cabo los
procedimientos fundamentales para
sancionar, dando la oportunidad para
que el implicado en una conducta
que contraríe las normas, tenga la
oportunidad de ejercer el derecho a la
defensa, controvirtiendo las pruebas para
que la sanción sea la justa o en algunos
casos abstenerse de la aplicación, al
demostrarse que no cometió la conducta
que se le responsabiliza. Dentro del debido
proceso se debe tener en cuenta que el
estudiante directamente o a través de su
acudiente o representante legal, puede
impugnar la decisión sancionatoria, por
considerarla no ajustada con la falta
cometida o que no existen las pruebas
suficientes para imponer la sanción.”
4. Ley 12 de 1991, Por la cual se adoptó la
convención internacional de los derechos
de la niñez.
5. Ley General de Educación, Ley 115 de
febrero de 1994 señala los fines y objetivos
educativos, el concepto de currículo; los
diferentes tipos y niveles de la educación,
las formas de participar, los estudiantes,
tutores y docentes en el gobierno escolar
y otros aspectos relacionados con la
profesionalización del servicio educativo.
6. Decreto 1860 de agosto 3 de 1994,
esta legislación reglamenta la ley 115
especificando y concretando aspectos
para la prestación del servicio educativo,
su planteamiento, organización,
evaluación y la conformación del
gobierno escolar. También reglamentó
en su artículo 17 todo lo concerniente
a la constitución de los Manuales de
Convivencia para los centros educativos.
7. Decreto 1290 de abril de 2009, por
el cual se establece el Sistema de
Evaluación Institucional
8. Decreto 1286 del 27 de abril de
2005, reglamenta la constitución y
funcionamiento del Consejo de Padres y la
Asociación de Padres de Familia.
9. Decreto 1423 de 1993, ordena también la
elaboración del Manual de Convivencia o
reglamento estudiantil.
10. Decreto 1965 de 2013, artículo 40. Por el
cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que
crea el sistema nacional de convivencia
escolar y formación para el ejercicio de
los derechos humanos, la educación para
la sexualidad y la prevención y mitigación
de la violencia escolar.
11. Decreto 1075 de 2015. “Por medio del cual
se expide el decreto único reglamentario
del sector educación”
12. Ley 715 de diciembre 21 de 2001, en la
que se establecen normas orgánicas en
materia de formulación de competencias,
políticas y objetivos que orientan el
servicio educativo en el país.
13. Ley 1620 del 15 de marzo de 2013. “Por
la cual se crea el sistema nacional de
convivencia escolar y formación para
el ejercicio de los derechos humanos,
la educación para la sexualidad y la
prevención y mitigación de la violencia
escolar.” menciona la necesidad de
implementar acciones restaurativas
para la atención de situaciones tipo II,
que conlleven a la reparación de los
daños causados, el establecimiento de
los derechos y la reconciliación dentro de
un clima de relaciones constructivas en el
establecimiento educativo.
14. Ley 1098 de infancia y adolescencia
de 2006, consagra los derechos de los
niños, las niñas y los adolescentes, las
formas de protección y las obligaciones
que le corresponden a la familia, a
las Instituciones Educativas y a las
autoridades del estado. El artículo 139
establece que, al tratarse de personas
menores de edad, debe aplicarse la justicia
restaurativa. El artículo 140 menciona
que las medidas correctivas deben
tener carácter pedagógico, específico y
diferenciado, así como, el proceso debe
garantizar la justicia restaurativa, la
verdad y la reparación del daño.
15. Código de policía, se convierte en guía
para la convivencia ciudadana ajustada a
los cambios que ha presentado la ciudad
en los últimos años (2017)
16. Sentencias de la corte constitucional
sobre las situaciones presentes en las
instituciones educativas:
17. No se vulnera el derecho a la educación
por perdida de año (T092-311-94)
18. No se vulnera el derecho a la educación
por sanciones al mal rendimiento
académico (T569-XII-94)
19. No se vulnera el derecho a la educación
por normas que exijan rendimiento y
disciplina (T316-12-VII-94), entre otras.
20. T – 208 – 1996. Ininterrupción de estudios
21. T – 917 – 2006. Derecho a la dignidad
humana del menor-agresión de otros
menores consistente en persecución para
desvestirlo, ultrajarlo y filmarlo. Derecho
a la dignidad humana en establecimiento
educativo-protección implica proceso
restaurativo que ofrezca adecuada
reparación a la víctima y recupere
vínculos de partes con comunidad
22. T 196 – 2001. Derecho a la educación-
tratamiento constitucional con
doble connotación como derecho y
como servicio
23. T – 625 – 2013. Derecho fundamental
a la educación-protección legal
y constitucional
24. T – 281 a – 2016. Derecho a la educación
de niños, niñas y adolescentes-
permanencia en el sistema educativo
como parte de su núcleo esencial y la
connotación de ser un derecho-deber
que impone cargas mínimas. Debido
proceso en actuaciones disciplinarias
en instituciones educativas-reiteración
de jurisprudencia.
25. T- 301/96. Principio de legalidad-
procedimiento académico sancionatorio.
Requisitos mínimos de defensa
26. T- 565 -2013 Protección de la orientación
sexual e identidad de género en manuales
de convivencia
27. T-804 -2014 Derecho garantía a la
educación de estudiantes transgénero/
orientación sexual e identidad de
género como criterio de discriminación/
diferenciación entre orientación sexual e
identidad de género.
28. T – 478-2015 Se ordena al Ministerio de
Educación Nacional (MEN) implementar
acciones tendientes a la creación
definitiva del sistema nacional de
convivencia escolar de acuerdo con lo
señalado por la ley 1620 de 2013 y el
decreto 1965 de 2013.
29. Resolución 1740 del 15 de julio de 2009
por la cual se establecen medidas para
garantizar el acceso y la permanencia en
el sistema educativo de los niños, niñas y
adolescentes de Bogotá, D.C.
30. Resolución 592 de 2015. “por la cual
se crean los comités operativos de
convivencia escolar, prevención y
solución de conflictos en los niveles
central y local “artículo 6. Son funciones
del comité local de convivencia escolar y
resolución de conflictos las siguientes: 1.
Implementar los mecanismos, políticas
y procedimientos para el abordaje de los
conflictos escolares y el mejoramiento
de la convivencia escolar establecidos
por el comité del nivel central. 2. Analizar
y buscar estrategias de solución a los
conflictos que afecten el clima escolar
y la convivencia y que hayan rebasado
al gobierno escolar y al comité escolar
de convivencia. 3. Convocar espacios
de conciliación para la solución de
situaciones conflictivas que afecten la
convivencia escolar en la localidad. 4.
Hacer acompañamiento y seguimiento
a los compromisos adquiridos por el
comité y a las medidas adoptadas por
el mismo. 5. Generar mecanismos de
prevención a nivel local para minimizar
los conflictos escolares.
31. Acuerdo 434 de 2010. “Por medio
del cual se crea el observatorio de
convivencia Escolar”.
32. Ley 2170 del 29 de diciembre de 2021 “Por
medio de la cual se dictan disposiciones
frente al uso de herramientas
tecnológicas en los establecimientos”
33. Decreto 064 de 2020 “Atención a la
población migrante”
34. Ley estatutaria 1581 del 17 de octubre de
2012 reglamentada parcialmente por el
decreto nacional 1377 de 2013. Por la cual
se dictan disposiciones generales para la
protección de datos personales.
35. Ley 2025 del 23 de julio de 2020
“Por medio de la cual se establecen
lineamientos para la implementación de
las escuelas para padres y madres de
familia y cuidadores, en las instituciones
de educación preescolar, básica y media
del país”.
36. Ley 906 de 2004 “Código de
procedimiento penal” Los Artículos 518
a 521, definen los procesos restaurativos
como aquellos en los que la víctima y el
imputado participan de forma activa en
la resolución de cuestiones derivadas
del delito, buscando un resultado
restaurativo, el cual es definido como un
acuerdo para atender las necesidades
y responsabilidades individuales y
colectivas de las partes para lograr
la reintegración de las víctimas y del
infractor en la comunidad, con el objetivo
de la reparación, la restitución y el
servicio a la comunidad.
37. Decreto 166 de 2010 “Desarrolla la Política
Pública Distrital de Mujer y equidad de
género como “el marco de acción social,
político e institucional que, desde el
reconocimiento, garantía y restitución de
los derechos de las mujeres que habitan
el territorio, contribuye a modificar las
condiciones evitables de desigualdad,
discriminación y subordinación que,
en razón al género, persisten aún en los
ámbitos social, económico, cultural y
político de la Sociedad”
38. Decreto 062 de 2014 “Desarrolla la
Política Pública para la garantía plena de
los derechos de las personas lesbianas,
gay, bisexuales, transgeneristas e
intersexuales- LGBTI – y sobre identidades
de género y orientaciones sexuales en el
Distrito Capital.
39. Resolución 800 del 2015 “Se adopta el
Plan Educativo de Transversalización de la
Igualdad de Género (PETIG) 2014 — 2024
en la Secretaría de Educación Distrital.
40. Decretos 501 de 2016 y 2105 de 2017,
que permitieron la reglamentación de la
estrategia de ampliación de jornada.
41. Resolución 1901del 6 de junio de 2023
42. Ley 2383 de 2024 por medio de la cual se
promueve la educación socioemocional
de los niños, niñas y adolescentes en las
instituciones educativas de preescolar,
primaria, básica y media en Colombia.
43. Ley 2394 de 2004 Por medio del cual se
garantiza la protección de los derechos
de estudiantes gestantes, estudiantes
en periodo de lactancia y estudiantes en

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 10-13.

Capítulo II · páginas 13-15

Identidad institucional

Artículo 2. Presentación Del Colegi · Artículo 3. Símbolos Del Colegio · Artículo 4. Jornada Escolar

ARTÍCULO 2. PRESENTACIÓN DEL COLEGI
Nombre
COLEGIO ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN
INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL “IED”,
llamado así en honor al presidente liberal de la
República de Colombia que gobernó durante el
periodo comprendido entre 1974 y 1978.
Alfonso López Michelsen hijo de Alfonso López
Pumarejo presidente de Colombia (1934-
1938 y 1942-1945), nació en Bogotá el 30
de junio de 1913, Dirigió el MRL (Movimiento
Revolucionario Liberal), fue Senador de la
República, gobernador del departamento del
César y ministro de Relaciones exteriores.
Como presidente en 1974, declaró la
emergencia económica; realizó una reforma
tributaria radical; redujo la inflación del 30%
al 17% y al final de su mandato las reservas
internacionales de Colombia alcanzaban la
cifra de 1.000 millones de dólares. En 1982
asumió el control del Partido Liberal, tras su
fracaso en las elecciones presidenciales de
ese año y hasta su fallecimiento el 11 de julio
de 2007.
RESEÑA HISTÓRICA
El colegio Alfonso López Michelsen nace
mediante Resolución No 4601 del 16 de
noviembre de 2007 de la Secretaría de
Educación Distrital, bajo la alcaldía del
Doctor Luis Eduardo Garzón, como respuesta
licencia de paternidad en las instituciones
educativas del país
44. Resolución 1432 del 31 de julio de 2024
Por la cual se establece el proceso de
gestión de la cobertura 2024–2025 en el
Sistema Educativo Oficial de Bogotá D.C.
al principio constitucional de garantizar el
derecho a la educación de los niños, niñas y
jóvenes de la localidad de Bosa en el marco del
Plan Sectorial de Educación contemplado en
el plan de gobierno “Bogotá sin Indiferencia”.
El Colegio está ubicado en la ciudadela
El Recreo- Metro vivienda, pero su vida
institucional se remonta al Colegio La
Libertad, ubicado en el barrio del mismo
nombre. Desde allí se da origen a la sede B
en la ciudadela El Recreo, hoy Colegio Carlos
Pizarro León Gómez. Posteriormente se
establece la sede del Colegio La Libertad que
se convierte en el Colegio Portal del Sol según
Resolución No 2991 del 25 de Julio de 2.007 y
luego mediante resolución No 4601 del 16 de
noviembre de 2007, se designa bajo el nombre
de Alfonso López Michelsen, en el sector Portal
del Sol-Vizcaya.
Funciona en casetas prefabricadas hasta
mediados del 2007, con cobertura de
estudiantes desde grado Transición hasta
grado noveno, en julio del mismo año entregan
las primeras aulas de la actual Institución
haciendo la entrega total de las instalaciones
del Colegio el 13 de diciembre de 2007
integrándolo como parte del plan de Colegios
de Excelencia de la Secretaría de Educación.
ARTÍCULO 3. SÍMBOLOS DEL COLEGIO
ESCUDO
El escudo se encuentra rodeado por laureles,
contiene dos franjas una de color azul y una
de color rojo. El color azul significa control
de la mente, claridad de ideas y creatividad.
El color rojo significa poder, confianza en
sí mismo y actitud positiva frente a la vida.
Sobre las dos franjas se encuentra un libro que
BANDERA
Dividida en tres franjas horizontales; la primera
gris. Simboliza la independencia, el autocontro
desea formar en los estudiantes.
simboliza el conocimiento de la humanidad y
la posibilidad de generar nuevos aportes para
nuestra sociedad y sobre el libro aparece un
sol que recuerda el nombre de la sede “Portal
del Sol” que simboliza la alegría, la expresión
de los pensamientos y el poder de decisión.
y la tercera en color rojo y en el centro, la franja
ol y las dotes humanitarias que como colegio
Lema
“Una vida para la excelencia” Resalta la
importancia de tener criterios de calidad a
todo nivel en la Institución que promuevan
ARTÍCULO 4. JORNADA ESCOLAR
Jornada Mañana
Bachillerato: 6:15 a.m. -12:15p.m.
Preescolar: 6:30 am – 11:00 am
Primaria: 6:30 am -11:30 a. m.
Jornada Tarde
Bachillerato 12:15 p.m. -6:15 p.m.
Preescolar y Primaria: 12:30 pm. -5:30 p.m.
Línea de profundización diseño y desarrollo de
software (Fortalecimiento de la educación media).
Estudiantes de grado Décimo y Once
Jornada Mañana
1 día entre semana de 12:15 p m a 6:00 pm y
otro día de 12:15 pm a 4:00 pm (a través de
circular se precisarán los días asignados).
la formación de individuos integrales con
habilidades y valores para ser puestos en
práctica en el ejercicio de una vida digna,
enmarcada dentro de la democracia y los
derechos humanos.
Jornada Tarde
1 día entre semana de 6:20 am a 12:10 pm y
otro día de 8:00 am a 12:10 pm
Sábados todos los estudiantes de Décimo
y Once
Los estudiantes que se encuentran en
convenios o articulaciones con entidades
externas aprobadas por la institución
asistirán de acuerdo con el horario de dichas
entidades.
7:00 am a 10:00 am o 10:00 am a 1:00 pm
Jornada Extendida – Centros de interés
Jornada Mañana en contra jornada 1:00 pm
a 3:00 pm
Jornada Tarde en contra jornada 10:30 am a
12:30 pm
Sábados: 8:00 am a 12:30 pm.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 13-15.

Capítulo III · páginas 16-18

Horizonte institucional

Artículo 5. Objetivos Institucionales · Artículo 6. Misión · Artículo 7. Visión · Artículo 8. Principios Institucionales · Artículo 9. Valores Institucionales · Artículo 10. Perfil Del Estudiante · Artículo 11. Perfil Del Docente

ARTÍCULO 5. OBJETIVOS INSTITUCIONALES
Formar en el ejercicio de la ciudadanía Hacer del colegio un lugar de vida que
crítica, solidaria, participativa, responsable contribuya al fortalecimiento del entorno en
y Productiva. el ejercicio de la ciudadanía, la vida cultural y
el cuidado del medio ambiente.
Formar en las actitudes, conocimientos
y destrezas que les permita relacionarse
Asertivamente en cualquier contexto.
ARTÍCULO 6. MISIÓN
Brindar a los estudiantes una educación habilidades comunicativas y el pensamiento
integral, fundamentada en el desarrollo de crítico como herramientas para la vida,
competencias socioemocionales, cognitivas favoreciendo su formación como seres
y culturales que vinculen los valores líderes, sensibles, conscientes de su contexto,
institucionales, la expresión artística, las y transformadores de su realidad.
ARTÍCULO 7. VISIÓN
Consolidar en el 2030 una institución líder en la responsabilidad social y ambiental, el
la localidad, reconocida por el alto nivel en los respeto por la diversidad y la interculturalidad,
procesos formativos: deportivos, artísticos, así como el desarrollo del pensamiento crítico
culturales y comunicativos. Comprometida y creativo de sus estudiantes, permitiéndoles
en la construcción y apropiación de los desarrollar un proyecto de vida que aporte a
valores institucionales, el fortalecimiento del la transformación positiva de la sociedad del
liderazgo y las habilidades socioemocionales, siglo XXI.
ARTÍCULO 8. PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
LOS CUATRO ACUERDOS
▶ SÉ IMPECABLE CON TUS PALABRAS: Lo historias increíbles que solo envenenan
que sale de tu boca es lo que eres tú. tu alma y que no tienen fundamento.
Si no honras tus palabras, no te estás ▶ NO TE TOMES NADA PERSONAL: Ni la
honrando a ti mismo y si no te honras a peor ofensa, ni el peor desaire, ni la
ti mismo no te amas. Honrar tus palabras más grave herida; en la medida en que
es ser coherente con lo que piensas y alguien te quiere lastimar en esa medida
con lo que haces. Eres auténtico y te ese alguien se lastima así mismo, pero el
hace respetable ante los demás y ante problema es de él, no tuyo.
ti mismo.
▶ HAZ SIEMPRE LO MEJOR QUE PUEDAS:
▶ NO SUPONGAS: No des nada por supuesto. Si siempre haces lo mejor que puedas,
Si tienes dudas acláralas. Si sospechas, nunca podrás recriminarte a ti mismo ni
pregunta. Suponer te hace inventar arrepentirte de nada.
(Miguel Ruiz – Los cuatro Acuerdos)
ARTÍCULO 9. VALORES INSTITUCIONALES
RESPETO: Es la muestra de aprecio por el
valor y la dignidad de los demás, de nosotros
mismos y del medio ambiente, lo que favorece
sustancialmente la convivencia Institucional.
RESPONSABILIDAD: Entendida como la
capacidad de reflexionar, administrar y
valorar las consecuencias de los propios
actos; lo que nos permite entre otras
cosas, asumir y cumplir con la realización
satisfactoria de los compromisos ya sean
asignados o adquiridos voluntariamente.
SOLIDARIDAD: Hace referencia a la
colaboración mutua que se prestan los
miembros de la comunidad educativa, lo que
fortalece los equipos de trabajo al interior de
la Institución, además de estar dirigida hacia
otras personas que les rodean o que requieren
de su apoyo.
ARTÍCULO 10. PERFIL DEL ESTUDIANTE
El estudiante Alfonsista es capaz de entender y
aplicar de manera creativa los conocimientos
adquiridos en las diferentes áreas del saber,
mostrando capacidades crítico-reflexivas
que le permitan solucionar problemas
propios y de su entorno. Tiene la capacidad
de trabajar en equipo, de interactuar con
los diferentes miembros de la comunidad y
ARTÍCULO 11. PERFIL DEL DOCENTE
▶ Nuestra institución cuenta con un
cuerpo docente preparado e idóneo en
su quehacer pedagógico que garantiza
una educación de calidad. El docente del
colegio Alfonso López Michelsen:
▶ Se fundamenta en el horizonte, principios
y valores institucionales, así como en el
modelo pedagógico Histórico Cultural.
▶ Demuestra amor por la enseñanza y la
investigación de la materia que imparte.
▶ Se destaca por su calidad humana en los
diferentes ámbitos de su labor docente.
CAPACIDAD CRÍTICA: Se asume como el
análisis y discernimiento que se realiza
frente a diferentes situaciones o temas, con
el objetivo de hacer un aporte constructivo.
Se considera como una actitud madura,
responsable y basada en el respeto.
TOLERANCIA: Es una actitud de respeto, justa
y objetiva frente a otros cuyas opiniones,
creencias, prácticas, raza, religión, etc.,
difieren de las propias.
AUTONOMÍA: Entendida como la capacidad
de elegir y actuar con libertad sin depender
de las ordenes de los demás, pero
con responsabilidad.
HONESTIDAD: valor de decir la verdad, ser
decente, recatado razonable y justo. Cualidad
humana que consiste en actuar de acuerdo
como se piensa y se siente.
respetar sus diferencias. Fundamenta todas
sus decisiones en un ejercicio autónomo
que atiende a principios éticos y morales
establecidas durante su vida escolar, familiar
y de comunidad. Evidencia la identidad
con su país y contribuye positivamente a
su transformación.
▶ El líder que fomenta valores de respeto
y equidad con su testimonio de vida y
contribuye a la construcción de una
sociedad más justa.
▶ Posee un espíritu investigativo de
actualización, que enseña a pensar,
a descubrir, a proponer acciones
de mejora.
▶ Es promotor de cambio que da sentido
a las transformaciones sociales desde
la individualidad para fortalecer
el colectivo.
▶ Evidencia interés y disposición para el
trabajo en equipo.
▶ Tienen en cuenta todas las dimensiones
y el contexto propio del estudiante para
evaluar de manera integral y formativa.
▶ Es comprometido con sus estudiantes
y hace un seguimiento adecuado
de procesos.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 16-18.

Capítulo IV · páginas 18-20

Convivencia escolar

Artículo 12. Principios Manual De C · Artículo 13. Proyecto De Convivenc

ARTÍCULO 12. PRINCIPIOS MANUAL DE C
PARTICIPACIÓN
Es la acción de “tomar parte” y se vincula a
la existencia de unas habilidades, actitudes y
motivaciones para la participación como son,
su ejercicio voluntario, la responsabilidad
individual y compartida, mecanismos de
expresión, educación e información previa a
la acción, atributos sin los cuales es muy difícil
participar constructiva y propositivamente.
En el ámbito educativo, las instituciones y sus
funcionarios deben promover la participación
de los niños, niñas y adolescentes en los
órganos de elección, tanto en el papel de
candidatos como en el de electores.
INTEGRALIDAD DESDE LA PERSPECTIVA DE
LOS DERECHOS HUMANOS
La idea de dignidad humana como valor
superior compartido es el fundamento ético
de todo derecho, hacia ello deben estar
orientadas todas las leyes en una sociedad
democrática. La dignidad como valor
inherente al ser humano en cuanto a ser
racional, dotado de libertad y poder creador,
capaz de modelar y mejorar su vida mediante
la toma de decisiones y el ejercicio responsable
de su autonomía. Desde esta perspectiva, los
derechos y deberes son atribuciones del ser
humano que regulan su vida en sociedad,
definidos y reconocidos a través de procesos
históricos de reivindicación y consenso.
DIVERSIDAD
El Sistema se fundamenta en el reconocimiento,
respeto y valoración de la dignidad propia
y ajena, sin discriminación por razones
de género, orientación o identidad sexual,
▶ Posee habilidad de la escucha en la
resolución de conflictos y para la relación
con la comunidad educativa.
▶ Propicia ambientes para lograr
aprendizajes significativos, plantea con
claridad los objetivos de los aprendizajes
y propone diversas estrategias
para lograrlos.
etnia o condición física, social o cultural. Los
niños, niñas y adolescentes tienen derecho
a recibir una educación y formación que se
fundamente en una concepción integral de la
persona y la dignidad humana, en ambientes
pacíficos, democráticos e incluyentes. Ley
1620 15 de marzo de 2013
RESPONSABILIDAD AMBIENTAL
Se define como una imputabilidad de
valoración positiva o negativa por el impacto
ecológico de una decisión. Se refiere
generalmente al daño causado a otras
especies, a la naturaleza en su conjunto o a
las futuras generaciones por acciones o las
no acciones del individuo o de un grupo.
En el año 2010, la corte constitucional en su
sentencia C-595 2 regulan la “Relación de la
sociedad con la naturaleza”, reconociendo al
medio ambiente un interés jurídico superior
en el contexto colombiano y que se expresan
en 33 disposiciones constitucionales dentro
de las que se resaltan:
1. La obligación del estado y de las personas
de proteger las riquezas culturales y
naturales de la nación y de la región.
2. La educación como proceso de formación
para la protección ambiental. Art 67.
3. El derecho de todas las personas a gozar
de un ambiente sano, la participación de la
comunidad en las decisiones que puedan
afectarlo, el deber del estado de proteger
la diversidad e integridad del ambiente
y de las áreas de especial importancia
ecológica y fomentar la educación para el
logro de estos fines. Art.79
ARTÍCULO 13. PROYECTO DE CONVIVENC
La Institución educativa además de ser el
espacio donde se llevan a cabo procesos de
creación y distribución de conocimientos, es
también formador de ciudadanos, porque en la
escuela se viven hechos que son un aprendizaje
de la vida en sociedad (Problemática educativa
en Colombia, Guillermo Chone Duarte). A
diario los estudiantes están enfrentados a
diversas problemáticas sociales, familiares
y personales que se ven reflejadas en su
convivencia escolar; ante esta realidad se
hace necesario crear estrategias pedagógicas
que permitan favorecer la interacción entre
los estudiantes, desarrollar capacidades en
la toma de decisiones asertivas y enfrentar
los retos presentes tanto en la institución
educativa como en su contexto; con el fin de
mejorar su calidad de vida, construir una
sociedad más democrática, solidaria y en paz.
Desde la política educativa se estructura
una premisa fundamental: una educación
de calidad es aquella que forma ciudadanos
con valores éticos, respetuosos de lo
público, que ejercen los Derechos Humanos,
cumplen sus deberes sociales y conviven
en paz. Es por esta razón, que el Colegio
Alfonso López Michelsen IED consciente de
la realidad social a la que se enfrentan sus
estudiantes tiene como misión propiciar la
transformación de aquellas realidades que de
una u otra manera representan riesgos para
ellos. Esta necesidad, justifica la creación e
implementación del proyecto de Convivencia
Institucional “PIGMALION” que tiene como base
la transversalización del currículo con los ejes
de: DDHH, HABILIDADES SOCIOEMOCIONALES,
JUSTICIA ESCOLAR RESTAURATIVA, ENFOQUE
DE GÈNERO, CAPACIDADES CIUDADANAS,
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS,
PLAN ESCOLAR DE GESTION DEL RIESGO Y
ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO -PEGR-
teniendo como propósito integrar los campos
del ser, el saber, el hacer y el convivir a
través de conceptos, procedimientos, valores
y actitudes que orientan la enseñanza y
el aprendizaje.
CIA INSTITUCIONAL “PIGMALIÓN”
Al girar todos alrededor de estos ejes se hace
más cercana la formación de un estudiante
competente en ciudadanía, quien sea capaz
de propiciar cambios positivos en su vida y ser
un multiplicador de la conciencia social. Se
debe entonces, crear condiciones para que los
estudiantes se conviertan en sujetos deseosos
de una vida diferente, la cual esté rodeada de
respeto, afecto y todos aquellos valores que se
necesitan para una sana convivencia.
Nuestro Proyecto de convivencia “PIGMALION”
pretende lograr un clima de convivencia
basado en el respeto y la fluida comunicación
entre los miembros de la comunidad, que
permita un desarrollo integral de nuestros
estudiantes al tiempo que potencialice en
ellos sus habilidades en relación con la
comunicación, el arte y la expresión a la luz
del Proyecto Educativo Institucional.
Por ello la organización del colegio ha de
girar en torno al alumnado y a su identidad,
proponemos un modelo de convivencia en el
que “la acogida”, “la escucha”, “el trabajo de
las emociones y sentimientos”, “la paciencia
en la labor docente y la firmeza”, “la tutoría
compartida”, “las normas de funcionamiento”,
“el clima institucional”, “el equipo docente y
la comunidad educativa” sean los aspectos
centrales sobre los que construimos el modo
de ser y de actuar de nuestros estudiantes. Es
preciso crear una conciencia colectiva donde
“todo el mundo es importante”, donde “todo lo
que pasa afecta a todos-as” donde si yo gano,
ganamos todos- as”.
Enfoques de Convivencia Escolar en el colegio
Alfonso López Michelsen
La incorporación de este enfoque en los
entornos educativos implica una transformación
pedagógica que oriente las reflexiones sobre las
ENFOQUE DE DDHH
prácticas y acuerdos convivenciales hacia lo
colectivo y lo público, para reconocer y valorar
las diferencias.
El enfoque de género es, ante todo, una
herramienta de acción sobre las formas de
relación social que se tejen en los espacios
ENFOQUE DE GÈNERO educativos, esto significa realizar análisis de
cómo las rutinas escolares, los manuales de
convivencia y el currículo generan divisiones
entre hombres y mujeres.
Permite reconocer estas afectaciones, mitos,
imaginarios, discriminaciones acumuladas y
formas específicas de vivir la sexualidad para
ENFOQUE DIFERENCIAL POR ORIENTACIÒN transformar la escuela en un escenario en el que
SEXUAL E IDENTIDAD DE GÈNERO las desventajas históricas puedan ser disminuidas
y superadas progresivamente, y donde se
abandonen las pretensiones homogenizantes y
normalizadoras.
La justicia restaurativa, como práctica formal,
considera que las ofensas o transgresiones a la
norma son ante todo una acción dañina contra
las personas y las relaciones de la comunidad,
por tanto, estas generan obligaciones y
responsabilidades, en particular, para el ofensor
y la comunidad, quienes están llamados a
ENFOQUE RESTAURATIVO reparar el daño causado de forma material,
pero especialmente, de manera simbólica. Este
enfoque parte de la idea de la interdependencia
de las personas que integran una comunidad
que establecen una red de relaciones, la cual
es afectada por los daños causados y necesita
restablecer estos lazos para fortalecer el tejido,
en búsqueda del interés general.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 18-20.

Capítulo V · páginas 21-25

Marco referencial

Artículo 44. Son Derechos Fundamentales De

Precisa la relación entre el sistema de
convivencia escolar y la formación integral
de las y los Estudiantes. Contiene conceptos
básicos, principios y responsabilidades
CIUDADANÍA Y CONVIVENCIA
El término ciudadano es el nombre dado
al hombre o mujer nacido en una ciudad,
o reconocido posteriormente como tal,
miembro de una comunidad organizada que
le reconoce titular de derechos y deberes
propios de la ciudadanía, quedando obligado
a cumplirlos.
Desde una visión holística, este concepto se
funda en tres dimensiones: La individual, la
sociedad y la sistémica. En consecuencia,
para formar personas, es necesario formar
ciudadanos caracterizados por:
▶ La autonomía personal.
▶ Conciencia de respeto al derecho.
▶ Sentimiento de vínculo cívico con otros.
▶ Capacidad de participación responsable
(En derechos y deberes).
La acción ciudadana siempre se da en un
contexto que puede favorecer o dificultar el
ejercicio de las competencias. Es fundamental
que los adultos involucrados en la educación
se esfuercen en construir contextos
democráticos reales en el hogar y la vida
escolar, para favorecer el ejercicio de las
competencias ciudadanas en niños y jóvenes.
La convivencia es la capacidad de las personas
para vivir con otras (con-vivir), en el marco
del respeto mutuo y la solidaridad recíproca;
implica el reconocimiento y respeto de la
diversidad, la capacidad de las personas de
entenderse, valorar y aceptar las diferencias
y el punto de vista de los demás. PECC 2012.
ACUERDOS Y NORMAS
Un acuerdo es un convenio entre dos o más
partes, fruto de una negociación o un debate
en el que las partes involucradas han expuesto
previamente sus argumentos, encontrando
una posición común. En un proceso de
acuerdo es esencial que cada parte ceda en
sus pretensiones para el bien común.
Una norma es una regla que debe ser
respetada y que permite ajustar ciertas
conductas o actividades. Es importante seguir
estas reglas para la convivencia de un grupo,
si todos los sujetos las acatan y a todos se les
exigen, se percibe equidad en el grupo.
DERECHOS
Se refiere a un conjunto de prerrogativas o
facultades que tienen las personas para exigir,
decidir y participar dentro de un contexto.
La Corte Constitucional en su declaración
de los derechos del niño aclara: “El niño y la
niña por su falta de madurez física y mental
necesita protección y cuidados especiales,
incluso la debida protección legal tanto
antes como después de su nacimiento”. La
humanidad debe al niño lo mejor que puede
darle. Este documento busca que los niños
puedan tener una infancia feliz y gozar en su
propio bien, y en bien de la sociedad, de los
derechos y libertades que en ella se enuncian,
e insta a los padres, a los hombres y mujeres,
a las organizaciones, autoridades locales
y gobiernos nacionales a que reconozcan
estos derechos y luchen por su observancia
con medidas legislativas y de toda índole,
así como los principios contemplados en la
presente declaración.”
El Artículo 45 de la misma Ley prescribe que
el adolescente tiene derecho a la protección
y a la formación integral y que el estado y la
sociedad garantizan la participación activa
de los jóvenes en los organismos públicos y
privados que tengan a cargo la protección,
educación y progreso de la juventud, dado
que ellos están comprendidos en el concepto
amplio de “niños” y por tanto gozan de la
protección especial por parte de la familia,
la sociedad y el estado y son titulares de los
derechos fundamentales en él consagrados
que prevalecen sobre los derechos de
los demás.
Artículo 44. Son derechos fundamentales de
los niños y las niñas: la vida, la integridad física,
la salud y la seguridad social, la alimentación
equilibrada, su nombre y nacionalidad,
tener una familia y no ser separados de
ella, el cuidado y amor, la educación y la
cultura, la recreación y la libre expresión
de su opinión. Serán protegidos contra toda
forma de abandono, violencia física o moral,
secuestro, venta, abuso sexual, explotación
laboral o económica y trabajos riesgosos.
Gozarán también de los demás derechos
consagrados en la Constitución, en las leyes
y en los tratados internacionales ratificados
por Colombia. La familia, la sociedad y
el Estado tienen la obligación de asistir y
proteger al niño para garantizar su desarrollo
armónico e integral y el ejercicio pleno de sus
derechos. Cualquier persona puede exigir de
la autoridad competente su cumplimiento y
la sanción de los infractores. Los derechos
de los niños y las niñas prevalecen sobre los
derechos de los demás. Constitución política
de Colombia 1991.
DEBERES
El término hace referencia a actividades,
actos y circunstancias que implican una
determinada obligación moral o ética,
generalmente se relacionan con ciertas
actitudes que todos los seres humanos,
independientemente de su condición, están
obligados a cumplir, a modo de asegurar
al resto de las personas la posibilidad de
vivir en paz, con dignidad, y con un nivel de
comodidad. Así como tienen derechos, a los
niños también corresponden unos deberes
o responsabilidades, ya que, al asumirlos,
ayudan a que se cumplan los derechos de los
demás y todos se sientan satisfechos. En cada
momento de la vida se da la oportunidad para
hacer valer cada derecho y deber: Cumplir con
la Constitución Política de Colombia, respetar
a las personas sin distinciones, respetar y
apoyar a las autoridades, participar en la
vida política, defender los derechos humanos,
respetar y cuidar el medio ambiente, respetar
las opiniones y costumbres de los demás
aunque no sean compartidas, tener buena
conducta en el colegio, estudiar y cumplir
las tareas escolares así como respetar a
maestros, trabajadores y compañeros del
colegio, respetarse a sí mismo, su cuerpo,
pensamiento y sentimientos, siempre decir la
verdad y cumplir las promesas.
Responsabilidad penal para adolescentes:
En esta materia, tanto el proceso como
las medidas que se tomen son de carácter
pedagógico, específico y diferenciado
respecto del mismo sistema en adultos, en
concordancia con la protección especial
de los niños consagrada en la Constitución
Política Nacional y tratados internacionales.
CONFLICTO
Son situaciones que se caracterizan porque
hay una incompatibilidad real o percibida
entre una o varias personas frente a sus
intereses. Las interacciones entre sujetos
suponen que se configuren relaciones de
poder y en el marco de este relacionamiento
se presentan diferencias. Cuando las
situaciones conflictivas no son resueltas de
manera constructiva, dan lugar a hechos
que afectan la convivencia escolar como
altercados, enfrentamientos o riñas entre dos
o más miembros de la comunidad educativa.
MANEJO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
El colegio Alfonso López Michelsen
propenderá a solucionar los conflictos que se
presenten a través del diálogo, la negociación,
la mediación y todas aquellas herramientas
que se tengan a disposición dentro del marco
pedagógico y legal.
AGRESIÓN ESCOLAR
Es toda acción realizada por uno o más
integrantes de la comunidad educativa
que busca afectar negativamente a otros
miembros de la misma comunidad, de los
cuales por lo menos uno es estudiante. La
agresión puede ser física, verbal, gestual,
relacional o electrónica.
ACOSO ESCOLAR (BULLYNG)
De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de
2013, es toda conducta negativa, intencional
metódica y sistemática de agresión,
intimidación, humillación, ridiculización,
difamación, coacción, aislamiento deliberado,
amenaza o incitación a la violencia o cualquier
forma de maltrato psicológico, verbal, físico o
por medios electrónicos contra un niño, niña
o adolescente por parte de un (a) estudiante o
varios de sus pares con quienes mantiene una
relación de poder asimétrica, que se presenta
de forma reiterada o a lo largo de un tiempo
determinado. También puede ocurrir por
parte de docentes contra estudiantes, o por
parte de estudiantes contra docentes, ante la
indiferencia o complicidad de su entorno.
CIBER-ACOSO ESCOLAR (CIBER-BULLYNG)
De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620
de 2013, es toda forma de intimidación con
uso deliberado de tecnologías de información
(Internet, redes sociales virtuales, telefonía
móvil y video juegos online) para ejercer
maltrato psicológico y continuado.
El ciber-acoso es voluntario e implica un daño
recurrente y repetitivo, infligido a través de
medios electrónicos. Pretende causar angustia
emocional, preocupación y no el propósito
legítimo de la comunicación. Puede ser tan
sutil como continuar enviando e-mails a
alguien que ha expresado no querer continuar
en contacto, puede incluir connotaciones
sexuales, etiquetas peyorativas y hasta
amenazas de daño al buen nombre, la salud
y hasta la vida.
VIOLENCIA SEXUAL
De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de
la Ley 1146 de 2007, “se entiende por violencia
sexual contra niños, niñas y adolescentes todo
acto o comportamiento de tipo sexual ejercido
sobre un niño, niña o adolescente, utilizando
la fuerza o cualquier forma de coerción física,
psicológica o emocional, aprovechando las
condiciones de indefensión, de desigualdad
y las relaciones de poder existentes entre
víctima y agresor”. No solo hace referencia
al acceso carnal violento, también incluye
la pornografía, exhibicionismo, tocamiento
abusivo, prostitución forzada.
VULNERACIONES DE LOS DERECHOS DE NIÑOS
NIÑAS Y ADOLESCENTES
Es toda situación de daño lesión o perjuicio
que impide el ejercicio pleno de los derechos
de los niños, niñas y adolescentes. Los niños
y niñas deben ser protegidos contra toda
forma de abandono, violencia física y moral,
secuestro, venta, abuso sexual, explotación
laboral o económica y trabajos riesgosos.
La familia, la sociedad y el estado tienen la
obligación de asistirlos y protegerlos para
garantizar su desarrollo armónico e integral
y el ejercicio pleno de sus derechos.
RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Es el conjunto de actuaciones administrativas
y de otra naturaleza, que se desarrollan para
la restauración de la dignidad e integridad
como sujetos de derechos y de su capacidad
para disfrutar efectivamente de los derechos
que han sido vulnerados.
CLIMA DE AULA
Conjunto de situaciones o relaciones que
se dan en un espacio escolar determinado,
descrita en términos de percepción por
quienes se encuentran inmersos allí. Integra
los roles, dinámicas de poder, estimulación,
aprendizaje, socio afectividad entre pares y
con los docentes.
ACCIONES PARA RESOLVER CONFLICTOS
El Colegio Alfonso López Michelsen IED
siempre propenderá por solucionar los
conflictos a través de la intervención
pedagógica y procesos de mediación con las
partes implicadas, siguiendo las siguientes
recomendaciones generales:
Conciliación Escolar: Es un mecanismo de
resolución de conflictos, a través del cual dos
o más estudiantes gestionan por sí mismos la
resolución de sus diferencias, con la ayuda de
un tercero neutral y calificado denominado
conciliador escolar.
Quien es el Gestor /Conciliador Escolar: Es
un estudiante que ha recibido una formación
amplia en valores y técnicas de resolución
pacífica de conflictos y que pone al servicio
de su comunidad, su saber y tiempo de
manera desinteresada con el apoyo total de
la institución y el acompañamiento de la CCB
por intermedio del programa HERMES. (Estos
estudiantes deben estar certificados por
la CCB)
Derechos de los Estudiantes: El(a) o los(a)
estudiantes que quieran atender su conflicto
por medio de la figura de la conciliación
escolar, mesa de Gestión, podrán solicitarla
voluntariamente a través de un formato
en coordinación de Convivencia y que se
enmarque dentro con la competencia del
grupo Hermes (Tipo I)
NOTA: Con el estudiante que durante más de
tres ocasiones utilice la conciliación para
arreglar sus diferencias entre las mismas
partes y por los mismos hechos e incumpla
lo acordado, el colegio podrá establecer que
se atenderá el conflicto, por medio de los
otros mecanismos establecidos en el manual
de convivencia.
Centro, Mesa, Punto de Conciliación escolar:
Lugar de la institución donde se desarrollan las
conciliaciones y/o Jornadas de Conciliación
escolar. Este deberá ser administrado por los
gestores del conflicto o Conciliadores, con el
apoyo y acompañamiento de la institución y
de los Docentes tutores. Debe disponer de un
lugar para el mantenimiento de la papelería
Actas y recepción de casos y el archivo de
lo gestionado.
Redes: Los estudiantes certificados como
conciliadores del conflicto escolar, pertenecerán
a la Red Nacional de Gestores y Conciliadores
Escolares (RENACEG) de la CCB y participarán
de las diferentes actividades programadas por
esta Institución
Acompañamiento institucional: Los estudiantes
conciliadores estarán acompañados por
Docentes de la institución denominados tutores
(se encuentran certificados por la CCB) que
colaboraran en la formación, logística de
encuentros y publicidad de la figura.
Quienes son Docentes Tutores: Son docentes de
cualquier área del conocimiento, que trabajen
en cualquier grado o que cumplan funciones
de dirección, coordinación u orientación
capacitados por la CCB.
Funciones:Participación, asistencia, acompaña-
miento y/o articulador con el comité institucio-
nal de convivencia (como elegido representante
de los docentes o como invitado con voz, pero sin
voto). Reunirse con sus compañeros tutores de
manera continua y frecuente para trazar estra-
tegias de convivencia.
Recibir o planear la formación para los
gestores del conflicto, los demás estudiantes
del colegio, para los compañeros docentes
de la institución, para las padres madres
y/o acudientes.
Proporcionar la logística de los encuentros
de convivencia en cuanto a los permisos,
espacios, asistencia y papelería requerida por
los Conciliadores para su gestión.
MECANISMOS PARA PREVENIR LOS CASOS
DE AGRESIÓN FÍSICA O PSICOLÓGICA EN LOS
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
1. Talleres de prevención y promoción
diseñados desde cada una de las
reuniones de grado y enfocadas a las
problemáticas particulares
2. Talleres de prevención y promoción
diseñados desde el Comité de
Convivencia Institucional
3. Actividades enmarcadas dentro de la JER
(Guías de Justicia Escolar Restaurativa que
serán abordadas desde las Direcciones
de Grupo)
4. Conformación de grupo focal para trabajo
pedagógico de superación personal, en
asocio con entidades externas.
5. Intervención directa con estudiantes,
Padres, Madres de Familia y/o Tutores
Legales, con el apoyo de entidades externas
gubernamentales y no gubernamentales,
que apoyen el proceso de asesoría,
capacitación y acompañamiento,
según las necesidades y las situaciones
convivenciales presentadas.
6. Actividades institucionales enfocadas a
prevenir el conflicto escolar.
7. Convivencias escolares y Proyecto
de padrinazgo

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 21-25.

Capítulo VI · páginas 25-36

Acciones restaurativas y formativas

Artículo 14. Acciones Restaurativa · Artículo 15. Acciones Formativas · Artículo 16. Responsabilidades

ARTÍCULO 14. ACCIONES RESTAURATIVA
Son acciones que pretenden restablecer las
relaciones o el ambiente escolar de confianza
y solidaridad, dirigidas a la formación del
(a) estudiante y que pretenden reorientar el
proceso sobre una determinada situación
o hecho y al mismo tiempo garantizarles a
los terceros que se hayan visto afectados
ARTÍCULO 15. ACCIONES FORMATIVAS
Permiten potenciar en el ser humano el
desarrollo de sus dimensiones cognitivas
(saber), socioafectivas (saber ser) y físico
creativas (saber hacer).
Se aplican cuando la falta involucra de
manera directa o indirecta a un miembro de
la comunidad.
Los (as) Docentes deben contribuir en el
desarrollo de dichas acciones reparadoras
y/o formativas de la siguiente manera:
ARTÍCULO 16. RESPONSABILIDADES
RESPONSABILIDADES GENERALES PARA LOS
SERVIDORES PÚBLICOS QUE LABORAN EN
LA INSTITUCIÓN
▶ Asistir al Colegio de manera puntual
según su jornada laboral y a todas las
actividades programadas.
▶ Conocer y asumir plenamente la
Filosofía institucional
▶ Dirigirse a todos los miembros de la
Comunidad Educativa con respeto
y asertividad.
8. Remisión de los casos críticos a las enti-
dades pertinentes para su intervención
Terapéutica oportuna.
9. Seguimiento Individual de los
casos identificados.
por la situación, el derecho a ser reparados.
Toda acción reparadora busca enmendar y
compensar daños causados a otras personas.
Se aplican cuando la falta involucra de
manera directa o indirecta a un miembro de
la comunidad.
▶ Tener claridad en la circunstancia o
hecho a evaluar.
▶ Identificación de la falta.
▶ Estudio de las circunstancias e incidencia
de la situación.
▶ Aplicación de los procedimientos y
mecanismos siguiendo siempre el
conducto regular y garantizando el
debido proceso, donde se evidencie la
acción formativa y/o reparadora.
▶ Firma del documento, según el proceso
en que se encuentra el (la) estudiante.
▶ Ser creativo en pro de la
Comunidad Educativa.
▶ Exigir de todas las instancias de la
institución el respeto, el buen trato y
cumplimiento al debido proceso.
▶ Solicitar los permisos de acuerdo con las
normas internas vigentes, siguiendo el
conducto regular.
▶ Acompañar a los (as) Estudiantes en su
proceso de formación.
▶ Asistir a las reuniones de grado,
reuniones de área, comités, reuniones
generales de Docentes, Jornadas
pedagógicas y de Equipo de Gestión del
Colegio cuando éstos lo requieran.
▶ Ser ejemplo de integridad a través de
acciones, actitudes y opciones de vida.
▶ Apoyar el énfasis del Colegio y los
proyectos transversales.
▶ Capacitarse y actualizarse para
acompañar y liderar los procesos dentro
de la institución.
▶ Mantener la información personal
actualizada en cuanto a EPS, teléfonos
y documentos que deben reposar en
las Hojas de vida de cada uno de los
servidores públicos.
▶ Revisar, leer, atender y responder las
sugerencias, correos, Quejas, tareas y
lineamientos tanto a nivel institucional
como de la SED y el MEN.
NOTA: Los docentes acompañantes o que
desarrollan centros de interés propios de la IED,
deben asumir las mismas responsabilidades
generales para los servidores públicos
establecidas en este manual de convivencia.
Las leyes y normas que regulan las
responsabilidades de los servidores públicos
del servicio educativo distrital son:
▶ Constitución Política de Colombia
▶ Ley 715 de 2001
▶ Ley General de Educación.
▶ Ley 1098 de 2006 de infancia
y adolescencia.
▶ Ley 1734 de 2014
▶ Código Disciplinario Único. Ley 734 del 5
de febrero de 2002.
▶ Ley 1620 de 2013. “Sistema Nacional de
Convivencia Escolar y formación para
el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos y la prevención
y la mitigación de la violencia escolar”.
▶ Código Nacional de Policía Vigente.
▶ Decreto 1290 del 2009.
▶ Decreto 2277 de 1979
▶ Decreto 1075 de 2015.
▶ Decreto 1038 de 2015
▶ Decreto Ley 1278 de 2002
▶ Memorando I-2024-60880
RESPONSABILIDADES DEL (A) RECTOR (A)
▶ El Rector o director del establecimiento
educativo podrá otorgar distinciones
o imponer sanciones a los estudiantes
según el reglamento o Manual de
Convivencia (Art. 132, Ley 115 de 1994).
▶ Orientar la ejecución del Proyecto
Educativo Institucional y aplicar las
decisiones del Gobierno Escolar.
▶ Formular planes anuales de acción y de
mejoramiento de la calidad y dirigir su
ejecución (Art. 10 ley 715)
▶ Las funciones y deberes formulados en
los Decretos 992 -1283 y Ley 115.
▶ Velar por el cumplimiento de las
funciones Docentes y el oportuno
aprovisionamiento de los recursos
necesarios, a través de los coordinadores
de programas y servicios educativos.
▶ Promover el mejoramiento continuo
de la calidad de la educación en
el establecimiento.
▶ Mantener buenas relaciones con las
autoridades educativas y la Comunidad
local, para el continuo progreso
académico dé la Institución.
▶ Establecer canales de comunicación
entre Los diferentes estamentos de la
comunidad educativa.
▶ Orientar el proceso educativo con el
apoyo del Consejo Académico.
▶ Ejercer las funciones disciplinarias que
le atribuyen la ley, los reglamentos y el
Manual de Convivencia.
▶ Promover actividades de beneficio social
que vinculen al establecimiento con la
comunidad local.
▶ Aplicar las disposiciones que expida el
Estado sobre la prestación del servicio
público educativo.
▶ Presentar ante el Consejo Académico el
plan anual de actualización académica
del personal docente.
▶ Presidir y convocar el Consejo Directivo,
Consejo Académico y coordinar los
distintos órganos del gobierno escolar.
▶ Realizar control sobre el cumplimiento
de las funciones correspondientes al
personal docente y administrativo y
reportar las novedades e irregularidades
del personal de la SED.
▶ Realizar la evaluación anual de
desempeño del personal a cargo.
▶ Liderar el comité escolar de convivencia
acorde con lo estipulado en los artículos
11, 12, y 13 de la ley 1620 del 15 de
marzo de2013
▶ Reportar aquellos casos de acoso y
violencia escolar y vulneración de
derechos sexuales y reproductivos
de los niños, niñas y adolescentes del
establecimiento educativo, en su calidad
de presidente del comité escolar de
convivencia, acorde con la normatividad
vigente y los protocolos definidos en
la Ruta de Atención Integral y hacer
seguimiento a dichos casos (ley 1620 del
15 de marzo de 2013)
▶ Asignar la distribución académica a cada
uno de los (las) Docentes de la institución
educativa, a su vez establecer la jornada
escolar de los (las) Estudiantes y la
jornada laboral de cada uno de los
funcionarios de la Institución, acorde a la
legislación vigente.
RESPONSABILIDADES DEL EQUIPO DIRECTIVO
Dentro del marco de la autonomía escolar,
los lineamientos dados por el MEN, y el Plan
Sectorial de Educación; el Equipo de Gestión
integrado por los directivos docentes se
convierte en una instancia que se encuentra
direccionada hacia la planeación, el
seguimiento y la evaluación convirtiéndose
en una herramientas fundamental para
garantizar que las diferentes áreas
de la gestión (directiva, pedagógica y
académica, gestión de la comunidad, gestión
administrativa y financiera) den respuesta
al mejoramiento de la calidad educativa de
la Institución.
Se destacan dentro de las principales
responsabilidades del Equipo de Gestión:
▶ Propiciar una comprensión sobre los
desafíos de las organizaciones educativas
garantizando una mayor profesionalización
en la toma de decisiones.
▶ Consolidar sistemas de información para
mejorar la capacidad de procesamiento,
análisis, interpretación y uso de
la información.
▶ Fortalecer el trabajo en equipo de los
diferentes estamentos de la Institución
que favorezcan el intercambio sistemático
de experiencias, la búsqueda conjunta de
soluciones a los problemas encontrados y
de prácticas más apropiadas para lograr
más y mejores aprendizajes.
▶ Dar apoyo y viabilidad a las políticas
educativas planteadas desde el Ministerio
de Educación.
▶ Liderar el plan de mejoramiento
Institucional que dé respuesta a las
necesidades de la comunidad educativa.
▶ Retroalimentar periódicamente sistemas
de calidad como SIG, PIGA, POA, PIMA Y
MAPA DE RIESGOS, entre otros.
▶ Direccionar las capacitaciones a docentes,
que redunden en la formación integral de
los estudiantes.
▶ Las establecidas en la normatividad vigente.
RESPONSABILIDADES DEL COORDINADOR
▶ Coordinar y participar en la
formulación, revisión y actualización
del Proyecto Educativo Institucional–
(PEI) y en la formulación de planes
y proyectos institucionales para su
oportuna ejecución.
▶ Sustentar ante el Consejo académico
proyectos que coadyuven al aprendizaje
significativo de los estudiantes y
mejoramiento de la calidad educativa.
▶ Apoyar el desarrollo de los planes
y proyectos de la institución en
articulación con los diferentes órganos
del gobierno escolar y estamentos de la
comunidad educativa.
▶ Participar en la organización y
desarrollo de jornadas pedagógicas con
los docentes y la comunidad educativa
para promover, actualizar, evaluar hacer
seguimiento y acompañar las buenas
prácticas sociales y académicas de
la institución.
▶ Promover y propiciar una sana
convivencia y clima institucional de
acuerdo con las normas, deberes
y derechos, estímulos y demás
disposiciones establecidas en el Manual
de Convivencia.
▶ Participar en el Comité de Convivencia
escolar y Consejo Académico.
▶ Coordinar la articulación del plan de
estudios de acuerdo de acuerdo con los
referentes de calidad del Ministerio de
educación y las estrategias pedagógicas
definidas en el PEI
▶ Orientar y acompañar la implementación
del Modelo didáctico y curricular
definido en el PEI
▶ Motivar e impulsar estrategias de
innovación pedagógica y planes de
mejoramiento por parte de los docentes
que potencien los procesos de enseñanza
y aprendizaje.
▶ Orientar las reuniones de área, de
ciclos y de otros equipos pedagógicos
escolares, para promover la coherencia
de las prácticas pedagógicas con los
escolares, para promover la coherencia
de las prácticas con los propósitos
de los diferentes planes y programas
institucionales definidos en el proyecto
educativo institucional.
▶ Promover acciones de seguimiento al
desempeño académico y disciplinario
de los estudiantes que generen acciones
pedagógicas colaborativas en favor
de los estudiantes, donde participen
docentes y familias.
▶ Promover acciones de seguimiento al
desempeño académico y disciplinario
de los estudiantes que generen acciones
pedagógicas colaborativas en favor
de los estudiantes, donde participen
docentes y familias.
▶ Participar y apoyar el proceso anual
de autoevaluación institucional
y el desarrollo del plan de
mejoramiento institucional.
▶ Participar en el diseño, organización y
desarrollo de proyectos, foros y jornadas
pedagógicas institucionales.
▶ Coordinar la implementación del
proceso de seguimiento al cumplimiento
de las asignaciones y actividades
académicas de los docentes que permita
la retroalimentación del desempeño
profesional de los docentes.
▶ Participar en la inducción a los docentes
nuevos sobre el PEI, el modelo pedagógico,
Sistema institucional de evaluación de los
estudiantes SIEE, proyectos especiales y
manual de convivencia.
▶ Apoyar el diseño e implementación
de estrategias para relacionar al
establecimiento con las diferentes
entidades orientadas a la atención
comunitaria que promuevan el desarrollo
de actividades educativas.
▶ Las demás que asigne el rector, las
cuales deben estar acordes con el
cargo y en correspondencia con la
normatividad vigente.
RESPONSABILIDADES DEL DOCENTE ENLACE
DE JORNADA EXTENDIDA
▶ Apoyar a las Institución Educativa
Distrital (IED) en el diseño del plan
de acción para la implementación y
consolidación de la Jornada Extendida;
acorde con las necesidades y avances
del colegio en lo relacionado a diseño
curricular, organización escolar,
y acuerdos institucionales para la
implementación de las estrategias en las
dos jornadas.
▶ Apoyar al rector y coordinadores
en la consolidación de los procesos
pedagógicos y de organización escolar
(horarios y cargas académicas) que
debe desarrollar la IED para la adecuada
implementación de la Jornada Extendida
en las dos jornadas.
▶ Participar en el proceso revisión, ajuste
y/o armonización del Proyecto Educativo
Institucional y de diseño, integración y/o
articulación curricular con las diferentes
estrategias de extensión de la Jornada.
▶ Identificar y consolidar la información
respecto a las necesidades de las IED
(pedagógicas, infraestructura, recurso
humano, alimentación, dotaciones y
transporte) necesarios para la óptima
ejecución de la Jornada Extendida,
informando de manera pertinente
al rector para su respectiva gestión,
atendiendo los protocolos, procesos
y procedimientos para la óptima
utilización de los recursos.
▶ Identificar y consolidar los avances
pedagógicos de las diferentes estrategias
de extensión de la jornada que tiene la IED,
informando al rector y a las instancias
del nivel local y central que corresponda.
▶ Apoyar en la gestión de espacios de
trabajo pedagógico con las entidades
aliadas y/o docentes que participan en
el proceso de extensión de la jornada,
en las distintas instancias del gobierno
escolar en la IED.
▶ Organizar y hacer seguimiento al uso
óptimo de los recursos (pedagógicos,
infraestructura, recurso humano,
alimentación, dotaciones y transporte),
para cada una de las actividades
desarrolladas en el marco de la
Jornada Extendida.
▶ Realizar el levantamiento y reporte de
información del niño a niño y seguimiento
a la asistencia de los estudiantes a las
actividades de las diferentes estrategias
de extensión de la jornada escolar,
incluidos los estudiantes atendidos por
los Centros de Interés que realizan los
docentes provisionales asignados por el
proyecto para la extensión de la jornada.
▶ Realizar seguimiento a las actividades de
las diferentes estrategias de extensión de
la jornada, Identificando oportunidades
de mejora en la ejecución a corto,
mediano y largo plazo, en el marco del
componente pedagógico y operativo,
informando al rector y a las instancias
del nivel local y central que corresponda.
RESPONSABILIDADES DEL DOCENTE QUE
ACOMPAÑA CENTROS DE INTERÉS DE LA
JORNADA EXTENDIDA.
▶ Llegar puntuales a la hora establecida,
para recibir a los estudiantes en el lugar
destinado, organizando los grupos por
filas y verificar asistencia.
▶ Contar los niños que ingresan a la clase
en cada centro de interés que acompaña.
▶ Ayudar a controlar con el docente
encargado del centro de interés, que
los niños lleguen al colegio con su
respectivo uniforme.
▶ Trasladar a los estudiantes al escenario
donde se desarrollará la clase del centro
de interés y trasladar los estudiantes
nuevamente a la institución educativa.
▶ Acompañar al docente responsable del
centro de interés mientras está dictando
la clase.
▶ Ayudar a controlar la disciplina de los
niños en todo momento.
▶ Contribuir en la actualización de la base
de datos de los estudiantes.
▶ Verificar al terminar la clase del centro
de interés que acompaña, que no se
quede ningún objeto en el escenario.
▶ Informar cualquier irregularidad que se
presente con los docentes que dictan la
clase en los centros de interés.
▶ Mantener comunicación constante con
el docente enlace en los casos que se
requiera acompañamiento para dar
solución a dificultades.
▶ Orientar el comportamiento pertinente
de los estudiantes en rutas, centros de
interés, desplazamiento y permanencia
en la institución.
▶ Informar cualquier irregularidad que se
presente con el desplazamiento.
▶ Tener claro que el docente que dicta el
centro de interés debe solucionar los
problemas que se presenten.
▶ En caso de accidente escolar de algún
estudiante activar el protocolo de
accidentalidad escolar, sin omitir ningún
paso o realizar uno que no corresponda,
identificando si es una accidente leve
o grave y actuar en consecuencia de
acuerdo con la normativa vigente.
▶ Los estudiantes en ningún momento se
deben desplazar solos a los espacios,
siempre deben estar acompañados del
docente para evitar accidentes escolares.
▶ Informar con anterioridad cualquier
novedad de inasistencia del
docente acompañante.
▶ En caso de acompañar a los estudiantes
al comedor debe permanecer siempre
con el grupo asignado y asegurarse que
todos los alimentos sean consumidos
y se haga la correcta disposición de
los residuos.
▶ Velar por el cumplimiento de las normas
establecidas en el manual de convivencia
de la institución.
RESPONSABILIDADES DEL ORIENTADOR (A)
▶ Participa en los procesos de planeación
y gestión institucional, formulación
y ajustes del Proyecto Educativo
Institucional (PEI); el Sistema Institucional
de Evaluación de Estudiantes (SIEE), para
que estén acordes con los procesos de
orientación escolar de conformidad con
los criterios adoptados por el Consejo
Directivo en el Proyecto Educativo
Institucional- PEI.
▶ Diseñar y evaluar el Plan Operativo
Anual de Orientación Escolar del
establecimiento educativo, de acuerdo
con la caracterización institucional que
defina los órganos de gobierno escolar.
▶ Asesora la consulta personal sobre
aspectos socioemocionales demandados
por los estudiantes y padres de familia.
▶ Evalúa y monitorea los aspectos
psicopedagógicos de los estudiantes
remitidos por los docentes y determina
el curso de acción.
▶ Acompaña y participa en el desarrollo de
estrategias psicosociales que promuevan
y fortalezcan los socioemocional, la
vinculación familiar y los procesos
pedagógicos, orientados al mejoramiento
continuo del ambiente escolar.
▶ Participa en los comités internos
de trabajo que se creen por ley, por
normas reglamentarias o por decisiones
institucionales, en correspondencia
con las funciones del cargo de
docente orientador.
▶ Diseña en coordinación con el Consejo
Académico e implementa una estrategia
de orientación vocacional y desarrollo
de carrera para los estudiantes que
les permita a los estudiantes definir su
proyecto de vida
▶ Promueva la comunicación asertiva y la
cultura de la participación de la familia
y demás miembros de la comunidad
educativa en los procesos escolares y
aportar en la construcción de la sana
convivencia escolar.
▶ Participa en el Comité Escolar de
Convivencia de la institución y cumple
las funciones que se han determinado
por Ley.
▶ Orienta a los directivos docentes,
docentes y administrativos del
establecimiento en el diseño y ejecución
de estrategias y acciones tendientes a
garantizar el respeto de los derechos
humanos de los estudiantes.
▶ Participa en los procesos institucionales
en conjunto con los directivos,
docentes y comités responsables de la
aplicación de los protocolos y rutas de
atención psicosocial.
▶ Apoya la implementación de la estrategia
de la institución para relacionarse
con las diferentes instituciones para
intercambiar experiencias y recibir
apoyo en el campo de la convivencia y la
orientación escolar.
▶ Diseña y pone en marcha la escuela
de padres para apoyar a las familias
en la orientación psicológica. social y
académica de los estudiantes.
RESPONSABILIDADES DEL DIRECTOR
DE CURSO
▶ Diligenciar y verificar el directorio de
estudiantes del curso a su cargo
▶ Informar a los padres de familia telefónica o
personalmente los frecuentes ausentismos
de sus hijos (Resolución 1740 del 15 de julio
de 2009 y Resolución 1203 del 30 de junio
de 2015)
▶ Diligenciar oportunamente toda la
información solicitada relacionada con los
estudiantes de dirección de grupo.
▶ Reportar a Coordinación el ausentismo
por más de 3 días de un estudiante previo
llamado a la casa y citación al acudiente
para conocer la situación y continuar el
debido proceso.
▶ Apoyar como mediador de los
estudiantes, en los conflictos que no se
hayan podido solucionar en instancias
anteriores según el conducto regular.
▶ Orientar a los estudiantes en la toma de
decisiones sobre su comportamiento,
aprovechamiento (desempeño)
académico y tiempo libre.
▶ Dejar por escrito en el observador del
estudiante las situaciones presentadas y
los acuerdos a los que se llegaron, de los
cuales debe hacer seguimiento.
▶ Citar a los padres de familia para firmar
el observador del estudiante o firmar
compromisos en los casos especiales,
mantener una comunicación asertiva
con los mismos.
▶ Realizar seguimiento a los estudiantes
tanto en lo académico como en
lo convivencial.
▶ Velar porque los estudiantes presenten
los planes de mejoramiento en los
tiempos estipulados.
▶ Verificar y exigir la buena presentación
personal de los estudiantes y el
cumplimiento en el porte del uniforme
para garantizar la seguridad de estos.
▶ Hacer del Manual de Convivencia una
permanente reflexión con el fin que éste
sea interiorizado y vivenciado.
▶ Remitir oportunamente a los estudiantes
que lo requieran, al servicio de orientación
con el respectivo formato.
▶ Realizar las actividades y desarrollar las
guías de dirección de grupo, sugeridas
previamente por los proyectos, áreas,
orientación o Coordinaciones con sus
estudiantes para contribuir a la formación
integral y el debido seguimiento a
los estudiantes.
▶ Realizar especial seguimiento a los
estudiantes de su curso que presenten NEE.
▶ Responder los requerimientos de tipo legal
que soliciten entidades externas
▶ Diligenciar oportunamente con información
precisa el formato de movilidad escolar
y adjuntar los respectivos soportes
(incapacidades médicas entre otras).
▶ Las demás que le sean asignadas por coordi-
nación, Rectoría o la Administración Central.
RESPONSABILIDADES DEL JEFE DE ÁREA
▶ Presidir las reuniones de área o grado.
▶ Socializar a los compañeros de área o
grado el trabajo del Consejo Académico
en su última reunión.
▶ Verificar que se levante acta de todas las
reuniones, con las respectivas firmas
de los asistentes y con los formatos y
características estipuladas.
▶ Organizar su equipo de trabajo junto
con coordinación para que se realicen
periódicamente ajustes al plan de área
o proyecto de grado y demás proyectos
a cargo.
▶ Consultar a coordinación el orden del día
propuesto para la siguiente reunión de
área o grado.
▶ Velar por que las tareas asignadas o
actividades programadas al interior del
área o grado, se cumplan.
▶ Llevar propuestas de su grupo de trabajo
al Consejo Académico.
▶ Todas las demás asignadas por el Consejo
Académico, coordinación, Rectoría o
Administración Central.
RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES
PROFESIONALES DE APOYO PEDAGÓGICO A
LA INCLUSIÓN
▶ Los departamentos y las entidades
territoriales certificadas deberán asignar
a los Docentes y otros profesionales
de apoyo ubicados en las unidades
de atención integral (UAI) y en los
establecimientos educativos definidos
por la entidad territorial, para atender
población con discapacidad, entre otras,
las siguientes funciones:
▶ Promover la integración académica y
social de los estudiantes con discapacidad.
▶ Participar en el desarrollo de
actividades relacionadas con el
registro, caracterización y evaluación
psicopedagógica de la población.
▶ Asesorar a la comunidad educativa en la
construcción, desarrollo y evaluación del
Proyecto Educativo Institucional (PEI), en lo
que respecta a la atención educativa de la
población en mención.
▶ Coordinar y concertar la prestación del
servicio con otros sectores, entidades,
Instituciones o programas especializados
con el fin de garantizar los apoyos
y recursos técnicos, pedagógicos,
terapéuticos, administrativos y financieros.
▶ Brindar asesoría y establecer canales
de comunicación permanente con
los docentes de los diferentes niveles
y grados de educación formal donde
están matriculados los estudiantes
con discapacidad.
▶ Proponer y desarrollar proyectos de
investigación en las líneas de calidad
e innovación educativa y divulgar sus
resultados y avances.
▶ Coordinar y concertar con el docente del
nivel y grado donde está matriculado el
estudiante, los apoyos pedagógicos que éste
requiera, los proyectos personalizados y
las adecuaciones curriculares pertinentes.
▶ Participar en las comisiones o comités de
formación, evaluación y promoción.
▶ Preparar, coordinar, prestar y evaluar
el servicio de interpretación de lengua
de señas colombiana, para el caso de
los intérpretes.
▶ Preparar, coordinar, prestar y evaluar
el servicio de enseñanza de lengua de
señas colombiana, para el caso de los
modelos lingüísticos.
▶ Gestionar la consolidación de un boletín
cualitativo que dé cuenta de los procesos
adelantados por los estudiantes.
RESPONSABILIDAD DE LOS DOCENTES EN EL
SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Responsabilidad de los docentes en el
Sistema Nacional de Convivencia escolar y
formación para los derechos humanos, la
educación para la sexualidad y la prevención
y mitigación de la violencia escolar. Además
de las que establece la normatividad vigente
y que le son propias, tendrá las siguientes
responsabilidades: (Ley 1620 de 2013).
▶ Identificar, reportar y realizar el
seguimiento a los casos de acoso escolar,
violencia escolar y vulneración de los
derechos sexuales y reproductivos que
afecten a estudiantes del establecimiento
educativo, acorde con los artículos 11
y 12 de la ley 1146 de 2007 y demás
normatividad vigente, con el manual
de convivencia y con los protocolos
definidos en la Ruta de Atención Integral
para la Convivencia Escolar. Sí la
situación de intimidación de la que tiene
conocimiento se hace a través de medios
electrónicos igualmente deberá reportar
al Comité de Convivencia para activar el
protocolo respectivo.
▶ Transformar las prácticas pedagógicas
para contribuir a la construcción de
ambientes de aprendizajes democráticos
y tolerantes que potencien la
participación, la construcción colectiva
de estrategias para la resolución de
conflictos, el respeto a la dignidad
humana, a la vida a la integridad física y
moral de los estudiantes.
RESPONSABILIDADES DEL AUXILIAR FINANCIERO
▶ Apoyar al rector en la gestión y
manejo presupuestal y financiero de la
Institución de acuerdo con las normas
legales establecidas, con el fin de
lograr los objetivos propuestos para la
institución educativa.
▶ Apoyar la elaboración del proyecto
presupuestal del colegio para cada
vigencia fiscal de acuerdo con los
procedimientos establecidos por
la Entidad.
▶ Apoyar la elaboración del presupuesto
de ingresos y gastos, el flujo de caja,
el plan anual de adquisiciones, el plan
de inversiones con el fin de facilitar los
procesos de planeación dentro del marco
del proyecto Educativo Institucional.
▶ Elaboración del proyecto de presupuesto
y PAC.
▶ Expedición de certificado de
disponibilidad presupuestal.
▶ Elaboración de registro presupuestal.
▶ Apoyar la preparación de informes
financieros, indicadores de avance
y resultados de gestión, informes de
seguimiento, de planes y proyectos,
cuando le sea solicitado por el
Consejo Directivo, Nivel Central o
autoridades competentes.
▶ Apoyar los tramites de traslados,
adiciones, reducciones y reservas
presupuestales cuando sean requeridas
dentro de la ejecución del presupuesto
del Colegio.
▶ Realizar el apoyo administrativo para
la liquidación y cancelación de las
obligaciones contraídas por el colegio.
▶ Apoyar la realización del recaudo
de la cartera del colegio, registro de
todos los ingresos del colegio, efectuar
las cotizaciones de inversiones y
proveer la información pertinente al
ordenador del gasto para la ejecución
del plan de inversiones y hacer las
consecuentes actas.
▶ Preparar registrar y actualizar la
información pertinente a procesos de
contratación de menor cuantía que se
realizan a través del portal de Internet,
dispuestos por la Alcaldía Mayor de
Bogotá para tal fin.
▶ Realizar actividades de asistencia
administrativa acordes con sus
responsabilidades, que permitan
el cumplimiento de las funciones
del colegio.
▶ Cierre y vigencia fiscal.
▶ Registro y control de ingresos y
procedimientos para ejecución de gastos.
▶ Todo lo relacionado con la tienda escolar
en cuento al contrato, planillas y control
de pagos.
▶ Cumplimiento de cierre contable de
ingresos y gastos el 25 de cada mes.
▶ Revisión y control de flujo de caja de
ingresos y gastos de cada mes.
▶ Elaborar conciliaciones bancarias.
▶ Elaborar informes sobre la
administración del fondo de servicios
educativos a su cargo.
▶ Realizar informes de gestión financiera
ante el ordenador del gasto y
Consejo Directivo.
▶ Pago oportuno de impuestos.
▶ Manejo de archivo y gestión documental.
▶ Y las demás funciones estipuladas en la
guía de manejo de fondo.
RESPONSABILIDADES DEL ALMACENISTA
▶ Recibir elementos adquiridos vigilando
que cumplan con los chequeos de ingreso
y descripción.
▶ Elaborar comprobantes de ingreso con
secuencia ascendente y clasificarlos
según su código de inventario
especificando si es por adquisición,
reintegro donación o préstamo.
▶ Realizar la entrega oportuna de
elementos a quien corresponda o solicite.
▶ Elaborar el movimiento mensual
del almacén.
▶ Elaborar las actas correspondientes a
las bajas de bienes inservibles, hurtos,
préstamos y/o comodato.
▶ Colaborar con el Rector en la
administración de bienes e inmuebles
propios de la institución.
▶ Diligenciar ante la SED la baja de bienes
de la Institución cuando corresponda.
▶ Cumplir el horario asignado.
▶ Atender a estudiantes, personal
administrativo, docente y directivo
docente, de manera oportuna y de
forma cortés.
▶ Responder por los bienes a su cargo.
▶ Verificar el buen estado y mantenimiento
de la planta física
▶ Entregar oportunamente el inventario y
material de dotación a los docentes
RESPONSABILIDADES DE LA
SECRETARIA ACADÉMICA
▶ Atender a estudiantes y demás miembros
de la comunidad.
▶ Elaborar bajo autorización y
firma del Rector, los certificados y
constancias solicitadas.
▶ Llevar los libros reglamentarios del
plantel, en estricto orden, bajo la
orientación del Rector y siguiendo las
normas vigentes.
▶ Colaborar en la organización y ejecución
de los procesos de matrículas.
▶ Colaborar con el Rector en la elaboración
de los informes estadísticos
▶ Revisar y actualizar la documentación de
los estudiantes.
▶ Suministrar información a los
docentes y directivos sobre los
estudiantes matriculados
▶ Diligenciar la información solicitada por
la Dirección Local de educación o por el
Nivel Central.
▶ Llevar actas del grado 11 y mantenerlos
al día para el proceso de graduación.
▶ Responder por el estado de los equipos a
su cargo.
▶ Cumplir con el horario asignado.
▶ Desempeñar funciones inherentes a
su cargo.
RESPONSABILIDADES DEL BIBLIOTECARIO (A)
▶ Ubicar textos y demás recursos didácticos
de acuerdo con el orden establecido.
▶ Hacer las recomendaciones para el buen
uso de libros y demás materiales.
▶ Informar al público y estudiantes sobre el
uso y selección de materiales.
▶ Hacer el mantenimiento adecuado del
material bibliográfico.
▶ Entregar oportunamente el material
requerido por los docentes para el
trabajo de aula.
▶ Llevar registro diario del
material prestado.
▶ Dar informe a Rectoría sobre necesidades
de material.
▶ Recibir el material que llegue diariamente
a la institución y seleccionarlo.
▶ Cumplir horario asignado.
▶ Responder por el estado de los equipos a
su cargo
RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL DE
SERVICIOS GENERALES.
▶ Mantener la planta física agradable y en
óptimas condiciones aseo e higiene.
▶ Conocer el funcionamiento de
la institución.
▶ Integrarse a las actividades
institucionales en las que se requiera de
su aporte y participación.
▶ Desarrollar sus funciones basándose
en la protección y atención especial que
requieren los (as) Estudiantes.
▶ Colaborar con la prevención y control
de las situaciones de emergencia en
la Institución.
▶ Desarrollar todas las actividades que
apoyen el PEI del Colegio y que estén
articuladas con el programa Basura Cero.
RESPONSABILIDADES DE LA PROMOTORA
DE BIENESTAR
▶ Ejecutar bajo la directriz de la IED
asignada el reporte de casos en la IED,
correspondientes al brote epidemiológico
por el que atraviese la ciudad en
el momento.
▶ Aplicar de manera inmediata el
protocolo IED para el manejo inicial
de cualquier brote epidemiológico y
activar la ruta de atención, incluyéndola
la RIA en situaciones críticas que
afectan el bienestar de los estudiantes,
articulándose con el equipo de la
estrategia RIO P.
▶ Adelantar acciones pedagógicas con
la comunidad educativa (estudiantes,
docentes y personal administrativo) para
la prevención de brotes epidemiológicos
en las sedes de la IED asignada,
durante las fechas y horas acordadas
previamente con el (la) rector (a) del
colegio o de su delegado.
▶ Adelantar acciones pedagógicas para la
promoción en estilos de vida saludable
de acuerdo con el lineamiento especifico
de la DBE e implementar las estrategias,
acciones y proyectos de la Estrategias
de promoción del Bienestar, en las sedes
de la IED asignada, durante las fechas y
horas acordadas con el (la) rector (a) del
colegio o su delegado.
▶ Apoyar las campañas concertadas de
tamizaje de talla y peso, vacunación, que
se lleve a cabo la SDS en la IED.
▶ Participar en los procesos de
capacitación que programe la SED,
de la Subred y la SDS para facilitar el
desarrollo de sus actividades en el IED
asignado y sus respectivas sedes.
▶ Apoyar el comité paritario de salud y
seguridad en el trabajo COPASST y a
la brigada escolar institucional en la
actualización de los planes escolares
de Gestión del Riesgo, Emergencias y
cambio climático.
▶ Actuar como primer respondiente en
caso de accidentes escolares, conforme
a lo establecido en el artículo 131 del
Código Penal Colombiano y acorde en
lo establecido en la ruta de manejo
de accidentes escolares de la SED en
coordinación y colaboración con el
primer respondiente del colegio.
▶ Realizar el reporte diario de actividades
realizadas en la IED.
▶ Hacer uso semanal y reporte de los
aplicativos de la herramienta pedagógica
dispuesta por la IED.
▶ Presentar informes mensuales de las
actividades desarrolladas en el marco
del objetivo contractual, junto con
evidencias de su desarrollo, según las
matrices o esquemas solicitados para
tal fin.
▶ Cumplir con la asistencia presencial
mensual para la entrega de informes y
demás gestiones administrativas en la
fecha y hora indicada por la subred.
RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL
DE SEGURIDAD.
▶ Ejercer vigilancia en las diferentes áreas
o zonas de la institución.
▶ Controlar la entrada y salida de personas,
vehículos y objetos del plantel de acuerdo
con las normas internas.
▶ Velar por el buen estado y conservación
de los implementos, equipos, bienes
y las instalaciones del Colegio,
e informar oportunamente a las
directivas de la Institución sobre las
anomalías detectadas.
▶ Colaborar con la prevención y control de
situaciones de emergencia.
▶ Consignar en los registros de control
las anomalías detectadas en su turno e
informarlas oportunamente.
▶ Identificar plenamente las personas
antes de abrir la puerta.
▶ Anunciar a las personas que soliciten
ingresar a la institución, y permitir su
ingreso únicamente cuando hayan sido
autorizadas por algún funcionario de
la institución.
▶ Revisar todo paquete, bolsas, maletas
que entren y salgan de la institución.
RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES
DE FAMILIA
▶ Orientar, cuidar, acompañar, formar
sus hijos asegurando que los niños (as),
logren el máximo nivel de satisfacción de
sus derechos y el oportuno cumplimiento
de sus deberes.
▶ Mantener una comunicación respetuosa,
fluida, cordial y asertiva con todos los
miembros de la comunidad educativa.
▶ Garantizar que diariamente su hijo
asista a la jornada escolar completa
verificando su ingreso a la institución.
(Resolución 1740 del 15 de julio de 2009)
y el cumplimiento de sus obligaciones
académicas y convivenciales.
▶ Mantener informado al colegio de
cualquier cambio en la condición de vida
del estudiante y de su familia.
▶ Participar activamente en las actividades
institucionales y escuelas de padres.
▶ Cumplir oportunamente con los
llamados, citaciones y compromisos
realizados desde cualquier instancia de
la Institución.
▶ Asistir oportunamente a las entregas de
boletines programadas por la institución.
▶ Conocer, asumir y respetar los
lineamientos pedagógicos y normas de
la institución educativa.
▶ Participar activamente en los diferentes
órganos del gobierno escolar.
▶ Recoger oportunamente a su acudido
(s) en los horarios establecidos por la
institución. (En caso de incumplimiento
se reportará a las entidades
correspondientes, garantes de los
derechos de los niños, niñas y jóvenes).
▶ Hacer entrega oportuna de las
incapacidades y/o justificaciones por
la inasistencia de sus hijos. (Soportes
médicos y/o legales).
▶ Aportar al beneficio institucional
a través de acciones, programas y
proyectos comunitarios.
▶ Aportar a la resolución asertiva de
los conflictos donde se encuentren
involucrados ellos o sus hijos.
▶ Garantizar que su hijo asista al servicio
social en los días y horarios establecidos,
bajo los parámetros establecidos por
la institución.
▶ Atender y respetar los horarios de
atención a padres.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 25-36.

Capítulo VII · páginas 37-48

Relaciones del estudiante con la comunidad educativa

Artículo 17. Derechos De Los Estudi · Artículo 18. Estímulos · Artículo 19. Deberes De Los Estudian · Artículo 20. Reglas De Higiene Y Pau · Artículo 21. Derechos De Los Docent · Artículo 22. Estímulos A Los Docent · Artículo 23. Deberes De Los Docente · Artículo 24. Derechos De Los Padres · Artículo 25. Estímulos A Los Padres · Artículo 26. Deberes De Los Padres D · Artículo 27. Participación De La Fam

ARTÍCULO 17. DERECHOS DE LOS ESTUDI
El colegio Alfonso López Michelsen
mediante el presente manual, garantiza el
cumplimiento de los principios establecidos
en la proclamación de los Derechos Humanos,
de los Derechos del Niño, de los derechos
establecidos en la Constitución Nacional, Ley
de Infancia y Adolescencia y la legislación
vigente mediante la formación y la práctica
en el ejercicio a través de:
1. El conocimiento de las normas,
leyes, reglamentos y Manual de
Convivencia vigentes.
2. La libertad de expresión con dignidad
y respeto.
3. El debido proceso, a presentar recursos
contra las sanciones impuestas, a ser
oídos, a ser defendidos
4. La participación en los procesos
electorales de la Institución y a la revisión
y ajustes al Manual de Convivencia.
5. El respeto de su integridad física, sexual,
moral y psicológica.
6. La participación en actividades deportivas,
recreativas y de aprovechamiento del
tiempo libre.
7. La solicitud y obtención de constancias
y certificados de estudio al igual
que el conocimiento de registros
comportamentales siempre y cuando se
solicite con la antelación establecida por
las directrices de la institución.
8. El reconocimiento de las actuaciones
positivas destacadas mediante estímulos
y condecoraciones
9. El conocimiento oportuno de los resultados
de evaluaciones y la presentación de
reclamaciones según el conducto regular.
10. La exigencia de la puntualidad, calidad,
eficiencia y un buen nivel académico a
los docentes.
IANTES
11. La identificación escolar a través del porte
adecuado del uniforme y la recepción y
presentación del carné estudiantil.
12. La garantía de apoyo por parte de las
directivas y docentes para superar las
dificultades en el aprendizaje.
13. La garantía de no exclusión de la
institución por situaciones de embarazo.
14. La recepción de alimentos de calidad y
nutritivos en el comedor escolar y la venta
que se realiza en la tienda escolar.
15. Recibir los ajustes razonables de las
diferentes asignaturas, si se presentan
diagnósticos de NEE.
16. Presentar las evaluaciones o trabajos
que hayan quedado pendientes por
inasistencia, siempre y cuando haya
entregado la respectiva justificación ante
el coordinador dentro de los tres (3) días
hábiles después de reintegrarse a las
actividades académicas.
17. Ser apoyados psicológicamente, en casos
de acoso escolar, maltrato físico, verbal
y psicológico.
18. La formación en derechos, salud sexual
y reproductiva, acorde a los distintos
niveles de educación.
19. Ser atendidos de acuerdo con el protocolo
respectivo cuando se presente un
accidente escolar.
20. La enseñanza, el aprendizaje y los
procesos que fomenten la investigación.
21. Ser apoyado por el departamento de
orientación en casos de acoso escolar,
maltrato físico verbal y/o psicológico.
22. Buen trato por parte de todos los
miembros de la comunidad educativa.
Parágrafo 1. Para los estudiantes que se
encuentren en casos de presunta vulneración
y/o calamidad especial, orientación presentará
una constancia para soportar inasistencias,
según se requiera con el fin de no afectar el
proceso pedagógico académico.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN PARA SITUACIONES
DE EMBARAZO ADOLESCENTE, PATERNIDAD
Y/O MATERNIDAD TEMPRANAS (Ley 2394 del
26 de julio de 2024)
Para las estudiantes que se encuentran en
periodo de Lactancia:
Se requiere articulación entre orientación
escolar y coordinación académica para el
seguimiento y apoyo a cada uno de los casos.
1. El colegio debe ofrecer varias estrategias
pedagógicas a los adolescentes
en experiencia de maternidad,
paternidad o situación de embarazo
de riesgo (trabajos en casa, tutorías
presenciales o semipresenciales en
diferente horario escolar, duplicación de
calificaciones en periodos académicos,
entrega de temáticas para cada área
del conocimiento para indagación
autodidactica, entre otros. Todos los
establecimientos educativos deberán
contar con un plan metodológico para
garantizar y facilitar la adecuada
prestación del servicio educativo a las
estudiantes en estado de gestación,
en periodo de lactancia o a los y las
estudiantes con licencia de maternidad y
de paternidad. Dicho plan deberá contener,
entre otras disposiciones: La adopción de
herramientas pedagógicas que respondan
a los ajustes razonables que garantizan
la asistencia a clases, presentación
de trabajos, entre otras actividades
académicas que la estudiante en esta
condición deba realizar, para continuar
su trabajo académico desde casa de ser
necesario. Un programa de flexibilización
académica en el cual se adecúen todas
las actividades académicas a desarrollar
en el periodo de gestación, lactancia o
licencia de paternidad de tal manera que
permitan la culminación de los periodos
académicos sin extensiones innecesarias
e injustificadas, la adopción de cambios
en las formas y fechas de presentación de
las actividades académicas, evaluaciones,
trabajos, entre otros aspectos que
faciliten el cumplimiento de las
obligaciones académicas a cargo de los
y las estudiantes que se encuentren bajo
alguna de estas condiciones. Cabe aclarar
que la licencia de maternidad aplica solo
para el ámbito laboral, por tanto, para
el ámbito escolar, es necesario respetar
el tiempo de recuperación física según
indicaciones médicas, y luego hacer
acuerdos particulares con el niño, niña o
adolescentes y su familia para retomar
las clases y acordar el tipo de estrategia
pedagógica a seguir (Directorio Ruta).
2. Para el caso de las estudiantes en período
de lactancia sólo se necesitará el registro
civil de nacimiento del menor para que la
institución educativa brinde por un período
no menor a 18 semanas los beneficios de
esta ley. Para el caso de los estudiantes
que requieran una licencia de paternidad
para el cuido de la madre y el menor
recién nacido, deberán acreditar lugar de
residencia que coincida con el de la madre
y el menor, además del correspondiente
registro civil de nacimiento con el que
prueben su filiación parental, ¡para
acceder a los beneficios que brinda esta
ley por un período no menor o 5 semanas
posteriores al nacimiento de! menor.
3. Se debe llevar seguimiento documentado en
actas firmadas.
4. Los docentes deben tener conocimiento
del procedimiento y sensibilización frente
a su apoyo en el caso de maternidad
o paternidad.
5. El establecimiento educativo a través del
personal docente y de común acuerdo
con la estudiante en estado de embarazo
o estudiantes que se encuentre en
situación de paternidad y/o maternidad
temprana debe implementar estrategias
pedagógicas que permitan el desarrollo
del curso en el que se encuentra el niño
niña o adolescente con el fin de evitar su
desescolarización durante los periodos
de lactancia, incapacidad o inherentes
a la atención del bebé después de
su nacimiento.
6. Realizar acuerdos para que la estudiante
pueda garantizar la lactancia al bebé.
(horarios flexibles).
7. Facilitar la asistencia a controles pre
y posnatales
8. Brindar acompañamiento psicosocial
a los niños niñas o adolescentes y a su
entorno Familiar.
9. Conocer, fomentar y fortalecer las
redes de apoyo de las madres y
padres adolescentes.
10. Todas las Instituciones educativas deberán
mantener el plan metodológico diseñado
para garantizar y facilitar la adecuada
prestación del servicio educativo a las
estudiantes en estado de gestación. en
periodo de lactancia, con licencia de
maternidad o con licencia de paternidad
hasta que el recién nacido cumpla mínimo
un 1 año de edad.
11. En los últimos días de gestación de la
menor de edad y cerca al parto (o si
durante la gestación su estado de salud lo
amerita), se realizará un acuerdo a través
de acta con la acudiente y la estudiante
donde la menor permanecerá en casa
con trabajo pedagógico para garantizar
su seguridad y la del bebé (por el estado
avanzado de gestación), este acuerdo
será reportado al seguimiento del sistema
de alertas de la SED y el acudiente
deberá soportar con las respectivas
recomendaciones del médico tratante.
12. En el marco de garantizar la seguridad
de la menor gestante cuando se realicen
salidas pedagógicas, la estudiante deberá
presentar autorización médica donde
se indique que no hay ningún tipo de
restricción para la salida (y si el riesgo
es bajo), a su vez el acudiente firmará
la autorización donde se especifique la
corresponsabilidad de la familia; si hay
duda, se priorizará la salud.
Parágrafo 1. La rectora de la institución
educativa y/o el orientador escolar citará al
acudiente y a la estudiante para la firma del
acta de extensión (corresponsabilidad).
COMPROMISO DE LOS ESTUDIANTES PARA
PARTICIPAR EN LOS CENTROS DE INTERES DEL
PROYECTO JORNADA
El estudiante y padre de familia conoce y
acepta los horarios establecidos por el colegio,
para participar en dicho centro de interés.
▶ El estudiante es responsable de cumplir
con los horarios del centro de interés de
su elección y con los horarios normales
de clase académica.
▶ Asistir puntualmente a todas las sesiones
del centro de interés.
▶ Cumplir con la jornada normal de clase y
su respectivo uniforme.
▶ Supervisar la llegada de su hijo@ y/o
acudido al centro de interés y a su casa.
▶ Una vez aceptado el compromiso no se
puede cambiar a otro centro de interés.
▶ Con dos fallas el estudiante quedará
retirado del centro de interés y no podrá
inscribirse a otro.
▶ Para permanecer en uno o varios centros
de interés de diferentes modalidades, el
estudiante debe mantener un muy buen
rendimiento académico, convivencial y
seguimiento de instrucciones.
▶ El padre de familia debe realizar la
inscripción al centro de interés de su
preferencia, según las opciones ofertadas
por la institución para cada grado.
▶ El estudiante debe entregar fotocopia del
registro civil o T.I y fotocopia de la EPS.
NOTA: El colegio velará por el bienestar y
seguridad de los estudiantes dentro de la
institución y en los horarios previamente
establecidos, fuera de las instalaciones del
colegio la responsabilidad será del padre
de familia.
ARTÍCULO 18. ESTÍMULOS
Son los medios que la institución tiene
para resaltar todas aquellas fortalezas y
habilidades que tienen los estudiantes a todo
nivel del desempeño escolar.
1. Registrar en el observador las habilidades
y talentos de los estudiantes
2. Otorgar distinciones frente a toda la
comunidad educativa.
3. Ser seleccionado para participar en
salidas pedagógicas y/o eventos en
representación del Colegio.
4. Menciones y diplomas de honor por
méritos en el desempeño escolar y
la convivencia.
5. Menciones especiales en público a
estudiantes que presenten y desarrollen
proyectos de investigación dentro o fuera
de la institución.
6. En ceremonia de clausura y graduación se
otorgarán los siguientes reconocimientos:
▶ A la excelencia: En reconocimiento a los
estudiantes que en el diario vivir de la
ARTÍCULO 19. DEBERES DE LOS ESTUDIAN
Son deberes todo aquello que como persona
se está obligado a cumplir, bien sea porque
lo exige la moral, la Constitución, la ley o el
Manual de Convivencia.
1. Respetar los derechos de los demás a
través del buen trato, garantizando un
tono de voz adecuado y un vocabulario
respetuoso hacia todos los miembros de
la comunidad.
2. Velar por el cuidado de su cuerpo y el
de los demás, evitando situaciones que
vulneren la integridad física, psicológica
y moral.
3. Portar el carné del colegio como
documento que lo identifica como
estudiante y le garantiza obtener los
servicios que presta el colegio.
4. Mantener aseo y pulcritud observando
una correcta higiene diaria, que
comunidad educativa se distinguen por
ser integrales; es decir de alta calidad
humana, de una reconocida identidad
con el colegio y su esfuerzo constante
por la academia y la convivencia.
▶ Al Mérito: A los estudiantes que durante
el año escolar se han esforzado por
mejorar su rendimiento académico
y su desempeño convivencial y a su
vez demuestren identidad Alfonsista
y significativa superación del año
inmediatamente anterior.
▶ A la identidad Alfonsista: A los
estudiantes que por amor al colegio,
compañerismo, colaboración, disciplina
e identificación con todos los valores
Alfonsistas muestran en su cotidianidad
la pertenencia Institucional.
▶ Distinción especial al mejor bachiller
ICFES: Se otorgará al estudiante que
obtenga el mejor puntaje total en las
pruebas de estado ICFES.
NTES
optimice sus relaciones interpersonales
e interinstitucionales.
5. Evitar la incursión y actuación en
acciones delictivas determinadas por la
Constitución y la ley que atenten contra
las normas de convivencia institucionales
(agresiones verbales y físicas, hurto,
amenazas, etc.).
6. Portar los uniformes institucionales
correctamente de acuerdo con lo
estipulado en el Manual de Convivencia,
sin prendas que no correspondan (gorros,
cachuchas, sacos de capota entre otros,
esto garantiza la seguridad de estos).
7. Mostrar actitudes que promuevan la
conservación del medio ambiente, a partir
del cuidado de los espacios y recursos de
la Institución.
8. Utilizar adecuadamente y cuidar las
instalaciones, mobiliario, bienes y enseres
del Colegio.
9. Cuidar la planta física del Colegio; no
rayar, romper o deteriorar cualquier
objeto de este.
10. No participar en actos que atenten contra
la comunidad educativa tales como
consumir, portar o distribuir cigarrillos,
licores y drogas.
Parágrafo: Cuando un estudiante de la
Institución sea sorprendido o se evidencie que
está consumiendo o portando psicoactivos;
se procederá a activar la ruta de atención
determinada para estos casos:
▶ Informar inmediatamente a los padres
o acudientes.
▶ En caso de que se evidencie que se
están portando más de 20 gramos
aproximadamente se informará
inmediatamente a la policía de infancia
y adolescencia para que se continúe con
el procedimiento.
▶ Reportar al sistema de alertas de la SED.
▶ Citar a los padres a Orientación,
para remisión a valoración y
tratamiento especializado haciendo los
respectivos acuerdos.
▶ En caso de incumplimiento sobre los
acuerdos de tratamiento, hacer el
respectivo reporte a ICBF.
▶ Hacer el seguimiento respectivo al caso
11. Entregar a los profesores información
real sobre la ubicación de los padres,
lugar de residencia, teléfonos o formas
de contacto.
12. No portar armas de fuego, armas blancas
u objetos cortopunzantes que pongan en
riesgo la integridad de cualquier miembro
de la Institución.
13. Participar activa y honestamente en los
procesos electorales de la institución.
14. Denunciar cualquier situación anómala
que perjudique algún miembro de la
comunidad ya sea en su individualidad, en
su intimidad o buen nombre.
15. Permanecer dentro del colegio durante
toda la jornada escolar y/o en los sitios
programados para cada actividad.
(Resolución 1740 de 2009)
16. Hacer uso adecuado de las nuevas
tecnologías (Redes sociales Facebook,
twitter, entre otras)
17. Tratar con respeto y cordialidad a los
profesores, compañeros y empleados del
colegio, evitando bromas, apodos y burlas
que entorpezcan las buenas relaciones
18. Ningún estudiante podrá realizar
actividades que impliquen venta o compra
o comercialización de cualquier tipo de
productos dentro del colegio
19. Cumplir con las jornadas y horarios en la
Institución (Resolución 1740 del 2009),
presentando las excusas pertinentes,
en caso de inasistencia a clases, en un
plazo no mayor a 3 días. Es de obligatorio
cumplimiento para un estudiante que
haya faltado por algún motivo presentar
sus compromisos académicos y ponerse
al día, en caso tal que el estudiante
no tenga su respectivo soporte por la
inasistencia de dos o más días, el padre de
familia debe presentarse personalmente
en Coordinación de Convivencia para
validar dicha inasistencia.
20. Tramitar la solución a los conflictos
(según debido proceso) respetando los
conductos regulares o instancias de
la Institución.
21. Ingresar de manera organizada
al comedor respetando los turnos
asignados y consumiendo los alimentos
dentro del lugar acordado para tal fin, no
haciendo uso de los alimentos para juegos
o como elementos de agresión entre los
miembros de la comunidad educativa.
22. Mantenerse retirados de las mallas que
rodean el Colegio como una medida de
seguridad frente a personas extrañas
que abordan esta Institución Educativa.
23. Ofrecer un trato amable y respetuoso
a todos los miembros de la comunidad
educativa, así mismo respetar los
horarios y procedimientos establecidos
para el correcto funcionamiento de
la Institución.
24. No portar camisetas u objetos alusivos a
equipos de fútbol que puedan ocasionar
agresiones entre compañeros.
25. No traer personas ajenas a la institución
en las horas de entrada y salida
o durante la jornada escolar, que
puedan generar inseguridad para la
comunidad educativa.
26. Contar con la debida autorización de
los padres o acudientes para realizar
actividades extracurriculares.
27. Abstenerse de utilizar el nombre de la Ins-
titución sin las autorizaciones requeridas.
28. La estudiante que esté en estado de em-
barazo deberá informar inmediatamente
a Orientación Escolar y portar el unifor-
me de educación física hasta cuando su
estado se lo permita.
29. Abstenerse de traer a la Institución objetos
que perturben o causen distracción en
las actividades académicas, formaciones
o encuentros de comunidad como
videojuegos, reproductores de audio
y video, revistas, celulares, patinetas
entre otros.
30. No incurrir en situaciones que mediante
el “chisme” y los comentarios mal
intencionados promuevan el rechazo
ARTÍCULO 20. REGLAS DE HIGIENE Y PAU
El colegio promueve el autocuidado y la
presentación personal como expresión de
respeto hacia si mismo y hacia los demás.
UNIFORMES
El uniforme es una prenda de vestir que
permite a los estudiantes tener sentido de
pertenencia con la institución, contribuyendo
a generar referentes en pro de la seguridad de
toda la comunidad educativa, facilitando su
identificación dentro y fuera de la institución
propiciando a su vez el ejercicio del derecho a
la igualdad y evitando la discriminación como
lo prescribe la ley 1745 del 2016 que promueve
o la indiferencia hacia compañeros,
profesores y demás miembros de
la Institución.
31. Participar responsablemente en las
actividades programadas para la
prestación del servicio social obligatorio,
cuando el estudiante se encuentre
matriculado en los grados 10 u 11. Esta
exigencia será debidamente certificada
(120 horas), como requisito parcial para
la obtención del título de bachiller.
32. Realizar un uso adecuado de las redes
sociales manteniendo siempre el respeto
hacia las demás personas.
33. Informar inmediatamente al departa-
mento de orientación si la estudiante se
encuentra en estado de embarazo.
34. Si el estudiante junto con la aprobación
de su acudiente decide portar su
celular personal, deberá garantizar el
buen uso de este y tomar las medidas
correspondientes para evitar pérdidas
o daños.
35. Prohibido generar o participar en
situaciones de violencia o incitar a la
mismas en los eventos deportivos,
culturales, salidas pedagógicas entre
otros, realizados por la institución
educativa que pongan en riesgo la
seguridad e integridad de los miembros
de la comunidad educativa.
UTAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL
escenarios incluyentes con sus pares. Se debe
portar y vestir adecuadamente el uniforme.
Uniforme deportivo # 1.
Sudadera compuesta por chaqueta (sin
capota) con escudo bordado y pantalón
de color azul oscuro 7588 con rojo 855 en
Vendaval Crushed 15659. El pantalón lleva
una franja lateral blanca 1002 y embone rojo
y debe ser portado a la altura de la cintura. La
camiseta de la sudadera es tipo polo blanco
con cuello, borde azul oscuro y línea roja
encima. Tenis totalmente blancos. Para el
desarrollo adecuado de las actividades físicas
se debe contar con pantaloneta azul oscura,
medias de color blanco.
Uniforme deportivo # 2.
El aprobado por el consejo directivo
después de la participación de toda la
comunidad educativa.
Parágrafo 1. Los estudiantes de la electiva
de artes plásticas podrán portar una bata o
prenda que proteja su uniforme, cuyo porte
sólo será permitido durante el desarrollo
de la clase. Los estudiantes de grado 11,
ARTÍCULO 21. DERECHOS DE LOS DOCENT
Además de los contemplados en la
Constitución, en la ley, en el Código
Disciplinario Único y en los reglamentos
Vigentes, para todos los servidores públicos,
los docentes de esta institución tendrán los
siguientes derechos:
1. Desarrollar la actividad pedagógica en un
ambiente laboral donde prime el respeto,
la tolerancia, el orden, la solidaridad y la
sana convivencia.
2. Estar informado acerca de todas las
actividades educativas, científicas,
sociales, culturales y deportivas que se
lleven a cabo en la institución.
3. Participar efectivamente en la
planificación, ejecución y evaluación de
las actividades de la comunidad educativa.
4. A la capacitación y actualización integral.
La institución facilitará los espacios y
tiempos necesarios para estos fines,
cuando sea de su competencia.
5. Al ejercicio de la docencia basado en el
principio de la autonomía pedagógica,
acorde con las metas institucionales.
ARTÍCULO 22. ESTÍMULOS A LOS DOCENT
1. Memorando de felicitación y/o
reconocimiento en los medios de
comunicación institucionales, por su
desempeño profesional, liderazgo y
compromiso en procesos y proyectos
tendrán el derecho de incorporar a su
uniforme, el uso de la CHAQUETA PROM;
cuyo modelo será aprobado por el Concejo
Directivo. El uso de esta no exime en ningún
momento al estudiante del porte correcto del
uniforme institucional.
Parágrafo 2. Los estudiantes deben utilizar
el uniforme correspondiente de acuerdo
con el horario de clases, de lo contrario
deberán solicitar la respectiva autorización
en coordinación empleando el respectivo
formato; de lo contrario incurrirá en una falta.
TES
6. A la activa participación en la
elaboración e implementación del
proyecto institucional.
7. A la libre asociación y al respeto integral
de todos sus derechos como ciudadano.
8. A disfrutar de estímulos e incentivos de
bienestar conforme a las disposiciones
legales o convencionales vigentes.
9. Al respeto por los horarios de trabajo
establecidos por la Ley.
10. Ser escuchados y respetados por la
comunidad educativa.
11. A materiales y espacios de trabajo dignos.
12. A espacios de bienestar social.
13. A ser informado oportunamente de
quejas que sobre su proceder o quehacer
pedagógico sean expuestas en alguna
instancia del Colegio por parte de cualquier
miembro de la comunidad educativa.
14. A participar en el Consejo Directivo, en el
Consejo Académico o en alguna comisión
en representación de la Institución. A elegir
y ser elegidos en forma democrática.
TES
de impacto dentro y fuera de la
institución educativa.
2. Reconocimiento de los días de bienestar
socioemocional otorgados por la SED
(compensatorios de cumpleaños, día de
la familia, bicicleta, entre otros)
3. Reconocimiento público por su sentido de
pertenencia y entrega especial para con
los proyectos de la Institución.
ARTÍCULO 23. DEBERES DE LOS DOCENTE
Además de los deberes y funciones
establecidos en la Constitución y la ley, y
en especial en el Código Disciplinario Único
y Resolución No 003842 del 18 de marzo
de 2022, son deberes de los docentes de la
institución los siguientes:
1. Liderar la ejecución y evaluación del
Proyecto Educativo Institucional de forma
continua y permanente.
2. Comprender y potenciar los factores
implícitos en las dinámicas de trabajo
en equipo como: cohesión, liderazgo,
competencia, proactividad y resolución
de conflictos, entre otros.
3. Asumir el liderazgo en cada una de las
actividades organizadas, planeadas y
ejecutadas, para fortalecer la excelencia
de la institución.
4. Fomentar el respeto entre los miembros
de la comunidad educativa “Los
cuatro acuerdos”.
5. Cumplir con los acuerdos establecidos
en la organización interna de la
institución, entre ellos, los turnos de
acompañamiento correspondientes.
6. Participar y liderar
proyectos institucionales.
7. Cumplir con el horario de trabajo
establecido por la Ley.
8. En turno de acompañamiento, cumplir
con los acuerdos establecidos en la
organización interna de la Institución.
9. Mantener y fomentar la comunicación con
los demás docentes con el fin de propiciar
la unidad de criterios en la formación
de valores, niveles de desempeño,
rendimiento escolar y comportamiento
de los estudiantes a su cargo.
10. Presentar oportunamente en la secretaría
de la institución, coordinación o rectoría
los documentos de actualización
4. Todos aquellos establecidos en el Plan de
bienestar Institucional
personal, informes académicos y
convivenciales, reportes, actas, planes de
aula, entre otros.
11. Como director de grupo, hacer
seguimiento a los estudiantes a su
cargo: asistencia, comportamiento y
rendimiento académico.
12. Avisar oportunamente cualquier
novedad que afecte el normal desarrollo
de su jornada laboral (inasistencia,
llegada tarde, calamidad doméstica,
entre otras), Enviar debido soporte al
correo Institucional y presentarlo en
físico en el momento del reintegro. Si es
incapacidad médica hacer entrega de la
respectiva transcripción.
13. Firmar el formato de asistencia al iniciar y
finalizar su jornada laboral.
14. Cumplir las disposiciones que sus
superiores jerárquicos adopten en
ejercicio de sus atribuciones, siempre
que no sean contrarias a la Constitución
Nacional y a las leyes vigentes, y atender
los requerimientos y citaciones de las
autoridades competentes. (Código Único
Disciplinario. Ley 734 2002).
15. Informar oportunamente a su jefe
inmediato acerca de su estado de salud
u otras eventualidades que pudiesen
afectar su normal desempeño docente
dentro de la institución. En caso de tener
incapacidad médica se debe abstener
de asistir a la Institución educativa y
presentar el respectivo soporte a su
jefe inmediato.
16. Solicitar todo permiso por escrito, con
5 días de anticipación, si el permiso es de
toda la jornada y verificar su aprobación
por parte de rectoría. En caso de requerir
un permiso parcial, éste será autorizado
directamente por coordinación.
17. Dar respuesta a quejas y/o requerimientos,
tanto internos como externos, en los tiempos
establecidos y con los debidos soportes.
18. Conocer y aplicar el protocolo de accidenta-
lidad escolar como primer respondiente.
19. Conocer el Plan de Gestión Escolar del
Riesgo y Cambio Climático y hacer
ARTÍCULO 24. DERECHOS DE LOS PADRES
Los padres o acudientes de los estudiantes
del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D.,
gozan de todos los derechos y garantías
civiles reconocidas en la legislación educativa
colombiana y en particular los siguientes:
1. Integrar el Consejo de Padres y demás
comités existentes en el plantel en los que
esté autorizada su participación (Ley 115
de 1994, art. 7 numeral b).
2. Ser atendidos y escuchados de manera
respetuosa por directivos, docentes y
personal administrativo cuando precisen
información y al presentar sugerencias
o reclamos sobre sus hijos, según
horario establecido.
3. Participar en la elaboración y evaluación
del PEÍ y del Manual de Convivencia.
4. Conocer y velar por el cumplimiento del
presente Manual de Convivencia.
5. Buscar y recibir orientación sobre la
educación de sus hijos.
6. Recibir información oportuna y periódica
por parte del Colegio acerca del
ARTÍCULO 25. ESTÍMULOS A LOS PADRES
▶ Reconocimiento público en reuniones
y talleres de padres por la constancia y
entrega en el proceso de formación de
su hijo.
ARTÍCULO 26. DEBERES DE LOS PADRES D
1. Asumir con responsabilidad los procesos
de formación y educación de sus hijos y/o
acudido, de acuerdo con los lineamientos
de la Constitución Nacional, art. 17 Ley
General de Educación, Ley de Infancia
parte de las brigadas de emergencia de
la institución.
20. Tener presente y acatar las orientaciones
del memorando I – 2024- 60880 y
otras directrices que generen las
entidades respectivas.
S DE FAMILIA
rendimiento académico y convivencial de
su hijo o acudido, así como en los procesos
para superar las dificultades.
7. Solicitar los permisos que sus hijos
requieran, cuando por justa causa deban
ausentarse del Colegio
8. Recibir con anterioridad las citaciones
y circulares informativas sobre
compromisos con la Institución.
9. Recibir información telefónica en caso
de inasistencia o evasión del estudiante,
siempre y cuando haya disponibilidad
de comunicación.
10. Solicitar orientación psicológica cuando
así lo requiera.
11. Participar en jornadas de encuentros
entre padres e hijos que beneficien las
relaciones familiares y fortalezcan el
crecimiento personal.
12. Conocer oportunamente el cronograma
anual de actividades del Colegio.
13. Elegir y ser elegido para los cargos
representativos de la institución.
S DE FAMILIA
▶ Las que se encuentran estipuladas en el
Plan de Bienestar Institucional.
DE FAMILIA
y Adolescencia y el presente Manual
de Convivencia.
2. Cuando el estudiante requiera salir del
colegio durante su jornada escolar, el
acudiente debe presentar fotocopia de la
cédula y diligenciar el respectivo formato
para autorizar la salida.
3. Colaborar activamente en la elaboración,
ejecución y evaluación del PEÍ, Manual de
Convivencia y SIEE de la institución.
4. Los padres de familia están en la
obligación de informar al colegio en caso
de presentarse situaciones especiales de
custodia o patria potestad de los menores
con los respectivos soportes de las
entidades competentes, de lo contrario, el
colegio se exime de las responsabilidades
generadas por la no información
oportuna de estas situaciones, Resolución
1432 del 2024.
5. Respetar el conducto regular estipulado
en el presente Manual de Convivencia ante
cualquier problemática que se presente
6. Crear un ambiente sano y armónico que
garantice la estabilidad de los hijos y
un clima adecuado para su desempeño
escolar, en especial los estudiantes de NEE.
7. Velar por el buen manejo del tiempo
libre de su hijo en casa y asumir esta
responsabilidad como algo fundamental
para su desarrollo integral y evitar así la
exposición a problemas sociales.
8. Dar a conocer al Colegio oportunamente
los antecedentes de salud del estudiante
o si en la actualidad presenta alguna
enfermedad importante. Anexando los
respectivos soportes médicos.
9. Comunicar oportunamente los
problemas familiares que repercutan
en el cumplimiento y rendimiento del
estudiante para que el Colegio pueda
colaborar en su orientación.
10. Brindar a sus hijos una buena calidad
de vida en la alimentación, el amor y el
respeto. Apoyarlos en sus inquietudes,
escucharlos cuando tengan problemas y
hacerles sentir confianza y seguridad.
11. Estar atentos al buen comportamiento
y desempeño de sus hijos dentro y fuera
de la institución.
12. Atender los llamados que se le hagan
en la Institución y velar por la asistencia y
demás obligaciones de los hijos para con
el Colegio.
13. Dirigirse a las entidades sugeridas
por el Colegio en caso de que su hijo se
encuentre en estado de vulnerabilidad,
llevando el proceso recomendado.
14. Asumir los costos ocasionados por los
estudiantes en el deterioro o daño de
muebles, enseres o planta física (vidrios,
puertas, baños etc.) del Colegio.
15. Justificar oportunamente
toda inasistencia y/o retardo del
estudiante, máximo tres días hábiles
con sus respectivos soportes y en los
formatos correspondientes.
16. Verificar diariamente la asistencia
puntual y completa de sus hijos a la
jornada académica y al servicio social
establecido. (Resolución 1740 del 2009).
17. Organizar el horario de los hijos de
tal manera que se presente al colegio con
el uniforme estipulado por la institución
de manera aseada, organizada y con
todos sus compromisos académicos de
cada día.
18. Asegurar el buen comportamiento y
rendimiento académico de sus hijos
dentro y fuera de la institución.
19. Acudir oportunamente al comité de
convivencia cuando se requiera de su
presencia por temas convivenciales de
su hijo.
20. Asistir a todos los llamados del colegio
en calidad de acudiente quien firma la
matrícula y evitar enviar personas ajenas
al proceso.
21. Participar en los eventos escolares como
talleres de padres, reuniones generales,
citaciones, eventos culturales y otros.
22. Inculcar en los hijos hábitos ecológicos,
de estudio y de presentación personal.
23. Respetar y cumplir el horario de atención
a padres de familia y seguir los conductos
regulares en cada situación.
24. No enviar al estudiante al Colegio si se
encuentra con problemas de salud.
25. Solicitar por escrito a Coordinación
el permiso si un estudiante necesita
retirarse del colegio antes de finalizar
la jornada escolar, bien sea por citas
médicas, calamidad o enfermedad. Por
seguridad no se concederán permisos
telefónicamente. Únicamente el
estudiante se podrá retirar del Colegio en
compañía de un adulto con autorización
del acudiente.
26. Infundir en sus hijos el respeto hacia los
miembros de la comunidad educativa.
27. Asumir la responsabilidad del estudiante
cuando no haya jornada escolar.
28. Denunciar ante las autoridades
respectivas el conocimiento de
actividades que afecten la sana
convivencia, tales como: venta y
consumo de sustancias psicoactivas;
porte de armas; tenencia, distribución,
fomento y producción de pornografía y
situaciones de bullying, entre otras.
29. Entregar en las fechas acordadas
las constancias correspondientes a
exámenes diagnósticos, tratamientos
o citas médicas relacionadas
con necesidades especiales y de
seguimiento psicológico.
30. Los padres de familia deben recoger a
los estudiantes del ciclo I en el horario
establecido por la institución, teniendo
en cuenta que la persona que autoricen
sea mayor de edad. Con respecto a los
otros ciclos igualmente se deben recoger
aquellos estudiantes que previamente
sus padres hayan establecido que no se
van solos.
31. Dirigirse a cualquier miembro de la
comunidad de forma verbal o escrita
de manera respetuosa evitando
utilizar términos o actitudes agresivas
o amenazantes. (Proporcionar un
trato respetuoso y digno conforme a
principios éticos a los funcionarios y
autoridades públicas).
32. Mantener los datos de los estudian-
tes completos y actualizados con
fotografías recientes.
33. El acudiente que firma la matrícula es el
que debe asistir a todos los llamados del
colegio, no se aceptan personas ajenas al
proceso de formación del estudiante.
34. En caso de que los padres de familia no
cumplan los acuerdos establecidos en el
Manual de Convivencia serán citados por
el comité de convivencia.
35. Los padres de familia deben garantizar
que sus hijos asistan al colegio con el
uniforme correspondiente de acuerdo
con el Manual de convivencia y que no
porten prendas o gorras que les puedan
generar situaciones de riesgo.
36. Diligenciar el formulario SIMPADE
de estudiantes o instrumentos
complementarios definidos por la SED
al momento de realizar el proceso de
matrícula y/o cuando el establecimiento
educativo lo solicite. De igual forma,
informar al establecimiento educativo, el
retiro del estudiante y sus causas para su
reporte en el SIMPADE. (Resolución 1432
del 2024).
Parágrafo: El desconocimiento de estos
deberes no excluye la responsabilidad y los
compromisos adquiridos en el Colegio, a su
vez se les recuerda a los padres de familia
que, de acuerdo con la ley, no pueden abordar
a los menores de edad sin la presencia de
sus acudientes.
PROHIBICIÓN:
El acudiente no se encuentra autorizado
para realizar grabaciones con cualquier
equipo tecnológico entre ellos el celular,
durante las reuniones a la que sea citado,
sin la autorización de la institución y de los
asistentes a la misma.
ARTÍCULO 27. PARTICIPACIÓN DE LA FAM
MARZO DE 2013)
La familia, como parte de la comunidad
educativa, en el Marco del sistema Nacional
de Convivencia Escolar y formación para
los derechos humanos, la educación para
la sexualidad y la prevención y mitigación
de la violencia escolar, además de las
obligaciones consagradas en el artículo 67 de
la Constitución Política, en la ley 115 de 1994,
la ley 1098 de 2006, la ley 1453 de 2011 y
demás normas vigentes deberá:
1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes
en el hogar, que generen confianza,
ternura cuidado y protección de sí y de su
entorno físico, social y ambiental.
2. Participar en la formulación, planeación y
desarrollo de estrategias que promuevan
la convivencia escolar, los derechos
humanos sexuales y reproductivos,
la participación y la democracia, y el
fomento de estilo de vida saludable.
3. Acompañar de forma permanente y
activa a sus hijos en el proceso pedagógico
que adelante el establecimiento educativo
para la convivencia y sexualidad.
4. Participar en la revisión y ajuste del
manual de convivencia a través de las
MILIA (RESOLUCIÓN 1620 DEL 15 DE
instancias de participación definidas en
el proyecto educativo institucional del
establecimiento educativo.
5. Asumir responsabilidades en actividades
para el aprovechamiento del tiempo
libre de sus hijos para el desarrollo de
competencias ciudadanas.
6. Cumplir con las condiciones y obligaciones
Establecidas en el manual de convivencia
y responder cuando su hijo incumple
alguna de las normas allí definidas.
7. Conocer y seguir la Ruta de Atención
Integral cuando se presente un caso de
violencia escolar, la vulneración de los
derechos sexuales y reproductivos o
una situación que lo amerite, de acuerdo
con las instrucciones impartidas en el
manual de convivencia del respectivo
establecimiento educativo.
8. Utilizar los mecanismos legales existentes
y los establecidos en la Ruta de Atención
Integral a que se refiere esta ley para
restituir los derechos de sus hijos cuando
estos sean agredidos.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 37-48.

Capítulo VIII · páginas 49-63

Gobierno escolar

Artículo 28. Funciones Del Gobiern · Artículo 29. Consejo Directivo · Artículo 30. Consejo Académico · Artículo 31. Consejo Estudiantil · Artículo 32. Representante De Curs · Artículo 33. Contralor Escolar · Artículo 34. El Comité Estudiantil D · Artículo 35. Cabildante · Artículo 36. Personero Estudiantil · Artículo 37. Constitución Del Gobie · Artículo 38. Otros Estamentos De P · Artículo 39. Comité De Convivencia

El Gobierno Escolar es una forma de
organización democrática en la que los
miembros de la comunidad escolar: padres,
estudiantes, docentes, directivos y egresados,
pueden participar en la dirección de la
institución por medio de sus representantes
promoviendo una cultura de participación
activa, deliberación y control social.
ARTÍCULO 28. FUNCIONES DEL GOBIERN
Facilitar y permitir la participación
democrática de todos los estamentos en
actividades como: organización, desarrollo
y evaluación del Proyecto Educativo
Institucional; la adopción y verificación
del Manual de Convivencia, planeación,
organización y ejecución de acompañamiento
de los proyectos y procesos de las diferentes
actividades culturales, deportivas, sociales,
artísticas; proyectos de consecución de
recursos y todo lo pertinente a la institución
en general.
ARTÍCULO 29. CONSEJO DIRECTIVO
El Consejo Directivo está integrado por:
1. El Rector. Lo preside y convoca
ordinariamente una vez por mes
y extraordinariamente cuando lo
considere conveniente.
2. Dos representantes de los docentes
elegidos por mayoría de votos en
jornada electoral.
3. Dos representantes de los padres de
familia elegidos por la junta directiva de la
Asociación de Padres de Familia.
4. Un representante de los estudiantes,
elegido por el Consejo de Estudiantes entre
los alumnos que se encuentren cursando
el último grado de educación ofrecido por
la Institución.
5. Un representante de los exalumnos,
elegido por el Consejo Directivo de la
terna presentada por las organizaciones
que aglutinen la mayoría de ellos o, en
Parágrafo: Los representantes en los órganos
colegiados serán elegidos para periodos
anuales y continuarán ejerciendo sus
funciones hasta cuando sean reemplazados.
En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo
para el resto del periodo.
En los establecimientos educativos estatales
estará constituido por los siguientes órganos:
1. El Consejo Directivo.
2. El Rector
3. El Consejo académico
4. Personero estudiantil
5. El Consejo de Estudiantes
6. El Consejo de padres de familia
su defecto, por quien haya ejercido en el
año inmediatamente anterior el cargo de
representante de los estudiantes.
6. Un representante de los sectores
productivos organizados en un ámbito
local o subsidiariamente las entidades que
auspicien o patrocinen el funcionamiento
del establecimiento educativo. El
representante será escogido por el Consejo
Directivo de candidatos propuestos por
las respectivas organizaciones.
Parágrafo 1: Dentro de los primeros sesenta
días calendario, deberá quedar integrado el
Consejo Directivo y entrar en el ejercicio de
sus funciones.
Parágrafo 2: Las actas del Consejo
directivo y Académico, una vez aprobadas y
salvaguardando la reserva legal de los casos
particulares, serán publicadas en la cartelera
institucional y en la página web del colegio
dentro de los diez (10) días hábiles siguientes
a su aprobación.
Las funciones del Consejo Directivo son:
1. Analizar los aspectos administrativos
del Colegio.
2. Analizar casos de comportamiento y
definir el tipo de sanción o estímulo según
el caso.
3. Apoyar al Rector para el manejo de las
relaciones con las autoridades educativas.
4. Aprobar anualmente costos educativos,
presupuestos de ingresos y gastos
de recursos.
5. Solucionar conflictos de última Instancia.
6. Aprobar proyectos presentados por
otros estamentos.
7. Adoptar el Manual de Convivencia y el
reglamento de la institución.
8. Asumir la defensa y garantía de los
Derechos de toda la comunidad Educativa
cuando alguno de sus miembros se
sienta lesionado.
9. Establecer procedimientos para permitir
el uso adecuado de las instalaciones
del Colegio en la realización de las
diferentes actividades.
10. Promover relaciones y
actividades educativas.
11. Fomentar la conformación de la
Asociación de Padres de Familia y
de estudiantes.
12. Participar en la planeación y evaluación
del PEÍ.
13. Darse su propio reglamento.
14. Dar a conocer agenda con anticipación
o facilitar que en las mismas reuniones
se programe la agenda siguiente
para que los participantes lleguen
debidamente documentados.
15. Dar a conocer las actas de cada reunión,
salvaguardando el derecho a la intimidad
establecida en el código de infancia
y adolescencia.
16. Las actas deben ser firmadas el mismo día
dé la reunión.
17. Precisar tiempos y espacios específicos
para cada reunión.
18. Crear y actualizar la lista de elegibles para
la representación de exalumnos.
CAUSAS PARA LA REVOCATORIA DEL CARGO:
PADRES DE FAMILIA
El Padre de Familia o acudiente puede
ser revocado del cargo en el Consejo
Directivo cuando:
1. Presenta alguna situación especial de
salud, que le impida cumplir con sus
funciones en esta instancia.
2. Su hijo o acudido por alguna circunstancia
no continua su formación académica en
la institución educativa.
3. Cualquier otra situación extraordinaria
que no se mencione en este documento
y que deba ser analizada por el
Comité electoral.
Parágrafo: Atendiendo a las situaciones
de salud física y emocional, es importante
tener en cuenta que un padre de familia no
podrá continuar ejerciendo el cargo, cuando
se tengan las recomendaciones por escrito
de un especialista que indiquen que ejercer
ciertas actividades dentro del colegio pueden
producir mayor afectación, por el nivel de
estrés asociado a su rol.
CAUSAS PARA LA REVOCATORIA DEL
CARGO: DOCENTES
El docente que fue elegido por voto
democrático para ejercer estas funciones
puede pedir la revocatoria de su cargo si:
1. Por motivos personales considere que no
puede continuar ejerciendo sus funciones.
2. Si el docente es trasladado o hace permuta
a otra institución educativa.
Cualquier otra situación extraordinaria que
no se mencione en este documento y que deba
ser analizada por el Comité Electoral
CAUSAS PARA LA REVOCATORIA DEL
CARGO: ESTUDIANTES
El estudiante que fue elegido por voto
democrático para ejercer estas funciones
puede ser revocado y perder su cargo si:
1. Presenta dificultades de convivencia,
que lo lleven al Comité de Convivencia
ARTÍCULO 30. CONSEJO ACADÉMICO
El Decreto 1860 de 1994 y la Ley 115 de 1994
en el artículo establecen que el Consejo
Académico está integrado por el Rector, quien
lo preside, los directivos docentes y un docente
de cada área definida en el plan de estudios.
Las funciones del consejo académico son:
1. Servir de órgano consultor del Consejo
Directivo en la revisión de la propuesta del
Proyecto Educativo Institucional.
2. Estudiar el currículo y propiciar su
continuo mejoramiento, introduciendo
modificaciones y ajustes.
3. Organizar el plan de estudios y orientar
su ejecución.
ARTÍCULO 31. CONSEJO ESTUDIANTIL
El Consejo Estudiantil es el máximo órgano
colegiado quien asegura y garantiza el
continuo ejercicio de la participación por
parte de los educandos.
Está conformado por los Representantes
elegidos en cada uno de los cursos existentes
en el colegio Alfonso López Michelsen; el cual
será dirigido por el Personero Escolar.
Los estudiantes del nivel preescolar y de los
tres primeros grados, del ciclo de primaria
serán convocados a una Asamblea Conjunta
de Gestión del Conflicto o al Comité de
Convivencia institucional.
2. Su rendimiento académico es bajo.
3. Presenta poca disposición y compromiso
para asistir a las reuniones citadas por
este Consejo.
Parágrafo: Ante cualquier situación
extraordinaria con los estamentos
aquí mencionados, se citará a reunión
extraordinaria del Comité Electoral, este será
el que analiza las situaciones presentadas y
tome las decisiones pertinentes, las cuales
se harán mediante acta y se dará a conocer
en el menor tiempo posible al estamento
involucrado, con copia a Rectoría.
4. Participar de la evaluación institucional.
5. Integrar los consejos de docentes y
elegir las comisiones de evaluación
y promoción.
6. Servir como instancia superior para
participar en la orientación pedagógica
de la institución.
7. Recibir y decidir los reclamos de los
estudiantes sobre la evaluación educativa.
8. Las demás funciones afines o
complementarias con las anteriores que
le atribuya la ley y el PEÍ.
para elegir un vocero único entre los
Estudiantes que cursan el Tercer Grado.
FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL
1. Darse su propia organización
2. Elegir el Representante de los estudiantes
ante el Consejo Directivo y asesorarlo en
el cumplimiento de su representación.
Debe ser un estudiante del grado
3. Undécimo que conozca la realidad
escolar y demuestre capacidad de
liderazgo escolar.
4. Reunirse periódicamente (una vez
mensual), bajo el acompañamiento del
docente encargado de Ciencias Sociales,
a deliberar asuntos institucionales
que beneficien o estén afectando
negativamente a la Comunidad e Invitar
a dichas deliberaciones a estudiantes que
presenten iniciativas sobre el desarrollo
de la vida estudiantil.
ARTÍCULO 32. REPRESENTANTE DE CURS
El representante de curso es un vocero de cada
uno de los grados ofrecidos por la institución
elegido con el fin de velar por los derechos y
deberes de sus compañeros.
Para ser representante de curso el
estudiante candidato debe cumplir con los
siguientes requisitos:
1. Tener una excelente presentación personal.
2. Tener una excelente relación con docentes,
compañeros y demás miembros de la
comunidad educativa.
3. Tener identidad y compromiso hacia la
institución educativa.
4. No ser estudiante repitente
Parágrafo: Es importante contar con la
autorización del padre de familia, para dicha
postulación del estudiante.
FUNCIONES DEL REPRESENTANTE
El estudiante que sea elegido como
representante de curso debe cumplir con las
siguientes funciones:
1. Mantener las mejores relaciones
humanas con las directivas, directores de
curso, profesores y estudiantes.
2. Solicitar con respeto y vehemencia
la participación de quienes integran
el curso, para la consecución de las
metas propuestas que repercutirán en el
beneficio de todos y todas.
3. Llevar la vocería del curso ante el director
de curso, coordinadores o rectoría,
buscando soluciones a las necesidades,
problemas e inquietudes que se presenten.
5. Los miembros del Consejo Estudiantil
serán estudiantes que se destacan a nivel
académico y convivencia y podrán ser
removidos de su cargo si incurriesen en
faltas convivenciales o académicas.
6. Promover y vivenciar valores como la
responsabilidad, el respeto, la tolerancia,
sentido de pertenencia y amor por
la institución.
SO
4. Participar activamente en el Consejo
Estudiantil, apoyando las decisiones
que se tomen y haciéndolas saber a los
compañeros de su curso.
5. Asistir a las reuniones del Consejo Estudiantil.
6. Respetar, aceptar, respaldar la organización
y reglamentación institucional.
CAUSALES PARA LA REVOCATORIA DEL CARGO
Son causas de evaluación y condicionamiento
del cargo de representante de curso:
1. Si el representante de curso presenta faltas
por rendimiento académico que conlleve
a la firma de compromisos académicos.
2. Si el representante de curso se ve inmerso
en faltas graves o situaciones tipo II y/o III
estipuladas en el manual de convivencia.
3. Si voluntariamente desea dejar el cargo.
4. Si en una votación donde la mitad más
uno de los votos del curso, decide que no
debe continuar en el cargo.
5. En estos casos lo reemplazará la persona
que ocupó el segundo lugar en la votación.
6. Si la persona que fue segunda en la
primera votación no cumple con los
requisitos o no desea tomar el cargo,
se realizará por parte del director del
grupo una votación extraordinaria en
cualquier hora de la jornada estudiantil,
con presencia del veedor (ra), contralor
(ra) o personero (a), en la que se deben
postular las personas que quieran asumir
el cargo, en esta elección rigen las normas
estipuladas en el manual de convivencia.
Nota: si por cualquier motivo la persona
elegida deja de pertenecer a la institución se
ARTÍCULO 33. CONTRALOR ESCOLAR
Será un estudiante matriculado en el colegio,
que curse el grado décimo, con antigüedad
mínima de un año, con buen rendimiento
académico y convivencial, con liderazgo
y sentido de pertenencia, que será elegido
democráticamente por los estudiantes
matriculados. Será quien lidere la Contraloría
Estudiantil y no podrá ejercer de manera
simultánea con los cargos de Personero
Estudiantil y con el de representante de los
Estudiantes ante el Consejo Directivo.
Funciones. La Contraloría Estudiantil y
particularmente el Contralor Estudiantil,
tendrá las siguientes funciones y atribuciones:
1. Contribuir en la creación de una cultura
del control social, del cuidado, buen uso y
manejo de los recursos y bienes públicos
del colegio, a través de actividades
formativas y/o lúdicas, con el apoyo
de la institución y de la Contraloría de
Bogotá DC.
2. Promover los derechos ciudadanos
relacionados con los principios de
participación ciudadana y el ejercicio
del control social en su institución, con el
apoyo de la Contraloría de Bogotá.
3. Trabajar por la defensa del patrimonio
ambiental de la ciudad.
4. Velar por el mejoramiento de la calidad de
la educación.
5. Presentar a la Contraloría de Bogotá las
denuncias relacionadas con las presuntas
irregularidades detectadas, con
relación al uso de los recursos y bienes
públicos de la institución educativa a la
que pertenecen.
6. Conocer, estudiar y socializar con los
estudiantes de la institución educativa el
Plan de Gastos de la institución.
7. Invitar, cuando sea necesario, a mesa
de trabajo a los gerentes de CADEL u
llamará a elecciones extraordinarias como se
expuso en el artículo anterior.
ordenadores del gasto para informarse
sobre la gestión y resultados de la
administración educativa.
8. Participar en las reuniones de red local
y de la red distrital de Contralores
Estudiantiles, promovidas por la
Contraloría de Bogotá.
9. Solicitar las Actas de Consejo Directivo,
para poder hacer seguimiento a las
decisiones que se tomen sobre el uso de
los bienes y recursos de la institución.
10. A iniciativa y bajo la coordinación del
contralor estudiantil se reunirá el Comité
Estudiantil de Control Social por lo menos
tres veces al año, con el propósito de
planear, coordinar y realizar acciones de
control social.
11. Convocar trimestralmente y presidir
las reuniones del Comité Estudiantil de
Control Social.
12. Presentar una rendición de cuentas
semestralmente, sobre sus actuaciones
en el ejercicio de sus funciones.
13. Socializar y multiplicar los conocimientos
y experiencias adquiridas en relación
con el control social y fiscal con la
comunidad educativa.
14. Las demás que le sean asignadas
por la Contraloría de Bogotá D.C. y el
gobierno escolar.
Causales para la revocatoria del cargo
Son causas de evaluación y condicionamiento
del cargo de contralor:
1. Si el contralor presenta faltas por
rendimiento académico que conlleve a la
firma de compromisos académicos.
2. Si el contralor realiza faltas graves tipo
II y/o tipo III estipuladas en el Manual
de Convivencia.
3. Si voluntariamente desea dejar el cargo.
4. En caso de que el contralor deba o quiera
desistir del cargo, lo reemplazará el
vice- contralor.
ARTÍCULO 34. EL COMITÉ ESTUDIANTIL D
Estará compuesto por un delegado de cada
curso, y apoyará en sus funciones y labores
al Contralor Estudiantil. Se reunirá por lo
menos trimestralmente, por convocatoria del
Contralor Estudiantil.
Elección. El Contralor y Vice contralor serán
elegidos por un período fijo de un año,
elecciones que se realizarán dentro de los
treinta días calendarios siguientes al de la
iniciación de clases del período lectivo anual.
Para tal efecto la Contraloría de Bogotá y
el rector convocará a todos los estudiantes
matriculados con el fin de elegirlos por el
sistema de mayoría simple y mediante voto
universal y secreto.
ARTÍCULO 35. CABILDANTE
El Cabildante Estudiantil, es un espacio para
promover la participación activa desde la
mirada de los niños, niñas, adolescentes y
jóvenes en los colegios públicos y privados del
Distrito Capital. Su rol principal es representar
a los niños, niñas y jóvenes de su localidad
ante entidades como el Concejo de Bogotá,
las juntas administradoras locales y todas
aquellas que inciden en el desarrollo de su
vida como ciudadano.
Perfil
Debe ser un estudiante de la institución
con conocimiento de la localidad, debe ser
responsable, honesto, con compromiso,
sentido de pertenencia y ser un estudiante
crítico y constructivo, con liderazgo social;
así mismo, con disponibilidad de tiempo para
cumplir con su rol, será elegido por votación
5. Si reincide frecuentemente en faltas tipo I.
DE CONTROL ESCOLAR
Revocatoria. Podrá revocarse el mandato
del Contralor Estudiantil, por iniciativa de los
estudiantes, motivada por el incumplimiento
de sus funciones. La solicitud de revocatoria
será presentada ante el respectivo jefe de
Oficina local. La Contraloría de Bogotá DC,
reglamentará el procedimiento a seguir.
Incentivos. El ejercicio del cargo de Contralor
de los estudiantes, por parte de los alumnos
de grado 10º que los ejerzan dentro de todo
el año electivo para la cual fueron elegidos
equivaldrá a las horas de prestación de
servicio social estudiantil obligatorio.
popular el mismo día que se realice la elección
del personero estudiantil, quién será de los
estudiantes de grado noveno elegido para un
periodo de dos años.
Funciones
▶ Elaborar una propuesta de trabajo donde
se identifique las problemáticas de la
localidad y sus posibles funciones.
▶ Proponer, discutir y pronunciarse, sobre
las problemáticas de su localidad.
▶ Participar en las reuniones institucionales
y locales que se le convoque.
Parágrafo: Los y las cabildantes estudiantiles
que no cumplan con sus obligaciones, serán
reemplazados por el o la estudiante que ocupó
el siguiente puesto en votación al igual que si
el cabildante se retira de la institución.
ARTÍCULO 36. PERSONERO ESTUDIANTIL
En todos los establecimientos educativos
el personero es un estudiante que cursa
el último grado que ofrece la institución.
Está encargado de promover el ejercicio de
los deberes y derechos de los estudiantes
consagrados en la Constitución Política,
las leyes, los reglamentos y el manual
de Convivencia.
a. Funciones
1. Promover el cumplimiento de los derechos
y deberes de los estudiantes, para esto
podrá utilizar los medios de comunicación
del colegio, pedir la colaboración del
Consejo de Estudiantes, organizar foros y
otras formas de deliberación.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos
que presenten los educandos sobre
situaciones que vulneren sus derechos y
las que formule cualquier persona de la
comunidad sobre el cumplimiento de las
obligaciones de los estudiantes.
3. Presentar ante el Rector las solicitudes
que considere necesarias para proteger
los derechos de los estudiantes y facilitar
el cumplimiento de sus deberes.
4. Cuando lo considere necesario, apelar
al Consejo Directivo o el organismo que
haga sus veces, las decisiones del Rector
respecto a las peticiones presentadas por
su intermedio.
5. Consultar y recibir sugerencias sobre la
posición que va a llevar a la reunión ante
sus representados.
6. Dar a conocer las decisiones a la
comunidad educativa a través de los
medios disponibles: carteleras, emisora,
página web y boletín o periódico escolar.
7. Asistir a todas las reuniones a las
que sea convocado tanto interna
como externamente.
b. Mecanismos de elección
El personero de los estudiantes será elegido
dentro de los treinta (30) días calendario
siguiente a la iniciación de un periodo lectivo
anual. Para tal efecto, el Rector convocará a
todos los estudiantes matriculados con el fin
de elegirlo por el sistema de mayoría simple y
mediante voto secreto. Se elegirá un personero
por jornada y de los dos personeros del
colegio quien haya obtenido mayor número
de votos será el personero Institucional.
PERFIL DEL PERSONERO
Deben ser candidatos a personeros aquellos
estudiantes con un notable sentido de
pertenencia, responsabilidad, ecuanimidad y
respeto por los demás.
1. Que su rendimiento académico y
convivencial sea satisfactorio.
2. Tener más de un año de
antigüedad institucional.
3. No ser estudiante repitente.
4. Que tenga capacidad de liderazgo
y gestión.
5. Que en el año anterior no haya tenido
procesos convivenciales.
6. Presentar propuestas realizables, de
acuerdo con el contexto institucional.
Se elegirá por votación mayoritaria institucional,
es decir los y las estudiantes candidatos
realizarán campaña electoral entre todas y
todos los estudiantes de la institución en ambas
jornadas, quienes elegirán su mejor opción, en la
jornada democrática escolar.
INCENTIVO
El ejercicio del cargo de Personero de los
estudiantes, para el cual fue elegido equivaldrá
a las horas de prestación de servicio social
estudiantil obligatorio. (En caso de no haberlo
prestado en grado 10°).
REQUISITOS MÍNIMOS PARA SER ELEGIDO
PERSONERO ESTUDIANTIL
1. Ser estudiante del último grado ofrecido
por la institución.
2. Tener como mínimo un año de antigüedad
en la institución.
3. Haber presentado su formato de
inscripción de acuerdo con los criterios y
fechas establecidas por el comité electoral.
4. Presentar su hoja de vida, con las
especificaciones dadas por el área de
ciencias sociales.
5. Haber mantenido durante los
años cursados en la institución un
desempeño académico sobresaliente
y no haber presentado dificultades de
tipo convivencial.
6. Ser ejemplo para sus compañeros,
evidenciar con su comportamiento,
responsabilidad, respeto por los demás e
identidad institucional.
7. Presentar su plan de trabajo de manera
escrita, acorde a sus funciones y
coherente con las necesidades y recursos
que tiene la institución para ser analizado
en la reunión de área de Ciencias Sociales y
realizar los ajustes que sean convenientes.
8. Haber sido aprobada su postulación por
los docentes del área de Ciencias Sociales.
PROHIBICIONES PARA EL PERSONERO
a. Liderar propuestas en contra de
cualquier estamento institucional sin
haber cumplido con el debido proceso.
b. Realizar reclamos de forma irrespetuosa.
c. Saltarse el orden del debido proceso
para reclamaciones.
d. Sacar provecho personal en cumplimiento
de su cargo.
e. No asistir a las reuniones que hayan
sido convocadas en cumplimiento de
sus funciones.
CORRECTIVOS DEL PERSONERO Y REVOCATORIA
DEL CARGO
Cuando el Personero Estudiantil no cumpla
con el Plan de Gobierno o infrinja sus deberes,
se procederá:
▶ El Consejo de Estudiantes lo citará
para que ofrezca sus descargos por el
incumplimiento de su Plan de Gobierno
o de sus Deberes y Derechos como
Personero de los Estudiantes.
▶ Si el Consejo de Estudiantes concluye
que el Personero ha faltado a sus
responsabilidades adquiridas, informará
por escrito al rector de las anomalías
presentadas por el Personero Estudiantil
y le solicitará se le anule La Credencial
como Personero Estudiantil.
▶ Asume dicho cargo el estudiante que
haya obtenido el segundo puesto en
votación por el tiempo que faltara por
cumplir con el período de su antecesor.
Todo correctivo que se le inicie al personero o
personera debe seguir el debido proceso.
VICECONTRALOR
El Vice contralor será el estudiante que
obtenga la segunda votación en las elecciones
y ejercerá las mismas funciones de Contralor
Estudiantil en los casos de faltas temporales o
absolutas. El Vice contralor debe vincularse al
Comité Estudiantil de Control Social, del cual
será su secretario técnico.
Parágrafo: El comité electoral será el
encargado de velar por el cumplimiento de
sus funciones.
PROCEDIMIENTO DE REVOCATORIA A LOS
CARGOS DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL”
En el efecto que el estudiante representante
de curso, contralor, Vice-contralor, cabildante
y personero, una vez evaluada su gestión,
esta sea insatisfactoria, estará en periodo de
prueba durante 10 días hábiles por medio de
un formato asignado por el comité electoral.
Concluido el periodo de prueba, se realizará
reunión de comité electoral y representantes
de consejo estudiantil para dar a conocer la
decisión, se revisa el comportamiento de los
estudiantes durante el periodo de prueba, se
realiza votación si continúa o no en su cargo.
Se firma en acta la decisión tomada.
En los cargos de los estudiantes destituidos
lo asumirá el segundo en votación o se
convocará nuevas elecciones, según sea el
caso. Estos procedimientos los definirá y
formalizará el comité electoral”
ARTÍCULO 37. CONSTITUCIÓN DEL GOBIE
TIEMPOS Y PROCEDIMIENTOS PARA ELEGIR
REPRESENTANTES DEL GOBIERNO ESCOLAR
1. La primera etapa de la organización
y conformación del Gobierno Escolar,
estipula el siguiente plazo de acuerdo con
la Ley 115 de 1994 y el decreto 1860 del
mismo año.
2. El Personero Estudiantil estará elegido
dentro de los treinta días calendario
siguientes al inicio de clases.
3. El Consejo Estudiantil estará elegido
dentro de las cuatro primeras semanas
del calendario académico.
4. El Consejo de Padres de Familia estará
conformado en la cuarta semana del
calendario escolar.
5. Hará parte integral del presente Manual
de Convivencia la Resolución 181 del 27
de enero del año 2009, emanada por
la secretaria de Educación de Bogotá,
Distrito Capital.
PROCESO DE ELECCIÓN
1. Jornada de sensibilización: según
indicaciones del área de ciencias sociales,
los estudiantes de grado once serán
convocados a participar en el gobierno
escolar en calidad de aspirantes a la
personería estudiantil.
2. Los docentes del área de sociales: son los
encargados de realizar la convocatoria
a estudiantes aspirantes a personero y
demás instancias de participación escolar
3. Postulación de candidatos: los candidatos
a la personería estudiantil, a la contraloría
y a cabildante menor deben diligenciar
el formato de inscripción y entregarlo al
docente del área de sociales del grado.
4. Reunión con candidatos. El área de
sociales convocará a los candidatos
inscritos a la personería, la contraloría
y a cabildante para la exposición de
instrucciones generales, funciones y
responsabilidades antes, durante y
después del proceso electoral.
5. Entrega y verificación de propuestas. Cada
candidato a la personería, la contraloría y
a cabildante entregará un documento en
el cual describirá su proceso de campaña,
lema, emblema y propuestas a realizar
en caso de ser elegido. La propuesta
debe contener actividades viables,
con propósitos claros a desarrollar en
la institución.
6. Campañas. Se realizarán reuniones por
grados, donde los candidatos darán a
conocer y presentarán ante la comunidad
educativa sus propuestas.
7. Elecciones. Por medio de voto secreto se
realizará la elección de los representantes
de los diferentes estamentos del
gobierno escolar.
Parágrafo: Si terminado el escrutinio
hay empate entre 2 o más candidatos, se
realizarán nuevas votaciones.
Posesión. En una izada de bandera se
convocará a la comunidad estudiantil al acto
de posesión oficial del personero elegido.
REQUISITOS PARA VOTACIÓN
Los estudiantes matriculados en el colegio
Alfonso López Michelsen el día de las
votaciones tendrán los siguientes requisitos:
1. Presentarse en uniforme institucional
2. Presentar tarjeta de identidad o
carné estudiantil
3. Ingresar en el horario estipulado para
las votaciones.
ESTIMULOS ACADEMICOS PARA LOS
ESTUDIANTES VOTANTES
Obtención de su certificado electoral, el cual
tendrá una valoración en el área de Sociales
para el primer periodo académico.
COMITÉ ELECTORAL
Organizar jornadas de formación cívica y
democrática para los candidatos a personero,
contralor y cabildante, enfatizando sus
funciones específicas y el respeto por el
debido proceso (estará a cargo del área
de sociales).
RENDICIÓN DE CUENTAS
Todas las instancias del Gobierno Escolar,
esto es: Representantes de curso, Personero,
Contralor, Veedor, Representante de padres
y Representante de profesores, deberán
mostrar la gestión realizada durante el año.
OBLIGACIONES DE LOS DOCENTES ANTE EL GOB
1. Permitir a los estudiantes salir del aula
para las capacitaciones, reuniones
y actividades relacionadas con el
gobierno escolar.
2. Asumir responsablemente las actividades
asignadas por el comité electoral
durante el proceso de conformación del
gobierno escolar
3. Recibir y llevar a cabo el debido proceso
frente a las excusas de ausencia de los
estudiantes que participan en los procesos
propios del gobierno escolar.
ARTÍCULO 38. OTROS ESTAMENTOS DE P
CONSEJO DE PADRES
El Consejo de padres de familia del COLEGIO
ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN I.E.D,
es un órgano de participación educativa,
que no requiere registro ante ninguna
autoridad, destinado a asegurar su continua
participación en el proceso educativo del
colegio, a garantizar un acompañamiento
constante en la autonomía, respeto, toma de
decisiones, desarrollo de valores ciudadanos,
y a elevar, los resultados de calidad de
educación de sus hijos o acudidos de
conformidad con lo dispuesto en los artículos
5, 6, 7 y 8 del decreto
1286 del 27 de abril de 2005 (Ministerio
de Educación Nacional, 2005). El decreto
“padres de familia”; comprende a los padres
y madres de familia, así como a los tutores o
quienes ejercen la patria potestad o acudidos
debidamente autorizados.
Esta socialización la puede realizar a
través de la página del colegio https://
alfonsolopezmichelsen.wordpress.com, -de
una exposición programada con anterioridad,
un video o un informe escrito, el cual debe ser
conocido por la comunidad educativa y/o el
sector de la comunidad educativa pertinente.
4. Los docentes del área de sociales y/o
directores de curso serán los encargados
de seleccionar los candidatos a
representantes de curso, y a su vez
recepcionarán las hojas de vida y
promoverán en los salones de clase las
campañas de los candidatos
5. Es deber de los docentes aclarar a
los estudiantes que es diferente el
representante de curso al monitor
de asistencia.
PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL
CONVOCATORIA, ELECCIÓN Y CONFORMACIÓN
DEL CONSEJO DE PADRES:
Al iniciar cada año escolar se realiza la
primera reunión de padres de familia; la
rectoría deberá convocar a una reunión a
los padres, madres y/o acudientes, para que
elijan los padres, madres y/o acudientes
representantes de cada curso.
Elección de los padres representantes de cada
curso al Consejo de Padres de Familia: La
elección de los padres, madres y/o acudientes
representantes para el correspondiente año
lectivo se efectuará en reunión por cada curso
de todos los grados, por mayoría y con la
presencia de al menos el cincuenta por ciento
(50%) de los padres, madres y/o acudientes
de los estudiantes matriculados en cada
curso. Teniendo presente las propuestas de los
candidatos, se elegirán a los representantes.
La conformación del consejo de padres
es obligatoria,
Conformación: estará conformado por
2 padres de familia por cada uno de los
cursos del colegio. Siendo esta asamblea
quien elija su presidente, que a su vez será
el representante de los padres al comité
de convivencia institucional (Ley 1620); el
representante al comité de presupuestos
participativos, comité de mantenimiento y los
2 candidatos al consejo directivo.
Inhabilidad para ser miembro del consejo de
padres de familia: No se podrá ser miembro
del consejo de padres de familia en el
siguiente caso:
a. Cuando el padre de familia tenga o
celebre relaciones contractuales de
índole económica con el colegio, bien
sea como proveedor, asesor o cualquier
otra figura en la que se presente un
claro conflicto de intereses.
ARTÍCULO 39. COMITÉ DE CONVIVENCIA
REPRESENTANTE DE LOS PADRES DE FAM
El comité de convivencia Institucional está
regulado por la ley 1620 del 15 de marzo
del 2013.
Elección del presidente del consejo de padres
de familia (representante de los padres al
comité de convivencia Institucional).
Los representantes de padres de familia de
cada curso se convocarán a reunión, quienes
participen en ella, elegirán a su presidente por
medio de votación de acuerdo a las propuestas
manifestadas previamente, teniendo presente
el contexto y las situaciones específicas de
convivencia de la institución, éste a su vez,
será el representante de padres de familia al
comité de convivencia, el cual se reunirá cada
vez que se amerité, y será informado de dicha
reunión con anterioridad para hacer efectiva
su presencia.
FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE PADRES
AL COMITÉ DE CONVIVENCIA
1. Identificar, documentar, analizar y
resolver los conflictos que se presenten
entre docentes y estudiantes, directivos
Elección del padre, madre o / y acudiente ante
el consejo Directivo: En la primera reunión se
elegirá 2 candidatos entre padres, madres
o acudientes, elegidos por el conjunto de los
padres, madres y/o acudientes que conforman
en ese momento el consejo de padres; los 2
elegidos a su vez se comprometen a realizar
sus propuestas por escrito y divulgarlas a
toda la comunidad educativa con el objetivo
de ser elegido por votación general el día de la
democracia escolar.
Una vez elegido, se posesiona con todos los
demás representantes de los diversos órganos
del gobierno escolar.
Parágrafo: Es un compromiso del consejo
de padres realizar su propio reglamento y
convocar a reuniones periódicas
INSTITUCIONAL POR ELECCIÓN DEL
MILIA AL COMITÉ DE CONVIVENCIA.
y estudiantes, entre estudiantes y
entre docentes.
2. Liderar en los establecimientos educativos
acciones que fomenten la convivencia, la
construcción de ciudadanía, el ejercicio
de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos y la prevención y mitigación
de la violencia escolar entre los miembros
de la comunidad educativa.
3. Proponer, analizar y viabilizar
estrategias pedagógicas que permitan la
flexibilización del modelo pedagógico y la
articulación de diferentes áreas de estudio
que den cuenta del contexto educativo
y su pertinencia en la comunidad para
determinar más y mejores maneras
de relacionarse en la construcción de
la ciudadanía.
4. Asistir a la institución cada vez que
sea convocado, para participar en la
reunión programada por el comité de
convivencia institucional.
Parágrafo: este comité debe darse su
propio reglamento, el cual debe abarcar lo
correspondiente a sesiones, y demás aspectos
procedimentales, como aquellos relacionados
con la elección y permanencia en el comité
del docente que lidere procesos o estrategias
de convivencia escolar.
TIENDA ESCOLAR
INTEGRANTES
▶ Rector (a) de la institución educativa o
su delegado
▶ representante o delegado de cada sede
educativa (docente o coordinador)
▶ 1 padre o madre de familia /o
contralor estudiantil
▶ 1 representante de la Secretaría
de Educación
▶ Personero
FUNCIONES
1. Plantear acciones que permitan el
mejoramiento de la operatividad de la
TES (tienda escolar saludable) en la
institución educativa y socializarlas con la
comunidad educativa.
2. Apoyar en el seguimiento al cumplimiento
de las condiciones de calidad, cantidad e
inocuidad de los alimentos suministrados
en la TES, acorde al Documento Técnico de
Tiendas Escolares Saludables.
3. Apoyar en la verificación del
cumplimiento de la oferta de alimentos
permitidos y los no permitidos en la TES,
acorde al documento técnico de tiendas
escolares saludables.
4. Acompañar los procesos pedagógicos
desarrollados por la institución
educativa para la promoción de estilos de
vida saludable.
COMITÉ DE MANTENIMIENTO
Es el responsable de evaluar y aprobar el
PME (Planes de Mantenimiento Escolar),
sus funciones y responsabilidades. Y cuyo
objetivo se basa en prolongar la vida útil de la
infraestructura (construcción y dotaciones)
de las instituciones educativas públicas.
INTEGRANTES
▶ Está formado por los siguientes miembros:
▶ Presidente (rector de la institución educativa).
▶ Representante de los docentes.
▶ Representante de los alumnos.
▶ Representante de los padres de familia.
▶ Representante de la ETC o la secretaría
de Educación del municipio.
▶ Representante de los vecinos de la
institución educativa.
FUNCIONES
1. Velar por el buen estado de la
infraestructura educativa y la dotación.
Con asesoría de la ETC o secretaría de
Educación correspondiente,
2. Verificar las condiciones de la
infraestructura y dotación en el
establecimiento educativo.
3. Realizar inspecciones periódicas
a la infraestructura y dotación del
establecimiento educativo, con el fin de
establecer prioridades de intervención.
4. Promover y realizar la gestión de
mantenimiento dentro de la institución
educativa, ejerciendo sus funciones
durante el período de un año.
5. Elaborar el plan de trabajo por desarrollar
durante su ejercicio, con su respectivo
presupuesto programa.
6. Gestionar los recursos y tareas
necesarios para ejecutar los
mantenimientos necesarios en el
establecimiento educativo.
7. Establecer un plan de manejo y
procedimientos por seguir en la
ejecución de los mantenimientos de
obras de emergencia, de alto riesgo y
de contingencia.
8. Programar mantenimientos integrales en
el establecimiento educativo.
9. Programar y ejecutar campañas
para el mantenimiento continuo del
establecimiento educativo.
10. Verificar que la comunidad educativa
sea integrada responsablemente en la
conservación de la infraestructura y
dotaciones del establecimiento educativo.
11. Promover la participación de todos
los miembros de la comunidad
educativa en las tareas de conservación
y mantenimiento.
12. Designar los equipos de trabajo para llevar
a cabo las actividades de mantenimiento.
13. Elaborar los siguientes documentos: Plan
Anual de Mantenimiento (distribución
de actividades durante el año escolar
en relación con el mantenimiento de la
institución educativa), Planes Mensuales
(distribución de actividades mensuales
especificadas en el Plan Anual y otras
que considere necesarias), Plan Semanal
(distribución de actividades especificadas
en el Plan Mensual y otras que considere
necesarias), y establecer prioridades
en cuanto a los trabajos de reparación
en caso de presentarse dos o más fallas
simultáneas no previstas en los planes.
14. Elaborar un informe evaluativo anual
que sirva de base al próximo comité
de mantenimiento.
15. Recaudar los informes, planillas de
control, solicitudes de material y
presupuesto, y mantener actualizados
en un archivo específico el control de
trabajos contratados, hojas de servicio
de equipos, registro contable y ficha
ocupacional de los miembros de la
comunidad que colaboran en actividades
de mantenimiento.
16. Mantener en el archivo un inventario
de bienes, los planos del proyecto original
(ampliaciones o modificaciones), facturas
y garantías de equipos, instalaciones
y obras realizadas. Igualmente, los
manuales de operación de los equipos que
existan en la infraestructura educativa.
17. Formular objetivos y parámetros
de operación de los equipos
de mantenimiento.
COMITÉ INSTITUCIONAL DE
PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS
Dentro de los órganos del Gobierno
Escolar, se estableció desde el año 2010,
conformar un Comité Institucional de
Presupuestos con Participación, que busca
capacitar a los diferentes estamentos
(rector, docentes, estudiantes, padres de
familia, administrativos, etc.) en temas de
planeación, gestión financiera de recursos
y control social, posibilitando con ello la
participación institucional.
Este comité está reglamentado por la
Resolución 280 del 16 de febrero de 2010,
de la secretaria de Educación, el objetivo
de éste es lograr la participación efectiva
de la comunidad educativa en el control,
planeación y ejecución del presupuesto
otorgado a los colegios oficiales con el fin
de obtener el mejoramiento de la calidad
de la educación. y las condiciones de los
niños, niñas y jóvenes en Bogotá, a través
de la inversión de los recursos en proyectos
que fomenten y fortalezcan el pluralismo,
la justicia, la equidad, la seguridad y la
democracia, siendo este comité un espacio de
participación ciudadana y de control social de
los recursos públicos.
FUNCIONES
1. Instalarse, expedir su propio reglamento,
cronogramas y el modo de operación
para organizar la gestión de la
vigencia correspondiente.
2. Recibir, debatir y priorizar los proyectos
formulados por los diferentes actores de
la comunidad educativa, de acuerdo con
sus reglamentaciones internas.
3. Proponer, debatir y priorizar las
asignaciones de cada uno de los rubros
del proyecto presupuestal del colegio,
para garantizar su correspondencia al PEI.
4. Construir y presentar una propuesta
del Plan de compras con base en las
prioridades del presupuesto adoptado, así
como la propuesta de seguimiento al Flujo
de Caja.
5. Proponer los mecanismos de control
social y participar en los eventos de
rendición de cuentas, con el objeto de
socializar la gestión participativa en
el colegio.
6. Impulsar la planeación participativa
en todas las áreas y procesos de la gestión
administrativa y académica del colegio.
7. Gestionar ante el Fondo de Desarrollo,
la Alcaldía Local y demás entidades del
sector público y privado la obtención
de recursos para el financiamiento de
proyectos de interés del colegio y la
comunidad educativa.
8. Socializar de manera permanente la
gestión institucional a toda la comunidad
educativa, a través de los diferentes
medios de comunicación que existen en
el colegio.
9. Informar y denunciar, ante las
instancias pertinentes, las anomalías
presentadas durante las fases del
proceso presupuestal.
10. Mantener comunicación permanente
con el promotor – gestor del programa
de Presupuestos con Participación y
planeación participativa asignado a
la localidad.
11. Propender por la consolidación
institucional y funcionamiento
permanente del CIPP.
INTEGRANTES
▶ 3 docentes por cada jornada que se
preste en la institución.
▶ 3 estudiantes por cada jornada que se
preste en la institución.
▶ La asamblea o consejo de padres designa
tres padres de familia por cada jornada
que se preste en la institución.
COMITÈ DE CONVIVENCIA POR ELECCIÒN
DEL REPRESENTANTE DE LOS DOCENTES AL
COMITÈ DE CONVIVENCIA
Los docentes en la primera asamblea general
del año elegirán a sus representantes: al
consejo directivo, comité de convivencia
institucional, el consejo académico, a la
tienda escolar, presupuestos participativos,
mantenimiento y líder sindical.
Nota: Si por cualquier motivo la persona elegida
deja de pertenecer a la Institución o renuncia
se llamará a elecciones extraordinarias.
REPRESENTANTE SINDICAL
El representante sindical será un docente
de planta, interesado y comprometido
en representar al cuerpo docente en la
defensa de sus intereses y derechos como
trabajadores y profesionales de la educación,
así como también en la defensa del derecho
del pueblo colombiano a una educación
pública y gratuita prestada directamente por
el Estado, conforme lo orienta la historia y
experiencia histórica de lucha del magisterio
organizado en la FECODE y la ADE.
El docente líder sindical debe ser garante de
la defensa de los derechos de los docentes,
según los criterios fundacionales de la
FECODE y la ADE. Además de ser puente de
comunicación entre la dirección de estas
organizaciones sindicales, las directivas del
plantel educativo y el cuerpo de docentes,
una de sus principales obligaciones para
poder cumplir adecuadamente su función
es formarse para poder ejercer su cargo de
forma efectiva.
Otras funciones son:
1. Promover la asamblea de docentes como
la instancia fundamental de ejercicio
de la democracia sindical para la toma
colectiva de decisiones en desarrollo de la
lucha por la defensa de los derechos de los
docentes, y de la educación pública.
2. Defender los derechos laborales de
los docentes.
3. El líder sindical será electo por la
asamblea de docentes. Se elegirá un
principal y un suplente. Adicionalmente se
constituirá un comité sindical compuesto
por el líder sindical, el suplente, y al menos
dos docentes más que se propongan para
ayudar a impulsar la actividad sindical.
4. Mantener constante proceso de
capacitación tanto para mantener
su liderazgo como para fortalecer
la asamblea docente de la
institución educativa.
5. Propender por la conquista de
mejores condiciones laborales para el
cuerpo docente.
6. Ayudar en el asesoramiento de
sus compañeros en la defensa de
sus derechos.
7. Contribuir al clima de diálogo y
concertación entre las directivas y el
cuerpo docente.
8. Incentivar el mejoramiento de
las condiciones de trabajo en el
plantel educativo.
9. Participar de las reuniones en la que es
convocado por la organización sindical a
la que se pertenezca. (ADE)
10. Informar al cuerpo docente todo
incumplimiento observado que haga al
libre ejercicio de la actividad sindical.
11. Publicar los servicios y beneficios
brindados por la afiliación sindical.
12. Comunicar a la organización sindical toda
inquietud, queja y/o deficiencia de los
servicios prestados por la entidad sindical
que los representa. (ADE)
13. Colaborar activamente en las actividades
sindicales programadas por la ADE
Parágrafo: Cada comité debe tener
participación de docentes de la sección de
primaria y de la sección de bachillerato.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 49-63.

Capítulo IX · páginas 64-70

Rutas de atención de convivencia

Artículo 40. Instancias Que Particip

ARTÍCULO 40. INSTANCIAS QUE PARTICIP
La aplicación de una Acción Formativa o del
debido proceso siempre estará mediada por
el diálogo y la conciliación y dará lugar al
derecho a la defensa. Se basará en principios
tales como el de la buena fe, el de la legalidad,
y el de la presunción de inocencia. El debido
proceso contempla las siguientes instancias:
MESA DE CONCILIACIÓN (LEY 23 DE 1991)
El Grupo Hermes será el responsable de
gestionar un espacio real de conciliación entre
las partes. Los conciliadores (Capacitados por
la Cámara de Comercio de Bogotá) serán los
mediadores para la realización de acuerdos
y estos quedarán registrados en acta que
reposará en los archivos del Grupo Hermes.
Para acceder a esta instancia se hará por
solicitud voluntaria de los implicados en el
desacuerdo. Los conciliadores entregarán un
informe a Coordinación de Convivencia de
la situación presentada, con sus respectivos
acuerdos. Allí solamente se podrán abordar
conflictos de comentarios y malentendidos
(Faltas Tipo I)
PARÁGRAFO: Si los estudiantes implicados
en inconvenientes de tipo convivencial no
toman como opción algunas de las anteriores,
el director de grupo asumirá directamente
la situación.
DOCENTE DE ÁREA
El Docente de área podrá proceder de la
siguiente manera:
▶ Solicitar el espacio para realizar la
conciliación con la presencia del docente,
el padre de familia y el estudiante.
▶ Diligenciar un acta o consignar en el
observador la descripción de la dificultad
y los acuerdos a los que se llegaron. Si no
se presenta ningún acuerdo, se solicitará
la intervención del director de grupo, que
entrará como facilitador de la mediación.
TAS DE ATENCIÒN
PAN EN LAS RUTAS DE ATENCIÓN
DIRECTOR DE GRUPO
Es el docente encargado de direccionar,
acompañar y escuchar a todos sus
estudiantes frente a los aciertos y desaciertos
que presenten. Apoyará como mediador
en los conflictos que no se hayan podido
solucionar en las instancias anteriores. Sus
funciones son:
▶ Escuchar, orientar, acompañar y
promover el análisis de las situaciones
conflictivas de los estudiantes y lograr, en
coordinación con otros estamentos, las
soluciones adecuadas.
▶ Orientar a los estudiantes en la toma de
decisiones sobre su comportamiento,
aprovechamiento académico y del
tiempo libre.
▶ Dejar por escrito en el observador la
situación presentada mencionando el
tipo de falta cometida (falta o situación y
tipo) y los acuerdos a los que se llegaron,
realizar seguimiento a los implicados para
verificar que los acuerdos se cumplan. Es
indispensable que esté presente el Padre
de Familia.
▶ Registrar un breve resumen de la situación
ocurrida, mencionando cuándo se cometió
la falta, quién cometió la falta, que falta
cometió y quién fue el afectado.
▶ Citar el manual de convivencia especificando
el articulo y tipo de falta cometida.
▶ Mencionar la acción pedagógica adoptada
por el docente.
▶ El estudiante debe registrar los compromisos
frente a la situación presentada.
▶ Firmas de estudiante y acudiente con su
respectivo documento.
▶ Llevar una comunicación constante y
asertiva con los padres de familia y/o
acudientes del estudiante.
REUNIÓN DE GRADO
Corresponde a la reunión de grado realizar
seguimiento convivencial y académico de
los estudiantes que presenten dificultades,
buscando alternativas de mejoramiento
junto con los acudientes, que permitan
una formación integral; esta se encuentra
integrada por los docentes que dictan clases
en el grado.
Funciones:
▶ Analizar el desempeño tanto académico
como convivencial de los estudiantes.
▶ Buscar estrategias que permitan mejorar
el desempeño de los estudiantes.
▶ Abordar los casos de los estudiantes
que presentan situaciones de riesgo
frente a su desempeño académico,
con el fin de llegar a los acuerdos de
corresponsabilidad pertinentes.
▶ Optimizar el seguimiento de los estudiantes
▶ Establecer y registrar acuerdos con los
estudiantes y/o padres de familia que
conlleven a mejorar el desarrollo integral
de los estudiantes
COORDINADOR DE CONVIVENCIA
El coordinador debe generar y liderar
procesos de convivencia a través del diálogo
y la concertación en procura de la formación
integral de toda la comunidad educativa. Debe
escuchar de forma activa a los implicados y
formular posibles estrategias de solución al
conflicto. Para acceder a esta instancia es
necesario que el director de grupo exponga el
caso con sus debidos soportes.
El Coordinador y el orientador como aplicación
de una acción reparadora y/o restauradora
citarán al estudiante y trabajarán con
el estudiante frente a la falta cometida
generando espacios de reflexión los cuales
quedarán consignados en el observador.
Los estudiantes podrán ser remitidos a
orientación previo paso por reunión de grado
y coordinación.
ORIENTACIÓN
Debe escuchar, analizar, orientar y proponer
posibles soluciones a los problemas que
presente el estudiante y que afecten
negativamente su rendimiento académico
y/o convivencial.
De ser necesario debe citar al acudiente
para que participe en el proceso, realizar
las remisiones que sean necesarias a
instituciones externas que permitan mayor
apoyo para la superación de los problemas
del estudiante. El orientador socializará la
situación del estudiante al director de grupo,
al igual que las medidas que se deben tomar
con el mismo para su formación integral.
Se precisa que el acompañamiento por parte
de orientación a los comités de convivencia
tiene un carácter preventivo y promocional
en la solución y resolución de conflictos
escolares. Por lo anterior, la figura de comité
de jornada escolar es una instancia previa
para la resolución efectiva del conflicto
escolar y acompañamiento a situaciones
convivenciales, amparada esta instancia
dentro de la Ley 1620 de 2013. Dentro de
las acciones preventivas que buscan sobre
todo mejorar el clima escolar y establecer
acciones pedagógicas para las dificultades
observadas, es pertinente recordar las
acciones derivadas directamente de acciones
que estén relacionadas con situaciones Tipo III
o faltas gravísimas, las cuales serán remitidas
directamente al comité de convivencia
institucional, donde tendrán lugar las
distintas acciones prescritas por el Manual
de convivencia.
Cabe aclarar, que hace parte del debido
proceso el seguimiento y el acompañamiento
a estas instancias que buscan garantizar
el debido proceso de los y las estudiantes,
realizando reporte a las entidades que
garantizan derechos fundamentales de
niños, niñas y adolescentes. (ICBF, Comisaría
de Familia, Sistema de Alertas Sed Bogotá
entre otras).
Por otra parte, desde orientación se hace
el acompañamiento desde el comité de
convivencia de jornada para hacer el apoyo
pertinente de las acciones que determinen una
posible afectación o vulneración de derechos
fundamentales en los que se haya presentado,
situaciones tipo 1 o tipo 2 descritas en la ley
1620 del 2013.
Igualmente cabe resaltar que las acciones
que se adelantan tendrán como objetivo
primordial la búsqueda del bien común,
el reconocimiento de las necesidades
individuales de los estudiantes y la promoción
de hábitos de vida saludable según lo
determina el decreto 1860 reglamentario de
la ley general de educación.
CÍRCULO DEL BUEN TRATO
Corresponde al Círculo del buen trato de cada
Jornada, orientar los procesos de encuentro
de la diversidad y propiciar la resolución de
conflictos y situaciones Tipo II, reforzando el
aprendizaje de habilidades de convivencia,
para que el estudiante encuentre alternativas
de solución prácticas para su vida. En
esta instancia el acudiente siempre estará
acompañando al estudiante.
El coordinador de convivencia y el director de
grupo remitirán al estudiante a este espacio
por medio de un acta que especifique el proceso
que se llevó a cabo. Este círculo del buen trato
estará conformado por: El coordinador (a) de
convivencia de primaria o bachillerato según
corresponda, el orientador del ciclo, líder de
convivencia del grupo Hermes y docentes de
la sección que según corresponda primaria
o secundaria. Las acciones pedagógicas y
restaurativas acordadas se formalizarán en
un acta de compromiso restaurativo, firmada
por el estudiante, acudiente, director de
curso, y el Coordinador de Convivencia, la
cual especificará los tiempos, responsables y
criterios de evaluación y cumplimiento.
Parágrafo: Cuando se convoca al acudiente
al círculo del buen trato, como representante
del menor, únicamente se aceptará la
persona responsable legalmente del mismo
y no podrán participar familiares, amigos u
otras personas que dificulten el desarrollo
de esta y la toma de decisiones. Se recuerda
que está prohibido grabar las reuniones sin
consentimiento de los presentes.
COMITÉ DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
El comité escolar de convivencia institucional,
en el ámbito de sus competencias,
desarrollará acciones para la promoción
y fortalecimiento de la formación para la
ciudadanía y el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos; para
la prevención y mitigación de la violencia
escolar y el embarazo en la adolescencia;
y para la atención de las situaciones que
afectan la convivencia escolar y el ejercicio
de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos a partir de la implementación,
desarrollo y aplicación de las estrategias y
programas trazados por el Comité Nacional
de Convivencia Escolar y por el respectivo
comité municipal, distrital o departamental
de convivencia escolar, dentro del respeto
absoluto de la Constitución y la ley.
El Comité de Convivencia Institucional es
la instancia que fomenta la armonía y la
convivencia en la Comunidad Educativa,
promueve actividades para fortalecer el
crecimiento en valores de los integrantes
de la institución Educativa, evalúa y media
los conflictos que se presenten dentro de la
Institución referente a situaciones Tipo III.
Fundamentos legales y conformación:
Según la resolución 1620 del 15 de marzo
de 2013 “Por la cual se crea el Sistema
Nacional de Convivencia escolar y
formación para el ejercicio de los derechos
humanos, la educación para la sexualidad
y la prevención y mitigación de la violencia
escolar” se determina la función del comité
de Convivencia.
Las siguientes estrategias son las que desde
el Comité de convivencia escolar se deben
implementar, siempre buscando reparar a las
partes afectadas con decisiones de carácter
pedagógico, disciplinario y/o legal según
la situación.
1. El comité de convivencia planteará
acciones pedagógicas (estas acciones
para los estudiantes con discapacidades
y trastornos se plantearán haciendo un
análisis de las condiciones particulares
del estudiante) y si es el caso la propuesta
de acciones restaurativas que el (a)
estudiante debe realizar. Los Miembros del
Comité de convivencia plantearán dichas
acciones, su metodología de trabajo, el
escenario de desarrollo, la evaluación
y el seguimiento de este. Es importante
definir las responsabilidades pedagógicas
que se deriven de las acciones que se
plantean como alternativas de solución y
es necesario vincular en dichas acciones,
además de los Miembros del Comité de
convivencia, a los Padres, Madres de
Familia y/o Tutores Legales, a los (as)
Directores de curso, a los (as) Docentes
inmersos en el *proceso pedagógico
del (a) estudiante y a las entidades
externas que puedan brindar apoyo
psicosocial y pedagógico, tales como:
O.N.G. Fundaciones, comisaria de Familia,
Hospital Pablo VI, ICBF entre otras.
2. El Comité de Convivencia sugiere al
(a) Rector (a) colocar matricula en
observación y monitoreo con remisión a
orientación escolar, con el propósito de
establecer acciones pedagógicas para el
(a) estudiante y compromisos específicos
para el Padre, Madre de Familia y/o Tutor
Legal del mismo, que permitan brindar un
espacio personal y familiar en beneficio
del desarrollo cognitivo, socio-afectivo y
físico – creativo en el entorno familiar del
(a) estudiante; garantizándole el derecho
a la educación.
3. El Comité de Convivencia sugiere al
Consejo Directivo la cancelación definitiva
de matrícula para el año escolar siguiente,
con remisión a Orientación Escolar,
con el propósito de establecer acciones
pedagógicas para el (a) estudiante y
compromisos específicos para el Padre,
Madre de Familia y/o Tutor Legal del
mismo, que permitan brindar un espacio
personal y familiar en beneficio del
desarrollo cognitivo, socioafectivo y físico
– creativo, en el entorno familiar del (a)
estudiante. Garantizando el derecho a la
educación del (a) estudiante.
4. El comité de convivencia sugiere al
Consejo Directivo la cancelación definitiva
de matrícula a partir de la fecha.
Garantizando el derecho a la educación
del (a) estudiante, el (a) Rector (a) del
Colegio gestionará ante la Dirección Local
de Educación el cupo en otro ambiente
de aprendizaje.
5. El (a) Rector (a) como presidente el
Comité Escolar de Convivencia reportará
la información del caso al aplicativo que
para el efecto se haya implementado en el
Sistema Unificado de Convivencia Escolar,
además de lo anterior y por tratarse de la
presunción de un delito, el (a) Rector (a)
debe realizar las respectivas denuncias
ante las autoridades competentes, más
los protocolos contenidos en el Art 44.
Decreto 1965 de 2013
Parágrafo 1: Para garantizar el debido
proceso, todas las anotaciones realizadas en
el Observador del (a) estudiante (formato o
acta) deben ser claras y precisas, indicando
la fecha, el artículo de la falta que se cometió,
describir la situación convivencial presentada,
el proceso pedagógico llevado a cabo, el
nombre y firma del (a) Docente que registra,
y la firma del (a) estudiante; para que este, si
lo considera necesario tenga la posibilidad,
de registrar sus descargos, puntos de vista,
relato de los hechos, compromisos firmados,
entre otros.
Parágrafo 2: Ante situaciones convivenciales
los directores (as) de curso desarrollarán
estrategias pedagógicas complementarias
a nivel individual, grupal y/o familiar que
permitan la reflexión e interiorización por
parte del niño (a) frente a las conductas,
comportamientos y/o actitudes que
favorezcan un ambiente adecuado y una sana
convivencia en la Institución Educativa.
CONFORMACIÓN
Harán parte Integral del comité de Convivencia:
1. El rector del establecimiento educativo,
quien preside el comité
2. El personero estudiantil
3. El docente con función de orientación
4. El coordinador cuando exista este cargo
5. El presidente del consejo de padres
de familia
6. El presidente del consejo de estudiantes
Un docente que lidere procesos o estrategias
de convivencia escolar de cada jornada.
Parágrafo: El comité podrá invitar con voz,
pero sin voto a un miembro de la comunidad
educativa conocedor de los hechos, con el
propósito de ampliar información.
FUNCIONES
a. Identificar, documentar, analizar y
resolver los conflictos que se presenten
entre docentes y estudiantes, directivos
y estudiantes, entre estudiantes y
entre docentes.
b. Liderar en los establecimientos
educativos acciones que fomenten
la convivencia, la construcción de
ciudadanía, el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos y la
prevención y mitigación de la violencia
escolar entre los miembros de la
comunidad educativa.
c. Promover la vinculación de los
establecimientos educativos a
estrategias, programas y actividades
de convivencia y construcción de
ciudadanía que se adelanten en la región
y que respondan a las necesidades de
su comunidad educativa.
d. Convocar a un espacio de conciliación
para la resolución de situaciones
conflictivas que afecten la convivencia
escolar, por solicitud de cualquiera
de los miembros de la comunidad
educativa o de oficio cuando se estime
conveniente en procura de evitar
perjuicios irremediables a los miembros
de la comunidad educativa. El estudiante
estará acompañado por el padre, madre
de familia, acudiente o un compañero
del establecimiento educativo.
e. Activar la Ruta de Atención Integral
para la Convivencia Escolar definida
en el artículo 29 de esta ley, frente a
situaciones específicas de conflicto, de
acosos escolar. Frente a las conductas
de alto riesgo de violencia escolar o
de vulneración de derechos sexuales
y reproductivos que no pueden ser
resueltos por este comité de acuerdo
con lo establecido en el Manual de
Convivencia, porque trasciende
del ámbito escolar, y revistan las
características de la comisión de
una conducta punible, razón por la
cual deben ser atendidos por otras
instancias o autoridades que hacen
parte de la estructura del Sistema y de
la Ruta.
f. Liderar el desarrollo de estrategias e
instrumentos destinados a promover
y evaluar la convivencia escolar, el
ejercicio de los derechos humanos
sexuales y reproductivos.
g. Hacer seguimiento al cumplimiento
de las disposiciones establecidas en
el Manual de Convivencia y presentar
informes a la respectiva instancia que
hace parte de la estructura del Sistema
Nacional de Convivencia Escolar y
formación para los derechos humanos,
la Educación para la Sexualidad y la
Prevención y Mitigación de la Violencia
Escolar, de los casos o situaciones que
haya conocido el comité.
h. Proponer, analizar y viabilizar
estrategias pedagógicas que permitan
la flexibilización del modelo pedagógico
y la articulación de diferentes áreas de
estudio que lean el contexto educativo
y su pertinencia en la comunidad para
determinar más y mejores maneras
de relacionarse en la construcción de
la ciudadanía.
Parágrafo: Este comité debe darse su
propio reglamento, el cual debe abarcar lo
correspondiente a sesiones, y demás aspectos
procedimentales, como aquellos relacionados
con la elección y permanencia en el comité
del docente que lidere procesos o estrategias
de convivencia escolar.
REGLAMENTO COMITÉ DE
CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
1. El comité escolar de convivencia sesionará
como mínimo una vez cada dos (2) meses
o en sesiones extraordinarias convocadas
por el presidente del comité escolar de
convivencia, cuando las circunstancias lo
exijan o• por solicitud de cualquiera de los
integrantes de este.
2. El quorum decisorio que se adoptará
para la resolución de este comité será
de la mitad más uno de sus miembros
en concordancia con el artículo 24 del
decreto reglamentario 1965 de 2013
3. Los casos que se remitan al comité de
convivencia institucional deben ser
presentados con los respectivos soportes
por los coordinadores de convivencia
para ser socializados.
4. Las convocatorias que realice el comité de
convivencia a las personas involucradas
en el conflicto se deben realizar a través
de citaciones formales con el membrete
del colegio y con firma de recibido.
5. Los miembros del Comité de Convivencia
serán elegidos producto de las elecciones
del gobierno escolar de cada año lectivo.
6. La permanencia de los miembros del
comité de convivencia será por un periodo
de un año hasta nuevas elecciones de
gobierno escolar.
7. El comité de convivencia no podrá sesionar
sin la presencia del rector de la institución
según lo estipulado en el artículo 18
numeral 1 de la ley 1620 de 2013.
8. Las sesiones del presente comité en
relación con casos de violencia escolar
no podrán sesionar sin la presencia del
o los estudiantes involucrados en los
hechos, quienes deberán asistir con el
adulto que hiciere las veces de acudiente
o padre de familia de los menores en
aras de garantizar el debido proceso y la
no vulneración de los derechos según lo
contenido en la ley 1098 del 2002.
9. . De todas las sesiones que adelante el
comité escolar de convivencia se deberá
elaborar un acta, la cual deberá contener
como mínimo los requisitos establecidos
en el artículo 10 del presente Decreto.
10. El comité escolar de convivencia deberá
garantizar el derecho a la intimidad y a la
confidencialidad de los datos personales
que sean tratados en el marco de las
actuaciones que éste adelante, conforme
a lo dispuesto en la constitución política,
los tratados internacionales, en la ley
1098 de 2006, en la ley estatutaria 1581 de
2012, en el decreto 1377 de 2013 y demás
normas aplicables a la materia.
11. Conflictos de Interés y causales de
impedimento y recusación. Cuando en las
actuaciones adelantadas por parte de los
comités escolares de convivencia de los
establecimientos educativos oficiales se
presenten conflictos de interés o causales
de impedimento o recusación, respecto
de los integrantes que ostenten la calidad
de servidores públicos, los mismos se
tramitarán conforme a lo establecido en
el artículo 11 y 12 de la ley 1437 de 2011.
12. Al finalizar cada año lectivo el comité
de convivencia institucional se reunirá en
pleno con el fin de presentar un informe
final de su accionar a los miembros de la
comunidad educativa inmerso dentro del
programa de rendición de cuentas para el
año siguiente.
ACCIONES QUE PERMITEN VISIBILIZAR EL TRABAJO
DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
▶ Socialización de los casos atendidos en
las reuniones de grado con los docentes.
▶ Generación de estrategias de prevención
de violencias que serán abordadas desde
las direcciones de grupo.
▶ Publicidad de prevención y mitigación de
la violencia escolar.
▶ Rendición de cuentas del comité
de convivencia institucional a la
comunidad educativa.
▶ Organización de talleres de padres como
acciones de prevención de violencias.
▶ Actividades institucionales de
sensibilización de violencia escolar
apoyadas por entidades externas.
▶ Liderar el proyecto de justicia
escolar restaurativa.
ACCIONES PARA LA PREVENCIÓN DE TODA
FORMA DE MALTRATO Y DISCRIMINACIÓN
▶ En el marco de la prevención contra toda
forma de maltrato y discriminación y
de acuerdo con la ley 1482 de 2011, se
seguirán las siguientes acciones:
▶ Fomentar la calidad educativa
con igualdad de oportunidades
y posibilidades.
▶ Fomentar la participación, la solidaridad
y cooperación entre docentes,
familias y estudiantes (aprendizaje y
enseñanza colaborativa).
▶ Facilitar las interacciones entre los
estudiantes desde la interculturalidad
y el fomento de la participación sin
exclusiones en todos ambientes escolares
de aprendizaje.
▶ Fortalecer la autoestima e identidad
de estudiantes, con especial atención
en aquellos que pertenecen a
grupos tradicionalmente excluidos
o discriminados.
▶ Realizar acciones tendientes a eliminar
estereotipos que vulneren el libre ejercicio
de los derechos y la inclusión social.
▶ Socializar y reflexionar con toda la
comunidad educativa la Ley 1482 de 2011
▶ Diseñar actividades que puedan servir
para fomentar la creación de espacios de
encuentro y comunicación.
▶ Establecer procedimientos de denuncia
transparentes, eficientes y justos ante
situaciones de discriminación en el
ámbito educativo.
▶ Elaborar y difundir mensajes
antidiscriminatorios a través de
campañas de sensibilización,
comunicación, formación, etc., desde
una perspectiva intercultural.
▶ Promover en el colegio, actos, foros,
debates presenciales sobre las
dificultades, oportunidades, estrategias
de integración de las minorías.
▶ Llevar a cabo investigaciones que
profundicen en esta línea y aporten datos
explicativos en este sentido.
▶ Plantear propuestas de formación
permanente para los docentes
en Interculturalidad
RECTORÍA
Como líder de la convivencia institucional,
el rector debe ser formador de ciudadanas
y ciudadanos comprometidos crítica y
activamente con su época y mundo, debe
poner en escena el aprendizaje y la práctica
de valores democráticos: la promoción
de la solidaridad, la paz, la justicia, la
responsabilidad individual y social. El rector, y
mediante resolución, impondrán las acciones
pedagógicas y/o reparadoras contempladas
en el presente manual de convivencia.
CONSEJO DIRECTIVO
Si la situación anómala persiste a pesar del
proceso implementado, el Coordinador y el
director de grupo presentarán un informe
detallado de la situación del estudiante
al Consejo Directivo especificando las
estrategias utilizadas y los resultados de
éstas. El Consejo determinará las acciones
a seguir.
(Art. 96 de la Ley 115 de 1994–El reglamento
interno de la institución educativa establecerá
las condiciones de permanencia del
estudiante en el plantel y el procedimiento en
caso de exclusión).

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 64-70.

Capítulo X · páginas 71-73

Acceso y permanencia de los estudiantes

Artículo 41. Asistencia Y Permanen · Artículo 42. Ingreso A La Institució

En caso de que se presenten inasistencias
de los estudiantes a la institución educativa
se aplicará el siguiente procedimiento
basados en la Resolución 1740 de 2009 y en
la corresponsabilidad:
1. Ante la ausencia injustificada del
estudiante durante un día o más al colegio,
el director de curso se comunicará
con el padre o representante legal del
menor para establecer las causas de la
inasistencia y procurar el regreso del
estudiante al colegio a la mayor brevedad
posible. (siempre y cuando haya
disponibilidad de línea telefónica en caso
contrario será citado el acudiente a la
institución para la verificación del motivo
de inasistencia).
2. Si el estudiante presenta ausencias
injustificadas tanto constantes como
esporádicas el director de grupo citará
al acudiente y establecerá acuerdos que
garanticen la permanencia del estudiante
en la institución a través de acta.
3. En caso de que las inasistencias del
estudiante persistan se remitirá el caso
a coordinación de Convivencia y a
orientación quienes citarán al respectivo
acudiente y nuevamente establecerán
compromisos y la identificación de las
ARTÍCULO 41. ASISTENCIA Y PERMANEN
INSTITUCIÓN
1. Toda salida del plantel por parte de
los estudiantes debe ser tramitada
con anterioridad y autorizada por el
coordinador. El estudiante solamente
saldrá acompañado por un acudiente
mayor de edad, autorizado por
padres o representante legal, el cual
obligatoriamente debe presentar
fotocopia de la cédula y diligenciar el
respectivo formato (Se aclara que en
la salida del menor se verificará que
causas por las cuales se están vulnerando
los derechos a la educación.
4. Al continuar las inasistencias a la
institución por parte del estudiante luego
de los compromisos, se configura la
deserción escolar y el acudiente será
citado por el comité de convivencia de
jornada para revisar el caso y tomar las
medidas legales que correspondan. Se
podrá citar al acudiente hasta tres (3)
veces, de lo cual se dejará constancia
escrita. En esta reunión se establecerán
las causas de la deserción, se definirán
las acciones y compromisos del colegio,
los padres y el estudiante de acuerdo con
lo establecido en esta resolución, en el
manual de convivencia y demás normas
en la materia. De esta reunión se levantará
la respectiva acta.
5. En caso de inasistencia de los acudientes
a la reunión citada por rectoría o del
incumplimiento de los compromisos
pactados, se dejará constancia mediante
acta firmada por el rector del colegio,
el director de grupo, el coordinador de
convivencia y el orientador; el colegio
deberá remitir el caso a la defensoría
o comisaría de familia según sus
competencias. Lo actuado se comunicará
a la Dirección Local de Educación y al
Sistema de alertas.
NCIA DE LOS ESTUDIANTES EN LA
no existan impedimentos de custodia
o patria potestad, ya que se actuará
en consecuencia).
2. Los permisos para ausentarse a las clases
se deben tramitar por el estudiante y
sus padres o acudientes, con el debido
formato y fotocopia de la cédula del
acudiente, para que sean autorizados por
coordinación. El estudiante tendrá tres (3)
días hábiles después de reintegrarse a las
labores escolares, para presentar a los
docentes la justificación de la inasistencia
firmada por coordinación en el respectivo
formato institucional.
3. No se autorizará ninguna salida del
estudiante fuera de la institución si
es a través de vía telefónica, siempre
debe asistir un adulto responsable con
fotocopia de la cédula.
4. Cuando el estudiante falte a la institución
por enfermedad o cualquier otra razón,
deberá presentar en la siguiente clase ante
los docentes respectivos, la justificación
firmada por los acudientes en el
respectivo formato institucional y con
el sello de coordinación de convivencia
o académica.
5. Cuando el colegio programe salidas
pedagógicas es requisito indispensable
para que el estudiante pueda asistir, la
autorización debidamente firmada por
los padres y/o acudientes, junto con
documentos personales como copia de la
tarjeta de identidad o cédula y copia del
carné de la EPS o afiliación a la misma.
Parágrafo 1. De acuerdo con la resolución
1432 del 31 de julio de 2024, en su artículo
34, Procedimiento para garantizar la
permanencia escolar y asegurar la
trayectoria educativa completa del estudiante
que está en riesgo de deserción. Con el fin
de garantizar la permanencia escolar en las
IED, se seguirá el procedimiento previsto para
favorecer el acceso y la permanencia escolar,
descrito a continuación:
1. Las familias o acudientes informarán al
rector(a), orientador(a), o la persona
delegada por la IED, sobre los cambios
de comportamiento de su hija o hijo que
puedan poner en riesgo la continuidad
de sus estudios, con el fin de activar un
proceso de acompañamiento individual.
2. El director(a) de grupo, el docente
orientador(a), o quien haya designado
el rector(a), generará las acciones
necesarias, en los casos en que se
evidencie riesgo de deserción, y se
comunicará con las familias o acudientes
para analizar el caso y activar un proceso
de acompañamiento individual.
3. La IED, las familias o acudientes y el
estudiante, establecerán acuerdos
y compromisos, los cuales incluirán
acciones de prevención, según el caso
(apoyos psicopedagógicos, estrategias de
permanencia escolar, acompañamiento
especial a familias o acudientes, activación
de los protocolos de atención integral para
la convivencia escolar, entre otros).
4. La IED monitoreará el proceso educativo
de cada estudiante para verificar sus
avances, y en conjunto con las familias o
acudientes, acompañarán lo necesario
para que alcance su permanencia escolar,
realizando los respectivos registros en el
Sistema de Alertas Tempranas de la SED
y en el SIMPADE. De igual manera, la IED
deberá dejar constancia en la carpeta
del estudiante de las comunicaciones
realizadas a las familias o acudientes,
ante las alertas generadas.
5. Si el estudiante no ha regresado a la IED
y ha sido necesario realizar el retiro, que
culmina con la novedad correspondiente
en SIMAT, la Dirección de Cobertura
aplicará las acciones o estrategias
correspondientes para localizar al
estudiante y lograr su retorno al sistema
educativo oficial (cruces de bases
de datos, focalización de territorios,
búsqueda activa “casa a casa”) o el reporte
a las autoridades competentes para
lo pertinente.
6. Las IED deberán ofrecer a los estudiantes
asignados durante la vigencia,
las estrategias que garanticen su
formalización, nivelación y permanencia
en las IED.
Parágrafo 2. De acuerdo con la resolución
1432 del 31 de julio de 2024, en su artículo 35,
terminación de la matrícula. La institución
educativa realizará el retiro del estudiante
en el SIMAT y caracterizará en el SIMPADE
el motivo del retiro, conservando los
soportes documentales y de acuerdo con
lo establecido en el art. 19 de la resolución
005862 del 2024 del MEN así, cuando, “III. El
estudiante haya excedido 30 días calendario
de inasistencia continúa al establecimiento
ARTÍCULO 42. INGRESO A LA INSTITUCIÓ
La admisión es el acto por el cual el Colegio
matricula a la población estudiantil, que
voluntariamente realizó la solicitud de cupo
a través de los diferentes medios que la
Secretaría de Educación dispone para tal
fin, y quienes, de acuerdo con los requisitos
establecidos por la Resolución anual de
matrículas emitida por la Secretaría de
Educación del Distrito, pueden acceder al
cupo requerido. Para todo efecto la institución
se regirá para la inscripción, continuidad y
traslados a otras instituciones oficiales por
la Resolución 1203 del 30 de junio de 2015
“Por la cual se establece el proceso de gestión
de la cobertura 2015 — 2016 en los niveles
de preescolar, básica y media del Sistema
Educativo Oficial de Bogotá”
La admisión de los (as) estudiantes
está sometida al cumplimiento de los
siguientes requisitos:
1. Haber realizado la solicitud del cupo,
realizando la inscripción a través de la
página WEB de la Secretaría de Educación
del Distrito (www.educacionbogota.
edu.co), en las Direcciones Locales de
Educación, en los colegios distritales o
en los lugares designados para tal fin por
la Secretaría de Educación del Distrito
durante los plazos estipulados en la
Resolución de Matrículas del año lectivo.
2. Una vez haya sido asignado el cupo el
Padre, Madre de Familia y/o Tutor Legal
debe presentarse a la institución durante
los 5 días siguientes, con la documentación
requerida para realizar la matrícula, de
acuerdo con las fechas estipuladas en
la Resolución de Matrículas del año. Si el
educativo sin justificación. Esto, sin perjuicio
de lo establecido en el sistema institucional
de evaluación…”.
ÓN EDUCATIVA
padre de familia o acudiente no formaliza
la matrícula en el colegio asignado, en el
lapso de cinco (5) días hábiles a partir
de la fecha de asignación, se asumirá
que no está interesado en el cupo. En
consecuencia, la SED podrá liberar el cupo
y reasignarlo.
Parágrafo 1. Las únicas personas autorizadas
para realizar el proceso de matrícula son los
Padres, Madres de Familia y/o Tutores Legales
del (a) estudiante.
Parágrafo 2. Para el proceso de inscripción
y asignación de cupo se tomará como
referencia los 3 años cumplidos o por cumplir
hasta el 31 de marzo de 2017.
No obstante, teniendo en cuenta lo dispuesto
en Decreto Nacional 1075 de 2015 y la
sentencia del Consejo de Estado, Sección
Primera, expediente 2005-00086, la edad
no es el único criterio para el ingreso a un
determinado grado escolar, pues también
deben ser evaluados el desarrollo personal,
factores regionales, culturales y étnicos.
De igual forma, una vez se cumpla la edad
mínima requerida, la solicitud de cupo,
se podrá realizar en cualquier época del
año escolar, en la respectiva Dirección
Local de Educación, la asignación se hará
de manera inmediata de acuerdo con la
disponibilidad de cupo en las Instituciones
Educativas Distritales.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 71-73.

Capítulo XI · páginas 74-76

Del sistema de información y comunicación

Artículo 43. Funciones Y Características De La Información · Artículo 44. Información Y Responsabilidad · Artículo 45. Calidad Y Suficiencia De La Información. · Artículo 46. Sistemas De Información. · Artículo 47. Comunicación Interna · Artículo 48. Comunicación Externa · Artículo 49. Canales De Comunicac · Artículo 50. Flexibilidad Al Cambio · Artículo 51. Archivo Institucional

El componente de información y En el Colegio Alfonso López Michelsen IED,
comunicación comprende los métodos el sistema de información y comunicación
y medios institucionales que, de manera integra los procedimientos, herramientas
sistemática y permanente, garantizan un flujo y canales que permiten el intercambio
oportuno, claro y confiable de la información constante de información entre los miembros
en todas las direcciones. Este proceso facilita el de la comunidad educativa (nivel interno) y
cumplimiento eficaz de las responsabilidades con las entidades del entorno (nivel externo),
individuales y colectivas, fortaleciendo la conforme a lo establecido en la Resolución de
gestión y la transparencia institucional. Contraloría Nº 320-2006-CG.
ARTÍCULO 43. FUNCIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LA INFORMACIÓN
La información es resultado de las actividades oportunidad y utilidad con la finalidad que el
pedagógicas, operativas, financieras y de usuario disponga de elementos esenciales
control provenientes del interior o exterior en la ejecución de sus tareas operativas o de
de la institución. Transmite una situación gestión ya sean pedagógicas, académicas
existente en un determinado momento o administrativas.
reuniendo las características de confiabilidad,
ARTÍCULO 44. INFORMACIÓN Y RESPONSABILIDAD
La Información debe permitir a los identificados, seleccionados, registrados,
funcionarios y servidores públicos cumplir estructurados en información y comunicados
con sus obligaciones y responsabilidades. en tiempo y forma oportuna.
Los datos pertinentes deben ser captados,
ARTÍCULO 45. CALIDAD Y SUFICIENCIA DE LA INFORMACIÓN.
Existen docentes titulares o funcionarios mecanismos necesarios que aseguren las
designados para asegurar la confiabilidad, características con las que debe contar toda
calidad, suficiencia, pertinencia y oportunidad información útil como parte del sistema de
de la información que se genere y comunique. control Interno.
Para ello, se diseñan, evalúan e implementan
ARTÍCULO 46. SISTEMAS DE INFORMACIÓN.
Los sistemas de información diseñados e La página web tiene diseño claro y atractivo,
implementados por la institución constituyen su navegación es intuitiva y fácil de navegar,
un instrumento para el establecimiento de las organiza la información de manera lógica. Su
estrategias organizacionales, promoviendo información se mantiene actualizada, lo cual
el logro de los objetivos y las metas. Este se incluye eventos, horarios, noticias y cualquier
ajusta a las características, necesidades otra información relevante. Es importante
y naturaleza de la institución. De este
aclarar que por este medio también se
modo, el sistema de información provee la
da a conocer la transparencia en la toma
comunicación como insumo para la toma
de decisiones.
de decisiones, facilitando y garantizando la
transparencia en la rendición de cuentas.
El colegio Alfonso López Michelsen cuenta con
los siguientes medios de comunicación:
Página web: https://alfonsolopezmichelsen.
wordpress.com/ ,
Red social: Facebook: IED Alfonso López
Michelsen
ARTÍCULO 47. COMUNICACIÓN INTERNA
La comunicación interna comprende el flujo
de mensajes que circulan dentro de la red de
relaciones interdependientes de la institución,
y que se transmite de manera descendente,
ascendente y transversal a través de su
estructura organizacional. Su propósito es
garantizar la claridad, coherencia y eficacia
en la transmisión de la información, además
de servir como instrumento de control,
motivación y expresión de los miembros de la
comunidad educativa.
En el Colegio Alfonso López Michelsen IED, la
comunicación interna se desarrolla mediante
ARTÍCULO 48. COMUNICACIÓN EXTERNA
La comunicación externa de la institución
educativa debe orientarse a asegurar
que el flujo de mensajes e intercambio de
información con los usuarios y ciudadanía
en general se lleve a cabo de manera segura,
correcta y oportuna, generando confianza
ARTÍCULO 49. CANALES DE COMUNICAC
Los canales de comunicación son los medios
establecidos por la institución para garantizar
la difusión oportuna, clara y eficaz de la
información, de acuerdo con sus necesidades
organizacionales. Estos contemplan
mecanismos formales e informales,
multidireccionales y multimodales, que
aseguran que los mensajes lleguen a cada
destinatario con la calidad, cantidad y
puntualidad necesarias para el adecuado
desarrollo de los procesos, actividades y
tareas institucionales.
Correo electrónico: colalfonsolopezmiche@
educacionbogota.edu.co
INSTAGRAM: “entrelazados2_0”
Periódico mural: Al interior de la institución
Emisora escolar
diversos medios institucionales, entre ellos:
circulares dirigidas a padres y estudiantes,
memorandos internos, comunicados a
docentes, carteleras informativas, agenda
semanal del personal docente, correos
electrónicos, periódico escolar, emisora
escolar, página web institucional y redes
digitales entre docentes, entre otros.
Estos canales aseguran un flujo permanente
y oportuno de información que fortalece
la gestión académica, administrativa
y la participación activa de toda la
comunidad educativa.
e imagen positiva a la entidad. Se utiliza
para ello circulares, publicaciones en la
web institucional, reuniones de padres de
familia, boletines, canales de WhatsApp
(comunicación unidireccional), redes sociales
institucionales, digitales entre otros.
En el Colegio Alfonso López Michelsen
IED, los canales de comunicación con la
comunidad educativa incluyen la emisora
escolar, la agenda semanal, las carteleras,
el periódico mural y el periódico virtual.
Asimismo, se promueven espacios de diálogo
y participación como las reuniones de
grado, atención a padres, reuniones de área,
escuelas de padres y la entrega de informes
académicos, que fortalecen la comunicación
y la integración entre todos los estamentos de
la comunidad educativa.
ARTÍCULO 50. FLEXIBILIDAD AL CAMBIO
Los sistemas de información institucional se
revisan de manera periódica para garantizar
su efectividad y pertinencia. Cuando se
detecten deficiencias en sus procesos o
productos, se procederá a su rediseño
y ajuste.
ARTÍCULO 51. ARCHIVO INSTITUCIONAL
El titular o funcionario designado debe
establecer y aplicar políticas y procedimientos
de archivo adecuados, atendiendo los
respectivos protocolos para la preservación
y conservación de los documentos e
información, de acuerdo con su utilidad o
Asimismo, cuando la institución modifique
sus objetivos, metas, estrategias, políticas
o programas de trabajo, se evaluará el
impacto de dichos cambios en los sistemas de
información, con el fin de adoptar las acciones
necesarias que aseguren su alineación con la
gestión institucional y la mejora continua.
con requerimientos técnicos o jurídicos.
Estos incluyen informes, registros contables,
administrativos y de gestión pedagógica,
entre otros, así como las fuentes de sustento
que deberán presentarse anualmente.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 74-76.

Capítulo XII · páginas 77-79

De la prestación del servicio

Artículo 52. Matrícula · Artículo 53. Horarios · Artículo 54. Inscripción En El Sistem · Artículo 55. Continuidad Y Traslad · Artículo 2. 3.3.2.2.1.10 Del Decreto Nacional · Artículo 13. 2

ARTÍCULO 52. MATRÍCULA
QUÉ ES LA MATRÍCULA.
La matrícula es el contrato renovable cada año,
que se legaliza con la firma del (a) estudiante
y del Padre, Madre de Familia y/o Tutor Legal,
que es quien asume el cumplimiento de las
obligaciones que ello conlleva. Dicho contrato
puede cancelarse por decisión voluntaria del
Padre, Madre de Familia y/o Tutor Legal o
por determinación del Colegio respetando y
cumpliendo el debido proceso.
Parágrafo 1. La cancelación de la matrícula
y/o retiro definitivo del (a) estudiante
únicamente la podrán realizar el Padre,
Madre de familia y/o Tutores Legales del
mismo (quienes hayan firmado el contrato
de matrícula).
DOCUMENTOS REQUERIDOS.
▶ La documentación requerida para
realizar la matrícula del (a) estudiante
en la institución es la siguiente:
▶ Registro civil de nacimiento con el
número de identificación personal NIP
y/o NUIP para todos los (as) estudiantes.
▶ Tarjeta de Identidad para todos los (as)
estudiantes mayores de 7 años.
▶ Último informe académico del año
anterior, donde se especifique que el
(a) estudiante fue promovido al grado
ARTÍCULO 53. HORARIOS
Durante el proceso de matrícula el horario
de atención en las instituciones educativas
oficiales a padres, madres de familia y/o
ARTÍCULO 54. INSCRIPCIÓN EN EL SISTEM
Si al consultar al estudiante en la página
web de la SED no se encuentra registro en
el sistema, debe acercarse a la institución
educativa y solicitar la confirmación del
número de identificación del estudiante con el
siguiente, o en su defecto el certificado
original del último año aprobado.
▶ Certificado de vacunas al día.
▶ 2 fotografías recientes de tamaño 3 x
4 cm.
▶ Fotocopia del carné de la EPS o IPS a la
que pertenezca.
▶ Certificados de estudios originales de los
años anteriores (para bachillerato).
▶ Fotocopia de un recibo de servicio público
del lugar donde vive el menor.
▶ Fotocopia de las cédulas de ciudadanía de
los Padres y/o Tutores Legales del menor.
▶ Para población desplazada presentar
fotocopia de la carta expedida por la
respectiva entidad.
▶ Para población con discapacidad
presentar el diagnóstico emitido por la
Entidad médica competente.
▶ 1 acetato trasparente tamaño
oficio. (bolsa).
Parágrafo: Es responsabilidad del Padre,
Madre de Familia y/o Tutor Legal presentar el
certificado médico expedido por una entidad
autorizada, en caso de que el (a) estudiante
presente enfermedades que impidan su
normal desarrollo.
tutores legales será publicada en un lugar
visible de la institución. (Horario habitual
martes y jueves de 8:30 am a 12:00 pm)
MA
cual está reportado en el sistema de matrícula
de la SED y realizar nuevamente la consulta;
en caso de que el documento de identidad no
se encuentre actualizado, el padre de familia
o acudiente deberá solicitar la respectiva
actualización en la institución educativa.
Parágrafo: Para el caso de estudiantes
reconocidos como víctimas, el padre de
familia o acudiente registrado en el sistema
ARTÍCULO 55. CONTINUIDAD Y TRASLAD
De acuerdo con la Resolución Vigente se
deberán seguir los siguientes lineamientos:
Renovación de matrícula y continuidad de
estudiantes antiguos. La SED a través de la
Dirección de Cobertura asignará de manera
automática en el Sistema de Información de
Matrícula un cupo escolar a los estudiantes
antiguos con el fin de garantizar su
continuidad educativa. La renovación de
matrícula debe formalizarse por parte de los
padres de familia o acudientes en la respectiva
Institución Educativa Distrital según las fechas
establecidas en el cronograma.
Parágrafo 1. Cuando una IED determine que
un estudiante no puede ser promovido al
grado siguiente, y éste pierda por segunda vez
consecutiva el año escolar, el establecimiento
educativo y la D.L.E deberán realizar la
coordinación necesaria para garantizarle
en todo caso la continuidad de su proceso
educativo en otro colegio. De acuerdo con el
artículo 2.3.3.2.2.1.10 del Decreto Nacional
1075 de 2015 en el nivel de educación
preescolar no se reprueban grados.
Parágrafo 2. Cuando se vea afectada la
continuidad de los estudiantes en el grado
siguiente, las D.L.E. establecerán acuerdos
de continuidad entre las IED con el fin de
garantizar la permanencia educativa de
dicha población.
Actualización de datos.
Entre las responsabilidades de los Padres,
Madres de Familia y/o Tutores Legales
definidas en la normatividad vigente está la de
informar a la institución educativa en relación
con cambio de lugar de residencia, cambio
en el número de identificación, entre otros;
por lo tanto, deben acercarse a la institución
de información de matrícula de la SED debe
acercarse únicamente a la IED o a la Dirección
Local de Educación para consultar el estado
del estudiante.
DOS EN EL SISTEMA EDUCATIVO DISTRITAL
educativa para realizar este proceso, bien sea
con los (as) coordinadores (as), con los (as)
directores (as) de curso o con la secretaria de
la institución.
FORMALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA DE
ESTUDIANTES MIGRANTES
En el proceso de formalización de la matrícula
de estos estudiantes y de acuerdo con lo
establecido en el “Instructivo para el acceso a
la educación preescolar básica y media de la
población venezolana” de la Circular conjunta
No 16 de 2018, la copia del documento que se
solicita para efectuar el registro de “tipo de
identificación” en el SIMAT, deberá ser:
a. PEP (Permiso especial de permanencia),
si el estudiante posee este documento y
se encuentra vigente.
b. CE (Cédula de extranjería), si el
estudiante posee este documento a su
nombre y se encuentra vigente.
c. NES (Número establecido por la
secretaria), si el estudiante no tiene
ningún tipo de identificación válido
en Colombia.
Si bien al efectuar el registro de un estudiante
extranjero en el SIMAT, el sistema valida
los distintos tipos de documentos, entre los
que se encuentra además del PEP y la CE, la
tarjeta de movilidad fronteriza – TFM, éste no
es un documento válido en Bogotá por lo que
se debe registrar al estudiante con NES. De
igual manera si el estudiante posee una visa
vigente, se podrá incluir con este documento
en caso contrario se registrará con NES.
Es necesario aclarar que la cédula
venezolana es el documento que identifica a
los ciudadanos venezolanos en su país y es
expedida por las autoridades venezolanas,
por ello no se debe confundir con la cédula de
extranjería. Con esta aclaración es importante
que las IED, depuren la información de los
estudiantes permitiendo tener datos más
confiables para los procesos de planeación y
toma de decisiones.
Por otra parte, se insiste en que se debe
informar a los padres de familia o acudientes
y dejar constancia por escrito, sobre la
necesidad que el estudiante cuente con los
documentos legales que le permitan tener una
condición migratoria regular en Colombia,
como lo establece el parágrafo 1, artículo 33
de la Resolución de Matrícula 1760 de 2019,
en consonancia con la circular Conjunta No
16 de 2018.
Es importante tener en cuenta que la
Resolución 1238 de 2018, en su artículo 13.2
verificación y actualización administrativas”
incluyó específicamente para el sector
educativo el parágrafo 2. Sobre los reportes
educativos (Educación básica y secundaria),
determinado que aunque el niño, niña o
adolescente no cuente con el permiso o
visado que le autorice permanencia regular
en Colombia, las instituciones educativas
de educación básica y secundaria podrán
permitir su matrícula sin que de ellos
se derive una actuación administrativa,
siempre y cuando realicen el reporte a
través de la Plataforma Virtual SIRE, en los
términos previstos.
Estudiantes Extra-edad:
La extra-edad es el desfase entre la edad y
el grado y ocurre cuando un niño o joven
tiene dos o tres años más, por encima de la
edad promedio, esperada para cursar un
determinado grado. Lo anterior, teniendo
como base que la Ley General de Educación
ha planteado que la educación es obligatoria
entre los 5 y 15 años, de transición a noveno
grado y que el grado de preescolar obligatorio
(transición) lo cursan los niños entre 5 y 6
años de edad. Por ejemplo, un estudiante de
segundo grado debe tener entre 7 y 8 años
de edad, si tiene entre 10 o más años, es un
estudiante en extra edad.
No obstante, los estudiantes que se
encuentren cursando programas de acuerdo
con disposiciones anteriores, podrán
continuar bajo dichas condiciones, hasta su
culminación, excepto que, de acuerdo con el
proyecto educativo institucional, su transición
no ocasione mayores traumatismos en su
proceso formativo.
Un estudiante que, cumpliendo mayoría
de edad, continúe dentro de su proceso
educativo, deberá asumir las normas y
disposiciones establecidas en el presente
Manual de Convivencia, teniendo en cuenta
su condición de adulto frente a sus pares
menores de edad, en cuyo caso la Institución
Educativa, será garante de la protección de
derechos de menores de edad siguiendo
los protocolos y lineamientos establecidos
por ley. Se indica que, el Decreto 3011 de
1997, establece las determinaciones para la
educación para adultos.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 77-79.

Capítulo XIII · páginas 80-83

Reglas de uso

Artículo 56. Biblioteca Escolar · Artículo 57. Aprovisionamiento De M

ARTÍCULO 56. BIBLIOTECA ESCOLAR
Es un espacio para la promoción del
intercambio cultural, con actividades de
exposiciones, horas de música, conferencias
y charlas con autores.
La biblioteca ofrece los servicios a toda la
comunidad educativa. Sirve de apoyo al
fortalecimiento de los programas académicos,
al espíritu de investigación y a elevar el
nivel cultural de sus usuarios mediante la
adquisición de recursos bibliográficos y
electrónicos, la disposición para su uso y la
prestación de sus servicios, tales como:
1. Préstamo interno: para su uso en la sala
de lectura.
2. Préstamo externo: para uso a domicilio.
3. Búsqueda y consulta bibliográfica: acceso
a fuentes bibliográficas automatizadas.
4. Catálogos: contienen el material
disponible en láminas, videos y casetes.
5. Computadores con acceso a Internet.
Normas para que toda la comunidad se
beneficie de estos recursos y servicios de
la biblioteca es indispensable hacer uso
adecuado de ellos con honestidad, respeto y
responsabilidad, acogiéndose a las normas,
procedimientos y horarios establecidos.
La comunidad educativa tiene derecho a
utilizar los servicios, a tener una atención
oportuna y de calidad, en igualdad de
condiciones para todos y debe cumplir con el
reglamento de biblioteca, cuidar y responder
individual y colectivamente los materiales;
pagar, reponer o reparar y/o los materiales y
equipos dañados.
1. Atender las observaciones del bibliotecario
y dar un trato amable y respetuoso.
2. Permanecer en silencio cuando se haga
consulta personal o mantener un tono de
voz moderado cuando se realice trabajos
en grupo.
3. Diligenciar la ficha de solicitud de material.
REGLAS DE USO
4. Cuidar los libros o materiales que se les
prestan y devolverlos en buen estado si
el material se extravía o es dañado, debe
reemplazarlo por uno de última edición.
5. En caso de préstamo domiciliario, devolver
los libros en el plazo permitido, en perfecto
estado, sin rayones, sin despastarlos.
6. No consumir alimentos.
7. No introducir alimentos y/o bebidas a
la biblioteca,
8. El estudiante que tenga pendiente la
entrega de un libro no recibirá el sobre de
matrícula para el año siguiente hasta que
cumpla con su deber.
9. Si los docentes desean hacer uso de la
sala de lectura para consultar con un
grupo de estudiantes deberá reservar
con anticipación para que se pueda
tener disponible el material de consulta;
deberá permanecer con el grupo durante
la actividad.
10. Es indispensable presentar el carné,
tarjeta de identidad o cédula que lo
identifica como miembro activo de la
comunidad educativa.
11. Revisarlos libros antes de utilizarlos y
avisar si presentan alguna irregularidad.
12. Tener las manos limpias al momento de
utilizar los libros o materiales.
13. Cuidar el sobre, Usar la ficha catalogadora
para hacer efectivo el préstamo del libro y
para identificar al usuario.
14. Se puede consultar hasta tres (3) libros o
revistas simultáneamente una mesa.
15. Avisar a la persona encargada en caso de
que el libro se le dañe.
16. Tratar con respeto y educación al
personal de biblioteca, esperar turno para
ser atendido.
17. Dejarla biblioteca en orden: los libros
deben quedar en el sitio designado y las
sillas en su lugar.
18. Traer el permiso del docente si va a estar
en la biblioteca durante tiempos de clase.
19. Dejar las maletas y equipos fuera de la
biblioteca. No ingresar radios. No hacer
uso de celulares.
20. El horario de atención de la biblioteca
es de lunes a viernes de 8:00am–5:00p.m.
Sanciones
1. Si un usuario es sorprendido mutilando,
dañando o rayando un libro, revista u otro
tipo de material, se le cobrará el valor
total del material afectado informando
inmediatamente a coordinación.
ARTÍCULO 57. APROVISIONAMIENTO DE M
SOLICITUD DE MATERIAL DIDÁCTICO
1. Los jefes de área durante el mes de
septiembre radicarán en rectoría
mediante oficio los requerimientos de
material Didáctico que se solicitan para el
siguiente año lectivo.
2. El Comité de Compras Institucional
revisará el presupuesto disponible y
estudiará la solicitud de las áreas para dar
su respectiva aprobación
3. Después de la respectiva aprobación
por parte del Comité de Compras se
socializará los requerimientos didácticos
de las áreas con el Consejo Directivo
BAÑOS
1. Como es un servicio para todos, utilizarlo
cuando se requiera y bajo normas de
urbanidad y de buen comportamiento.
2. No jugar o comer en este espacio, evitar el
desperdicio de agua, no permanecer más
del tiempo necesario.
3. El agua debe ser utilizada de manera
adecuada dejando el baño limpio.
4. No botar papeles de paquetes, toallas
higiénicas, vasos plásticos, hojas de
cuaderno y demás elementos en los
inodoros. El estudiante que cause daños
2. El hurto de libros, revistas, otros
materiales o implementos de oficina,
causará el retiro del carné, el bloqueo
de los servicios y serán notificados a
coordinación y rectoría de la Institución.
3. Reponer el libro en caso de daño o
pérdida en un periodo no superior a 15
días calendario.
4. En el caso de pérdida de material en
préstamo externo deberá reponerlo en
buen estado.
5. En caso de que se le llame la atención a
un estudiante repetidas ocasiones por
su comportamiento inadecuado de la
biblioteca, será retirado.
MATERIALES Y OTROS SERVICIOS
deberá asumir los costos económicos que
acarrea su reparación.
5. Aprovechar períodos de descanso para
ir al baño; evitar permisos durante las
clases a menos que se tenga prescripción
médica para uso continuo.
6. Está prohibido rayar paredes y puertas,
escribir letreros obscenos o que
atenten contra la dignidad de cualquier
compañero de la institución, en caso de ser
sorprendido en flagrancia el estudiante
deberá limpiar; si no desaparece, deberá
cubrirlo la con pintura respectiva.
7. Los mesones de los baños son para
utilizarlos correctamente, no subirse
en ellos.
LABORATORIOS
NORMAS DE TRABAJO EN EL LABORATORIO
BUENAS PRÁCTICAS GENERALES
A continuación, encontramos normas
generales para docentes y, particularmente
para estudiantes, que garantizan la seguridad
durante el trabajo en el laboratorio:
Utilizar una bata (preferentemente de
algodón) de mangas largas y el largo hasta
la rodilla, siempre bien abrochada, para
protección de la ropa y la piel.
1. Evitar el uso de accesorios colgantes
(aretes, pulseras, collares).
2. Guardar las prendas de abrigo y los
objetos personales.
3. No llevar bufandas, pañuelos largos,
ni prendas u objetos que dificulten
la movilidad.
4. Por seguridad, recoger el cabello si este
es largo.
NORMAS HIGIÉNICAS
1. No se debe comer, ni beber, ya que los
alimentos o bebidas pueden contaminarse.
2. Evitar maquillarse cuando se está en el
laboratorio lavado cuidadoso de brazos,
manos y uñas, con agua y jabón, después
de cualquier manipulación de laboratorio
y antes de retirarse del mismo. Si hay
alguna herida, se recomienda cubrirla.
3. Trabajo con orden y limpieza es
imprescindible mantener el orden y la
limpieza, para evitar accidentes.
4. Sobre el mesón del laboratorio sólo
deben ubicarse los libros y cuadernos
estrictamente necesarios.
5. Se deben limpiar inmediatamente las
superficies que presenten derrames de
productos químicos.
6. Se deben limpiar perfectamente el
material y aparatos después de su uso en
cada práctica.
ACTUAR RESPONSABLEMENTE
1. La norma esencial en el laboratorio
es el cuidado de sí mismo y la
auto responsabilidad.
2. Mantener informado al profesor de
cualquier hecho que ocurra.
3. Aclarar con el profesor cualquier tipo
de duda.
4. Mantenerse en silencio y estar
concentrados en el trabajo que
están realizando.
5. Trabajar sin prisa, pensando
cada momento en lo que se está haciendo.
6. Evitar las bromas en el laboratorio.
7. Correr, jugar, empujar puede
causar accidentes.
8. En el laboratorio no se deben realizar
trabajos diferentes a los autorizados por
el docente responsable.
9. Lavado cuidadoso de brazos, manos
y uñas, con agua y jabón, después de
cualquier manipulación de laboratorio
y antes de retirarse del mismo. Si hay
alguna herida, se recomienda cubrirla.
SALAS DE INFORMÁTICA
1. Realizar la entrada en orden a las
instalaciones del aula de informática para
evitar accidentes a usuarios y equipos;
hacerlo cuando su horario lo indique y en
compañía del respectivo docente.
2. Mantener un comportamiento adecuado
dentro de las instalaciones del aula de
informática, siguiendo las instrucciones
dadas por el docente, relacionadas con el
uso de los equipos y materiales.
3. Utilizar el internet y los equipos solo
para fines académicos, en ningún caso
podrá utilizarse este recurso para fines
de diversión o entretenimiento (Chats,
ICQ, correo electrónico, servicios de
mensajería, grupos sociales, juegos etc.)
4. No utilizar el equipo de cómputo como
reproductor de música y/o video ya que se
desvirtúa el uso de esa herramienta.
5. Al recibir el equipo para trabajar, reportar
cualquier anomalía que encuentre al
docente o asesor de aula, ya sea en el
equipo o en los programas con el fin de
no ser señalado como responsable y
ser sancionado.
Tener presente las siguientes indicaciones en
el aula:
1. No Consumir alimentos y/o bebidas en
el aula.
2. No causar daños a cualquier componente
del equipo de cómputo.
3. No extraer, borrar o cambiar la forma de
operación de los programas instalados
en los equipos de cómputo. Los usuarios
o estudiantes que dañen los programas
o el equipo deberán pagar el costo de
reparación o de adquisición, según sea
el caso.
4. No desconectar o cambiar de lugar los
periféricos conectados a los equipos de
cómputo tales como monitor escáner,
teclados, mouse, entre otros.
5. No utilizar los equipos de cómputo como
máquinas de juegos o acceder a servicios
que impliquen el uso de juegos interactivos.
6. No copiar, descargar o cargar software no
autorizado sin la licencia correspondiente
en los equipos del aula de informática.
7. Cambiar o borrar los protectores
de pantalla, de escudos o
imágenes institucionales.
8. No utilizar los recursos del aula de
informática para acceder a equipos
locales o remotos a los cuales el usuario
no tenga autorización explícita en su uso
o intentar violar la seguridad de acceso
establecida en el colegio.
9. Está prohibido el uso, instalación, revisión
y acceso a sitios con contenido sexual
explícito o violencia en las instalaciones
y/o a través de la red.
10. Cuidar y mantener las condiciones de
higiene, limpieza y disciplina del aula
de informática.
11. No ingresar a redes sociales personales
en los computadores y equipos de la
institución, ya que estos son de uso
público masivo y tanto su información
como su seguridad pueden quedar
expuestas. La responsabilidad del acceso
es únicamente del estudiante y el colegio
no puede responder por la exposición de
información personal y el uso que otras
personas puedan hacer.
ZONAS COMUNES
1. Contribuir a mantenerlos aseados, no
botar papeles, vasos, etcétera al suelo,
utilizar las canecas.
2. Realizar las filas en la tienda escolar,
respetar el turno, no empujar o
gritar. Cumplir las indicaciones de los
profesores y ser amable con las personas
que atienden.
3. Cuidar el dinero. No traer billetes de alta
denominación, ni billetes o monedas
falsas. Comprar con rapidez únicamente
a título personal y desplazarse en orden
hacia las aulas cuando suene el timbre.
4. A la hora de salida bajar ordenadamente
hasta la portería, no correr ni jugar en
las escaleras.
5. Cuidar las paredes, pisos y los jardines, en
caso de dañarlos repararlos o hacer los
reemplazos respectivos.
6. Está prohibido estar en la zona del
parqueadero a menos que se encuentre
acompañado por un docente en alguna
actividad especial.
7. No comprar o adquirir productos a través
de las mallas y/o rejas de la institución
AUDITORIO
1. Cumplir las normas de organización en
clase: silencio y participación.
2. Cuidar los muebles y los equipos; estos no
deben ser manipulados por los estudiantes
solo por la persona encargada.
3. Colaborar con el aseo y mantener en buen
estado del auditorio.
4. Ingresar únicamente en compañía del
docente encargado.
5. No rayar paredes ni columnas
CANCHA DEPORTIVA
1. Este sitio, al igual que en los demás se debe
conservar aseado, dar un uso adecuado a
las canecas, asimismo, ser ordenado con
el material de educación física y dejarlo
en su lugar cuando se termine la clase.
2. Las canchas no deben ser utilizadas para
trepar, ya que se puede generar accidentes.
Estudiante que sea sorprendido se citará
acudiente para informarle de la situación.
3. El uso de los balones en este espacio será
autorizado únicamente por los docentes
4. En este espacio no se pueden desplazar
en bicicleta o patineta ya que se pueden
generar accidentes.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 80-83.

Capítulo XIV · páginas 84-88

Seguridad escolar

ACCIDENTALIDAD ESCOLAR
¿Qué es un accidente escolar? Todo suceso
repentino que altere la integridad física y
que produzca en él o la estudiante una lesión
orgánica, una perturbación funcional, una
invalidez o la muerte.
¿Qué es la Prevención?
ES CONOCER cuáles son las amenazas a las
que estamos expuestos.
ES PLANIFICAR para reducir o evitar la
posibilidad de que esas amenazas nos hagan
daño, es decir, reducir nuestra vulnerabilidad.
ES REDUCIR la amenaza misma cuando esto
es posible.
ES ESTAR ORGANIZADOS Y PREPARADOS para
saber qué hacer antes, durante y después de
que ocurra un evento peligroso.
Es el conjunto de MEDIDAS ANTICIPADAS que
todos debemos tomar para evitar hacer frente
a los posibles incidentes y accidentes.
EL PRIMER RESPONDIENTE
¿QUIÉN ES UN PRIMER RESPONDIENTE?
Cualquier Directivo Docente, Docente,
administrativo, servicios generales, servicio
de Vigilancia que es testigo del accidente
y tiene la capacidad y la formación
mínima para ayudar. Características del
primer respondiente.
1. Conservar la calma y prepararse para
ayudar a quien lo necesita.
2. Observar si el sitio donde ocurre el
evento es seguro tanto para usted
como para la víctima: en consecuencia,
debe revisar cables de la luz sueltos,
escapes de gas, muros a punto de caer,
combustible derramado y otros detalles
de este tipo. Si el sitio es inseguro para
prestar los primeros auxilios, estos no se
deben de realizar; se espera al personal
especializado para que los practique.
3. Dirija al estudiante a enfermería
4. Valore la situación de Accidentalidad
escolar y establezca si es una Acción que
puede ser atendida en el ámbito escolar o
es una acción que requiere ser valorada
inmediatamente por una entidad de salud.
PÓLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES
No Póliza No 930-2 -994000000015
Aseguradora solidaria de Colombia–Vigencia
Desde 31/03/2024 hasta el 02/10/2028,
la cobertura de la póliza de accidentes
personales opera UNICAMENTE con respecto
a eventos ocurridos durante el horario escolar
y actividades curriculares y extracurriculares
dentro o fuera del colegio.
PASOS PARA LA AFECTACIÓN DE LA PÓLIZA DE
ACCIDENTES PERSONALES
1. Inmediatamente después de ocurrido
el accidente, póngase en contacto con
los padres o representantes legales del
estudiante e infórmeles de lo ocurrido
y confirme con ellos si el estudiante es
beneficiario de régimen contributivo o
subsidio de salud, pues en dado caso,
deberá hacer uso de estos servicios
como primera alternativa, antes de
solicitar cobertura con la póliza de
accidentes personales.
2. Póngase en contacto marcando el # 789
opción 1 desde cualquier operador de
celular o a línea telefónica 018000512021
e informe sobre la ocurrencia del
accidente y solicite las indicaciones sobre
la institución médica que prestará los
servicios médicos al estudiante.
SI ES UNA ACCION QUE PUEDE SER ATENDIDA
EN EL AMBITO ESCOLAR realice lo siguiente:
▶ Dirija el estudiante a enfermería
▶ Establezca que tipo de atención requiere
▶ Realice el procedimiento que se indique
en el caso particular
▶ Informe telefónicamente al acudiente
sobre la novedad presentada
▶ Registre la Acción realizada en el formato
de “Accidentalidad escolar y suba la
novedad al Sistema de Alertas.
1. El primer respondiente, clasifica y evalúa
el accidente de acuerdo con el tipo
de urgencia.
2. Comunica a coordinación/ orientación
la situación presente, para apoyar el
proceso de atención.
a. Si el estudiante no requiere atención en
salud urgente, ejecute el procedimiento
de primeros auxilios en atención básica.
b. Si el accidente requiere de atención
urgente en salud, preste los primeros
auxilios y active de inmediato la línea
123. En esta línea el personal médico
le indicará lo que debe de hacer y
le impartirá todas las medidas e
instrucciones adicionales a seguir,
además le confirmará si debe esperar
la ambulancia o si autoriza al Colegio
para movilizar y transportar a él
o la estudiante al centro de salud
más cercano.
I. Verifique con padre de familia o acudiente
la información del régimen de salud al que
está afiliado el estudiante. Explíquele que
de acuerdo con, la urgencia presentada y
la condición de aseguramiento en salud,
el estudiante va a ser llevado a un hospital
o centro de salud (Institución Prestadora
de Salud-IPS) pública o privada para
garantizarle la atención en salud y su
atención complementaria al Sistema
de Seguridad Social en Salud al que
este afiliado.
II. Si el padre de familia o acudiente no
responde siga las instrucciones de la
Línea 123.
III. A partir de la instrucción de la Línea 123
dirija al estudiante al Centro de Salud más
cercano. El estudiante debe ser atendido
sin necesidad de autorización de la SED
o SDS en cualquier centro de atención de
la red hospitalaria del distrito de acuerdo
con la Ley Estatutaria de Salud No. 1751
de 2015.
IV. Si el padre de familia o acudiente decide
llevar al estudiante a un hospital o IPS
Privada a la que está afiliado, para la
atención de la urgencia sin esperar
la atención médica (ambulancia), se
debe generar el acta respectiva de
responsabilidad directa del padre.
3. Llame al padre de familia para que
se presente en el lugar del accidente.
(Por lo cual es prioritario solicitar a los
acudientes que estén actualizados los
números de contacto)
4. Diligencie el acta de notificación de
accidentes actualizada para el 2025 (por
medio de la cual la IED deja constancia
que el padre de familia o acudiente fue
informado de las indicaciones a seguir
para aplicar el “Procedimiento para la
atención de solicitudes de reembolso
de gastos médicos, quirúrgicos y
hospitalarios derivados de la atención en
salud del accidente escolar “) y la carta de
certificación de matrícula en la Institución.
5. Reporte el Accidente al Sistema de Alertas
de la SED lo más pronto posible.
a. Si el padre de familia no cuenta con
ningún régimen y en caso no requerir
atención en salud urgente (Línea 123),
el acudiente deberá acudir con el
menor al hospital o centro de salud más
cercano realizando lo siguiente:
b. Presentar la situación a la trabajadora
social del hospital.
c. En caso de que el hospital niegue
la atención al menor, el acudiente
puede solicitar en la personería la
indicación pertinente.
d. Solicitar atención y apertura de
historia clínica.
e. La secretaria de salud y la trabajadora
social se encargarán del trámite con el
fondo financiero distrital de salud.
f. Si existe cobro por parte de la Entidad
de salud, debe ser cancelada por los
acudientes y luego pueden realizar la
solicitud del reembolso, a partir del
procedimiento establecido por la SED
(Será tramitada ante la Aseguradora
que expidió la póliza de responsabilidad
civil extracontractual adquirida para
tal fin)
g. De no contar con el dinero para
realizar el pago, debe acercarse con
protección social del hospital para la
asesoría respectiva.
h. Para solicitud de reembolso el
acudiente debe radicar en la oficina de
Atención al Ciudadano de la SED, los
documentos correspondientes.
6. La Institución registra de manera
inmediata el caso en el Sistema
de Información de Alertas Módulo
Accidentalidad Escolar. Con este paso la
IED entrega la responsabilidad del cuidado
del menor al padre de familia o acudiente
y centro de atención.
7. El director de grupo y el primer
respondiente realiza seguimiento de
la condición médica del menor, para
verificar su estado, incapacidad etc.,
comunicando las novedades presentes.
8. Se debe explicar a los padres de familia la
importancia de la afiliación a cualquiera de
los regímenes (Contributivo y subsidiado)
para salvaguardar los derechos de los
menores, en el campo de la salud.
Parágrafo: En caso de que no haya nadie
capacitado para atender la urgencia siga
las indicaciones de la línea 123, para que el
personal médico le indique lo que debe hacer
y le confirme si debe esperar la ambulancia o
si autoriza al colegio movilizar al estudiante
para transportarlo al centro de salud
más cercano.
▶ Si el acudiente no se presenta en la
institución se dejará constancia y
el primer respondiente (docente)
acompañará al estudiante en la
ambulancia o transporte público hasta el
servicio médico.
▶ Una vez lleguen los acudientes al
servicio médico se les hará firmar el
respectivo formato.
ACCIÓN QUE REQUIERE SER VALORADA
INMEDIATAMENTE POR UNA ENTIDAD
DE SALUD.
▶ Durante la atención del accidente
escolar y con el ánimo de evitar y
minimizar riesgos y accidentes de los
estudiantes en la eventualidad de que
se ausente algún docente por cualquier
motivo, las coordinaciones asignaran
un docente acompañante, al cual
se le proporcionará listas y trabajo
pedagógico, con el propósito de que los
estudiantes no permanezcan solos en
ninguno de los espacios de la institución.
La responsabilidad de los menores al
interior de las instituciones educativas
será responsabilidad de los docentes,
directivos docentes y demás miembros
de la institución. Ley 1620 de 2013.
▶ El primer respondiente le reportará el
Accidente escolar al orientador para que
este lo reporte al sistema de Alertas de la
SED para su respectivo seguimiento.
▶ El primer respondiente realizará
seguimiento por escrito de la
atención recibida
NOTA:
▶ Si el acudiente decide llevarse al
estudiante y no esperar la ambulancia
se debe dejar por escrito en el formato
respectivo e informar inmediatamente
a la línea 123 de la novedad presentada.
▶ Si el docente primer respondiente se
encuentra en el servicio médico con el
estudiante y se requiere la autorización
para algún procedimiento, en ninguna
circunstancia debe firmar Si ha
transcurrido un tiempo prudente en
el servicio médico y el acudiente no
se hace presente se llama a la línea de
Emergencia 123 y se solicita Policía de
Infancia y adolescencia quien asumirá
al menor.
▶ Si el papá se niega a firmar el Acta de
Accidentalidad se busca un testigo y se
firma la novedad
▶ Si un estudiante requiere tomar un
medicamento en la institución se autoriza
siempre y cuando el acudiente deje la
autorización por escrito y presenten la
orden médica.
NOVEDADES DEL CONVENIO
En caso de accidente de tránsito el convenio
cubre a partir que se agoten los recursos
del SOAT que es el que tiene que cubrir
estos incidentes.
De otra parte, la secretaria de Educación
tiene constituida la Póliza de responsabilidad
Civil Extracontractual, que ampara aquellos
eventos en los cuales la secretaria sea
responsable de los hechos o eventos que
generen los daños o lesiones o muerte de
terceros en el desarrollo de las actividades
propias del objeto social de la SED, dentro
y/o fuera de las instalaciones de la SED en
el territorio nacional siempre y cuando sea
responsabilidad de la Secretaria.
REQUERIMIENTOS PARA LAS
SALIDAS PEDAGÓGICAS
Toda salida pedagógica que realice el colegio
contará con los siguientes requerimientos
de acuerdo con la Directiva Ministerial
No 55 del MEN orientaciones para la
planeación, desarrollo y evaluación de las
salidas escolares:
▶ Aprobación de las salidas Pedagógicas
por parte del Consejo Directivo
▶ El pagador de la institución verificará
los requerimientos legales para la
contratación del transporte escolar que
se requiera.
▶ Los acudientes firmaran la autorización
ocho (8) días antes, donde se registran
todos los pormenores y harán entrega
de la siguiente documentación: Copia
del documento de identificación
del estudiante, copia del estado de
matrícula (el cual debe ser bajado de
la página de la SED), copia del carné o
constancia de la afiliación al Sistema de
Seguridad Social en Salud (EPS. EPS-S,
Vinculado, especial).
▶ Se identificarán centros de salud y
hospitales cercanos al lugar de la
salida con su respectivo plan logístico y
de seguridad
▶ Los docentes que acompañan la Salida
Pedagógica llevarán además de los
documentos de los estudiantes Copia de
la póliza de accidentalidad escolar No
930-2 -994000000015 Aseguradora
solidaria de Colombia–Vigencia Desde
31/03/2024 hasta el 02/10/2028, copias
de acta de notificación de accidente en
caso de que suceda algún incidente de
este tipo.
▶ De igual manera se informará a la
Dirección Local de Educación con 15
días hábiles antes (listas estudiantes,
personas a cargo, teléfono de contacto,
lugar, fecha, hora, medio en el que se van
a movilizar).
Pasos afectación de póliza (Incluido
accidente odontológico cuando no tiene EPS)
En caso de siniestro
1. Inmediatamente después de ocurrido
el accidente, póngase en contacto con
los padres o representantes legales del
estudiante e infórmeles de lo ocurrido.
2. Realice el reporte al módulo de
accidentalidad escolar.
3. Póngase en contacto marcando el # 789
opción 1 desde cualquier operador de
celular o a línea telefónica 018000512021
e informe sobre la ocurrencia del
accidente y solicite las indicaciones sobre
la institución médica que prestará los
servicios médicos al estudiante.
SEGURO DE ACCIDENTE ESCOLAR PARA
POBLACIÓN MIGRANTE (Memorando del 17
de octubre de 2019)
Frente a la atención en salud de los estudiantes
migrantes, el Estado colombiano a través de la
circular 025 de 2017 expedida del Ministerio
de salud y protección Social, ha requerido el
fortalecimiento de acciones y alternativas
para el aseguramiento de la población
migrante que está residiendo actualmente
en el país. Con lo anterior y en concordancia
con las orientaciones de Bienestar estudiantil,
el procedimiento que se viene adelantando
desde el 2 de mayo de 2018 para el reembolso
por la atención médica brindada a los
estudiantes pertenecientes a la matrícula
escolar ocurrido al interior del colegio o
fuera de él, que sea derivado de actividades
académicas programadas por las IED, dentro
del calendario académico es el siguiente:
1. El padre de familia deberá radicar carta
dirigida a la Dirección de Dotaciones
Escolares de la secretaria de educación
del Distrito, con una breve relación de
los hechos, de los gastos en que incurrió
y que desea le sean reconocidos por
la aseguradora vigente de la póliza de
responsabilidad civil extracontractual.
2. Anexar todos los soportes documentales
que evidencien los gastos médicos en los
que incurrió a causa del accidente escolar.
3. Anexar copia del registro civil de
nacimiento del estudiante
4. Anexar copia de la historia clínica de la
atención del estudiante.
Dando así cumplimiento a lo establecido en
el artículo 100 de la Ley de 1994 “Ley General
de Educación” Los Estados que reciben niños,
niñas y adolescentes migrantes deben
tener en cuenta la condición especial de los
menores, con el fin de brindar garantías para
resguardar los derechos de la niñez, basados
en los principios de: 1. El interés superior
de los niños y niñas, 2. La igualdad y no
discriminación, 3. El derecho a expresar su
opinión y ser oído 4. El derecho a la vida.
DOCUMENTOS PARA PRESENTAR EN CASO
DE SINIESTRO.
Trámite para reembolso de gastos médicos
por siniestro
1. Fotocopia del documento de
identidad del estudiante y del padre o
representante legal.
2. Fotocopia legible y sin enmendaduras del
registro civil de nacimiento del menor.
3. Fotocopia de las factura o soportes de
pago de los gastos médicos incurridos.
4. Formato de alerta de accidentalidad o acta
de notificación de accidentes del colegio.
5. Copia de la certificación bancaria. (En
caso de no contar con cuenta bancaria el
reclamante deberá diligenciar y firma la
carta de autorización de pago en el Banco
De Bogotá).
6. Formato de solicitud de reclamación.
7. Si los gastos médicos incurridos superan
$1’000.000, debe adjuntar el Formulario
de solicitud de vinculación de clientes –
SARLAFT.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 84-88.

Capítulo XV · páginas 89-93

Servicios conexos

Artículo 58. Prestación De Servicio · Artículo 2. 3.1.6.4.2. Alcance De La Gratuidad

ARTÍCULO 58. PRESTACIÓN DE SERVICIO
COMEDOR ESCOLAR
El proyecto de Alimentación Escolar es un
conjunto articulado de estrategias orientadas
a contribuir en la garantía del derecho a la
alimentación y a la educación con calidad, en
igualdad de oportunidades, promoviendo la
dignificación de la vida de los estudiantes de
los colegios oficiales de Bogotá.
El comedor escolar es el espacio educativo y
pedagógico donde los niños, niñas y jóvenes
consumen el desayuno o el almuerzo.
Oportunidad de aprendizaje y espacio
propicio para la construcción de hábitos
alimentarios, estilos de vida saludables y
habilidades sociales.
Las normas de comportamiento en el
comedor son:
1. Ingresar en orden, haciendo fila en los
corredores exteriores, evitar empujar y
respetar el turno de llegada, hablar en
voz baja.
2. En la jornada mañana la sección de
bachillerato debe ingresar a las 6.00 am,
a desayunar y posteriormente ingresara
a las aulas.
3. La jornada tarde sección bachillerato
ingresará al comedor a almorzar a las
12:00 p.m. y posteriormente ingresarán a
las aulas.
4. Los estudiantes de primaria asistirán al
comedor acompañados por el docente con
el que tengan clase a la hora respectiva.
5. Al estar en la ventanilla, tomar la bandeja y
recibir los alimentos que sirve el personal
del comedor.
6. Ser cortés con las personas que atienden
y evitar comentarios de mal gusto.
7. Cuidar cubiertos, bandejas, mesas, sillas
y demás objetos que se encuentran en
el comedor dándoles el uso adecuado.
OS DE ALIMENTACIÓN
Utensilio que sea dañado o averiado con
intención por el estudiante deberá pagarlo.
8. No jugar ni desperdiciar la comida. En
caso de regar algún alimento, solicitar la
limpieza del sitio para que quede aseado y
organizado. Una vez acabe de desayunar
o almorzar, realizar la fila ordenadamente
para el descomide y salir al lugar
que corresponda.
9. En caso de alguna queja en relación con el
servicio del comedor, hacerla por escrito,
de forma respetuosa a rectoría.
10. No sacar alimentos del comedor.
TIENDA ESCOLAR.
En el Colegio Alfonso López Michelsen IED se
presta el servicio de tienda escolar, la cual
beneficia a toda la comunidad educativa;
la contratación se realiza a través de
convocatoria pública haciendo énfasis en
las directrices emitidas por la Secretaría de
Educación en la Resolución 2092 del 19 de
noviembre de 2015.
OFERTA DE ALIMENTOS.
Los alimentos ofertados en las tiendas
escolares deberán propiciar una alimentación
completa, equilibrada, suficiente, inocua,
variada y adecuada. Además, deberán
promover en los escolares su crecimiento y
desarrollo, favoreciendo su estado nutricional.
Todo alimento que se expenda directamente
al consumidor bajo marca de fábrica y con
nombres determinados, deberá tener registro
sanitario expedido conforme lo establece
el Decreto Nacional N° 3075 de 1997. Se
exceptúan del cumplimiento de este requisito
los alimentos naturales que no sean sometidos
a ningún proceso de transformación, tales
como: frutas, hortalizas, verduras frescas,
miel de abejas y otros productos picolas.
De manera permanente se deberán ofertar
alimentos saludables como frutas enteras o
en jugo, verduras como zanahoria o tomate,
bebidas lácteas, quesos y combos que incluyan
estos alimentos en combinación con cereales
como: yogurt con cereal, kumis con ponqué,
fruta con queso, jugo de fruta con galletas,
jugo de fruta con sándwich, bebida láctea con
barra de cereal, entre otros, que tendrán que
representar como mínimo el cincuenta por
ciento (50%) de la oferta total de la tienda
escolar durante la jomada respectiva.
Los alimentos ricos en grasas, particularmente
grasas saturadas y sal como snacks, papas
fritas, salchipapas, empaquetados; ricos en
azúcar como dulces, chocolates, colombinas,
gaseosas, bebidas carbonatadas, helados y
refrescos, no deberán superar el cincuenta
por ciento (50 %) de la oferta total de la
tienda escolar durante la jomada respectiva.
▶ CONDICIONES HIGIÉNICO SANITARIAS.
Las tiendas escolares de los colegios
oficiales del Distrito deben cumplir las
disposiciones referidas a las condiciones
básicas de higiene en la fabricación de
alimentos, equipos y utensilios, personal
manipulador de alimentos, saneamiento,
almacenamiento, distribución, registro
sanitario, vigilancia sanitaria y demás
disposiciones que tengan relación
directa con la oferta de alimentos, según
el Decreto N° 3075 de 1997, emitido por
el Ministerio de Protección Social, y
demás decretos que reglamentan la Ley
9 de 1979.
▶ REQUISITOS DE PRESENTACION DE
ALIMENTOS. Todos los alimentos ofertados
en la tienda escolar deben ser presentados
de forma agradable conservando sus
características físicas, químicas y
microbiológicas. Así mismo, se deberán
ubicar en lugares visibles.
▶ PROHIBICIÓN. Queda prohibido el
expendio de chicles, bebidas energizantes,
cigarrillos, licor y medicamentos en las
tiendas escolares.
NORMAS
1. Sólo se puede comprar en los horarios
de descansos establecidos. La tienda
escolar es el único lugar donde se pueden
vender alimentos, es necesario hacer fila
para comprar.
2. Al terminar dejar limpio y organizado el
lugar donde haya tomado los alimentos.
Comunicar a la administración de la
tienda escolar si el alimento no está
en condiciones adecuadas y cancelar
las compras con billetes y monedas
auténticos. Al detectar un billete o moneda
falsa, quienes atienden podrán destruirlo.
3. Las personas que son responsables de
la tienda escolar deben ser tratados de
la mejor manera, con respeto al solicitar
el servicio
MOVILIDAD ESCOLAR.
La Secretaría de Educación del Distrito ofrece
el programa de Movilidad Escolar, que es uno
de los programas de acceso y permanencia
liderados por la Dirección de Bienestar
Estudiantil, para el desplazamiento de los
estudiantes que forman parte del sistema
educativo oficial del Distrito Capital.
Se apoya en tres componentes que están
condicionados a la asistencia escolar:
Al colegio en bici, Sistema Integrado de
Transporte Público (SITP), Ruta escolar y
Subsidio de Transporte.
OBJETIVOS DE LA MOVILIDAD ESCOLAR
A. Contribuir con la atención del déficit de
oferta educativa en algunas localidades
del Distrito y el mejoramiento
de los niveles de asistencia y
permanencia escolar.
B. Adecuar las ofertas sectoriales de
transporte escolar hacia el modelo
de ciudad y políticas de movilidad
integrada, diversificada y sostenible
del Plan de Desarrollo y Plan de
Ordenamiento Territorial, distrital
y nacional.
C. Promover acciones institucionales que
permitan mejorar las condiciones de
desplazamiento de los estudiantes de
los colegios oficiales desde y hacia la
institución educativa.
D. Generar condiciones de seguridad,
calidad, oportunidad, eficiencia,
sostenibilidad, accesibilidad en la
movilidad de niñas, niños, jóvenes y los
adultos de extra-edad, de los colegios
oficiales, buscando garantizar su
permanencia en el sistema escolar.
E. Promover la asistencia a clases a través
de diversas alternativas de movilidad,
fomentando el uso de los medios
alternativos tales como la bicicleta,
entre otros.
F. Promover en los colegios que atienden
la matrícula oficial, el desarrollo de
acciones interinstitucionales que
permitan generar desplazamientos
seguros, óptimos y el uso de
medios alternativos.
G. Impulsar acciones de mejoramiento y
adecuación de los espacios públicos
para una movilidad escolar accesible,
segura e incluyente de niños,
niñas y población en condiciones
de discapacidad.
H. Efectuar un seguimiento a las diferentes
formas de desplazamiento y recorrido
de los estudiantes del sistema educativo
oficial, a fin de formular e implementar
acciones que contribuyan con el
mejoramiento de la movilidad escolar.
I. Generar acciones afirmativas que
creen responsabilidad, seguimiento y
apoyo al desplazamiento escolar en las
comunidades educativas y sociales de
los diferentes sectores de la ciudad.
Parágrafo: Los estudiantes beneficiarios
de estos subsidios deben presentar
obligatoriamente los respectivos soportes,
cuando se presente inasistencia a la jornada
escolar, de lo contrario podrían perder dicho
beneficio, este seguimiento lo verifica la SED.
SUBSIDIO DE TRANSPORTE
Es una transferencia monetaria para
cubrir parte de los costos de transporte de
ida y regreso al colegio, condicionada al
cumplimiento del compromiso de asistencia
a clase durante el calendario académico, y
dirigido a estudiantes a quienes la Secretaría
de Educación asignó un cupo escolar en un
colegio oficial distante a su lugar de residencia.
En el año se entregan de forma bimestral
dos tipos de Subsidio de Transporte,
así: Doble a estudiantes de Pre-Jardín a
Séptimo menores de 14 años y Sencillo
de 8º a 11º menores de 19 años.
En los casos del subsidio doble, solo se
entregará uno por familia cuando los
estudiantes se encuentren en la misma
institución y jornada. En caso contrario se
evaluará la situación particular.
De acuerdo con el sitio de vivienda de algunos
estudiantes, en el Colegio el Padre, Madre
de Familia y/o Tutor Legal puede realizar
la inscripción para solicitar el Subsidio
de Transporte.
CAUSALES DE PÉRDIDA BENEFICIO SUBSIDIO
DE TRANSPORTE
1. Presentación de la solicitud y/o inscripción
con documentación que presente
inconsistencias o que induzca a error a la
Secretaría de Educación del Distrito.
2. Superar diez (10) días de inasistencias
injustificadas a las actividades escolares
en el año académico, exceptuando
población con discapacidad.
3. incumplir con los requisitos de asignación.
4. Para estudiantes matriculados en la zona
urbana, si pierde dos (2) años escolares
consecutivos, salvo para el caso de
estudiantes con discapacidad.
5. No retirar por tres o más períodos
consecutivos el valor del subsidio de
transporte o tener saldo antes del 28
de febrero del año escolar siguiente,
dado que se entiende que los acudientes
cuentan con los recursos para asumir
dicho costo.
6. Incumplir con las obligaciones adquiridas.
COSTOS EDUCATIVOS
El Colegio Alfonso López Michelsen IED en
cumplimiento de la normatividad vigente, no
realiza ningún cobro por derechos académicos
y/o servicios complementarios, de acuerdo
con el Decreto 1075 de 2015 “Por medio del cual
se expide el Decreto Único Reglamentario del
Sector Educación”, en su Sección 4, Gratuidad
educativa para los estudiantes de educación
preescolar, primaria, secundaria y media de
las instituciones educativas estatales:
Artículo 2.3.1.6.4.2. Alcance de la gratuidad
educativa. La gratuidad educativa se entiende
como la exención primaria, secundaria
y media de las instituciones educativas
estatales del pago de derechos académicos y
servicios complementarios. En consecuencia,
las instituciones educativas estatales no
podrán realizar ningún cobro por derechos
académicos o servicios complementarios.
Los certificados de estudio y constancias
serán gratuitos para los (as) estudiantes que
estén activos en el sistema de matrículas de la
ciudad de Bogotá, estos se pueden descargar
directamente en la página web del colegio.
Para los (as) personas que ya no están activos
(as) en el sistema de matrículas el certificado
de estudios tendrá un costo de acuerdo con
la normatividad del momento, el cual deberá
ser consignado en la cuenta de ahorros que el
Colegio determine.
SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO
PROYECTO DE SERVICIO SOCIAL
El Proyecto de Servicio social Estudiantil
hace parte de los requisitos curriculares para
obtener el título de bachiller, por lo tanto, el
Proyecto de Servicio Social debe ser aprobado
por el Consejo académico y Directivo. El
Proyecto de Servicio Social busca ser un
proyecto integral y continuo que brinde una
sistemática y efectiva atención a los grupos
poblacionales beneficiarios de este servicio.
La intensidad horaria del proyecto, según
la resolución 4210 de 1996 es de ochenta
como mínimo, pero de acuerdo con las
necesidades de la institución se exigirán 120
horas, las cuales se cumplirán durante el
tiempo de formación en los grados 10o y 110
de la Educación Media, el cual es de carácter
obligatorio. En consideración al carácter
obligatorio del servicio social estudiantil
que le otorga la Ley General de Educación,
para que se considere terminado el proceso
formativo se requiere;
A. Atender de manera efectiva
las actividades
B. Propuestas en el proyecto.
C. Cumplir con la intensidad
horaria prevista.
d. Haber obtenido los logros definidos.
Los estudiantes prestaran el servicio social
dentro de las instalaciones del colegio.
A continuación, se presentan algunos
requerimientos para la prestación del
servicio social:
Se les entrega un formato donde los
estudiantes y el colegio informan a los
padres de familia en donde se encuentra
prestando dicho servicio, la hora asignada
y en que parte del colegio. Este debe ser
firmado por los padres o acudientes. El
servicio social se prestará dentro de la misma
jornada o en contra jornada de acuerdo
con el requerimiento de este. El estudiante
debe presentarse al espacio asignado con el
uniforme de la institución completo y luego
de ello certificar la fecha de inicio en el
departamento de Orientación escolar.
Parágrafo 1. Los estudiantes que pertenecen
al grupo Hermes que son certificados
por la Cámara de Comercio de Bogotá y
que participan activamente en las mesas
de conciliación escolar y de las diversas
actividades de convivencia serán validados
como servicio social con una equivalencia de
120 horas.
Parágrafo 2. Los estudiantes que presenten
certificaciones de escuelas deportivas de alto
rendimiento no deberán realizar su servicio
social obligatorio.
SUSPENSIÓN DEL SERVICIO
SOCIAL OBLIGATORIO.
Después de tres fechas de inasistencia y
que estas sean injustificadas se suspenderá
el SSO, para reiniciarlo. Para considerar la
suspensión se habrán de tener en cuenta las
siguientes situaciones:
A. Cometer faltas graves (según lo definido
en el Manual de Convivencia) durante la
prestación del servicio social.
B. Incumplimiento con los parámetros
y/o reglamentos definidos para la
prestación del servicio social, ya sea
dentro o fuera del colegio.
C. El estudiante para reiniciar su
asignación en las funciones de servicio
social deberá nuevamente realizar
solicitud ante la coordinadora del SSO
quién asignará la fecha y lugar para su
SSO, de acuerdo con la disponibilidad
de cupos.
SEGUIMIENTO AL SERVICIO SOCIAL DE
LOS ESTUDIANTES
Como todo proceso académico y convivencial
el Servicio Social Obligatorio requiere
de un seguimiento periódico tanto por
los orientadores como por los docentes
y coordinadores que tienen a cargo los
estudiantes. Cualquier novedad que se
presente se informará al respectivo acudiente
para tomar las medidas correspondientes.
REGLAMENTO
Teniendo en cuenta que el servicio social se
considera como “un componente curricular
exigido para la formación integral del
estudiante en los distintos niveles y ciclos de la
educación formal por constituir un programa
que contribuye a la construcción de la
identidad cultural, nacional, regional y local”
constituyéndose “en un mecanismo formativo
que permite el desarrollo del proceso
educativo de los educandos” a continuación se
presentan algunas de los requerimientos para
la prestación del servicio social:
1. El estudiante debe presentarse al espacio
asignado y luego de ello certificar en
orientación la fecha de inicio.
2. Cumplimiento del horario establecido.
En caso de ausencias*, estas deben ser
justificadas y los permisos* se darán
a través de los acuerdos a los que se
lleguen con los responsables en cada
espacio. En caso de falta al servicio en
docente o coordinador deberá informará
orientación o llamar al padre de familia.
El docente deberá conocer los datos de
contacto del padre y madre de familia
para este caso.
3. Cuando las horas correspondientes al
nivel cursado hayan finalizado, se debe
hacer firmar el formato por parte del
responsable como constancia de ello.
Posteriormente se debe sacar una copia
de esta y presentar el original a la oficina
de orientación para certificar el Servicio.
4. Porte adecuado del uniforme
5. Firma diaria del formato.
6. Respeto hacia toda la comunidad
educativa y a las instalaciones del Colegio
7. Por cada falta como el porte inadecuado
del uniforme, llegadas tarde, estar en
un lugar NO asignado o realizando otras
actividades diferentes al servicio se les
descontaran 10 horas por horas prestadas
de servicio social.
8. Los estudiantes deberán presentar la
planilla de horas de servicio social y
mostrarla al responsable del servicio.
9. Los coordinadores, docentes que tengan
a cargo estudiantes de servicio social,
reportaran cualquier incumplimiento
oportunamente al departamento
de orientación.
10. Los estudiantes de grados novenos
serán asignados por los directores
de curso, de acuerdo con su buen
rendimiento académico.
11. Los estudiantes que incumplan con el
reglamento harán compromisos junto con
sus padres en orientación, si reincide en el
incumplimiento se suspenderá y anulara
el S.S.O.
El servicio social de los estudiantes
pertenecientes al programa de inclusión
será determinado en hora, espacio y
tiempo, de acuerdo con los requerimientos
y compromisos que se estipulen desde
orientación, docente de apoyo y familia.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 89-93.

Capítulo XVI · páginas 94-121

Seguimiento de procesos de convivencia

Artículo 59. Definición De Situacion · Artículo 60. Socialización Del Manual De Convivencia · Artículo 61. Ruta De Atención Integral Para Las Situaciones · Artículo 62. Tipificación De Las Situaciones Y Rutas De Atención · Artículo 63. Acciones Formativas · Artículo 64. Situaciones Tipo I · Artículo 65. Situaciones Tipo Ii · Artículo 66. Situaciones Tipo Iii · Artículo 67. Tipificación De Faltas, D · Artículo 68. Faltas Leves · Artículo 70. Faltas Gravísimas

SEGUIMIENTOS DE PROCESOS DE
CONVIVENCIA EN ESTUDIANTES DE INCLUSIÓN
Según la Convención sobre los derechos
humanos de las personas con discapacidad,
se considera que los individuos no deben ser
sujetos de diferenciación por la condición
particular que tienen, al contrario, son sujetos
de derechos y el Estado y otras entidades debe
reconocerlos como tal sin distingo de ningún
tipo. Sin embargo, no debe desconocerse
que en algunas ocasiones los individuos en
inclusión requieren de unas condiciones
favorables que le permitan ejercer el pleno
goce de sus derechos.
Así mismo, y amparados en las siguientes
normas, la institución educativa brinda las
plenas garantías para la incorporación de
personas en inclusión:
▶ Constitución Política Colombia: Artículos
3, 13, 47, 54 y 68.
▶ Ley General de Educación: Artículos 46
y 49.
▶ Decreto 2082 de 2006; artículos 1, 2 y 17.
▶ Ley 361 de 1997.
▶ Convención sobre los derechos humanos
de las personas con discapacidad
(ONU, 2006).
▶ Ley 2216 de 2022 que promueve la
educación inclusiva y el desarrollo
integral de niños, niñas, adolescentes
y jóvenes con trastornos específicos
del aprendizaje
Parágrafo 1. Los estudiantes del Colegio
Alfonso López Michelsen que se encuentren
dentro de los procesos de inclusión serán
reconocidos en igualdad de condiciones frente
a los procesos de seguimientos convivencial
o frente a la tipología de faltas teniendo en
cuenta sus atenuantes. Sin embargo, para la
determinación de las acciones reparadoras se
establecerá los ajustes razonables a que haya
lugar dependiendo de la particularidad de
cada caso y el diagnostico con el cual cuenta
el estudiante.
Además, es necesario precisar que de
acuerdo con la Sentencia T-120/19,
se precisa la responsabilidad de las
instituciones educativas para asegurar los
siguientes derechos:
DERECHO A LA EDUCACIÓN INCLUSIVA.
Es deber de las instituciones educativas
asegurar el cuidado, respeto y protección
de la integridad y honra de estudiantes en
situación de discapacidad, utilizando las
metodologías y herramientas existentes
en aras de mejorar el clima escolar de
todos los estudiantes. Teniendo en cuenta
las necesidades educativas de este tipo
de población, realizando las adaptaciones
pertinentes con el modelo educativo.
DEBIDO PROCESO EN ACTUACIONES
DISCIPLINARIAS EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS.
Proporcionalidad en la sanción. Un elemento
que no puede ser desconocido en las
actuaciones académicas que de alguna
forma impongan sanciones a los estudiantes,
es la proporcionalidad de la medida frente
a los actos cometidos, y que en el proceso
sancionatorio tenga en cuenta, entre otras,
“(i) la edad del infractor, y por ende, su grado
de madurez psicológica; (ii) el contexto
que rodeo la comisión de la falta; (iii) las
condiciones personales y familiares del
alumno; (iv) la existencia o no de las medidas
de carácter preventivo al interior del colegio;
(v) los efectos prácticos que la imposición de
la sanción va a traerle al estudiante para su
futuro educativo y (vi) la obligación que tiene
el Estado de garantizarle a los adolescentes su
permanencia en el sistema educativo”
En el caso de comportamientos inadecuados
realizados al interior de las aulas de clase,
las medidas correctivas deben atender los
procesos de aprendizaje y madurez del
estudiante, por lo que el procedimiento
sancionatorio debe ser restaurativo y no
punitivo con el objetivo de reforzar las
calidades humanas del niño, de modo que se
le permita ser consciente de su error, repare
el daño y modifique su obrar, aceptando que
se aprende de errores. Pues en el proceso
de aprendizaje se debe ser constantes,
propiciando el perdón, el reconocimiento de
responsabilidades y la restauración de los
derechos de las personas pues esto constituye
un eje esencial para la convivencia.
Lo anterior, no supone la imposibilidad de
imponer sanciones disciplinarias drásticas,
sino que las mismas deben venir como una
única e inevitable opción ante el agotamiento
de diversos correctivos infructuosos, y que
la sanción se corresponda, entre otras, con
las características particulares del infractor
previamente señaladas.
DERECHO A LA EDUCACIÓN: Doble dimensión
como un derecho y un servicio público con
función social.
DERECHO A LA EDUCACIÓN INCLUSIVA
DE NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACIÓN DE
DISCAPACIDAD: Desarrollo del Decreto 1421
de 2017
DERECHO A LA IGUALDAD Y A LA NO
DISCRIMINACIÓN DE NIÑOS Y NIÑAS EN
SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD:
Discriminación cuando no se realizan los
ajustes razonables que se requieren en
educación con enfoque inclusivo.
HISTORIA CLÍNICA: Documento privado
sometido a reserva
Uso de celulares o elementos electrónicos en
el establecimiento educativo
(“Ley 2170 del 29 de diciembre de 2021 “Por
medio de la cual se dictan disposiciones
frente al uso de herramientas tecnológicas en
los establecimientos”)
“De forma excepcional, previo aval del comité
escolar de convivencia y del consejo directivo,
se podrá restringir el uso de dispositivos de
telefonía móvil a determinados horarios o
lugares. Lo anterior, con el fin de proteger los
derechos de los niños, niñas y adolescentes
ante situaciones de riesgo relacionadas
con el uso de dispositivos tecnológicos y
de comunicaciones”
El uso responsable de las herramientas
tecnológicas por parte de los menores es
“responsabilidad compartida” entre el Estado,
las Instituciones Educativas y los Padres
de familia.
Conscientes de la responsabilidad que se tiene
en la formación integral de los estudiantes,
se considera la regulación frente al uso de
celulares y otros dispositivos electrónicos,
con la finalidad de regular y lograr su
correcta integración en las aulas, en la vida
escolar y en general en todo el proceso
educativo. Los dispositivos móviles forman
parte de nuestra realidad actual y de la de
nuestros estudiantes; puede ser considerada,
como una herramienta de aprendizaje por las
posibilidades educativas que ofrecen.
Todos los estudiantes, los padres de familia y
los docentes deben asumir y velar, desde cada
uno de sus roles, para que se dé un correcto
uso de los dispositivos móviles dentro y
fuera de la institución; por ello se toman las
siguientes determinaciones:
▶ Los dispositivos móviles únicamente
pueden utilizarse en el aula para la
realización de aquellas tareas o usos que
haya autorizado previamente el docente,
contando siempre con su supervisión. En
sus hogares, el uso de estos se realizará
con aprobación y supervisión de los
padres de familia y/o acudientes.
▶ Durante el horario de clases los
dispositivos son de uso exclusivamente
académico (siempre y cuando el docente
lo autorice) y, por tanto, no se puede
escuchar música, ver o tomar fotos y/o
videos, entrar en portales no educativos,
chatear, hacer descargas, utilizar redes
sociales, entre otros.
▶ El estudiante debe proteger el dispositivo
con clave de acceso y desbloqueo que
solo deben conocer sus padres. En
ningún caso la Institución Educativa,
se hará responsable de la pérdida
del móvil o de datos que el estudiante
pudiera tener en el dispositivo, por
lo que se recomienda hacer copia de
seguridad periódicamente.
▶ En ningún caso los estudiantes
intercambiarán, ni operarán un
dispositivo que no sea de su propiedad. Al
igual que tampoco deberán intercambiar
claves, ni cuentas de correo, ni acceso a
plataformas educativas o particulares.
(en caso de que un estudiante dañe el
móvil de un compañero, los padres de
familia asumirán dicha responsabilidad)
▶ En atención a la protección del derecho al
honor, a la intimidad personal y familiar
y a la propia imagen, queda prohibido
grabar imágenes o audio dentro o fuera
del Colegio sin la debida autorización
de compañeros, profesores y/o padres
de familia.
▶ Su uso se podrá realizar libremente
(bajo autonomía y responsabilidad
del estudiante y el acudiente), en las
horas de recreo o espacios donde
los estudiantes no tienen proceso
académico o actividades culturales
o extracurriculares.
▶ Los Estudiantes, no podrán conectar
celulares u otros dispositivos electrónicos
a los dispositivos propios de la Institución
Educativa (parlantes, televisores, video
proyectores, entre otros) sin la autorización
previa de docentes o directivos docentes.
▶ La Institución Educativa, no se hace
responsable del cuidado de los dispositivos
móviles de los estudiantes, como está
establecido en el manual de convivencia,
(no se realizará requisas para buscar
dichos elementos o indagación en las
cámaras de video institucionales, ya que
por ley está prohibido).
El incumplimiento, de lo aquí establecido
para el uso adecuado, de los dispositivos
electrónicos por parte de los estudiantes de
la institución educativa, será considerado
como Faltas Leves o situaciones tipo I
según corresponda (se continuará con
el protocolo establecido en la sección de
Faltas y Situaciones, del presente Manual
de Convivencia).
RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA
CONVIVENCIA ESCOLAR
“De acuerdo con los artículos 13, 21, 29, 30
y 31 de la Ley 1620 de 2013, el Manual de
Convivencia deberá incluir la ruta de atención
integral y los protocolos que han de seguir
las entidades e instituciones que conforman
el sistema nacional de convivencia escolar y
articular una oferta de servicio ágil, integral y
complementaria. La ruta de atención integral
habrá de contemplar acciones de promoción,
prevención, atención y seguimiento.
Teniendo en cuenta que el componente de
atención podrá involucrar a actores diferentes
a los de la comunidad educativa, en especial,
cuando la gravedad del hecho denunciado,
las circunstancias que lo rodean o los daños
físicos y psicológicos de las niñas, niños y
adolescentes involucrados sobrepasen o
puedan llegar a sobrepasar la función misional
del establecimiento educativo, el Presidente
del Comité Escolar de Convivencia activará
de manera inmediata el protocolo respectivo
y remitirá el caso al Programa Distrital de
Justicia Juvenil Restaurativa de la Secretaría
de Seguridad, Convivencia y Justicia,
actuación de la cual dejará constancia. Una
vez que sea notificado de la asignación del
equipo profesional por parte del Programa
el colegio se abstendrá de tomar medidas de
corte disciplinario e incluirá el seguimiento de
este en el componente de seguimiento de la
Ruta de Atención Integral”.
Ley 1620 de 2013
Ruta de Atención Integral
para la Convivencia Escolar
Comité Nacional
Comités Municipales Promoción
Distritales y Fomentar el mejoramiento de la
Departamentales convivencia y el clima escolar para
Comité Escolar generar un entorno favorable
para el ejercicio de los Derechos
de Convivencia Humanos, Sexuales
y Reproductivos Prevención
Invertir oportunamente en los
comportamientos que podrían
Establecimiento q af u e e c s ta e r c l o a n c v o ie n r v t i a v n e n e c n i a p a y t e ro v n it e a s r SITUACIONES QUE AFECTAN
Educativo de interacción que alteren el LA CONVIVENCIA ESCOLAR
clima escolar. Y EL EJERCICIO DE LOS
Comité Escolar DERECHOS HUMANOS,
Atención SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
Manual de de Convivencia A m s ie is m ti b r r o o p s o d rt e u l n a a c m o e m n u te n i a d a lo d s
educativa que afectan la
Convivencia Convivencia Escolar y el
ejercicio de los Derechos
Humanos, sexuales y
Revisar o implementar pautas y Seguimiento reproductivos.
acuerdos de convivencia para toda la Conflictos manejados
comunidad educativa, medidas pedagógicas Seguimiento y evaluación inadecuadamente
y alternativas de solución en conflictos, de las estrategias y acciones y situaciones esporádicas. No
consecuencias aplicables a los involucrados en d d e e s p a r r o r m ol o la c d ió a n s y p o a r t e lo n s c i a ó c n tores ge m ne e r n a t n a l d y a f ñ ís o i s c a a l p c e u r e o r p p u o e o d a e n la i n s c a i l d u i d r
situaciones que afecten la convivencia y un e instancias del Sistema Nacional negativamente en el clima escolar.
directorio actualizado de entidades a las de Convivencia Escolar TIPO
que acudir. I
PROTOCOLOS
Situaciones como
bullyng o ciberbullyng
TI I PO 1 2 . . M Fi e ja d r i a fo r r d m e a m s a d n e e s r o a l u p c e i d ó a n g d ó e g i m ca a n c e o r n a l i a m s p p a e r r c s i o a n l, a e s q i u n i v ta o t l i u v c a r a y d ju a s s t . a y Sistema Nacional com qu is e i ó n n o d re e v u is n t e d n e l l i a to y
acciones para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de TIPO que además se
de los derechos y la reconciliación. Convivencia Escolar II presentan de manera
3. Establecer compromisos y hacer seguimiento. repetida o sistemática y
causan daños al cuerpo o a la
salud mental o física del
TI I P I O 2 1 . . m R B e r e i m d n i d i d t a i a r r s l a a d t e e si n t r u c e a i s ó c t n a ió b in n le m a c e i l m a d s i i a e a t n a u t o t e o n d r i e s d a a d l d e u e r d e s f c í a s h d i o c m s a . i n y i m st e ra n t t i a v l a d s e c l u o a s n a d f o e c s t e a r d e o q s u . ieran T I I I P I O involu in c c ra a d p o a c s i i d n a g d e . nerar
3. Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones
en su contra.
4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes. Situaciones que sean
5. Generar espacios para exponer y precisar lo acontecido. constitutivas de presuntos
6. Determinar acciones restaurativas para la reparación de los daños causados, el delitos contra la libertad,
restablecimiento de los derechos y la reconciliación.
7. Realizar el reporte en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. integridad y formación
8. El cómite Escolar de convivencia realizará el análisis del caso y sexual.
seguimiento de las soluciones.
TIPO
III 1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.
2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.
3. Informar de la situación a la Policía Nacional ( Policía de Infancia y Adolescencia) PROTOCOLOS OTRAS ENTIDADES
4. Citar a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia y ponerlos en 1.La policía Nacional deberá informar a las autoridades administrativas competentes.
conocimiento del caso. 2. Adelantar la actuación e imponer de inmediato las medidas de verificación,
5. Adoptar las medidas propias para proteger a la víctima, a quien se Prevención o de restablecimiento de derechos de las partes involucradas.
le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte 3. Realizar el Reporte en el sistema de información Unificado de Convivencia Escolar.
de la situación prestada, 4. Realizar el seguimiento a la situación puesta bajo su conocimiento hasta que se
6. Realizar el reporte en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados.
7. Realizar seguimiento por parte del Cómite Escolar de Convivencia, de la autoridad
que asuma el conocimiento y del Cómite Municipal, Distrital o Departamental de
Convivencia Escolar que Ejerza jurisdicción sobre el establecimiento Educativo.
SOCIALIZACIÓN DE LA RUTA (V.0.5)
Al iniciar el año escolar se hace entrega a todos
los miembros de la comunidad educativa del
manual de convivencia, tanto en dirección de
grupo como en reunión de padres de familia,
acompañado de un taller pedagógico.
Durante el año escolar se realizan talleres
con docentes, padres, madres de familia y/o
tutores legales y estudiantes, relacionados
con el cumplimiento de las normas
contempladas en el manual de convivencia, a
su vez que se reconocen los derechos de todos
los miembros de la comunidad educativa.
Socialización de la información en carteleras
escolares, periódico mural, página web del
colegio, circulares, entre otros.
Participación activa y democrática de los
diferentes miembros de la comunidad
educativa en la revisión, ajustes e
implementación del Manual de Convivencia.
MECANISMOS DE ACTIVACIÓN DE LAS RUTAS
Se activará de acuerdo con los protocolos
definidos para cada uno de los casos. Ver
Directorio de Rutas para la atención integral
de las situaciones críticas que afectan
las instituciones educativas distritales.
(Educación para la ciudadanía y la
convivencia SED)
ARTÍCULO 59. DEFINICIÓN DE SITUACION
SOPIT
/
YEL
seveL
*
SAICNEUCESNOC
:SOTCILFNOC
ED
SOPIT
sevarG
*
selanoicazinagrO*
samisívarG
*
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,osecorp
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sol
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otcudnoc
setnemixe
y setnavarga
,setnauneta
.ratneserp
nedeup
euq
SATLAF
NES Y FALTAS CONTENIDAS EN EL MANUAL
SATLAF
SENOICAUTIS
SESALC
/0261
yeL
ocigógadep
onretnI
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SOTCEFE
o lanep
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soL
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II
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nóicnevartnoc
ed
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sedadirotuA
•
.sohcered
ed
)III
y II
opiT(
seronem
a nóicneta
Para el desarrollo de este capítulo es necesario de atención para la convivencia escolar y el
contextualizar la diferencia de situaciones ejercicio de los derechos. Una falta, implica
y faltas, ya que son elementos claves en el la revisión de los hechos a la luz del debido
marco de la convivencia Institucional. Al proceso y el análisis de una posible acción
respecto la Cámara de Comercio de Bogotá, formativa o sanción para él o los estudiantes
detalla como una situación está asociada a involucrados en el caso, lo cual se puede
una ruta de atención integral y a los protocolos resumir en las siguientes imágenes:
CUADRO COMPARATIVO
RANGO FALTAS SITUACIONES
Normatividad Ley 114/94 Ley 1620/13
Organizacional e interpersonal ▶ Interpersonal
Tipos de conflicto
Siempre interno pedagógico ▶ Tipo I y II : interno
pedagógico
RAI
▶ Tipo I y II: Externo
penal o contravencional
Quien las define
El colegio ▶ La Ley
Siempre tiene sanción dependiendo de ▶ Si el manejo interno y
la gravedad o no de la falta se atiende integralmente
el conflicto, no
hay sanción
▶ Cuando se atiende
Consecuencia
externamente, podrá
tener sanción como
pena, contravención,
restablecimiento
de derechos
Rector, Coordinador, Orientador, Docente ▶ Rector, Coordinador,
Orientador Docente
(Tipo I)
▶ Comité de Convivencia
Facultado para atender (Tipo II y III)
▶ Autoridades con
funciones de atención a
menores (Tipo II y III)
Fuente: Cámara de Comercio de Bogotá (2019)
Clasificación de situaciones
Tipo I ¿Qué es?
Conflictos manejados inadecuadamente y situaciones
esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar
y que, en ningún caso, generan daños al cuerpo o a la
salud. Interpersonal
¿Quien atiende?
Docente y mediadores escolares
Tipo II ¿Qué es?
Situaciones de agresión escolar, acoso escolar y
ciberacoso. No revisten las características de la Comisión
de un delito y cumplan con al menos una de estas
características:
(a)se presentan de manera repetida o sistemática,
(b)causan daños al cuerpo o a la salud, sin generar
incapacidad alguna
¿Quien atiende?
Comité de convivencia institucional
Tipo III ¿Qué es?
Situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de
presuntos delitos contra la libertad, integridad y
formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11, de la
Ley 599 de 2000, o de cualquier otro delito establecido en
la Ley Penal Colombiana.
¿Quien atiende?
Externo, de acuerdo con la ruta.
¿Fuente: Cámara de Comercio de Bogotá (2019)?
Faltas: comportamiento que va en contra de los principios formativos establecidos en el
Manual de Convivencia
Faltas gravísimas Faltas graves Faltas leves
▶ Atentan directamente ▶ Comportamientos que ▶ Ocurren por
descuido, falta
▶ contra los Derechos ▶ comprometen las normas
▶ de previsión
▶ Humanos, la integridad ▶ básicas de convivencia
de consecuencias
▶ física, psicológica o moral ▶ y afectan de manera
▶ por parte del
▶ de las personas o los ▶ significativa a la institución estudiante, pero
▶ principios educativos de la ▶ o a cualquier miembro de ▶ necesitan ser
▶ institución. Se consideran ▶ la Comunidad Educativa, corregidas para
▶ faltas muy graves: atentar ▶ causándole daño, además ▶ permitir un proceso
adecuado de
▶ gravemente contra la ▶ de que cuestionan los
▶ formación de este.
▶ moral y la dignidad ▶ principios y valores que
Ejemplo: Levantar la
▶ de los miembros de la ▶ la comunidad escolar ha
voz imponiendo ideas o
▶ Comunidad Educativa. ▶ definido como centrales propuestas a la fuerza.
Ejemplo: Utilizar la institución, Ejemplo: El fraude o intento Porte inadecuado de
o su nombre, en actividades de fraude o copias en las uniformes. escribir en
las paredes, pupitres y
lucrativas evaluaciones o trabajos.
espacios
La acumulación de tres
incumplimientos al horario de
ingreso a la institución o a las
actividades institucionales.
La venta o distribución de
mercancías
ARTÍCULO 60. SOCIALIZACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
1. Al iniciar el año escolar se hace entrega 2. Durante el año escolar se realizan
a todos los miembros de la comunidad talleres con docentes, padres, madres de
educativa del manual de convivencia, tanto familia y/o tutores legales y estudiantes,
en dirección de grupo como en reunión relacionados con el cumplimiento de las
de padres de familia, acompañado de un normas contempladas en el manual de
taller pedagógico. convivencia, a su vez que se reconocen
los derechos de todos los miembros de la 4. Participación activa y democrática
comunidad educativa. de los diferentes miembros de la
3. Socialización de la información en comunidad educativa en la revisión,
carteleras escolares, periódico mural, ajustes, e implementación del Manual
página web del colegio, circulares, de Convivencia.
entre otros.
ARTÌCULO 61. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LAS SITUACIONES
Mecanismos de activación de las rutas y el ejercicio de los derechos humanos
V. 0.5). Entre los cuales se destacan los
Se activará de acuerdo con los protocolos
siguientes para conocimiento específico de la
definidos para cada uno de los casos por la
comunidad educativa:
SED. Entre los cuales se requiere resaltar los
siguientes: (Ver Directorio de Rutas para la
atención integral para la convivencia escolar
No. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Protocolo de atención para presuntas situaciones de incumplimiento, negligencia y/o
abandono de las responsabilidades de padres, madres y cuidadores
2 Protocolo de atención para situaciones de presunto trabajo infantil o en riesgo de estarlo
3 Protocolos de atención para situaciones de conducta suicida
Protocolos de atención para situaciones de conducta suicida no fatal en niños, niñas y
adolescentes (ideación amenaza o intento)
5 Protocolo de atención para situaciones de presunto suicidio consumado
6 Protocolo de atención para situaciones de presunta violencia sexual
7 Protocolo de atención para situaciones de presunta agresión y acoso escolar.
Protocolo de atención para situaciones de embarazo adolescente, paternidad y/o maternidad
tempranas
9 Protocolo de atención para situaciones de presunta violencia intrafamiliar
Protocolo de atención para situaciones de presuntos casos que competen al sistema de
responsabilidad penal apara adolescentes (SRPA)
Protocolo de atención de niños, niñas y adolescentes con presunto consumo de sustancias
psicoactivas (SPA)
Protocolo de atención para situaciones de presunta violencia contra niñas, adolescentes y
mujeres por razones de género
Protocolo de atención para situaciones de hostigamiento y discriminación por orientaciones
sexuales identidades y expresiones de género diversas
14 Protocolo de atención para situaciones de presunto racismo y discriminación étnico -racial
No. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Protocolo de atención de niños, niñas y adolescentes victimas y afectados por el conflicto
armado residentes en Bogotá
Protocolo de atención para la prevención del reclutamiento forzado de niños, niñas y
adolescentes en Bogotá
Protocolo de prevención de conflictos asociados a la presencia de habitantes de calle en los
entornos escolares
18 Protocolo de atención de siniestros viales para establecimientos educativos del distrito capital
ARTÌCULO 62. TIPIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES Y RUTAS DE ATENCIÓN
Como estrategia pedagógica la IED en reflexivos con los estudiantes, cuando se
construcción colectiva, ha diseñado una presentan situaciones que afectan la sana
seria de acciones formativas buscando convivencia. Por lo cual es necesario definirlas
prevenir, minimizar y generar procesos a continuación:
ARTÌCULO 63. ACCIONES FORMATIVAS
Las acciones formativas y/o reparadoras La cartilla de acciones formativas es una
permiten a los estudiantes reflexionar e herramienta construida con el objetivo de
interiorizar acerca de sus diferentes formas contribuir a la formación integral de los
de actuar en el entorno social y como estudiantes en todos los aspectos de su
estas afectan a los demás miembros de la vida a través de la elaboración de diversas
comunidad educativa. La acción formativa actividades que permitan un crecimiento
es una oportunidad de mejora que redunda continuo en las diferentes dimensiones del
en el bienestar del estudiante logrando ser humano. Las actividades se encuentran
que este entienda la importancia de actuar diseñadas para cada tipo de falta I, II y III.
correctamente en los diferentes escenarios
Las Acciones formativas se caracterizan
de la vida.
por ser:
PERTINENTES
APLICABLES
COMPRENSIBLES
ARTÍCULO 64. SITUACIONES TIPO I
Corresponden a este tipo los conflictos
manejados inadecuadamente y aquellas
situaciones esporádicas que inciden
negativamente en el clima escolar, y que
en ningún caso generan daños al cuerpo o
a la salud. Serán atendidos por docentes y
mediadores escolares.
1. Causar molestias o incomodidades
a los (as) compañeros (as) de
manera intencional
2. Generar rumores que desencadenen en
conflictos o que denigren de la dignidad
humana entre diferentes miembros de la
comunidad educativa.
3. Utilizar vocabulario soez, comentarios
ofensivos o peyorativos durante cualquier
actividad escolar. (agresión verbal).
4. Escribir frases vulgares, pasquines,
pintar figuras obscenas o anotar
leyendas en la ropa, tablero, pupitres,
muros, computadores y demás sitios del
establecimiento educativo.
5. Excluir algún compañero de manera
intencional de grupos de trabajo
sin justificación.
6. Participar de diferentes juegos bruscos
que puedan poner en riesgo la integridad
de sí mismo o de cualquier miembro de la
comunidad educativa.
7. Generar o participar en discusiones que
afecten la relación interpersonal entre los
pares o integrantes de los miembros de la
comunidad educativa.
8. Participar en desordenes dentro o
fuera del colegio que desencadenen en
irrespeto o riesgo para cualquier miembro
de la comunidad educativa como lanzar
huevos, harina, agua entre otros.
9. Agresión gestual: (toda acción que
busque con los gestos degradar, humillar,
atemorizar o descalificar a otras personas
(Decreto 1965 de 2013, artículo 39) a
través de cualquier medio virtual.
10. Conectar celulares u otros dispositivos
electrónicos a los dispositivos propios
de la Institución Educativa (parlantes,
televisores, video proyectores, entre
otros), sin la autorización previa de
docentes o directivos docentes.
RUTA DE ATENCIÓN SITUACIONES TIPO I
1. Todos los miembros de la comunidad
educativa (1er Respondiente) deben
informar de manera oportuna cualquier
tipo de situación que se presente.
2. El docente de aula o docente que conozca
la situación actuará de forma inmediata al
identificar la situación. 64. SITUACIONES
TIPO II
3. El docente registrará en el observador
el hecho, incluyendo la versión
del estudiante, se establecerán los
compromisos con las respectivas firmas
de los involucrados y acudientes. Esto
facilitará la expresión de cada persona
involucrada para exponer sus argumentos
frente a lo sucedido.
4. El docente y/o primer respondiente
que asumió la situación implementará
las acciones formativas y/o
reparadoras acordadas y en conjunto
con el director de grupo harán el
seguimiento correspondiente.
5. En caso de reincidencia se direccionará a
reunión de grado, para implementar las
estrategias pertinentes de acuerdo con los
protocoles previstos.
ARTÍCULO 65. SITUACIONES TIPO II
1. Situaciones de agresión escolar, acoso
escolar y ciberacoso. No revisten las
características de la comisión de un
delito y cumplan con al menos una de
estas características:
a. Se presentan de manera repetida
o sistemática.
b. Causan daños al cuerpo o a la salud sin
generar incapacidad alguna.
2. Agresiones físicas que pongan en riesgo
al cuerpo o a la salud, que no generan
incapacidad en la persona (Art.39 Decreto
1965 de 2013)
3. Agresiones gestuales degradantes, humi-
llantes, atemorizantes, descalificadoras.
4. Agresiones relacionales: (Excluir del
grupo de estudio, del aula, difundir
rumores o secretos del menor de edad,
afectar negativamente el estatus o imagen
del estudiante).
5. Discriminación reiterativa: (Por su
condición sexual, orientación sexual,
identidad de género, embarazo de
adolescente, comportamientos sexuales.
Por su origen de raza, credo religioso,
condición económica y física) — Agresión
verbal reiterativa: (Utilización de palabras
degradantes, humillantes, atemorizantes
y descalificadoras, insultos, amenazas,
apodos ofensivos, burlas) –
6. Agresión escrita: (Utilizando paredes,
pupitres, tableros, cuadernos, hojas de
papel, o cualquier otro medio)
7. Ciberbullying: Uso de medios electrónicos
(redes sociales, internet, telefonía móvil y
videojuegos online, para agredir, humillar,
atemorizar, descalificar y hacer burla).
RUTA DE ATENCIÓN SITUACIONES TIPO II
1. El (a) Docente que identifica la situación,
se reúne inmediatamente con las partes
involucradas realizando entrevistas
individuales y elabora el acta convivencial
con el primer abordaje que de ésta se
haga. Se anexa la versión escrita (formato
de descargos) de cada uno de los
involucrados y se preserva, en cualquier
caso, el derecho a la intimidad, a la
confidencialidad y demás derechos.
2. El docente que conoce de primera mano
la falta informa la situación al director
de grupo (teniendo como soporte
los documentos recolectados en el
paso 1). Verificando que la situación
quede consignada en el observador
del estudiante.
3. El director de grupo remite el caso
al coordinador de convivencia quien
interviene, evalúa y determina las
acciones formativas y/o reparadoras que
debe llevar a cabo el estudiante y levanta
el acta estableciendo las instancias que se
requieran según el caso (Orientación y/o
Comité de Gestión del Conflicto Escolar de
jornada, entre otras). Previo acuerdo con
coordinación, el director de grupo cita a
los padres de los estudiantes involucrados.
4. De acuerdo con la situación y si se
requiere, el departamento de orientación
adopta medidas de protección para las
personas involucradas y deja constancia
de dicha actuación. Remite la situación
a las autoridades administrativas
correspondientes, cuando se requieran
medidas de restablecimiento de
derechos. El (a) Orientador (a) reporta
la información del caso al aplicativo que
para el efecto se haya implementado en
el Sistema de Información Unificado de
Convivencia Escolar (Sistema de alertas).
5. De acuerdo con la solicitud realizada
por el coordinador, el Comité de
prevención del Conflicto Escolar cita
a las personas afectadas y determina
las acciones restaurativas y formativas
que busquen la reparación de los daños
causados, y la reconciliación dentro de
un clima de relaciones constructivas en
el establecimiento, dejando informe en
el acta.
6. El coordinador de Convivencia informa
al rector de las acciones realizadas en el
Comité de Gestión del Conflicto Escolar.
7. Si después de las anteriores acciones
el (la) estudiante se ve nuevamente
inmerso en situaciones tipo II, se hace
necesario revisar el caso con el Comité
ARTÍCULO 66. SITUACIONES TIPO III
Todas aquellas agresiones escolares que
constituyan un presunto delito y afecte la vida,
la libertad, la integridad y la formación sexual
de las personas como lo establece la ley penal
colombiana vigente.
1. Agresión física. Lesiones personales que
generen incapacidad al menor (expedidas
por medicina legal o una entidad de salud).
2. Violencia sexual en cualquiera de sus
modalidades, contemplada en la ley penal
3. Amenazas de muerte, utilizando medios
escritos o electrónicos, o valiéndose de
una tercera persona
4. Extorsión para sacar provecho de ello,
secuestro, tortura, pornografía infantil,
utilizando cualquier medio para darla
a conocer.
5. Inducción a menor de edad al porte, venta
y/o consumo de sustancias psicoactivas
y licor
6. Inducción a la prostitución
7. Violación a la libertad religiosa
8. Injuria y calumnia
9. Violencia intrafamiliar. 65. SITUONES
TIPO III
10. Mendicidad y tráfico de menores.
11. Inducción al porte de todo tipo de armas
cortopunzantes y de fuego.
12. Lanzar objetos que puedan causar daño o
sustancias peligrosas a personas (Código
de policía)
13. Portar armas neumáticas, de aire de
fogueo, de letalidad reducida o sprays,
rociadores, aspersores o aerosoles de
pimienta o cualquier elemento que se
asimile entre otros (Código de policía).
14. Consumir bebidas alcohólicas, sustancias
psicoactivas en el espacio público, salidas
pedagógicas o lugares abiertos al público
de Convivencia Institucional, quien
puede sugerir al Consejo Directivo,
el establecimiento de una Matrícula
en observación.
ubicados dentro del área circundante
a la institución o centro educativo de
conformidad con el perímetro establecido
en el artículo 83 (Código de policía)
RUTA DE ATENCIÓN SITUACIONES TIPO III
1. La persona que conoce la situación
informa inmediatamente al Coordinador
de convivencia, orientación o rectoría
por escrito.
2. Se evalúa la situación y en caso de
afectación a la salud física y/o mental,
se garantiza la atención inmediata
de los involucrados. Se activa el
protocolo respectivo.
3. De manera inmediata se establece
comunicación directa con el padre/
madre o acudiente para que asista a
la institución y se le pueda informar
la situación presentada, generando el
acta respectiva.
4. Rectoría y Orientación informarán a las
entidades garantes de derechos de niñas,
niños y adolescentes. (Policía de infancia
y adolescencia, ICBF, Comisaria de familia,
Defensoría, Personería, entre otros)
5. El Rector y el Coordinador de Convivencia
presentarán el caso al Comité de
Convivencia Institucional para establecer
las acciones formativas pertinentes.
Donde se realizarán los compromisos
respectivos con el estudiante y su
acudiente, además determinará la
pertinencia de sugerir al Consejo
Directivo la matrícula condicional y/o
cancelación de esta, solicitud de cambio
de ambiente escolar, perdida del cupo
para el año siguiente, perder el derecho a
ser proclamado Bachiller en la ceremonia
de graduación (para los estudiantes de
grado once).
6. Si se realiza el proceso de responsabilidad
penal, de la misma manera el estudiante
continuará con el acompañamiento desde
el departamento de orientación.
ARTÌCULO 67. TIPIFICACIÓN DE FALTAS, D
FORMATIVAS, RESTAURATIVAS.
FALTAS Se entiende por falta, la realización de
una acción tipificada como tal en el Manual
de Convivencia vigente y que genera una
acción disciplinaria. Por falta disciplinaria
entendemos toda acción u omisión, voluntaria
o no, que contravenga obligaciones,
prohibiciones y demás normas específicas
sobre los deberes u obligaciones señaladas
a los
miembros de la comunidad educativa,
especialmente a los educandos o estudiantes.
Teniendo en cuenta la Sentencia T-240/18
que indica:
DEBIDO PROCESO EN ACTUACIONES DISCIPLI-
NARIAS EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS- REITE-
RACIÓN DE JURISPRUDENCIA
“Las instituciones educativas comprenden
un escenario en donde se aplica el derecho
sancionador. Dichas instituciones tienen
por mandato legal […] regir sus relaciones
de acuerdo con reglamentos o manuales de
convivencia. Esas normas deben respetar
las garantías y principios del derecho al
debido proceso. La Corte Constitucional se ha
pronunciado en varias oportunidades sobre
el derecho al debido proceso en el ámbito
disciplinario en las instituciones educativas
fijando los parámetros de su aplicación.
Las instituciones educativas tienen la
autonomía para establecer las reglas
que consideren apropiadas para regir
las relaciones dentro de la comunidad
educativa, lo que incluye el sentido o la
orientación filosófica de las mismas. Sin
embargo, tienen el mandato de regular
dichas relaciones mediante reglas claras
sobre el comportamiento que se espera de
los miembros de la comunidad educativa
en aras de asegurar el debido proceso en
7. En caso de que un estudiante incurra en
la situación, el acudiente deberá asumir
los costos de reparación o reposición del
elemento dañado.
DEBIDO PROCESO, ACCIONES
el ámbito disciplinario. Dichas reglas, para
respetar el derecho al debido proceso, han
de otorgar las garantías que se desprenden
del mismo, así las faltas sean graves. Las
instituciones educativas tienen un amplio
margen de autorregulación en materia
disciplinaria, pero sujeto a límites básicos
como la previa determinación de las faltas y
las sanciones respectivas, además del previo
establecimiento del procedimiento a seguir
para la imposición de cualquier sanción.
Dicho procedimiento ha de contemplar: (1)
la comunicación formal de la apertura del
proceso disciplinario a la persona a quien se
imputan las conductas pasibles de sanción; (2)
la formulación de los cargos imputados, que
puede ser verbal o escrita, siempre y cuando
en ella consten de manera clara y precisa
las conductas, las faltas disciplinarias a que
esas conductas dan lugar (con la indicación
de las normas reglamentarias que consagran
las faltas) y la calificación provisional de las
conductas como faltas disciplinarias; (3)
el traslado al imputado de todas y cada una
de las pruebas que fundamentan los cargos
formulados; (4) la indicación de un término
durante el cual el acusado pueda formular
sus descargos (de manera oral o escrita),
controvertir las pruebas en su contra y
allegar las que considere necesarias para
sustentar sus decisiones de las autoridades
competentes. Adicionalmente [en] el trámite
sancionatorio se debe tener en cuenta: (i)
la edad del infractor y, por ende, su grado
de madurez psicológica; (ii) el contexto
que rodeó la comisión de la falta; (iii) las
condiciones personales y familiares del
alumno; (iv) la existencia o no de medidas
de carácter preventivo al interior del colegio;
(v) los efectos prácticos que la imposición de
la sanción va a traerle al estudiante para su
futuro educativo y (vi) la obligación que tiene
el Estado de garantizar a los adolescentes su Escolar Restaurativa que haya lugar, para
permanencia en el sistema educativo”. reparar a la víctima (as) de acuerdo con los
contextos de las situaciones presentadas.
Parágrafo: En todos los tipos de faltas se
tendrán presentes las acciones de Justicia
▶ Versión libre del estudiante con presencia de sus
INICIACIÓN padres o acudiente.
▶ Comunicación formal
APERTURA FORMAL DEL PROCESO
▶ Individualización de la falta
▶ Determinación de la conducta infractora
▶ Falta disciplinaria
FORMULACIÓN DE CARGOS
▶ Sanción
▶ Normas del Manual de convivencia
▶ Indicar el término en el cual puede presentar
descargos e instancia
▶ Indicar que tiene derecho a solicitar o
TRASLADO DE PRUEBAS
aportar pruebas
▶ Dejar constancia del traslado de las pruebas al
estudiante investigado
▶ Deber de motivación
▶ Correspondencia entre la falta y la sanción
DECISIÓN PRIMERA INSTANCIA
▶ sanción proporcional, razonable y necesaria
▶ Recursos, plazo e instancia ante la cual se presentan
▶ Informar sobre los recursos procedentes:
Reposición y apelación.
NOTIFICACIÓN ▶ Plazo para interponerlos.
▶ Autoridad administrativa ante la cual
debe interponerlos
▶ Deber de motivación y principio de congruencia
▶ Notificación
▶ La decisión de segunda instancia no puede imponer
DECISIÓN SEGUNDA INSTANCIA
una medida más gravosa que la impuesta en la
decisión de primera instancia.
Elaboración propia (SED 2022)
ARTÍCULO 68. FALTAS LEVES
Son aquellas que no afectan directamente
a otros, a los bienes de la institución o de
cualquier miembro de la comunidad, ni
lesionan la honra o el respeto del otro;
generalmente ocurren por descuido, falta de
previsión o anticipación de consecuencias
por parte del estudiante, pero necesitan ser
corregidas para permitir un proceso adecuado
de formación de este. Una falta leve se puede
convertir en grave o gravísima, cuando es
reiterativa, y por lo mismo, se constituye en
una conducta intencionada que lesiona al
mismo estudiante, a los bienes o a cualquier
otro miembro de la comunidad educativa.
1. Llegar reiteradamente tarde a su
jornada escolar, exponiéndose a riesgos
del entorno.
Parágrafo: A continuación, se especifica el
protocolo correspondiente por llegadas tarde
del estudiante al colegio:
▶ Cuando el estudiante complete 3 llegadas
tarde a su jornada escolar el director
de grupo citará al acudiente y firmará
el correspondiente compromiso con la
asignación de la acción pedagógica.
▶ Después de firmado el compromiso si
persisten las llegadas tarde se citará
acudiente a la reunión de grado donde se
firmará un segundo compromiso.
▶ Si después de los dos compromisos
anteriores la situación de llegadas tarde
persiste, coordinación de convivencia
citará al acudiente y al estudiante
asignando la respectiva sanción en casa
con trabajo pedagógico.
▶ Si continúa la dificultad de llegadas
tarde el estudiante será remitido al
comité de convivencia para abordar la
respectiva problemática.
▶ Posterior al anterior proceso si no se
cumplen los acuerdos se realizará el
reporte al sistema de alertas de la SED por
negligencia del acudiente y se remitirá el
caso a ICBF, ya que el acudiente no está
garantizando la seguridad del menor y se
está afectando el derecho a la educación.
2. Llegar tarde a las clases o las actividades
programadas por la institución.
3. Usar inadecuadamente el uniforme
con prendas no autorizadas (gorras,
bufandas, camisetas de equipos, entre
otras) de acuerdo con lo establecido en el
Manual de Convivencia vigente.
4. Usar elementos como patinetas,
celulares, reproductores de audio y
video, sumas de dinero considerables,
que afecten el normal desarrollo de las
actividades escolares. Parágrafo: La
responsabilidad ante la pérdida de estos
elementos es exclusiva de los estudiantes
y sus acudientes. A su vez se aclara
que el colegio no está autorizado para
realizar requisas o enseñar videos de las
cámaras de seguridad para establecer
posibles responsabilidades, esta acción
les corresponde únicamente a las
autoridades competentes.
5. Consumir alimentos en clase o en recintos
donde haya actividades formales. (Con
excepción de prescripciones médicas).
6. Arrojar basura o depositarla en sitios no
destinados para tal fin.
7. Interrumpir el desarrollo de
actividades programadas desde las
diferentes asignaturas/dimensiones y
espacios Institucionales.
8. Utilizar indebidamente el comedor:
arrojar la comida, mesas y /o sillas,
ingresar a zonas prohibidas para los
estudiantes como zona de cocina o
armarios. Se encuentra prohibido sacar
la comida y/o los utensilios del comedor
escolar. Se deben consumir todos los
alimentos garantizando el no desperdicio
de los mismos.
9. Permanecer durante el descanso en
las aulas de clase y/o pasillo sin el
acompañamiento de un docente.
10. Incumplir las normas establecidas para
espacios como las aulas de informática
y tecnología, laboratorios, biblioteca,
auditorio y comedor, el aula de música,
danzas, teatro, artes plásticas, pizarra
digital entre otras.
11. Ingresar sin autorización a espacios
exclusivos de permanencia de docentes,
en cualquiera de las jornadas. Los
espacios contemplados son: sala de
profesores, oficinas y baños.
12. Desperdiciar el agua en los baños o en
cualquier otro lugar de la Institución y/o
la mala utilización de los dispensadores
de agua.
13. Promover situaciones o comportamientos
que impiden el desarrollo apropiado
de las clases, izadas de bandera, actos
culturales, formaciones, entre otras, al
no seguir las instrucciones dadas por
el docente.
14. Permanecer en la institución sin
autorización o sin el acompañamiento
de un docente, fuera de los horarios
establecidos, así como ingresar al
comedor escolar en la jornada que
no corresponde.
15. Correr, subirse o sentarse en los muros de
los ventanales y de los pasillos, treparse
por las mallas y barandas, o saltar de
piso a piso, ya que esto puede generar un
riesgo para la integridad del estudiante.
16. Usar balones en sitios diferentes a
las canchas y en horarios que no
corresponden sin la supervisión de
un docente.
17. Lanzar cualquier tipo de objeto generando
riesgo para otras personas.
18. Incumplir reiteradamente con las
citaciones hechas por los docentes,
los directivos docentes a instancias
como (Reuniones de grado, Comité
de Convivencia y/o Consejo Directivo,
entre otros).
19. Omitir información de manera oportuna
y veraz a los acudientes cuando
la Institución genere algún tipo de
documento (circulares informativas)
en el que se manifieste disposiciones
circunstanciales de horario, cancelación
de clases, de almuerzo, citación de
padres, etc.
20. Cometer fraude comprobado en
cualquier clase de evaluación o actividad.
21. Dejar de presentar justificación cuando el
estudiante de forma reiterativa sale de la
Institución con autorización del acudiente.
Parágrafo: Se citará al padre/ madre y/o
acudiente para verificar los motivos de
inasistencias y/o retiros del colegio durante
la jornada y se le solicitará la entrega de los
soportes respectivos.
22. Retirarse del aula sin autorización
del docente a cargo, si esta situación
se presenta de manera reiterativa, se
convertirá en falta grave.
23. Dirigirse al otro de manera inadecuada
e irrespetuosa, utilizando agresiones
verbales o gestuales.
24. El consumo, tenencia o distribución
de bebidas energizantes dentro de las
instalaciones del colegio, sin autorización
médica o institucional, (estas bebidas
contienen altos niveles de cafeína,
azúcares y otros estimulantes que
pueden afectar la salud física y emocional
de los estudiantes, además de alterar su
comportamiento) si la situación persiste
se escala a falta grave.
RUTA DE ATENCIÓN PARA FALTAS LEVES
1. El docente que conoce la falta cometida la
tratará directamente con el estudiante.
2. El docente dialogará con el estudiante
sobre lo sucedido, escuchándolo y
haciéndole ver las consecuencias del
hecho cometido.
3. Se hace un registro en el observador del
estudiante, tanto de la falta como de los
descargos del estudiante, respetando el
debido proceso.
4. El docente informará al estudiante sobre
las acciones formativas correspondientes
a la comisión de su falta, lo que también
quedará por escrito en el observador.
5. Las faltas leves deben ser resueltas dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes a la
fecha en que se inicie el proceso.
6. De persistir la situación se citará en
reunión de grado a los acudientes, para
establecer los acuerdos respectivos.
7. El director de grupo y/o docente
que conozca la situación realizará
acompañamiento del estudiante,
para verificar la efectividad de
la acción formativa y el avance
actitudinal presentado.
ACCIONES FORMATIVAS Y/O REPARADORAS
FALTAS LEVES
Determinadas en la “Cartilla de acciones
formativas y reparadoras Faltas leves”.
(Lideradas por docentes y directores
de grupo.)
INSTANCIAS QUE PARTICIPAN EN LAS
FALTAS LEVES
▶ Grupo Hermes. (Mesa de conciliación escolar)
▶ Docente
▶ Director de grupo
▶ Reunión de grado
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ARTÍCULOS 69. FALTAS GRAVES
Son aquellos comportamientos que
comprometen las normas básicas de
convivencia y afectan de manera significativa
a la institución o a cualquier miembro de
la comunidad educativa causándole daño,
además de que cuestionan los principios
y valores que la comunidad escolar ha
definido como centrales y deseables para
la vida en sociedad o ponen en peligro la
vida del estudiante o de algún miembro de la
comunidad educativa, incluyendo las faltas
contra el medio ambiente y la salud, cuando
una falta grave es repetitiva se convierte en
falta gravísima.
1. Incumplir reiteradamente faltas leves,
sin mejorar la actitud o comportamiento
del Estudiante y/o incumplir los acuerdos
firmados, así como las actividades
propuestas para generar la restauración
de las faltas leves cometidas.
2. Generar y/o participar en conductas en
las que predomine la agresión física.
3. Dejar de asistir a la Institución sin justa
causa, a pesar de ser enviado por los
padres de familia al colegio.
4. Interactuar con las personas que se
encuentran en la malla que da al exterior
de la Institución.
5. Adulterar la firma de los acudientes
en cualquier documento de
carácter institucional.
6. Generar comentarios o bromas que
atenten contra la salud física y/o
emocional de cualquier miembro de la
comunidad educativa.
7. Hacer negocios dentro del colegio: traer
objetos y/o productos alimenticios o
de cualquier índole para vender y/o
permutar. (si se presenta alguna novedad
de salud con el consumo de estos
productos, entre ellos intoxicación, el
acudiente del menor que está vendiendo,
asume la responsabilidad legal del hecho).
8. Citar personas ajenas a la institución en
los alrededores del colegio tanto en la hora
de entrada y salida de la jornada escolar,
con el objeto de agredir o amenazar,
generando inseguridad o actos violentos
para la comunidad educativa en general.
9. Ingresar a personas ajenas al colegio, sin
la debida autorización de la Institución, a
eventos programados por el colegio o a
clases regulares.
10. Intercambiar objetos por las mallas
del colegio, generando situaciones de
inseguridad para la comunidad educativa.
11. Brindar información falsa o negarse a dar
información requerida por el personal
docente, directivos o de cualquier otro
estamento de la institución, al sorprender
al estudiante cometiendo alguna de
las faltas contempladas en el Manual
de Convivencia.
12. Arrebatar las onces u objetos personales
a otro compañero con el fin de
no devolverlos.
13. Faltar al colegio a pesar de que sus
acudientes lo hayan enviado a su jornada
escolar, exponiéndose a situaciones
de riesgo.
14. Producir daño o hacer uso inadecuado de
los bienes, equipos, materiales y demás
elementos destinados a la enseñanza o al
servicio de los estudiantes.
15. Presentar y/o apropiarse de ideas,
creaciones o producciones de
otros estudiantes.
16. Abandonar la Institución durante la
jornada escolar sin autorización previa de
los docentes o directivos docentes (saltar
mallas, salir del colegio con engaños por
las puertas de la institución, saltar de los
pisos altos).
17. Desacatar a la autoridad en las salidas
pedagógicas o recreativas, generando
comentarios o comportamientos
inapropiados que afecten el buen nombre
de la institución.
18. Usar la red de Internet para actividades
diferentes a las establecidas en el
reglamento de la sala de informática.
Instalar, desconfigurar, alterar y /o
modificar el software o dañar el hardware
de los computadores de la Institución.
19. Encubrir o ser cómplice en acciones
graves que van en contra de los valores de
nuestra convivencia.
20. Incumplir con los compromisos,
obligaciones y actividades propias del
Servicio Social Obligatorio; asignadas por
docentes, directivos y administrativos
cuando el estudiante se encuentre
prestando dicho servicio.
21. Intercambiar objetos por las mallas
del colegio, generando situaciones de
inseguridad para la comunidad educativa.
22. Conformar grupos con el propósito
de agredir, intimidar, dañar, burlar o
discriminar a cualquier miembro de
la comunidad.
23. Propiciar, promover o participar en
peleas dentro o fuera de la Institución, o
actividades escolares o extraescolares
que afecten el buen nombre del Colegio
(así como participar en la conformación
de grupos “círculos” que permitan el
desarrollo de dichas actividades).
24. Consumir sustancias psicoactivas y/o
alcohólicas dentro de la Institución,
y/o asistir a cualquier actividad
institucional bajo el efecto de estas
(o cualquier sustancia que afecte los
sentidos y/o alteren el comportamiento
del estudiante).
25. Utilizar inapropiadamente los espacios
del colegio para realizar actividades de
índole personal y privada (relaciones
sexuales, necesidades fisiológicas y
otras) que atentan contra la dignidad de
las personas.
26. Esconder, botar o dañar útiles escolares o
elementos personales a los compañeros
(maletas, chaquetas, celulares,
cuadernos, trabajos, maquetas etc.)
27. Incumplir con las normas establecidas
para espacios como la biblioteca, el
ágora, laboratorios, salas de informática
entre otros.
28. Comunicarse con los acudientes
de sus compañeros sin ninguna
autorización dando información no
oficial y que corresponde únicamente
al colegio generarla, ya que se puede
poner en riesgo a los integrantes de la
comunidad educativa por el manejo de
la información.
29. Evadir clases o cualquier actividad
académica, deportiva y/o cultural que
ponga en riesgo su integridad personal.
Parágrafo: Cuando un estudiante del colegio
presente evasión de clase o de una actividad
académica, se activará el siguiente protocolo:
1. El docente informará inmediatamente
a coordinación y/o orientación de la
evasión del estudiante para ubicarlo a la
mayor brevedad.
2. El docente de la asignatura o el
coordinador notificará vía telefónica al
acudiente sobre la evasión de clase de su
hijo y solicitará en lo posible la presencia
del acudiente en la institución, al no ser
así, se enviará citación al acudiente por
parte del docente de la asignatura.
3. El docente de la asignatura registrará
en el observador la evasión o salida
injustificada del estudiante de clase.
4. Se realizará reunión con el estudiante,
acudiente, docente y coordinación
de convivencia para analizar causas,
establecer compromisos y acciones
formativas que permitan la no repetición
de esta situación que expone al menor
a riesgos.
5. Si se identifican causas emocionales,
familiares o sociales, se remite el caso a
orientación para intervención individual
o grupal.
6. Si después de firmar los compromisos
se repite nuevamente la evasión de
clase, se remite el caso al comité de
convivencia institucional.
7. Si el estudiante se fuga del colegio se
informará inmediatamente al acudiente,
se activa la línea 123 quien enlaza con
policía de infancia y adolescencia y
se ejecutan las directrices dadas por
esta entidad, se realizará reporte al
sistema de alertas, se notificará a la OCE
(Oficina de convivencia de la SED) y se
remitirá el caso al comité de convivencia
institucional; en caso de que el estudiante
durante las primeras 24 horas continúe
desaparecido, el colegio realizará la
denuncia ante la fiscalía. (se registrarán
las acciones realizadas).
8. Evaluar cumplimiento del compromiso y
decidir si se cierra el caso o se escala al
Comité de Convivencia.
30. Participar o generar suplantación
académica realizando un uso indebido
del trabajo escolar con fines lucrativos,
considerándose una falta a la
honestidad académica.
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RUTA DE ATENCIÓN PARA FALTAS GRAVES
El docente que tenga conocimiento de la
falta, que también puede ser el director o
asesor de grupo, o cualquier otro miembro
de la comunidad, debe abordar y confrontar
directamente al estudiante implicado, para
aclarar los detalles y las circunstancias de
lo sucedido.
Diligenciar el formato acta de registro de la
presunta falta en la que el estudiante pueda
expresar su punto de vista sobre lo ocurrido
a manera de descargo, este formato o acta
debe ser firmado tanto por el estudiante
como por el docente que conoce el caso y
remitirla al coordinador de convivencia, para
que continúe el proceso, califique la falta y
determine la sanción correspondiente en la
instancia respectiva. Se asegura, por tanto, el
debido proceso como derecho fundamental
de los estudiantes.
1. Inmediatamente se inicie el proceso
por falta grave, la institución, a través
del coordinador de convivencia, deberá
informar a los padres del estudiante sobre
la apertura de dicho proceso disciplinar,
puntualizando la falta cometida.
2. El Coordinador de convivencia de la
institución educativa, citará a los padres
de familia o acudiente y al estudiante,
para asegurar el debido proceso, el
derecho a la defensa y después de dichas
acciones se les notificará la decisión con
ARTÌCULO 70. FALTAS GRAVÍSIMAS
Son aquellas que atentan directamente contra
los derechos humanos básicos, la integridad
física, psicológica o moral de las personas o
los principios educativos de la institución, y en
muchos casos están tipificadas como delitos
por la justicia ordinaria. Este tipo de acciones
son consideradas generalmente delitos que
ponen en riesgo la vida, la integridad física
y los bienes materiales de las personas o
de la institución educativa, de tal manera
que pueden causar daños, en muchos casos
irreparables o irreversibles.
relación a la sanción determinada. De esta
reunión se debe levantar un acta de dicha
notificación y consignarse también en el
observador del estudiante. Toda sanción
debe traer consigo la reparación del
daño causado.
3. En cualquiera de los momentos del
proceso por falta grave, el estudiante y
sus padres o acudiente podrán solicitar
la veeduría o intervención, ya sea del
personero de los estudiantes o del comité
de prevención del conflicto escolar de
la institución, como acompañantes de
proceso o como instancia de conciliación.
4. El procedimiento para la indagación
de una falta grave, los descargos, la
calificación de la falta y la aplicación
de la correspondiente sanción no
podrá exceder los diez (10) días hábiles
ajustados al calendario escolar.
5. De considerarlo el equipo de orientación
realizará las remisiones requeridas
para el acompañamiento del caso en la
instancia respectiva.
6. El director de grupo y/o docente que
conoce la situación, el coordinador
de convivencia y orientador realizará
acompañamiento del estudiante, para
verificar la efectividad de la acción
formativa y restaurativa si hay lugar y el
avance actitudinal presentado con relación
a las faltas presuntamente cometidas.
1. Incumplir reiteradamente Faltas graves,
sin mejorar la actitud o comportamiento
del Estudiante y/o incumplir los acuerdos
firmados en comités de jornadas o
de grado, así como a las actividades
propuestas para generar la restauración
de las faltas graves cometidas.
2. Participar o crear situaciones que atenten
contra la integridad física y/o moral
de cualquier persona que se encuentre
dentro o fuera del plantel.
3. Disponer o apropiarse de dinero, prendas,
y/o materiales ajenos.
4. Agredir de forma física, verbal o escrita
a directivos, docentes, estudiantes u
otras personas que hagan parte de la
comunidad educativa y cuya falta genere
incapacidad médica o cualquier tipo de
afectación (daño en la salud física y/o
mental) debidamente soportada.
5. Falsificar o usar documentos, firmas,
sellos y papelería de la Institución con
fines fraudulentos.
6. Difamar, injuriar o calumniar a cualquier
integrante de la comunidad atentando
contra la dignidad de las personas o
debilitando el principio de autoridad y
buen nombre.
7. Ingresar a la Institución educativa,
sustancias psicoactivas, alcohólicas o
que alteren los sentidos de la persona y/o
su comportamiento.
8. Guardar, proveer, vender y/o inducir a
otros al uso y/o consumo de cigarrillos,
bebidas embriagantes, drogas, sustancias
psicoactivas (Popper, bóxer, cocaína,
éxtasis, marihuana, bazuco, alcohol
industrial) o cualquier otro producto
nocivo para la salud dentro o fuera
de la institución y en las actividades
programadas fuera de ella, (decreto 1108
del 31 de mayo de 1994).
9. Inducir, incitar y/o asumir conductas
que conlleven al acoso o al abuso sexual
y/o practicar conductas sexuales que
atenten contra la moral y la dignidad de
las personas.
10. Amenazar, intimidar o suplantar a
través de las redes sociales (Facebook,
Twitter, Messenger etc.) a los
compañeros o cualquier miembro de la
comunidad educativa.
11. Atentar contra los bienes materiales
de cualquiera de los miembros de
la comunidad educativa (daño de
automóviles, sustracción de notas, daño
a las baterías, fluxómetros y demás
elementos de los baños, incineración
de muebles, destrucción de jardines,
destrucción de vidrios y/o espejos,
sustracción de elementos del colegio etc.).
12. Intimidar, sobornar, hostigar, (Bullying)
a cualquier miembro de la comunidad
dentro o fuera del colegio a través de
cualquier medio.
13. Realizar grabaciones con algún medio
tecnológico a estudiantes, docentes o
cualquier miembro de la comunidad
educativa sin su autorización y
compartirlo en las redes sociales,
generando así comentarios que vayan en
contra de la integridad física o psicológica
de la persona.
14. Inducir, incitar y/o asumir conductas
que conlleven al acoso o al abuso sexual
y/o practicar conductas sexuales que
atenten contra la moral, la dignidad
y la intimidad de cualquier miembro
de la comunidad educativa (bajar los
pantalones, levantar la falda, tocar sus
partes íntimas entre otros). Además de
la divulgación de material pornográfico a
través de las redes sociales u otros
medios.
15. Hostigar a cualquier miembro de la
comunidad educativa por razón de
raza, religión ideología, tendencias
sexuales entre otras. (Ley de
discriminación -género)
16. Portar cualquier clase de arma de
fuego, corto punzante o de cualquier
tipo, que atente contra la integridad de
las personas. (Si la situación se presenta
con un estudiante de primaria se actuará
de acuerdo con su madurez cognitiva y se
tendrá en cuenta la respectiva edad del
menor para aplicar el debido proceso).
17. Cualquier conducta que se considere
presunción de un delito.
18. Amenaza y/o intimidación a docentes,
levantar falso testimonio de los docentes
y acusaciones falsas y/o sin pruebas
frente a entidades como secretaria de
educación, procuraduría, entre otros,
y que atenten contra el buen nombre
y la imagen de los docentes, o pongan
en riesgo su labor docente, así como
cualquier conducta que sea considerada
bajo la normatividad vigente como
“agresión a funcionario público”.
19. Intimidar a los compañeros con la
presencia de familiares y/o amigos con
amenazas de ser golpeados o agredidos
dentro o fuera de la institución.
RUTA DE ATENCIÒN PARA FALTAS GRAVÍSIMAS
1. Las faltas gravísimas deben ser tratadas
de igual manera que las graves hasta
el momento en el cual se confirma la
comisión de la falta.
2. La comisión de una falta gravísima por
un estudiante puede ser denunciada por
cualquier miembro de la comunidad
educativa, la cual se deberá entregar
por escrito y con las respectivas
pruebas iniciales ante el coordinador de
convivencia respectivo, quien enterará
de la misma manera al rector de la
institución educativa.
3. Se enterará de dicha situación
disciplinaria al estudiante implicado y
a los padres de familia o acudientes. En
este momento el estudiante rendirá los
descargos por escrito. Se dejará acta
escrita firmada por los intervinientes
en coordinación de convivencia,
asegurando el debido proceso de las
personas involucradas.
4. Intervención del comité de
convivencia institucional, encargado de
revisar la documentación existente sobre
el proceso, así como de determinar la
proporcional a la falta cometida y sugerir
la posible sanción y reparación de la falta
si hubiere lugar.
5. El rector, atendiendo la intervención
del comité de convivencia institucional,
revisará el cumplimiento del debido
proceso, calificará la falta e impondrá
la sanción correspondiente mediante
resolución motivada, la que será
comunicada al estudiante y a sus padres
o acudientes en reunión concertada
para tal fin y de la cual se debe elaborar
un acta y consignarse en el observador
del estudiante.
6. Si la falta gravísima es considerada
delito por la justicia ordinaria, la
institución, por medio del rector, la pondrá
en conocimiento de las autoridades
competentes para que ellas se ocupen
de su investigación y manejo en lo
que trasciende a la competencia de la
institución educativa.
7. El procedimiento para la indagación
de una falta gravísima, los descargos,
la calificación de la falta y la aplicación
de la correspondiente sanción no podrá
exceder los quince (15) días hábiles.
RUTA DE ATENCIÓN FALTA GRAVÍSIMA
1. La persona que conoce la situación
informa inmediatamente al Coordinador
de convivencia, orientación o rectoría
por escrito.
2. Se evalúa la situación y en caso de
afectación a la salud física y/o mental,
se garantiza la atención inmediata
de los involucrados. Se activa el
protocolo respectivo.
3. De manera inmediata se establece
comunicación directa con el padre/madre
o acudiente para que asista a la institución
y se le pueda informar la situación
presentada, generando el acta respectiva.
4. Rectoría y Orientación informarán a las
entidades garantes de derechos de niñas,
niños y adolescentes. (Policía de infancia
y adolescencia, ICBF, Comisaria de familia,
Defensoría, Personería, entre otros)
5. El rector y el coordinador de convivencia
presentarán el caso al Comité de
Convivencia Institucional para establecer
las acciones formativas pertinentes.
Donde se realizarán los compromisos
respectivos con el estudiante y su
acudiente, además determinará la
pertinencia de recomendar al Consejo
Directivo la matricula condicional y/o
cancelación de matrícula. Estas incluyen:
Matricula condicional, la cancelación
de la matrícula, solicitud de cambio de
Ambiente Escolar, perdida del cupo para
el año siguiente, perder el derecho a ser
proclamado Bachiller en la ceremonia
de graduación, (para los estudiantes
de grado once), suspender a los derecho a la educación al estudiante en otra
estudiantes matriculados en grado 9 y institución educativa.
10 el SSO hasta el siguiente año lectivo.
Si se realiza el proceso de responsabilidad
(Incluyendo la pérdida total o parcial
penal, de la misma manera el estudiante
de las horas acumuladas según sea la
continuará con el acompañamiento desde el
falta disciplinaria).
departamento de orientación.
Parágrafo: En caso de cancelación de
matrícula después del debido proceso, el En caso de que un estudiante incurra en
rector citará al acudiente y lo notificará afectaciones materiales el acudiente deberá
por escrito con la correspondiente acta asumir los costos de reparación o reposición
e informará al DILE para garantizar el del elemento dañado.
Ruta de Atención Faltas Tipo III
Docente, Coordinador de Convivencia, Orientación, Rectoría,
Comité de Convivencia Institucional, Consejo Directivo,
Entidades Garantes de derechos de niñas, niños y adolescentes
1. Informar inmediatamente al coordinador de
convivencia, orientación o rectoría por escrito. Acta Convivencial.
(Cualquier miembro de la comunidad) Descargos.
2. Garantizar la atención inmediata de los
involucrados, en caso de afectación a la salud física Protocolo
y/o mental. Establecido.
(Coordinador, Orientador, Rector)
3.Informar inmediatamente al acudiente, para que
asista a la institución e informarle la situación Acta Convivencial.
presentada. Citación.
(Docente, Coordinador, Orientador, Rector)
Informe, remisión policía
4. Informar a las entidades garantes de derechos. de infancia y
(Coordinador, Orientador, Rector) adolescencia, ICBF,
comisaría, defensoría,
entre otros.
5. Presentar el caso al comité de convivencia Cartilla Acciones
institucional para establecer acciones formativas / Formativas / Reparadoras Acta
reparadoras. Tipo III
(Coordinador, Rector)
6. Realizar los compromisos acordados con el 6.1 Determinar la pertinencia de recomendar al
estudiante y su acudiente. Consejo Directivo matrícula condicional o Acta
(Comité de Convivencia) cancelación de matrícula.
pr ¿ o E c l e e s s o tu d d e i a r n es te p o in n g s r a e b s i a li d a a l d Sí 7. Con d t e in p u a a rt r a c m on en e t l o a d c e o m or p ie a n ñ t a a m ci i ó e n n . to del P Le ro y t 1 o 0 c 9 o 8 lo
penal? (Orientación) Orientación
No
Finaliza Ruta Tipo III y
persiste el
acompañamiento.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 94-121.

Capítulo XVII · páginas 122-123

Principios pedagógicos en procesos disciplinares

RECURSO DE REPOSICIÓN: Consiste en
interponer en forma escrita y durante los 3
días hábiles siguientes a la notificación de la
sanción, sus descargos con nuevos elementos
probatorios, ante el funcionario o la instancia
que la emitió.
RECURSO DE APELACIÓN: Fallada esta primera
instancia, el estudiante tendrá derecho a
hacer uso de este recurso, que consiste en
interponer en forma escrita, con los anexos
necesarios, y durante los tres días hábiles
siguientes sus descargos, a la instancia
inmediatamente superior a la autoridad que
emitió el concepto.
Parágrafo 1. Resuelto el recurso o vencido
los términos para presentarlos, se perderá el
derecho a interponerlos.
PRINCIPIO DEL DERECHO A LA DEFENSA
Las sanciones o medidas previstas en este
Manual se aplicarán conforme al Derecho
de defensa del estudiante. El estudiante
que sea objeto de una inculpación tendrá
derecho a que se le notifique con claridad
la falta cometida o la presunta violación
o el incumplimiento de los deberes, a ser
escuchado en las diferentes instancias, a
pedir que se le practiquen pruebas, a solicitar
la presencia del acudiente, del representante
del consejo de estudiantes y del personero
de los estudiantes. Frente al procedimiento
por faltas graves y gravísimas, tiene derecho
a presentar descargos ante el estamento que
emitió el concepto y a interponer los recursos
establecidos en este Manual para que se
modifique o ratifique la decisión.
Parágrafo 1. Todo estudiante se presume
inocente, mientras no se haya comprobado
su culpabilidad en faltas en las cuales esté
involucrado directa o indirectamente.
Parágrafo 2. A ningún estudiante se le podrán
aplicar dos sanciones diferentes por una
misma falta. De cualquier falta ocurrida, debe
quedar registro escrito en el observador.
Parágrafo 3. La complicidad o la mentira
de cualquier persona, que la vincule con
cualquiera de las faltas mencionadas, implica
la aplicación del Debido Proceso con la misma
gravedad de quien cometió la falta.
▶ PRINCIPIOS DEL DEBIDO PROCESO: Se
denomina DEBIDO PROCESO, al conducto
regular que determina las instancias a
seguir en caso de haberse cometido una
falta leve, grave o gravísima, en cuanto a
la responsabilidad del estudiante en cada
caso y los procedimientos respectivos,
respetando el derecho a la defensa
que tiene cada uno. Así mismo, hace
referencia a los criterios, principios y
procedimientos que se deben tener en
cuenta para adelantar un proceso a
cualquier persona, con el fin de atender
formativa, justa y oportunamente los
conflictos individuales y colectivos que
se presenten entre los miembros de
la comunidad educativa. Este proceso
incluye: la presunción de inocencia, el
derecho a la defensa, a enterarse de
las faltas de las cuales se le acusa, a la
presencia de sus padres o acudientes y a
conocer el resultado de su situación.
▶ PRINCIPIO DEL CONDUCTO REGULAR:
Son las diferentes instancias a las que
se puede acudir en caso de presentar
alguna inquietud o inconformidad
tanto el componente académico
como convivencial y tiene por objeto
la atención oportuna y efectiva de
las solicitudes, es decir, que éstas
obtengan una respuesta de fondo sobre
lo planteado y en el momento en que se
requiera para garantizar los derechos de
los estudiantes y la comunidad educativa
en general.
PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS DE RESTAURACIÒN:
Las faltas cometidas por parte de los
estudiantes dan lugar a la toma de conciencia
de las consecuencias de su actuación y de
las responsabilidades que de ella se derivan.
La reparación del daño ocasionado debe ser cambio en la conducta (compromiso),
efectuada por quien lo realizo. La reparación restitución y generosidad.
comprende cuatro elementos: disculpa,
1— RECURSO DE REPOSICIÓN
2 — RECURSO DE APELACIÓN
3 — PRINCIPIO DEL DERECHO A
LA DEFENSA
4 — PRINCIPIOS DEL DEBIDO
5 — PRINCIPIO DEL CONDUCTO
REGULAR
6— PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS
DE REPARACIÓN

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 122-123.

Capítulo XVIII · páginas 124-128

Enfoque restaurativo para faltas y situaciones convivenciales

Artículo 71. Principios Debido Proceso Disciplinario · Artículo 72. Para La Aplicación De La Falta Se Tendrá Presente Las

ARTÍCULO 71. PRINCIPIOS DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO
Legalidad. Se consideran faltas aquellas que en beneficio de sus intereses. En el caso de
están expresamente definidas en el manual los estudiantes, ellos deben defenderse por
de convivencia, con los procedimientos medio de sus padres, madres o acudientes,
preestablecidos y ante la instancia a quienes se les debe asegurar el derecho de
competente respectiva. Estas deben estar presentar pruebas y controvertir las que se
clasificadas según la gravedad. Con base en alleguen en su contra.
esa clasificación, también deben tipificarse
Instancia competente. El manual de convivencia
las acciones pedagógicas correctivas que
debe definir quien adelanta cada una de las
serán aplicadas.
etapas del proceso disciplinario, incluyendo la
Presunción de inocencia. El implicado aplicación de las medidas correctivas.
es inocente hasta cuando no se le haya
Favorabilidad. Ante la aplicación de varias
demostrado su responsabilidad en falta
opciones se seleccionará la que más beneficie
cometida o acepte de manera voluntaria la
al estudiante, adicionalmente, la duda siempre
comisión de dicha falta.
debe resolverse a su favor.
Igualdad. El estudiante (y también los demás
Proporcionalidad. Debe existir proporcionalidad
miembros de la comunidad educativa)
entre la gravedad de la falta cometida y la acción
no puede ser discriminado por ningún
pedagógica correctiva aplicada.
motivo (etnia, origen, lengua, identidad de
género, religión, orientación sexual, opinión Impugnación: Derecho a interponer recursos
política, entre otras). Ante faltas iguales sobre la decisión definitiva.
en circunstancias iguales, las acciones
Non bis in ídem: Derecho a no ser sometido a
pedagógicas correctivas deben ser iguales.
un procedimiento correctivo dos veces por el
Derecho a la defensa. Durante todas las etapas mismo hecho o de ser doblemente sancionado
del proceso, la persona tiene el derecho a por la misma falta
defenderse y de probar lo que le corresponde
ARTÍCULO 72. PARA LA APLICACIÓN DE LA FALTA SE TENDRÁ PRESENTE LAS
CIRCUNSTANCIAS DE RESPONSABILIDAD
▶ ATENUANTES: Circunstancia que reduce ▶ La edad, desarrollo mental, psicoafectivo,
o aminora la responsabilidad reconoce y volitivo y sus circunstancias personales,
repara el daño familiares y sociales.
▶ Buen comportamiento del estudiante en ▶ Haber sido inducido o recibido amenaza
su historia escolar. por parte de otra persona para violar
▶ Buen rendimiento académico. las normas del Manual de Convivencia
e incurrir en comportamientos
▶ Comunicación y aceptación de la falta
considerados como faltas graves
por parte del estudiante.
y/o gravísimas.
▶ Haber actuado en defensa propia
EXIMENTES: Circunstancia que exonera o
o comunitaria.
libera de la responsabilidad
▶ Alteración mental
▶ Miedo insuperable
▶ Situación involuntaria
▶ Discapacidad o trastorno
AGRAVANTES: Circunstancia que aumenta el
grado de responsabilidad (Actuar con dolo).
▶ Corroborar que el estudiante manipuló
la información (de forma oral o
escrita), en los descargos para evitar las
consecuencias de la falta.
▶ La reincidencia tanto en el tipo de falta
estipulada, como en el no cumplimiento
de los compromisos (entre otros el
no desarrollo de las guías de acciones
formativas) y deberes surgidos de esta.
▶ Intención deliberada para la comisión de
la falta.
▶ No tener la intención de resarcir el daño
o reparar la falta.
▶ Comisión de otras faltas leves o graves
durante el mismo año escolar.
▶ Actuar en complicidad o encubrir a otros.
▶ Actuar con premeditación, haber
preparado ponderadamente la falta en
complicidad con otras personas o recibir
dinero como beneficio.
▶ El efecto perturbador o nocivo
que la conducta produzca en la
comunidad educativa.
Parágrafo 1: En los procesos disciplinares la
versión libre de los estudiantes se debe realizar
en presencia de sus padres o acudientes en
el respectivo formato de descargos y con la
firma del representante legal.
Parágrafo 2: No se puede imponer una
sanción académica aun estudiante por una
condición administrativa (convivencia), son
procesos independientes.
El enfoque restaurativo implica la
institucionalización de prácticas enfocadas
a la promoción cotidiana de la convivencia
escolar. Las prácticas restaurativas formales
como informales tienen un gran potencial
para la mitigación de la discriminación y
la violencia.
FALTAS Y /O SITUACIONES PRÀCTICA RESTAURATIVA INFORMAL
Buscan abordar situaciones cotidianas que
alteran el clima en el aula, por ejemplo:
(enfoque es preventivo)
▶ Tratar a compañeros o compañeras,
docentes u otras personas integrantes de
la comunidad educativa en tono de burla
y utilizar apodos.
▶ Esconder objetos personales de otros
compañeros y compañeras.
▶ Discutir en estado de enfado
FALTAS LEVES
impidiendo el logro de acuerdos.
SITUACIONES TIPO I ▶ Hablar en voz alta intentando imponer
ideas a la fuerza.
Esta práctica restaurativa informal se
aborda de la siguiente manera:
1. Escucha activa
2. Declaraciones afectivas
3. Preguntas afectivas o restaurativas
4. Reunión espontánea
5. Círculos restaurativos
6. Acción restaurativa
FALTAS Y /O SITUACIONES PRÀCTICA RESTAURATIVA FORMAL
Cuando surgen situaciones que afectan
la convivencia escolar, conflictos
interpersonales, violencias basadas en
género, entre otras que se conocen; la
comunidad educativa debe emprender
acciones de atención y seguimiento para
la restauración de los vínculos sociales
y la garantía de derechos, es decir, entra
en juego la perspectiva de la justicia
restaurativa.
Son aquellas que están estructuradas.
FALTAS GRAVES Las cuales requieren de una preparación
previa antes de llevarlas a cabo, necesitan
SITUACIONES TIPO II
tiempo para organizarlas y en ellas se
involucran más de dos personas. Dentro de
este tipo de prácticas restaurativas hay dos
herramientas que son esenciales: círculos,
reuniones restaurativas y reuniones de
grupo familiar. Se deben generar las
respectivas actas y quedar explícitas los
acuerdos y las acciones restaurativas con
las respectivas firmas de los participantes.
Diligenciar el observador del estudiante por
parte del primer respondiente del caso.
Decla raciones Pre guntas r
Escucha afectivas afectivas esp
Informales
CARACTERÌSTICAS DE LAS SANCIONES
PEDAGÒGICAS EN PERSPECTIVA RESTAURATIVA
▶ Se afianzan los mecanismos normativos
y procesos disciplinares que atienden
el diálogo, los compromisos entre las
partes, la persuasión a la no repetición, la
corrección desde el aprendizaje basado
en la ética del cuidado y la formación
para comprender el error con el ofensor
y la comunidad.
▶ Deben estar acorde a las normas legales
vigentes en el país y deben plantearse
en corresponsabilidad con los padres
de familia.
▶ Tienen que ver con el desarrollo
normal de las actividades académicas
y convivenciales de la institución que
permitan la reparación, la dignidad
del ofensor y de la víctima, asumir la
responsabilidad por parte de la persona
ofensora y la permanencia del lazo social
en la comunidad educativa.
▶ La justicia restaurativa está presente en
los cuatro componentes (prevención,
promoción, atención y seguimiento) y en
situaciones de tipo I y II con el objetivo de
restablecer la convivencia. Las acciones
pedagógicas que pensemos aplicar
se vean reflejadas en el manual de
convivencia y deben ser diseñadas desde
el sentido pedagógico.
Las prácticas restaurativas son formas
de relacionarnos que crean un sentido de
comunidad, hacen posible la convivencia,
previenen el desarrollo de conductas
P e p e u o q n n u t i e o á ñ n n a e e s s a s res C ta í r u c r u a lo ti s v os re R s e ta u u n r io a n ti e v s a s
formales
indebidas y, cuando estas se presentan,
ofrecen un modo positivo de resolver
los conflictos y transformarlos en una
oportunidad de crecimiento.
En consecuencia, las prácticas restaurativas
implican procesos de aprendizaje y toma de
decisiones participativas que se fundamentan
en valores, tales como (Terre deshommes
Lausanne no Brasil, 2012):
Voluntad: La participación en las prácticas
restaurativas es resultado de una decisión
libre y consciente por parte de todos
los involucrados(as).
Responsabilidad: La persona que ha causado
un daño o una ofensa tiene la oportunidad de
asumir su acción y mitigar sus consecuencias.
Esperanza: Las prácticas restaurativas tienen
lugar porque los participantes creen que es
posible el cambio en el comportamiento del
ofensor(a), la reparación y la dignificación de
la persona afectada y el fortalecimiento de la
convivencia en la comunidad educativa.
Interdependencia: Reconocer que nuestras
acciones afectan a otros(as) nos permite
ser conscientes de nuestros límites y la
importancia de cuidar y ser cuidado(a).
Igualdad: Todos(as) las partes involucradas
en las prácticas restaurativas deben contar
con las mismas posibilidades de expresión
y escucha.
Respeto: La consideración por los sentimientos
y los derechos de los demás genera confianza
y disposición al encuentro.
Honestidad: La disposición a hablar de
manera franca es esencial para encontrar
alternativas de reparación y restauración de
las relaciones.
Confidencialidad: La información que se
comparte durante las prácticas restaurativas
es de carácter confidencial.
Compromiso: La confianza requiere de un
pacto sobre el cumplimiento de los acuerdos
alcanzados durante la práctica.
Parágrafo: tener en cuenta que a los
menores de siete años no se les debe imponer

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 124-128.

Capítulo XIX · páginas 128-129

Atención educativa a la población migrante

Basados en la circular Conjunta No 16 de
abril de 2018 entre el Ministerio de Educación
Nacional y la Unidad Administrativa Especial
de Migración Colombia, la Resolución 1629
de 2018, la circular conjunta No 001 de
mayo de 2019 y la Resolución No 1760 de
2019 en su artículo 33 “Atención educativa
de niños, niñas y adolescentes procedentes
de Venezuela” se deben tener presente las
siguientes orientaciones para la atención de
este tipo de estudiantes independientemente
de su situación migratoria:
Los establecimientos educativos deben
realizar el reporte de los estudiantes
provenientes de Venezuela a través de la
plataforma virtual SIRE (Sistema para el
Reporte de Extranjeros). Cabe aclarar que
el reporte no implica, de ninguna manera,
la regularización del extranjero en el país
o que se entienda su situación migratoria
como superada.
▶ Garantizar al derecho a la educación y sus
condiciones de asequibilidad, accesibilidad,
aceptabilidad y adaptabilidad para este tipo
de poblaciones.
▶ Desde la perspectiva de la complementariedad
de acciones y la articulación en los espacios
territoriales enfocadas en el acompañamiento
a la comunidad educativa para el desarrollo
de acciones que promuevan la integración
sanciones de cancelación de matrícula,
salvo situaciones que ameriten el cambio de
ambiente escolar por problemas graves de
comportamiento (aprendizaje o psicológicos)
que afecten a sus compañeros y docentes, los
cuales deben ser remitidos a las entidades
externas correspondientes.
La omisión del servidor público en la
atención a situaciones de convivencia y
a las problemáticas disciplinarias de los
estudiantes, le puede acarrear sanciones de
orden disciplinario.
de los migrantes en los espacios escolares,
combatiendo la xenofobia y la discriminación;
brindando acompañamiento psicosocial
a padres de familia y estudiantes y
fortaleciendo la capacidad de los docentes
para la atención a estos estudiantes.
▶ Los estudiantes migrantes se regirán en
la institución educativa bajo las normas
estipuladas en el Manual de Convivencia
Institucional vigente.
RUTA DE ATENCIÓN PARA ESTUDIANTES
VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO
En cumplimiento de la Ley 1448 de 2011 o
Ley de víctimas y teniendo en cuenta el alto
número de estudiantes en esta condición
matriculados en la institución, el Colegio
Alfonso López Michelsen establece una ruta
de atención integral para estudiantes víctimas
del Conflicto Armado.
a. Identificación del caso, ya sea porque
el estudiante hace referencia a su
condición, porque la familia o un tercero
manifiesta que han sido víctimas del
conflicto, por reporte del ICBF que
remite el caso al colegio o simplemente
por la observación de factores y/o
comportamientos que puedan indicar
a docentes y orientadores una relación
con el hecho de ser víctima del conflicto.
b. Registro de los datos básicos del
estudiante y conformación de su
núcleo familiar. Además, se debe tomar
de manera fidedigna el relato que el
estudiante realice de su situación,
indicando las circunstancias de tiempo,
modo y lugar de los hechos sucedidos.
c. Verificación del registro o no del
estudiante y su familia en el Registro
Único de Víctimas.
d. En caso de tener la constancia del
registro se procederá a elaborar un
reporte de la situación, este contendrá
una descripción detallada de la
situación del estudiante, el contexto
en el que se da la llegada al colegio.
Este reporte tiene como fin garantizar
una atención integral al estudiante,
demostrar las acciones que ha
emprendido la institución escolar,
así como la identificación de posibles
escenarios de riesgo para el estudiante.
e. En caso contrario se darán las
orientaciones necesarias para llevar
el caso a la Personería de la localidad
o la Defensoría, quienes remitirán a
la UARIV (Unidad para la atención y
reparación integral de las Víctimas),
para hacer el registro y acceder a la
oferta de servicios que el Estado ofrece
para las víctimas.
f. Para facilitar el derecho a la educación
se debe tener en cuenta que los
estudiantes víctimas del conflicto tienen
un acceso preferencial, se les debe
otorgar el cupo independientemente
del momento del año escolar en que se
presenten, no estarán condicionados
por documentos de identidad ni
certificaciones escolares o reportes
de notas, de igual manera se debe
establecer una metodología flexible que
le permita al estudiante vincularse de
manera efectiva a la institución.
g. Si dentro de la elaboración del reporte
de cada estudiante se evidencia la
necesidad de hacer un restablecimiento
de derechos, se activará el protocolo de
atención que sea necesario de acuerdo
con la situación.
h. Hacer seguimiento a cada uno de los
casos, para lo cual se deberá verificar si
el estudiante y su familia está recibiendo
la atención que le corresponde dada
su condición de víctima del conflicto
armado y evaluar con periodicidad
las condiciones físicas materiales y
emocionales de los estudiantes.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 128-129.

Capítulo XX · páginas 130-131

Ruta de convivencia para estudiantes con discapacidad

Inimputabilidad. Según el artículo 33 del
código penal colombiano (contemplado
en la ley de Infancia Y Adolescencia ley
10–98 de 2006). Es inimputable quien en
el momento de ejecutar la conducta típica
y antijurídica no tuviere la capacidad de
comprender su ilicitud o de determinarse de
acuerdo con esa comprensión, por inmadurez
sicológica, trastorno mental, diversidad
sociocultural o estados similares, al respecto
la Corte Constitucional ha precisado: “los
imputables, (…) son las personas que al
momento de realizar el hecho punible no
tienen la capacidad de comprender la
ilicitud de su comportamiento y de orientar
su comportamiento conforme a esa
comprensión. En estos casos, el Código Penal
impone penas y exige que el comportamiento
sea no solo típico y antijurídico sino
además culpable, pues la Carta excluya la
responsabilidad objetiva en materia punitiva”.
¿Pero qué significa la inimputabilidad?
Desde el punto de vista jurídico, es una de las
causas de exclusión del delito. De acuerdo con
la legislación penal vigente, éstas suponen
la ausencia del delito al no poder demostrar
todos sus elementos necesarios, es decir, por
no acreditar una conducta típica, antijurídica,
culpable y punible que sea imputada a
una persona.
Con la Ley 1098 de 2006 se crea un sistema
penal pedagógico, específico y diferenciado
respecto al sistema de adultos, teniendo como
principio rector de las autoridades judiciales
la aplicación preferente del principio de
oportunidad, acorde con el principio de
protección integral y el interés superior del
menor de 18 años.
Si bien el Sistema de Responsabilidad
Penal para Adolescentes, se rige por el
procedimiento penal para adultos, tiene unos
principios rectores que lo hacen especial y
lo diferencian en su esencia al tratar a seres
humanos en etapa de desarrollo y formación.
Dentro de la misma normativa, Código de la
Infancia y la Adolescencia, se establecieron
reglas para determinar qué población menor
de 18 años iba a ser sujeto de este Sistema de
Responsabilidad Penal para adolescentes, por
lo cual, se consagró que los menores de 14
años no iban a ser juzgados penalmente ni los
adolescentes con problemas de discapacidad
psíquica o mental.
Cuando un estudiante comete una falta al
manual de convivencia, se debe tener en
cuenta el diagnóstico del estudiante, con el fin
de determinar si la falta cometida es derivada
de la condición del estudiante, el proceso del
estudiante debe estar acompañado por el
docente orientador o docente de apoyo según
corresponda el caso.
Es conveniente tener en cuenta el concepto y
recomendaciones emitido por el sector salud,
para determinar si el caso pasa a comité de
convivencia escolar o si se requiere apoyo por
parte de la dirección de inclusión e integración
de poblaciones y/o la oficina de convivencia
escolar de la Secretaría de Educación Distrital,
como parte de las acciones de promoción
que favorezcan la sana convivencia de los
estudiantes con discapacidad, la institución
invita a las familias a vincularse a las
actividades de entidades distritales cuyo
servicio está destinado a atender a los
niños, niñas, adolescentes y/o jóvenes con
discapacidad a través de acciones que
favorezcan procesos de inclusión social en
los entornos educativo, formativo, deportivo,
artístico, cultural y/ o ocupacional.
En garantía de la permanencia en la
institución educativa contemplada en el
decreto 1421 y según el decreto 2383 de 2015,
no se pueden desescolarizar estudiantes
desde la presunción, solo cuando el juez
determina la sanción penal se pueden tomar
otras decisiones respecto a la escolaridad
del estudiante.
A través del comité de convivencia escolar presentada por el estudiante. Las acciones
se sugiere el desarrollo de actividades formativas deben estar encaminadas a
pedagógicas (Acciones formativas) frente superar la dificultad específica de la falta
a las situaciones presentadas, pero no cometida y no a castigarla. Se debe realizar
sancionatorias. Dichas actividades deben acompañamiento pedagógico y psicosocial al
ser encaminadas a superar la dificultad estudiante y su familia.

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 130-131.

Capítulo XXI · páginas 131-143

Protocolos de convivencia

Artículo 73. Causales De Perdida De Cupo Y/O Derecho A Ser Proclamado · Artículo 74. Procedimientos Para So · Artículo 75. Protocolo De Llegadas · Artículo 14. La Responsabilidad Parental. La · Artículo 20. Derechos De Protección. Los · Artículo 23. Custodia Y Cuidado Personal. Los · Artículo 76. Acciones De Acompañam · Artículo 77. Acciones Formativas Y · Artículo 78. Acciones Formativas Y

Estos protocolos presentan las orientaciones psicológico para garantizar la protección
para abordar, en particular, los casos de integral de los menores y que implica el
presunto maltrato infantil por castigo, reconocimiento y restablecimiento de
humillación, malos tratos, abuso físico o sus derechos.
ORIENTACIÓN
1 2
1. Recepción del caso a través de 2. Diálogo con estudiante indagando
coordinación. frente a la situación.
3. Citación a padres (de acuerdo a la edad del
estudiante y la situación planteada).
4 5
4. Se realiza valoración determinando la
5. Se realiza reporte mediante el sistema de
activación de las rutas y/o acciones a seguir.
alertas.
6. Para la activación de las rutas se requiere realizar la notificación y remisión a las
entidades garantes de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes.
7. Acciones desde el departamento de orientación: pedagógicas, formativas,
preventivas, promotoras de la salud mental y emocional; asesoría y apoyo
psicosocial a las familias; estrategias y recomendaciones al docente en aula.
8 9
8. Seguimiento a las entidades en el debido
9. Seguimiento y acompañamiento integral al
proceso para garantizar la restitución de
estudiante y su familia.
derechos.
A continuación, se especifican los diferentes protocolos que se deben tener presentes en caso
de Violencia escolar (Directorio de protocolos de atención integral para la convivencia escolar
versión 5.0):
ralocse
osoca
o/y
nóisergA
1. El docente notifica a orientación las situaciones de agresión
2. Se evalúa la situación y en los casos en que se identifique que la seguridad
y/o la salud de los involucrados se encuentra en riesgo, se debe llamar al 123.
3. El orientador solicita al docente el formato de remisión diligenciado para
tener en cuenta aspectos relacionados con el comportamiento social y el
rendimiento académico de los estudiantes implicados. Esta remisión debe
estar firmada por coordinación de convivencia.
4. El orientador realiza la indagación correspondiente al caso, hablando con los
estudiantes que están inmersos en la situación.
5. Se realiza el enlace del caso con coordinación y se toman los descargos
correspondientes de cada uno de los estudiantes. Seguido a esto, coordinación
realiza la citación al acudiente del estudiante agresor con el fin de realizar el
debido proceso por convivencia.
6. Desde orientación se aborda tanto a la familia de la víctima como del agresor
con el fin de notificar lo sucedido e indagar frente a las situaciones familiares
y sociales que puedan estar incidiendo en la conducta de los estudiantes.
También se realiza una evaluación del estado físico, emocional y material de
los estudiantes.
7. En caso de que se requiera se reporta a las entidades pertinentes (ICBF,
Fiscalía, CESPA, Personería) *
8. A partir de lo indagado con cada una de las familias se realiza un plan de
trabajo Pedagógico partiendo de los factores protectores de los estudiantes
implicados para minimizar los riesgos y evitar que se vuelva a presentar las
situaciones de Violencia Escolar como bullyng.
9. Se remite a la EPS para realizar valoración e intervención por psicología.
10. Para las situaciones tipo II y tipo III, el Comité de Prevención del Conflicto
Escolar y el Comité Convivencia Institucional, respectivamente, debe realizar
una intervención con el fin de proponer medidas pedagógicas para la
asignación de acciones formativas y reparadoras a las personas implicadas.
11. Se realiza el reporte al Sistema de Alertas con el seguimiento correspondiente
según el caso.
12. Se realiza seguimiento de los compromisos realizados con coordinación
de convivencia, orientación y comité de convivencia.
13. Entregar recomendaciones a los docentes para el manejo en aula y a la familia
para el manejo en casa.
14. Adoptar e implementar acciones de promoción y prevención.
▶ De acuerdo con el Código de Infancia Protejo (www.teprotejo.org) que es un
y Adolescencia, los reportes que se canal de denuncia virtual respaldada por
realicen a las diferentes entidades se el Ministerio de las TIC.
determinarán de acuerdo con las edades Los estudiantes y familias acompañantes
de los estudiantes. deben cumplir con los compromisos
▶ Ciberacoso: “es la forma de intimidación solicitados por la institución como asistencia
con uso deliberado de tecnologías de a diagnóstico, terapias, uso debido de
información (internet, redes sociales, medicamento en caso de ser necesario,
telefonía móvil y videojuegos online) asistencia a las citaciones, en caso del
con la intención de generar maltrato incumplimiento, el estudiante deberá ser
psicológico”. En estos casos, se sigue la remitido a las instituciones pertinentes
ruta establecida para agresión y/o acoso de control.
escolar, adicionando un reporte a: Te
savitcaocisP
saicnatsuS
ed
omusnoC
1. El docente notifica a orientación la situación de presunto consumo
de SPA
2. Se evalúa la situación y en los casos en los cuales se identifique que el
estudiante presuntamente se encuentra bajo los efectos de SPA dentro
de la institución, se debe llamar de forma inmediata al acudiente para
notificar la situación y entregar al estudiante. El orientador realizará la
remisión respectiva a la EPS para que reciba atención integral en salud.
En casos de urgencia vital a causa del consumo, se debe activar la línea
123.
3. Si el consumo se presenta dentro de la institución se realiza el enlace
con coordinación de convivencia para que, desde allí, se lleve a cabo el
proceso correspondiente teniendo en cuenta el tipo de falta.
4. El orientador solicita al docente el formato de remisión diligenciado
para tener en cuenta aspectos relacionados con el comportamiento
social y el rendimiento académico del estudiante. Esta remisión debe
estar firmada por coordinación de convivencia.
5. El orientador realiza la indagación correspondiente al caso, hablando
con el estudiante.
6. Si un docente remite a un estudiante a orientación por presunto
consumo, se aborda a la familia del estudiante con el fin de notificar
la situación e indagar frente a las situaciones familiares y/o sociales
que puedan estar incidiendo en el presunto consumo de SPA, así
mismo, se establecen compromisos tanto con el estudiante como con
los acudientes.
7. Se remite a la EPS para realizar valoración e intervención por psicología
correspondiente al caso.
8. Se realiza el reporte al Sistema de Alertas
9. A partir de lo indagado con el estudiante y la familia, se realiza un
plan de trabajo Pedagógico partiendo de los factores protectores del
estudiante implicado para minimizar los riesgos y generar conciencia.
10. Se realiza seguimiento a los compromisos realizados con coordinación
de convivencia y con orientación.
11. Adoptar e implementar acciones de promoción y prevención.
De acuerdo con el Código de Infancia y Adolescencia, los reportes que se realicen a las
diferentes entidades se determinaran de acuerdo con las edades de los estudiantes.
sacimédaca
sedatlucfiiD
1. Los docentes participantes de las reuniones de grado informan a Orientación la
situación relacionada con el bajo rendimiento académico del estudiante.
2. El orientador solicita al docente o director de grupo el formato de remisión
diligenciado para tener en cuenta aspectos relacionados con el comportamiento
social y el rendimiento académico del estudiante. Esta remisión debe estar
firmada por coordinación de convivencia o coordinación académica según sea
el caso.
3. Verificar el proceso que el docente ha realizado en el manejo del caso por bajo
rendimiento académico.
4. Se evalúa el caso teniendo en cuenta el contexto familiar, social y los factores
que pueden afectar la situación académica del estudiante.
5. Teniendo claridad frente a la problemática se cita al acudiente y se realizan las
orientaciones necesarias correspondientes al caso, como la remisión a la EPS
(atención integral) y/o el enlace con la docente de apoyo a la inclusión.
6. De esta manera, se establecen compromisos con el acudiente.
7. Se establece un plan de trabajo para fortalecer los hábitos de estudio y adoptar
una organización en las rutinas con el fin de que los estudiantes asuman sus
responsabilidades tanto en el hogar como en el colegio.
8. Se realiza un seguimiento de los compromisos realizados con el estudiante y
su familia.
9. En caso del no cumplimiento de los compromisos se reportará a las
entidades pertinentes y al Consejo Académico de Jornada.
lauxeS
osubA
1. Recepción del caso a través de cualquier persona de la comunidad educativa
que refiera indicadores de presunto abuso.
2. Dialogo con estudiante indagando frente a la situación y reconociendo factores
de riesgo que incidan en la conducta referida.
3. Citación a padres (de acuerdo con la edad del estudiante y la situación
planteada). En menores de 14 años el proceso se remite a ICBF, por presunción
de abuso, en caso de tener elementos que refieran agresión física en contexto
familiar, se remite a comisaria de familia y poner en conocimiento a fiscalía en
la dirección de delitos sexuales
4. Se realiza valoración determinando la activación de las rutas y/o acciones a
seguir.
5. Se realiza reporte mediante el sistema de alertas y las entidades
correspondientes para la activación de las rutas realizando la notificación y
remisión a las entidades garantes de derechos fundamentales de niños, niñas
y adolescentes
6. Acciones desde el departamento de orientación: pedagógicas, formativas,
preventivas, promotoras de la salud mental y emocional; asesoría y apoyo
psicosocial a las familias; estrategias y recomendaciones al docente en aula.
7. Seguimiento a las entidades en el debido proceso para garantizar la restitución
de derechos.
8. Seguimiento y acompañamiento integral al estudiante y su familia.
–
azanemA
o/y
nóicaedI(
adiciuS
atcudnoC
)nóicatneiro
arediL
1. Se identifica situación de riesgo, reportado por cualquier miembro de la
comunidad educativa, relacionado con factores de conducta suicida, la cual
será informada a orientación escolar.
2. Brindar apoyo emocional inmediatamente para realizar contención ante
factores de riesgo en la presentación de dicha conducta
3. Identificación relacionada desde orientación frente a los riesgos reconocidas
según el tipo de conducta (ideación, amenaza e intento suicida)
4. Informar a padres de familia o acudientes
5. En caso de ideación se remite a servicio de salud, si es amenaza se activa ruta
con apoyo de línea 123 en atención psiquiátrica. (se requiere realizar acta que
evidencie el reporte también se sube a la alerta de SED y a SISVECOS. Teniendo
en cuenta lo inminente del riesgo ante la conducta suicida, al reconocer
factores de riesgos (duelo no resuelto, antecedentes en ideación, antecedentes
en salud mental y escasos factores protectores (apoyo de sistema familiar,
uso adecuado del tiempo libre, acudientes y padres que atienden al joven
y adolescente)
6. Adoptar y generar acciones de prevención y promoción
7. Realizar cierre de caso en el sistema de alertas de la SED
8. Recomendaciones a docentes y acciones de prevención para padres y
acudientes en casa.
o/y
serdap
ed
otneimilpmucni
ed
senoicautiS
nóicatneiro
arediL
.setneiduca
1. Persona que detecta; Cuando un padre de familia y/o acudiente no
asiste a la citación programada para tratar asuntos académicos
o convivenciales de su hijo(a), se procede a realizar hasta una
tercera citación con el fin de establecer los compromisos y
acuerdos correspondientes.
2. Al incumplir los compromisos se procede a realizar reunión de grado
para efectuar nuevos compromisos con fechas estipulas de seguimiento.
3. Ante la falta de cumplimiento de los compromisos por parte de los padres
de familia, el caso se remite al área de orientación escolar, con el fin de
realizar una nueva citación conjunta con el docente de aula y establecer
compromisos adicionales, acompañados de fechas pactadas para
su seguimiento.
4. Si se incumple por parte del padre de familia los compromisos antes
pactados con orientación se procederá a reportar al sistema de alertas
y remitir a ICBF.
5. Se realizará seguimiento.
6. Cierre
En caso del incumplimiento continuo de los padres de familia con sus compromisos, el
estudiante deberá ser remitido a las instituciones pertinentes de control.
anarpmet
dadinretaP
o/
y
dadinretaM
nóicatneiro
arediL-
1. Cualquier miembro de la institución educativa que identifique factores,
indicios o riesgo de embarazo adolescente debe notificar a orientación
escolar quien realizará el respectivo seguimiento al caso, las actas de
extensión de corresponsabilidad respectivas y el cargue al Sistema de
alertas de la SED.
2. Se brinda espacio de diálogo a la o los estudiantes para indagar más sobre
la situación.
3. Si no existe embarazo, brindar información correspondiente a derechos
y deberes sexuales y reproductivos en adolescentes, redes de apoyo,
programas, entidades de salud y servicios sociales ICBF.
▶ Establecer compromisos de autocuidado con el estudiante.
▶ Realizar acompañamiento y seguimiento de los compromisos.
▶ Cierre del caso
▶ Adoptar medidas de promoción y prevención.
arediL-
anarpmet
dadinretaP
o/
y
dadinretaM
4. Si se presenta una situación de embarazo.
▶ Brindar espacio de diálogo informativo y elaborar reporte.
▶ Contactar a los padres, familiares y/o acudientes.
▶ Reportar al sistema de alerta SED.
▶ Garantizar la entrega de información necesaria y completa para la
toma de decisiones.
▶ Remitir a entidad de salud, oferta de programas y servicios sociales
o ICBF.
▶ Garantizar continuidad en el sistema educativo notificando a
coordinación académica, convivencia y docentes, por medio de un acta
con las recomendaciones y compromisos por parte de la estudiante y
su familia. (Ley 2394 del 26 de julio de 2024).
▶ Se debe realizar continuo seguimiento al estado de gestación
especialmente los meses 1, 3, 6, 9 posterior a la identificación del caso
y después del evento obstétrico.
▶ Se realiza compromisos con los padres y los estudiantes, posterior al
parto para el reintegro y etapa de lactancia (la ruta a seguir depende de
cada situación de los estudiantes).
▶ Si el padre es estudiante de la institución se debe realizar compromisos
que fortalezcan el rol de padre garantizando la participación en el
proceso de gestación de su hijo.
5. Es importante indicar, que en menor de 14 años una gestación o situación de
maternidad o paternidad temprana, siempre se presume como violencia
sexual y se deberá activar el protocolo de casos de violencia sexual.
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1. IDENTIFICACIÓN DEL CASO
▶ El niño, La familia o un tercero reporta que ha sido víctima de
conflicto armado
▶ El ICBF o el centro local de atención a víctimas remiten el caso al
establecimiento educativo.
▶ Identificación de factores que pueden estar asociados con ser
víctimas de conflicto armado
2. Se brinda espacio de diálogo con el estudiante y la familia para
contextualizarlos frente a sus derechos y orientarlos para la consecución
de estos.
3. Si la familia está recibiendo los beneficios a los cuales tiene derecho como
víctima de conflicto se realiza el seguimiento pertinente al estudiante en
relación con su rendimiento académico y convivencial.
4. La institución estará atenta a cualquier solicitud y recomendación
realizada por las entidades que llevan el caso.
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1. Identificación del caso
▶ Un miembro de la comunidad presenta señales de presunta
violencia intrafamiliar
▶ Un miembro de la comunidad educativa o un tercero reporta una
presunta situación de violencia intrafamiliar
▶ Agresión física y/o verbal hacia un estudiante dentro o fuera de la
institución por parte de un miembro de su familia.
2. Obtener más información sobre la situación con el estudiante y su familia
3. En caso de identificar afectaciones físicas y/o mentales graves se debe
solicitar apoyo de la línea 123 o del cuadrante de la Policía.
4. Poner en conocimiento a las entidades correspondiente (Comisaría de
Familia, CAVIF o CAPIV).
5. Reportar el caso al sistema de alertas.
6. Hacer seguimiento del caso.
7. Adoptar e implementar acciones de promoción y prevención.
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o/y
1. Identificación del caso
▶ El estudiante presenta señales de presunto maltrato
▶ El estudiante o un tercero reporta una situación de presunto maltrato
2. Obtener más información sobre la situación con el estudiante y su familia
3. Reportar el caso al sistema de alertas
4. Si la vida y la integridad del estudiante está en riesgo se debe poner en
conocimiento a las entidades correspondientes (Comisaría de Familia,
centro zonal del ICBF y/o Policía de Infancia y adolescencia)
5. Hacer seguimiento del caso
6. Adoptar e implementar acciones de promoción y prevención
ARTÍCULO 73. CAUSALES DE PERDIDA DE CUPO Y/O DERECHO A SER PROCLAMADO
BACHILLER EN CEREMONIA DE GRADUACIÓN.
La educación es un derecho y un deber del colegio, puede dar lugar, inclusive a
que no solo representa beneficios sino su separación del plantel educativo, pues
también responsabilidades, de tal manera el carácter fundamental del derecho a la
que el incumplimiento de las condiciones educación no entraña una obligación de las
para el ejercicio del derecho, como sería directivas del plantel consistente en mantener
el no responder a las obligaciones que le indefinidamente entre sus estudiantes a
corresponden en el ámbito académico y quienes de manera constante y reiterada
convivencial exigido por el reglamento desconocen las directivas disciplinarias y el
rendimiento académico. Así lo planteó la Corte
Constitucional en la sentencia T-323 de 1994,
reiterada en la T-323 de 1994, reiterada en la
T- 02 de 1992, en la T- 519 de 1992 y en laT-
022 de 2003.
“La permanencia de los educandos en el
sistema educativo está condicionada a
su concurso activo en la labor formativa
intelectual y disciplinaria, y por ello, la falta
de rendimiento, la indisciplina reiterada y
la ausencia de motivación y compromiso
con la instancia educativa, pueden tener la
suficiente entidad como para que el alumno
sea retirado del establecimiento o no sea
aceptado nuevamente en el lugar donde debía
responder y no lo logra por su propia causa”
T- 316 de 1994.T-694 de 2002.
Causales
1. Por exclusión ordenada por el Consejo
Directivo, en los casos y procedimientos
previstos en este reglamento o Manual
de Convivencia.
2. Por determinación del colegio cuando
haya dejado de asistir injustificadamente
a más del 25 % de las actividades
académicas durante el año escolar
(Decreto 1290).
3. Por cancelación voluntaria de matrícula
a solicitud escrita del padre de familia o
del acudiente debidamente autorizado o
de quien ejerza la patria potestad sobre
el estudiante.
ARTÌCULO 74. PROCEDIMIENTOS PARA SO
Para interponer una queja, reclamo o
sugerencia, en primer lugar, se deben
tener claro el significado de cada uno de
estos términos:
SUGERENCIA: Idea que se sugiere o se
propone a una persona para que la tenga en
consideración o piense en ella a la hora de
hacer algo.
QUEJA: Manifestación de disgusto o
inconformidad con la prestación del
servicio educativo.
4. Por comprobarse al estudiante la
participación activa o pasiva en actos
delictivos con las respectivas denuncias
ante entidades judiciales.
5. Incurrir en cualquier falta gravísima de
tipo convivencial después de haber tenido
derecho al debido proceso.
6. Haber reincidido en la conducta que dio
Origen a la matricula condicional mientras
se encuentre vigente esta sanción.
7. Al perder por dos veces consecutivas el
mismo grado escolar.
8. No presentar las 120 horas estipuladas
para el servicio social
9. Los estudiantes de grado 11 que incurran
de manera comprobada y luego de
la observancia del debido proceso de
acuerdo con el presente Manual de
Convivencia, en alguna(as) de las faltas
mencionadas anteriormente, perderá el
derecho a ser proclamado bachiller en
ceremonia de graduación.
Las causales anteriormente mencionadas,
así como su respectivo marco legal serán
socializadas con los estudiantes de grado
once y con sus padres al iniciar el año escolar,
ambas partes deberán firmar como evidencia
que tienen conocimiento de lo establecido en el
Manual de Convivencia frente a los requisitos
para graduarse y que el incumplimiento en
alguna de estas causales constituye en un
impedimento para ser proclamado bachiller
en ceremonia.
OLICITUDES Y RECLAMOS
RECLAMO: Exigencia de los derechos del
cliente, relacionada con la prestación de los
servicios que se ofrecen.
RECONOCIMIENTO: Distinción que expresa
una felicitación o un agradecimiento; destacar
aspectos positivos.
Las sugerencias, reconocimientos, quejas
o reclamos las puede presentar cualquier
integrante de la Comunidad Educativa del
Colegio, diligenciando el formato quejas y
reclamos, que se encuentra en las oficinas
de Recepción, Coordinación de Convivencia,
Coordinación Académica, Coordinación
Primaria, secretaria de Rectoría o Académica
y Pagaduría, y pagina web del colegio. Una vez
diligenciado el formato lo deben entregar en
la recepción del colegio o enviarlo de forma
virtual al correo colalfonsolopezmiche@
educacionbogota.edu.co
Es importante diligenciar los datos que allí
se solicitan de forma completa y verídica,
para poder darle el tratamiento a que haya
lugar. Si consideran pertinente, pueden
anexar carta describiendo con detalle la
situación presentada.
Una vez recepcionada la queja o reclamo,
se envía a la estancia correspondiente para
que responda por escrito la queja o reclamo
presentado. El responsable del proceso de
seguimiento y mejora, envía a la persona que
interpuso la queja o reclamo la respuesta
correspondiente en un plazo máximo de 10
ARTÌCULO 75. PROTOCOLO DE LLEGADAS
PRIMARIA
CONSIDERANDO: El Código de la Infancia y la
Adolescencia. Ley 1098 del 2006.
Artículo 14. La responsabilidad parental. La
responsabilidad parental es un complemento
de la patria potestad establecida en la
legislación civil. Es además, la obligación
inherente a la orientación, cuidado,
acompañamiento y crianza de los niños, las
niñas y los adolescentes durante su proceso
de formación.
Artículo 20. Derechos de protección. Los
niños, las niñas y los adolescentes serán
protegidos contra:
El abandono físico, emocional y psicoafectivo
de sus padres, representantes legales o de
las personas, instituciones y autoridades
que tienen la responsabilidad de su cuidado
y atención.
Artículo 23. Custodia y cuidado personal. Los
niños, las niñas y los adolescentes tienen
derecho a que sus padres en forma
días hábiles ya sea por correo electrónico,
personal o con el estudiante, según sea
el caso.
Posteriormente se solicita a la persona
que interpuso la queja o reclamo evaluar
la gestión a la respuesta dada, calificando
el grado de satisfacción. Esta evaluación
es de suma importancia, por lo cual les
solicitamos diligenciarla.
Las sugerencias y reconocimientos no
necesariamente se les dan respuesta a
quienes las presentan.
Parágrafo: Si el estudiante cursó grado
noveno en otra institución educativa y no
presenta en la secretaria académica dicho
documento en los tiempos establecidos, el día
de la ceremonia de grado se le hará entrega
de su diploma de bachiller, más no el acta de
grado que será entregada cuando presente el
respectivo certificado.
S TARDE PARA RECOGER LOS NIÑOS DE
permanente y solidaria asuman directa y
oportunamente su custodia para su desarrollo
integral. La obligación de cuidado personal se
extiende además a quienes convivan con ellos
en los ámbitos familiar, social o institucional,
o a sus representantes legales.”
Aclaraciones de algunos aspectos con relación
a la salida de los estudiantes de primaria:
Los horarios de salida son:
PREESCOLAR: 10:45 AM / 5:15 P.M.
PRIMERO A QUINTO: 11:30 AM / 5:30 P.M.
Dicho horario es de estricto cumplimiento,
por tanto, los directores de grupo a partir
de las 11:35 am, 5:35 pm (De acuerdo con
la jornada del estudiante), realizan el
siguiente procedimiento:
a. Llamar a los acudientes para verificar
el motivo por el cual no han recogido
a los estudiantes. (De tal manera
que los datos de contacto deben
estar actualizados)
b. El docente realiza las observaciones
necesarias al acudiente y verifica
si la situación es reiterativa (Se
realiza registro)
c. Si a las 11:45 am -5:45 pm (De acuerdo
con la jornada del estudiante), los
padres/madres de familia no recogen
al niño, el director de grupo notifica a la
coordinación realizando el reporte por
escrito de los motivos por los cuales no
se cumplió con el horario.
d. El coordinador y/o docente se comunica
con el padre/madre de familia para
ARTÍCULO 76. ACCIONES DE ACOMPAÑAM
(RESPONSABILIDADES)
Los padres de familia son los primeros
formadores, pero en algunas ocasiones esta
tarea no se cumple y afecta los derechos
del estudiante en su formación integral, por
ello cuando se presente alguna situación
de incumplimiento o que atente contra los
derechos del niño se aplicará el siguiente
conducto regular:
1. Director de grupo o docente de asignatura
(quien informará al director de grupo de
la situación presentada), quien levantará
acta de su respectiva actuación dejando
por escrito los compromisos establecidos.
2. Si la dificultad persiste se remitirá por
escrito la situación a orientación escolar
quien realizará acompañamiento
al acudiente de acuerdo con la
situación presentada.
3. De no cumplirse los acuerdos anteriores
Coordinación de convivencia o académica
de acuerdo con el caso, intervendrá
en la situación generando nuevos
informarle el proceso que se realizará
con su hijo o hija.
e. El coordinador y/o orientador reporta
a las entidades competentes para que
se hagan cargo del menor, en este caso
policía de infancia y adolescencia.
Además de requerirlo se reporta al ICBF
por presunto abandono, entidad que
realizará los procesos respectivos con
los padres y acudientes.
f. Se aclara que los estudiantes de
primaria que esperan a los hermanos
de bachillerato deben permanecer con
el director de grupo hasta que lleguen
a recogerlos.
MIENTO DE PADRES DE FAMILIA
compromisos que propendan por el
bienestar del estudiante.
4. De persistir la dificultad el coordinador
remitirá al Comité de gestión del conflicto
escolar quien analizará el caso y dará
las recomendaciones pertinentes que
contribuyan a dar solución a la misma.
5. A pesar de agotar las instancias ante-
riores si la problemática abordada ante-
riormente persiste el caso será remitido
a Rectoría quien analizará la situación y
si estima conveniente realizará el repor-
te a las entidades correspondientes.
6. Si agotado el debido proceso y la
problemática persiste será abordada por
el Comité de Convivencia Institucional
quien actuará de acuerdo con
sus competencias.
Parágrafo. Si la situación es grave y vulnera
el derecho del estudiante no necesariamente
se cumplirán todos los pasos anteriormente
expuestos si no que se remitirán directamente
a donde corresponda.
ARTÍCULO 77. ACCIONES FORMATIVAS Y
LAS PROHIBICIONES POR PARTE DEL COO
Entendiendo las acciones formativas como
aquellos procesos que se aplican en un
momento determinado, para que se puedan
alcanzar los objetivos pedagógicos de la
formación del estudiante y puedan contribuir
a partir de la comisión de faltas por parte
de los (as) estudiantes con estrategias
pedagógicas tales como:
1. El (a) coordinador(a) firma con el (a)
estudiante y la madre, padre de familia
y/o tutor legal un llamado de atención
convivencial que propenda por el
mejoramiento del (a) estudiante y la
superación de las dificultades presentadas.
2. Acompañamiento pedagógico por 1 día
dentro de la institución educativa en las
jornadas pedagógicas de los docentes que
no afecte su asistencia a clases, la cual
estará acompañada por el coordinador
de convivencia y el orientador donde se
asignará un trabajo pedagógico basado
en las guías de ciudadanía y convivencia.
El anterior trabajo será socializado por
el estudiante en el Comité de gestión
del conflicto escolar de Jornada, el cual
recibirá una retroalimentación y reflexión
sobre la falta cometida.
3. Si el (a) estudiante vuelve a ser reportado
a coordinación, por cometer faltas y/o
incumplir los compromisos adquiridos,
se planteará por parte del (a) coordinador
(a) el desarrollo de un trabajo pedagógico
en casa, con relación a la falta cometida,
en un proceso colaborativo y acompañado
permanentemente por el padre, madre de
familia y/o tutor legal, trabajo que será
sustentando en su grupo en una de las
clases del (a) director (a) de curso. El
trabajo pedagógico propuesto incluirá las
dimensiones cognitivas, socioafectivas
y físico creativas que hacen parte del
desarrollo del ser humano.
4. Si a pesar de las dos (2) acciones
pedagógicas anteriores (o de ameritar
la falta) el (a) estudiante nuevamente es
reportado a coordinación, por cometer
faltas y/o incumplir los compromisos
adquiridos, se remitirá el caso por parte
REPARADORAS PARA EL ABORDAJE DE
ORDINADOR (A)
del (a) director(a) de curso a orientación
escolar para que se evalúe a nivel
psicosocial, el origen de las dificultades
evidenciadas por parte del estudiante y se
genere de ser necesario una canalización
a entidades externas, como estrategia de
apoyo que permita fortalecer los procesos
de superación por parte del estudiante.
De seguir presentándose las dificultades
convivenciales con el (a) estudiante,
el (a) coordinador (a) junto con el (a)
director (a) de curso y orientación
Escolar reportarán el caso a rectoría para
que se revise el caso y se asignen nuevas
acciones pedagógicas.
5. Si la situación convivencial persiste a
pesar de haberse generado las estrategias
anteriores el caso será remitido al Comité
de convivencia institucional, quienes
acordarán nuevas acciones formativas
para el estudiante.
6. Finalmente si el comportamiento y actitud
no mejoran y se siguen incumpliendo las
normas por parte del (a) estudiante, el
caso será reportado por rectoría al consejo
directivo para la cancelación definitiva
de la matrícula a partir de la fecha o
cancelación definitiva de matrícula para
el siguiente año escolar, garantizando
siempre el derecho a la educación en otro
ambiente de aprendizaje, ya que con el
proceso disciplinario y pedagógico llevado
a cabo y el acompañamiento recibido para
el desarrollo de las dimensiones del ser, se
ha evidenciado en el (a) estudiante, que
estas no han dado resultados positivos
en la Institución, pero con la estrategia
de cambio de ambiente de aprendizaje,
posiblemente dicho desarrollo se logre
de una mejor manera. Aclaración: La
cancelación de matrícula, se podrá hacer
durante el año lectivo y sólo se aplicará
cuando la situación de convivencia del
estudiante este perturbando seriamente el
normal desarrollo institucional y después
de haber agotado todos los recursos
posibles. La cancelación de la matricula
sólo la podrá ejecutar rectoría previo
concepto del Consejo Directivo.
Parágrafo: Estas decisiones serán comunicada
familia o el acudiente.
ARTÌCULO 78. ACCIONES FORMATIVAS Y
LAS PROHIBICIONES POR PARTE DEL (A)
A. Se recepción el caso.
B. Se amplía información con la estudiante.
C. Se cita a los padres o acudientes cuando
lo amerita el caso.
D. Se desarrolla talleres de
acompañamiento grupal e individual
y/o familiar.
E. Si hay mérito para continuar con
un proceso se hace remisión a las
entidades correspondientes como EPS,
ICBF, Comisaría de familia u Hospital
Local, entre otras
F. Se ingresa la información requerida a la
plataforma de alertas de la SED.
G. Se realiza seguimiento y verificación
de compromisos.
SOBRE ASPECTOS RELACIONADOS CON LAS
SUSTANCIAS PSICOACTIVAS Y SU CONSUMO.
El colegio liderará procesos de prevención
y promoción de habilidades para la vida
saludable, como factores de protección frente
a la prevención del consumo de sustancias
psicoactivas y otros riesgos psicosociales
por parte de los (as) estudiantes; así mismo,
brindará apoyo psico-educativo tendiente a
la disminución del consumo de sustancias
psicoactivas y sus efectos en la vida de los
niños, niñas y jóvenes que presuntamente
estén inmersos en éste contexto.
Sin embargo, ingresar al colegio bajo los
efectos de las sustancias psicoactivas, así
como el ingreso, posesión, porte, incitación,
invitación, exhibición, intercambio, venta, y/o
guarda a terceros, de sustancias psicoactivas,
(entendiéndose: alcohol, cigarrillo, y demás
sustancias naturales, químicas o sintéticas,
puras o mezcladas), así como la complicidad
frente a estos hechos, se reconocerán como
situación tipo III, ya que dichas acciones
atentan contra el bienestar de sí mismo y/o
de la comunidad educativa y representan una
as personalmente y por escrito a los padres de
REPARADORAS PARA EL ABORDAJE DE
ORIENTADOR
contravención a las normas de convivencia del
colegio. De manera adicional al procedimiento
interno, se seguirá el procedimiento de
responsabilidad penal establecido en la Ley
1098 de 2006 de Infancia y adolescencia
según sea el caso.
PROCEDIMIENTO FRENTE A POSIBLES CASOS
DE CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
(CON BASE EN LA RUTA DE ATENCIÓN
ESTABLECIDA POR LA SED).
1. Quien identifique el caso, deberá hacer
una remisión escrita al (a) orientador (a).
2. El (a) orientador (a) realizará una
reunión con el (a) estudiante, el padre,
madre de familia y/o el tutor legal, con
el fin de establecer procesos de ayuda,
compromisos y plan de acción, de
acuerdo con la situación y problemáticas
asociadas; se debe realizar un acta de esta
reunión. (en el formato institucional).
3. Todos los casos serán canalizados al
servicio de salud correspondiente y
atención en salud mental de acuerdo con
la Ley 1556 de 2013, o a otras entidades
tales como ICBF, policía de Infancia y
adolescencia u otras entidades según sea
el caso.
4. Se elaborará contrato pedagógico con
el (a) estudiante y su padre, madre
de familia y/o tutores legales, para
realizar seguimiento a los compromisos
establecidos, donde firman el (a)
estudiante, su familia, el (a) director
(a) de curso y el (a) orientador (a).
Realizar seguimiento permanente por
parte del (a) director (a) de curso, y de
manera periódica desde orientación para
valorar el cumplimiento de los acuerdos
pactados con padre, madre de familia
y/o tutores legales y el estudiante. (acta
de seguimiento).

Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 131-143.

Anexos · páginas 144-174

Anexos, diagramas y formatos

Diagrama 1. Protocolo de atención para presuntas situaciones de incumplimiento,
negligencia y/o abandono de las responsabilidades de padres,
madres y/o cuidadores
NNA: NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE.
El NNA presenta El NNA o un
señales de descuido, tercero reporta una
desatención y/o presunta situación de
abandono descuido,
desatención y/o
abandono
1. Identificar señales
o indicios de descuido,
2. Obtener más
desatención y/o
información sobre la
abandono
situación
Si 3. Con tactar y notificar 6. Contactar e
¿Se la situación a familia o informar las
identifica
personas cuidadoras de actuaciones del
incumplimiento,
negligencia y/o los NNA para generar colegio a la familia o
abandono acuerdos personas cuidadoras
de las responsabilidades del NNA que sea
de padres, madres y garante de sus
4. Establecer acuerdos
cuidadores derechos
en el NNA?
5. Realizar seguimiento a
los acuerdos establecidos 7. Registrar el caso en
No con la fa milia o personas el Sistema de
cuidadoras Alertas
8. Elaborar reporte
No
¿la
familia
o personas cuidadoras 9. Remitir el caso al centro
cumplen acuerdos?
Zonal de ICBF y el sector
salud (cuando se presenten
signos sugestivos de
afectación a la salud)
Si
10. Adoptar e
12. Realizar
10 . Realizar seguimien- implementar
cierre del caso en
to y actualizarlo en el acciones de promoción y
el Sistema de
Sistema de alertas prevención
Alertas
Fin
Diagrama 2. Protocolo de abordaje integral para situaciones de presunta violen-
cia en el contexto familia
Un miembro Un miembro de la
Se observa o sucede un hecho
de la comunidad comunidad educativa o
de violencia intrafamiliar en el
educativa presenta un tercero reporta una
establecimiento educativo
señales de violencia situación de violencia
intrafamiliar intrafamiliar
1. Identificar señales 2. Obtener mas
o indicios de presunta información sobre la
violencia intrafamiliar situación
3. Contactar e informar las 4. Solicitar apoyo para 6. Solicitar apoyo
actuaciones del colegio a un el traslado del afectado para al cuadrante de la
¿Se
identifican familiar de la persona atención de la urgencia Policía Nacional en
señales de afectada (diferente del médica (para todos los casos situaciones de
violencia agresor en caso de hacer Linea 123 o EPS del afectado(a) y flagrancia
intrafamiliar? Si parte del núcleo familiar) policía de infancia y
adolescencia para los casos
de NNA
No
5. Trasladar a la entidad de salud
más cercana (urgencia médica)
7. Elaborar reporte
8. Poner en conocimiento pre ¿ s E u l( n la to ) ( a) No pre ¿ s E u l n (l t a o ) ( a) No 9. Remitir el caso al
de C la A V C I o F, m C i A sa P r IV ía o d C e A F I a V m AS il ia, a m gr a e a y s ñ o o r o r s d ( ? a e ) 1 e 8 s a m g a re y a s ñ o o r o r s d ( ? a e ) 1 e 4 s Cent l r o o c Z a o li n d a a l d d d e e l l I C N B N F A de la
Si Si
10. Poner en conocimientos del Centro
Especializado de Servicios Judiciales para
¿Se
¿La Si identifican Adolescencia (CESPA)
situación de señales de
violencia es violencia sexual
contra un en el (la) Si
NNAJ? NNAJ?
12. Activar el protocolo de situaciones
No de presunta violencia sexual
No
11. Reporta a SIVIM los casos de
otros miembros de la comunidad
13. Reportar en el Sistema de Alertas
educativa afectados
16. Realizar cierre del caso
en el Sistema de Alertas de
15. Adoptar e
14. Realizar implementar acciones de la SED en el caso que la Fin
seguimiento promoción y prevención violencia sea contra un
NNAJ que haga parte de la
comunidad educativa
Diagrama 3. Protocolo de atención para situaciones de presunta violencia sexual
NNA: NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE.
El NNA presenta El NNA reporta que Un miembro de la Se identifica en Se identifica que la
señales o indicios ha sido objeto de comunidad educativa flagrancia una víctima de violencia
de presunta un presunto acto y/o un tercero reporta presunta violencia sexual se encuentra
violencia sexual de violencia sexual una presunta sexual y/o se conoce en estado de
situación de violencia de una presunta embarazo
sexual a NNAJ situación reciente
1. Identificar
factores o indicios De acuerdo con la garantía de los
de presunta violencia 2. Obtener más información derechos sexuales y reproductivos, el
sexual sobre la situación colegio debe informarle a la víctima sobre
su derecho a la interrupción voluntaria
del embarazo (en adelante IVE)
3. Elaborar reporte
¿Se Si *De acuerdo con la sentencia C-355 de
identifica 2006 se estableció tres causales de la IVE
en el NNA
presunta
violencia 4. Conectar e informar las 5. Solicitar apoyo para el 3
sexual? actuaciones del colegio a las traslado del NNAJ (policía de
familias, cuidador o infancia y adolescencia
No cuidadora del NNAJ que sea /123/EPS del NNAJ
garante de sus derechos
6. Trasladar a la entidad de salud más cercana
(urgencia médica), para la activación del código blanco
7. Reportar al ICBF (Víctima menor de 18 años) o comisaria
de Familia (víctima mayor de 18 años y el agresor hace parte
del núcleo familiar), entidades de protección al NNAJ
¿el(la)
8. Poner en presunto(a)
¿El No ¿el presunto conocimiento a la Fiscalía agresor(a) de la
presunto agresor es General de la Nación (CAPIV - victima es
agres d o e r p u e r n i s v a c fu o d n l o e c ? g io io n ario pú fu b n li c c i o o n d a e r l i a o CAIVAS - c C e A r V ca IF n o a ) URI más Si may añ or o s d ? e 18
IED?
Si Si No
10. Poner en comocimieto
11. Reportar a 12. Reportar a la oficina de del Centro Zonal del ICBF ¿el (la)
inspección y Control Disciplinario de la de la localidad del (de la) No presunto(a)
Vigilancia de la SED SED/En caso de ser presunto(a) ofensor(a) agresor(a) de la
y a la personería de contratista se debe reportar victima es
Bogotá mayor de 14
a la personería de Bogotá años?
Si
14. Informar al Comité
Escolar de Convivencia escolar 13. Reportar en el 9. Poner en conocimiento al
guardando reserva de los datos Sistema de Alertas de la SED centro de Servicios Judiciales
para adolescentes - CESPA
de los involucrados
16. ARealizar cierre del caso en el sistema de alertas
15. Direccionar a la familia del en caso de haber sido reportado y cuando las causas
NNAJ a programas de prevención que dieron origen a la alerta fueron atendidas de
para apoyo psicosocial manera integral por las entidades competentes
18. Realizar cierre del
17. Realizar
Fin caso en el Sistema de
seguimiento
Alertas
Diagrama 4. Protocolo de atención para situaciones de presunta violencia contra
niñas, adolescentes y mujeres por razones de género
Una niña , una joven Una niña , una joven Desde la
o mujer de la o mujer de la Una persona de aplicación de otro
comunidad educativa comunidad educativa la comunidad protocolo de
presenta señales o informa que ha sido educativa o un(a) atención se identifica
indicios de presunta objeto de presunta tercero(a) reporta una una presunta
violencia por razones violencia por razones presunta situación violencia contra una
de género de género de violencia contra niña , una joven o
la mujer por razones mujer por razones
de género de género
1. Identificar 2. Activar el protocolo 4. Reportar en 6. Elaborar
factores o indicios de de atención el Sistema de reporte
presunta violencia correspondiente de acuerdo Alertas de la SED
contra la mujer por a las características de la
razones de género agresión
7. Realizar
6. Elaborar 3. Obtener 5.C ontactar y sensibilización a la
reporte más información sensibilizar a la víctima y brindar
sobre la situación madre, padre y/o información
acudiente
7. Realizar
sensibilización a la 8. Remitir al
presunta víctima y No ¿La ICBF para
brindar información presunta restablecimiento
víctima es una de derechos
mujer menor de 18
años de Si
14. Remitir a la
edad?
Secretaría Distrital de
la Mujer, al CAVIF, ¿El(la)
CAIVAS o URI 11. Denunciar la No a p g r r e e s s u o n r t ( o a ( ) a e ) s No pre ¿ s E u l n (l t a o ) ( a)
situación en CAVIF, mayor de 14 y agresor(a) es
CAIVAS o URI menor de 18 menor de 14
años? años?
Si
Si
¿El(la)
13. Reportar a No presunto(a) 10. Activar el 9.R emitir el caso al
Inspección y Vigilancia agresor(a) es protocolo de atención Centro Zonal del ICBF
de la SED y a la f p u ú n b c l i i o c n o a ( r a i ) o d (a e ) del Sistema de de la localidad del (de
Personería Distrital responsabilidad penal
la IED? la) agresor(a)
para adolescentes
Si
12. Reportar a Control Disciplinario
de la SED/ en caso de ser
contratista se debe reportar a la
Personería de Bogotá
16. Adoptar e 17. Realizar cierre
15. Realizar implementar acciones de del caso de la estudiante
seguimiento promoción y prevención en el Sistema de Alertas Fin
contra la violencia de género de la SED
Diagrama 5. Protocolo de atención para situaciones de hostigamiento y
discriminación por orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género
diversas
Una persona de la Reporte de una
comunidad educativa situación de hostigamiento Se identifica en flagrancia una situación
presenta señales o indicios de discriminación o violencia por de hostigamiento, discriminación o violencia
hostigamiento, discriminación parte de los miembros de la que afecta la integridad física y/o mental de
o violencia por orientaciones comunidad educativa o de un miembro de la comunidad educativa
sexuales, identidades y un tercero (daños al cuerpo o a la salud)
expresiones de género diversas
1. Identificar señales o 2. Obtener más 3. Solicitar apoyo a la
indicios de hostigamiento, información sobre la situación línea 123 y al cuadrante de la
discriminación o violencia por y de los involucrados(as) Policía Nacional
orientaciones sexuales,
identidades y expresiones de
género diversas 4. Remitir a la víctima a la
5. Elaborar reporte
entidad de salud más cercana
¿El
Si niño, niña o ¿La
adolescente Si ¿La víctima víctima Si 6. Contactar a la Dirección
considera pertinente es un niño, requiere de Inclusión e Integración de
informar a su familia niña o asesoría por Poblaciones de la SED para
o pe l r a s o si n tu a a c c u ió id n a ? dora adolescente? No parte de la recibir asesoría sobre el
DIIP? abordaje de la situación
No No
6. Contactar a la Dirección de 11. Poner en conocimiento 14. Denunciar ante
Inclusión e Integración de Poblaciones
la situación al Comité Escolar la Fiscalía General de la
de la SED para recibir asesoría sobre el
de Convivencia Nación
abordaje de la situación
7. c C u a o id f n e a t c a d t c o a t r d a ( o r a s a ) , d c la e u f a l a o n m s d N o il i N a A o I a p g r r e ¿ e s E s u l o ( n r l t a ( o a ) ( ) a e ) s No m a p g a r r e y ¿ e s o E s u r o l( n r d l t a ( e o a ) ( 1 ) a 4 e ) s y No a p g r r e ¿ e s E s u o l( n r l t a ( o a ) ( ) a e ) s
estos no sean los presuntos menor de 14 menor de 18 No funcionario(a)
agresores u ofensores años? años? público (a) de
la IED?
Si Si
Si
8. Reportar a la
Policía de Infancia y 12. Re portar el caso 13. Activar el 15. Reportar a Control
Adolescencia al Centro Zonal del ICBF protocolo de atención de Interno Disciplinario de la
de la Localidad del (de la) casos del Sistema de SED. Cuando es contratista
presunto(a) agresor(a) Responsabilidad Penal se debe reportar a la
9. Reportar al para Adolescentes Personería de Bogotá
Centro Zonal del ICBF
para restablecimiento de
derechos
17. Garantizar la 16. Si, el presunto agresor es
continuidad del ofensor/a funcionario de un colegio
Sistem 10 a . d R e e p A o le r r t t a a r s e d n e e l l a SED si o st a e g m r a e s e o d r u / c a a e t n iv o el priv y a V d P i o g e , i r l r a s e n o p n c o i e a r r t í d a a e r d l a e a l B S a o E in g D o s y p tá e a c l c a i ón
20. Realizar cierre del caso en el
18. Adoptar e implementar
Sistema de Alertas de la SED en caso de
acciones de promoción y 19. Realizar
haber sido reportado y cuando las
prevención (abordaje en el aula y seguimiento al Fin
causas que dieron origen a la alerta
establecer medidas de reparación caso
fueron atendidas de manera integral
y no repetición)
por las entidades competentes
Diagrama 6. Protocolo de prevención y atención de casos de presunta xenofobia
*NNAJ: Niñas, niños, adolescentes y jóvenes. *CE: Comunidad educativa. *IE: Institución educativa.
NNAJ presenta señales o
NNA J o un integrante de la
comunidad educativa y/o Se identifica en flagran-
indicios de presunta
un tercero reporta un caso cia un caso de presunta
xenofobia (cualquier o situación de presunta xenofobia (cualquier
miembro de la CE puede xenofobia (cualquier
miembro de la CE puede
identificarlas) miembro de la CE puede
denunciarlo )
reportarlo)
8. Contactar a los
padres, madres y/o
1. Profundizar en 2. Obtener más ¿Hay crisis Si acudientes de los NNAJ
señales o indicios de información de los involucrados(as)
emocional o
presunta situación de hechos y documen-
lesiones?
xenofobia tar la situación 9.Solicitar apoyo
a la línea 123 y al
cuadrante de la
Policía
No
Si ¿Es una 10.Remitir al NNAJ a
5. Contactar a la la entidad de salud
situación Dirección de inclusión para atención
Tipo I? e integración de médica
poblaciones de la SED
12.Poner en
No comunicación a la
6. IED elabora reporte Policía de Infancia y
3. Establecer el estado 11. Seguir el Adolescencia
conducto
de salud física y
regular 13.Notificar al Centro
emocional del NNAJ 7. Reportar al SIstema establecido por Zonal de ICBF para
objeto de la xenofobia de alertas de la SED la IED en el restablecimiento de
Manual de derechos
Convivencia
4. Contactar a la
madre, padre y/o
acudiente del NNAJ
14. Poner en
conocimiento de la 6
situación al Comité
21. Adoptar e Escolar de Convivencia
implementar 20. Establecer
acciones de promo- compromisos de 19. Acompañar
ción y prevención reparación y no proceso
(abordaje en el aula) repetición
p 2 a 2 d d . e r e A a i ( n b c s t o u ) e r , d g d m i r a e a a n r c d t a i e ó r c ( e n c s ( i ) c s o o ) n n y e / s o V 1 I i n g 8 S i s l . E p a R D e n e c c y p c i a o a ió r d l n t a e a y r l a No p f a ú u p g b n r r l e c i ¿ e c s i E s I o o u E o l n ( D n ( r l a a t a ( ? o r a ) ) i ( ) o d a ( e e ) a s l ) a No m a m p g a r r e e y ¿ e a n s o E s ñ o u r o l o ( r n r d l s t d a ( e o ? a ) e ( 1 ) a 1 4 e 8 ) s y No a p m g r r e e ¿ e n a s E s ñ o u l o ( r o n r l s t d a ( o ? a ) e ( ) a 1 e 4 ) s
Personería de
23. Realizar segui- Bogotá Si Si Si
miento al caso
15. Reportar al caso al
17. Reportar a la 16. Actividad el protocolo de
Centro Zonal del ICBF de
oficina de Control atención de casos del
24. R d ea e l lF i c z ia a ns r o cierre Fin Disciplinario de la SED Sis P t e e n m a a l p d a e r R a e A s d p o o l n e s s a ce b n ili t d e a s d p l r a e l s o u c n a t l o id ( a a d ) a d g e r l e (d so e r l ( a a ) )
Diagrama 7. Protocolo de atención de niños, niñas y adolescentes con presunto
consumo de sustancias psicoactivas (SPA)
NNA: NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE.
El NNA presenta El NNA reporta que El NNA es
señales de riesgo que consume SPA y/o un sorprendido
indican presunto miembro de la consumiendo SPA
consumo de SPA comunidad educativa o
un tercero reporta que
un NNA consume SPA
3. Llamar a la línea 123
1. Identificar señales
o indicios de presunto
2. Obtener más
consumo de SPA
información sobre la
situación
4. Co ntactar a a con
padre, madre y/o
¿Hay
indicios de Si 5. Reportar en el acudiente del NNA
Sistema de Alertas de la
presunto
consumo de SED
SPA?
6. Establecer
No compromisos con el NNA
y padre, madre y/o
8. Contactar a acudiente y dar
padre, madre y/o seguimiento
acudiente y establecer
compromisos para
prevenir el consumo
¿EL(la)
NNA y el
acudiente
cumplieron los
Si
acuerdos?
9. Realizar seguimiento
No
7. Notificar al centro
zonal del ICBF
10. Adoptar e
11. Realizar
implementar
cierre del caso en
acciones de promoción y
el Sistema de
prevención en el marco del
Alertas de la SED
comité escolar de convivencia
Fin
Diagrama 8. Protocolo de atención para situaciones de conducta suicida no fatal en
niños, niñas y adolescentes (ideación, amenaza o intento)
NNA: NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE.
El NNA presenta Un miembro de la Se reporta al
señales o indicios de comunidad educativa establecimiento
conducta suicida no fatal y/o un tercero reporta educativo una conducta
una conducta suicida no suicida no fatal de un
fatal de un NNA NNA fuera del
establecimiento
educativo
1. Identificar señales No ¿La
o indicios de conducta conducta
suicida suicida no fatal No ¿Recibió
representa un atención por
riesgo vital para parte de una
2. Solicitar apoyo al
el NNA? entidad de
equipo de la Secretaría
salud?
Distrital de Salud: Línea
106 o línea de whatsApp Si
Si
3007548933 y remitir el
caso a la entidad de 3. Solicitar apoyo a la 7. Solicitar reporte
salud del NNAJ línea 123 de atención de la
entidad de salud donde
fue atendido el NNAJ
5. Brindar primeros
4. Informar a la familia, auxilios físicos y psicológicos
cuidador o cuidadora del (apoyo emocional para la
NNAJ contención de la conducta
suicida)
6. Remitir a entidad
de salud
8. Identificar y activar el protocolo de atención
correspondiente de acuerdo a las características de la
conducta suicida
9. Reportar en el Sistema de Alertas
de la SED la conducta suicida
10. Realizar seguimiento
11. Adoptar e implementar acciones de
12. Realizar cierre del
promoción y prevención en el marco del Fin
caso en el Sistema de Alertas
comité escolar de convivencia
Diagrama 9. Protocolo de atención para s
NNAJ: NIÑO, NIÑA, ADOLESCENTE O JOVEN.
La familia cuidador o cuidadora
del NNAJ reporta al
establecimiento educativo un
suicidio fuera del
establecimiento educativo
Estoy
OK
8. Adoptar e implementar
acciones de promoción y
prevención en el marco del comité
escolar de convivencia
situaciones de suicidio consumado
El NNAJ comete
suicidio al
interior del
establecimiento
educativo
1. Asegurar escena
(solicite ayuda de ser
necesario)
2. Solicitar apoyo a la
Línea 123 y al cuadrante
de la Policía Nacional
3. Elaborar acta o
reporte de la situación
4 . Informar a la familia,
cuidador o cuidadora del N NAJ
para el abordaje del caso
5. Reportar en el Sistema
de Alertas de la SED
6. Crear una mesa de
trabajo interinstitucional
para abordaje del caso
7. Realizar
acompañamiento a la
familia y al aula (con el
apoyo de salud)
9. Realizar cierre
del caso en el Sistema Fin
de Alertas
Diagrama 10. Protocolo de atención de niños, niñas y adolescentes víctimas y
afectados por el conflicto armado residentes en Bogotá.
El ICBF, el Centro Local de
Atención a Víctimas o la Agencia Se identifican señales o
El NNA, la familia o un para la Reincorporación y la factores en el NNA
tercero reporta que es Normalización identifica un caso en relacionados con ser
el que un NNA es víctima o
víctima o afectado(a) por víctima o afectado(a) por
afectado(a) por el conflicto armado
el conflicto armado en el establecimiento e ducativo. el conflicto armado
1. Identificar el caso
¿ La familia del No 5.Remitir a
la agencia
NNA están 3. Elaborar
para la
inscritos en el reporte
2. Diálogo con un fami- Reincorpo-
SIR?
liar del NNA, acudiente o ración
en su defecto con un y la
Defensor de familia Normaliza-
ción
Si
6. Vincular/
Actualizar el NNA al
¿ El NNA es ¿ El NNA es sistema educativo y
víctima del No afectado(a) por el garantizar el derecho
a la educación con
conflicto conflicto
apoyo psicosocial y
armado? armado?
estrategias
pedagógicas
especiales
Si
Si
¿ El NNA
¿ El NNA y requiere
familia están restablecimien- 7 . Activar el
protocolo de
inscritos en el to de otros
atención
RUV? 10 derechos?
correspondiente
Si
No No
3. Elaborar reporte 8. Realizar
seguimiento
4. Remitir a la familia del NNA a
la Personería Local, Defensoría 9. Adoptar e implementar acciones
de promoción y prevención de las
del Pueblo o Centro Local de
afectaciones por la condición de Fin
Atención a Víctimas para tomar
víctima y afectado(a) del conflicto
declaración y realizar la remi-
armado
sión a la UARIV
Diagrama 11. Protocolo de atención para situaciones de embarazo adolescente,
paternidad y/o maternidad temprana
NNA: NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE.
Identificación de factores o indicios de El NNA o un tercero reporta sobre
intención o riesgo de embarazo adolescente, situación de embarazo adolescente o experiencia
paternidad y/o maternidad temprana de paternidad y/o maternidad temprana
1. Obtener más información sobre la
situación en conversación privada con el NNA 11
2. Garantizar la entrega de ¿Se
presenta una
información necesaria y No situación de
completa sobre la oferta de embarazo
programas y servicios sociales p a a d te o r l n es id c a e d n t y e / , o
por parte del ICBF, las entidadesde maternidad
salud y redes de apoyo temprana?
3.E stablecer compromisos Si
con el NNA y madre, padre y/o
acudiente ¿El
NNA es
Si 5. Activar el protocolo de
presunta
víctima de atención de presunta
4. Realizar seguimiento a los violencia violencia sexual
compromisos establecidos sexual?
No
6. Elaborar reporte
7. Contactar al padre, madre y/o
acudiente del del NNA
8. Garantizar la entrega de
información necesaria y completa
para la toma de decisiones informadas
9. Remitir a la oferta de programas
y servicios sociales
10. Remitir al Centro Zonal del ICBF 11. Remitir a entidades de salud
12. Registrar en el Sistema de 13. Garantizar la continuidad del
Alertas de la SED NNA en el sistema educativo
14. Realizar seguimiento en los
16. Realizar cierre del 15. Adoptar e
meses 1, 3, 6 y 9 posteriores a la
Fin caso en el Sistema de implementar acciones de
identificación del caso y después del
Alertas de la SED promoción y prevención
evento obstétrico
Diagrama 12. Protocolo de atención para situaciones de presunto trabajo infantil o
en riesgo de estarlo
NNA: NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE. ICBF: INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
El NNA presenta
El NNA, un miembro de la Se reconoce trabajo
señales de presunto
comunidad o un tercero infantil después de
trabajo infantil o en
reportan presunto aplicado el instrumento
riesgo de estarlo
trabajo infantil o en de identificación de NNA
riesgo de estarlo y caracterización de sus
actividades escolares y
no escolares
1. Identificar señales o
indicios de presunto 2. Obtener más 12
trabajo infantil o riesgo de información sobre la
iniciar actividades situación
laborales
5. Contactar a la
familia o acudientes del
Si
¿ El NNA se NNA para conocer la
encuentra situación y establecer
inmerso en una
acuerdos
situación de trabajo
infantil?
7. Elaborar
3. Contactar ¿El Si reporte
No trabajo infantil
a la familia o
representa un
acudiente del NNA
riesgo para la
para reconocer la integridad del 8. Remitir al
¿ El situación y evitar el NNA? Centro Zonal de
NNA está en inicio de actividades ICBF
riesgo de laborales correspondiente
No
trabajo
Si
infantil? 6. Realizar
4. Priorizar la
oferta especializada seguimiento a los 9. Ingresar la
No de programas y acuerdos información en el
servicios de las establecidos con la Sistema de Alertas
entidades del orden familia o acudiente de la SED
del NNA
distrital y nacional
¿La
No
familia o
acudiente del
NNA cumplen
los acuerdos?
Si
11.Adoptar e implementar 12.Re aliza r cierre del
10. Realizar seguimiento acciones de promoción y caso en el Sistema de
y acompañamiento al NNA prevención en el marco del Alertas de la Fin
comité escolar de SED, en caso de haber
convivencia sido reportado
Diagrama 13. Protocolo de atención para situaciones de presuntos casos que
competen al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
Un miembro de la Se identifica en
El adolescente comunidad educativa flagrancia un
presenta señales de un y/o un tercero reporta presunto caso que
caso que compete al un presunto caso que compete al SRPA
SRPA compete al SRPA
1. Identificar 2. Asegurar la
factores o indicios del integridad personal de los
presunto caso de SRPA afectados
¿Algún
4. Remitir a la entidad Si involucrado 3. Solicitar apoyo a la
línea 123 y/o cuadrante
de salud requiere atención
de la policía Nacional
médica?
No
5.Contactar al padre,
madre y/o acudiente del 6. Elaborar reporte
adolescente
9. Notificar al
comité Escolar de
Convivencia 8. Reportar en el 7. Remitir a la Fiscalía
Sistema de Alertas de General de la Nación -
la SED Unidad de Infancia y
Adolescencia
10. Realizar
Intervención 12. A doptar e 13. Realizar
complementaria para la 11. Realizar implementar cierre del caso
continuidad en el sistema seguimiento acciones de en el Sistema de
educativo promoción y alertas de la
prevención SED
Fin
Diagrama 14. Protocolo de atención para la prevención del reclutamiento, uso y
utilización de niños, niñas y adolescentes en Bogotá.
El NNA, otro
miembro de la
comunidad educativa o
Se presentan un tercero alerta sobre
riesgos en el entorno la existencia de una
escolar que demandan amenaza de
acciones preventivas reclutamiento, uso y
antes de que ocurra una utilización
amenaza de
reclutamiento, uso y
utilización de NNA
3. Elaborar reporte 4. Co ntactar al padre,
de la amenaza o de la
madre y/o acudiente
identificación del caso
1. Identificar y
priorizar los
establecimientos
educativos con apoyo de 5. Comunicar a las
la policía Nacional, la autoridades competentes
Secretaría Distrital se la situación de amenaza
Seguridad, Convivencia y (el ICBF, Policía Nacional,
Justicia, y la Alcaldía Fiscalía General de la
Local y el ICBF Nación, Secretaría
Distrital de Seguridad,
Convivencia y Justicia)
para que se active la Ruta
2. Divulgar la ruta
de prevención
sobre cómo actuar en
caso de que llegara a
presentarse alguna
amenaza o riesgo de
reclutamiento ¿El
NNA
6. Activar el Si requiere
protocolo restablecimiento
correspondiente de otros
derechos?
8. Adoptar e No
implementar acciones
Fin permanentes de 7. Realizar seguimiento
fortalecimiento con redes
institucionales, sociales y
familiares
Diagrama 15. Protocolo de atención para situaciones de presunta agresión y acoso
escolar.
Un miembro de la Reporte de situación de Se identifica en flagrancia
comunidad educativa presenta agresión y acoso por parte de una presunta agresión y acoso
señales o indicios de presunta los miembros de la comunidad escolar o situación reciente que
agresión y acoso escolar educativa o de un tercero genera daños al cuerpo o a la salud
de los involucrados
1. Identificar señales o
indicios de presunta 2. Obtener más información
agresión y acoso escolar sobre la situación y de los(as) 6. Solicitar apoyo a
involucrados(as) la línea 123 y al
Si
cuadrante de la Policía
Nacional
¿Presenta
Si ¿Se trata crisis
de una emocional o 7. Remitir a la
situación lesiones presunta víctima a la
15 tipo I? físicas? entidad de salud más
No cercana
No
3. Valorar el estado físico,
emocional y material de la 8. Contactar los
persona objeto de la padres de familia o
agresión y acoso escolar acudientes de los NNA
involucrados
4. Contactar a las madres,
¿La
padres o acudientes de los
presunta
NNAJ involucrados víctima de Si
requiere restableci-
miento de
5. Elaborar reporte derechos?
9. Reportar al ICBF
11. Reportar en el 10. Poner en conocimiento No
Sistema de Alertas de la la situación al Comité
SED los casos de NNA Escolar de Convivencia ¿Se trata
de una
situación
16. Reportar a la No ¿El(la) No tipo III?
Fiscalía General de la a p g r r e e s s u o n r t ( o a ( ) a e ) s No pre ¿ s E u l( n l t a o ) ( a) Si
Nación o URI más mayor de 14 y agresor(a) es
cercana menor de 18 menor de 14 12. Contactar a la
años? años? Policía de Infancia y
Adolescencia
Si
Si
19. Reportar a 14. Remitir el
Disc S ip C E l D o in n y a t r r a i o o l l a d e la Si f a u p g n r r e c ¿ e s i E s o u o l n ( n r a l t a ( r o a ) i ( o ) a ( e ) a s ) prot d o 1 e 5 c l o . S l A o is c t d t e i e v m a a a r te e d n l e c ión Z l o c a n a l s a o o l c d a a e l l i l d C I a e C d n B t F d r e o d l e No v v íc io t ¿ i l F m e u n a e c i d a e
Personería de público (a) de Responsabilidad NNA sexual?
Bogotá la IED? Penal para
Adolescentes
Si
No
18. Reportar a Inspección y 17. Garantizar la 13. Activar el
protocolo de atención de
Vigilancia de la SED y a la continuidad del NNA en
presunta violencia
Personería de Bogotá el sistema educativo
sexual
20. Adoptar e implementar acciones de 22. Realizar cierre del
promoción y prevención (abordaje en el 21. Realizar seguimiento caso en el Sistema de Fin
aula y establecer compromisos de al caso Alertas de la SED (solo
reparación y reconciliación) situaciones tipo II y III)
Diagrama 16. Protocolo de atención para situaciones de presunto racismo y
discriminación étnico - racial.
Se identifica en
flagrancia un caso de
Una persona de la Reporte de una racismo y discriminación
comunidad educativa situación de racismo y étnico racial reciente que
presenta señales o indicios de discriminación étnico - racial afecte la integridad física y/o
presunto racismo y por parte de la víctima, de un mental de una persona de la
discriminación étnico - racial integrante de la comunidad comunidad educativa
educativa o de un tercero (daños al cuerpo o a la salud)
1. Identificar señales o
in di d s i c c r io im s i d n e a p c r ió e n su é n tn to ic r o a c - i r s a m ci o a y l d 2 e . l o O s b h te e n c e h r o m s y á s d i o n c f u o m rm e a n c ta ió r n la ap 3 o . y S o o l p ic a i r ta a r e l a 4 p . o S y o o li c d i e ta la r
situación traslado del (de la) policía de
infancia y
afectado(a) para
Adolescencia
atención de la
para los casos
urgencia médica
¿Se 5. Contactar a la DIIP de (para todos los de NNA y/o al
it
u
c
ifi
ió
c
u
n a
Si so b
l
l
a b
p
je
e c
ib
l
tu
c
rí
ó n (
c
l
)
c
ta
P
(
l
)
cua
P
c
l
c
í
l
e la
presunto (activa 5.1) La IED
racismo y avanza en los registros y reportes
discriminación de acuerdo a la situación.
étnico-racial
5.1. Activación de Ruta
de Prevención, Atención
y Seguimiento a
Presunto Casos de
No Racismo y Discrimina-
Si pre ¿ s L u a n ta No 6. ción Étnico Racial
víctima es un Elaborar
NNA? reporte
7. Registrar en el 5.2. Componente de
Sistema de Alertas de Atención Pedagógico
la SED y elaborar Componente de
reporte 11. Poner en Atención Integral
conocimiento la situación Componente de
al Comité Escolar de Atención Comunitario
convivencia
16 8. Contactar a los
padres, madres o
N a N cu A d a i f e e n c t t e a s d o d s e ( l a o s s ) a p m g r r e e ¿ e a n s E s ñ u o l o ( o r n r l s t d a ( o ? a ) e ( ) a 1 e 4 ) s No m a m p g a r r e e y ¿ e n s o E s o u r o l( r n r d l t d a ( e o a ) e ( 1 ) a 1 4 e 8 ) s y No G D e F a e n i n n s 1 e c t u 4 r e a n a . l l c l í a a i d a e
9. Solicitar años? la Nación
apoyo de la polícia
de infancia y Si Si
Adolescencia para el
traslado del NNA
12. Reportar el caso 13. Activar el ¿El(la)
al Centro Zonal del protocolo de No a p g r r e e s s u o n r t ( o a ( ) a e ) s
ICBF de la Localidad atención de casos funcionario(a)
10. Reportar al del (de la) presun- del Sistema de público (a) de la
centro Zonal del to(a) agresor(a) Responsabilidad IED?
ICBF para Penal para
restablecimiento de Adolescentes
derechos
Si
16. Reportar a
inspección y
Vigilancia de la SED 15. Reportar a
y a la Personería la DILE, a la oficina de
de Bogotá Control Disciplinario de la
SED y a la Personería
de Bogotá
17. Realizar el seguimiento al 18. Re alizar cierre del caso en 19. Cada entidad
caso Adoptar e implementar el Sistema de Alertas de la SED en participante en la atención del
acciones de promoción y prevención caso de haber sido reportado y caso deberá remitir un informe a
(abor m da e j d e i d in a s s t i d tu e c r i e o p n a a r l a p c a ió ra n e y s n ta o b lecer c l u a a a n le d r o i t n a l t a e f s g u r c e a a r l o u p n s o a a r s t e l q a n u s d e e i d d n a i t e i s d r d o a e n d e m o s r a ig n e e n ra a desar l r a o S ll E a D da d s e , q la u s i e a n c c c i o o n n s e o s l idará Fin
repetición) competentes y remitirá al (a la) afectado (a)
Diagrama 17. Protocolo de atención de siniestros viales para establecimientos
educativos del distrito capital.
Ocurrencia de siniestro y/o Ocurrencia del evento vial en Una institución u organismo
evento vial con miembros de el trayecto de la casa al informa sobre la ocurrencia
la comunidad educativa en establecimiento educativo o de un accidente en un
rutas de transporte viceversa miembro de la comunidad
educativa
1. Establecer la clase de evento
y su gravedad
No No
¿ Es con
muertos o ¿Acaba de
heridos? ocurrir?
Si Si
2. Activar PAS: PROTEGER 5. Reportar a la linea 123 7. Contactar a los padres de
familia y/o acudiente de la
victima
3. Activar PAS: AVISAR, 6. Remitir a la víctima a la
Contactar inmediatamente a la entidad de salud más cercana
Lineo 123 0 #767 y reportar al
coordinador del servicio de 8. Informar y documentar
transporte en el establecimiento
educativo
4. Activar PAS: SOCORRER, El 9. Reportar el caso en el Sistema
personal debe estar capacitado de Alertas de la SED y/o Talento
en primeros auxilios para dar la Humano
primera atención
11. Generar lecciones aprendidas 10. Análisis de la situación
y buenos prácticas presentada
12. Realizar seguimiento al
caso.
13. Adoptar implementar
acciones de promoción y
17 prevención
14. Realizar cierre del caso en
Fin
el Sistema de Alertas de la SED
Salida de estudiante
Fecha: Día Mes Año
Solicito la salida de mi hijo
Del grado sale con: hora:
Motivo:
Firma del coordinador: Firma acudiente:
Fecha: Día Mes Año
Solicito la salida de mi hijo
Del grado sale con: hora:
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Firma del coordinador: Firma acudiente:
Fecha: Día Mes Año
Solicito la salida de mi hijo
Del grado sale con: hora:
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Salida de estudiante
Fecha: Día Mes Año
Solicito la salida de mi hijo
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Salida de es
Fecha: Día Mes Año
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studiante
hora:
Firma acudiente:
hora:
Firma acudiente:
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Salida de estudiante Salida de estudiante
Fecha: Día Mes Año Fecha: Día Mes Año
Solicito la salida de mi hijo Solicito la salida de mi hijo
Del grado sale con: hora: Del grado sale con: hora:
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Solicito la salida de mi hijo Solicito la salida de mi hijo
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Salida de estudiante
Fecha: Día Mes Año
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Transcripción del Manual de Convivencia del Colegio Alfonso López Michelsen I.E.D., páginas 144-174.